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Documento BOE-A-2013-8694

Resolución de 19 de julio de 2013, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se publica la decisión favorable de la modificación del Pliego de Condiciones de la Denominación de Origen Protegida "Idiazabal".

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 2013, páginas 57387 a 57388 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2013-8694

TEXTO ORIGINAL

El Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida (DOP) «Idiazabal», solicitó a esta Dirección General, con fecha 30 de julio de 2012 la modificación del pliego de condiciones de la DOP.

Dicha solicitud de modificación fue remitida al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente junto con el pliego de condiciones, conforme al Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas.

Publicada la mencionada solicitud en el «Boletín Oficial del Estado» de 30 de abril de 2013, mediante Resolución de 14 de diciembre de 2012 esta Dirección General de la Industria Alimentaria, se concedió un plazo de dos meses para que cualquier persona física o jurídica cuyos legítimos derechos o intereses considerase afectados, pudiera presentar solicitud de oposición al registro de la misma.

Transcurridos más de dos meses desde la fecha de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», no se ha presentado ninguna solicitud de oposición.

El Reglamento (UE) n.º 1151/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios establece en su artículo 53 el procedimiento para la modificación de los pliegos de condiciones, según el cual de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.4, si el Estado miembro considera que se cumplen los requisitos del presente Reglamento, adoptará una decisión favorable y remitirá a la Comisión el expediente de solicitud de modificación para una decisión definitiva.

Se establece igualmente en el citado artículo 49.4, que el Estado miembro garantizará que su decisión favorable se haga pública, así como la versión del pliego de condiciones en que se haya basado esa decisión.

La zona de producción de la DOP «Idiazabal» es de ámbito superior al de una comunidad autónoma, correspondiendo, por tanto, al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, la competencia para dictar la presente resolución, según lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre.

En su virtud, de acuerdo con las facultades atribuidas a esta Dirección General, resuelvo:

Primero.

Adoptar y hacer pública la decisión favorable de que las modificaciones del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Idiazabal» sean registradas en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas de los productos agrícolas y alimenticios, una vez comprobado que se cumplen los requisitos del Reglamento (UE) n.º 1151/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre.

Segundo.

Publicar la versión del pliego de condiciones en la que se ha basado esta decisión favorable, que figura en la siguiente dirección de la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente:

http://www.magrama.gob.es/es/alimentacion/temas/calidad-agroalimentaria/Pliego_Condiciones_Idiazabal_tcm7-234472.pdf

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, de conformidad con lo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 19 de julio de 2013.–El Director General de la Industria Alimentaria, Fernando José Burgaz Moreno.

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