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Documento BOE-A-2013-8341

Resolución de 25 de julio de 2013, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convoca Curso de Liderazgo Público.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 2013, páginas 55534 a 55536 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2013-8341

TEXTO ORIGINAL

Entre las funciones asignadas al Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), de acuerdo con el Real Decreto 464/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Administración Pública, se encuentra la formación y el perfeccionamiento de los empleados públicos.

Las Administraciones públicas españolas se enfrentan a retos importantes que les exigen un esfuerzo renovado de innovación y rigor. Por otra parte, los ciudadanos manifiestan la necesidad de que los poderes públicos en sus decisiones y acciones se alineen con sus verdaderas necesidades y referentes de actuación. Esta conexión es precisa para fortalecer la legitimidad de las instituciones públicas y de sus integrantes. La responsabilidad última de satisfacer las necesidades sociales corresponde al personal situado en la cúspide de las organizaciones públicas, sean cargos electos, designados o nombrados con criterios políticos. De esta manera, su fortalecimiento, y el de sus principios de actuación, se puede considerar como un elemento clave en la transformación de la cultura pública. Se trata de reforzar los principios de transparencia, responsabilidad, rendición de cuentas, eficacia, eficiencia y efectividad, con el fin de lograr una democracia de alta calidad.

Un liderazgo de la Administración pública fundado en valores públicos compartidos y en principios de calidad es una necesidad sentida y reclamada por la sociedad española. El Instituto Nacional de Administración Pública quiere contribuir a satisfacer esa necesidad y por eso convoca, en colaboración con la Escuela de Guerra del Ejército, el Curso de Liderazgo Público.

Por ello, esta Dirección adopta la siguiente resolución:

Primera. Objeto.

Mediante la presente resolución se convoca el Curso de Liderazgo Público, que se impartirá en modalidad semipresencial.

El número de plazas convocadas es de 25.

Segunda. Destinatarios.

Podrá participar en el curso el personal situado en la cúspide de las instituciones públicas y de las Administraciones españolas, sean cargos electos o de designación o nombramiento político.

Tercera. Contenido del curso.

El curso se impartirá bajo la modalidad semipresencial y se desarrollará del 21 de octubre de 2013 al 24 de marzo de 2014. Se compone de 9 módulos, distribuidos en tres áreas:

1.ª El entorno del líder: la transformación del Estado y de la Administración.

a) Aspectos políticos y sociales.

b) Aspectos éticos y económicos.

2.ª El papel del líder: el líder como persona que dirige a otras personas.

a) Liderazgo de personas y equipos.

b) Liderar para alcanzar metas.

c) Liderazgo por el compromiso: la motivación de los equipos.

3.ª Las herramientas del líder: palancas para transformar las organizaciones públicas.

a) La planificación y el control.

b) El diseño de las políticas públicas y su evaluación.

c) El diseño de los servicios y las organizaciones públicas.

d) La gestión del cambio.

Cada módulo contará con recursos on line, que incorporan elementos multimedia diseñados para favorecer la participación y el aprendizaje. Durante el curso tendrán lugar 9 sesiones presenciales, de un día de duración cada una, dedicadas a las habilidades y destrezas que pueden adquirirse mejor mediante dinámicas de grupo. Además, el curso incorpora sesiones de coaching y un taller de comunicación.

La carga de trabajo para el alumno será de 10 horas semanales de trabajo personal on line. Las sesiones presenciales durarán un día, con una carga de 8 horas.

En la página web del INAP puede encontrarse información detallada sobre el contenido, el calendario, el compromiso de asistencia y los profesores de este curso.

Cuarta. Derechos de matricula.

Los derechos de matrícula se establecen en 1.500 euros, que incluyen la docencia, el material didáctico y una comida durante cada sesión presencial. El pago deberá efectuarse mediante ingreso en metálico o cheque nominativo a nombre del Instituto Nacional de Administración Pública ante el Servicio de Régimen Económico del Instituto o mediante giro postal o transferencia bancaria a la cuenta «Cuenta restringida de ingresos Instituto Nacional de Administración Pública», número 2100 5731 77 0200069213, de La Caixa (Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona), oficina institucional, Paseo de la Castellana, 51; 28046, Madrid, indicando su nombre y apellidos, corporación o Administración, en su caso, y la denominación del curso. El número de identificación fiscal del INAP es Q-2811002-A. Deberá acreditarse el abono de los derechos de matrícula a la incorporación al curso. El impago será motivo suficiente para causar baja en el curso.

Quinta. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y finalizará el 30 de septiembre de 2013. La solicitud figura en la página web del INAP (http://www.inap.es) entrando en «Aprendizaje» y, a continuación, en «Curso de Liderazgo Público». En este apartado se publicará la información relativa al curso. Ejecutando la opción «Inscripción» se tendrá acceso al formulario en el que podrán cumplimentar los campos oportunos.

El interesado deberá indicar en su solicitud, además de sus datos personales, profesionales y académicos, los motivos que le animan a participar en el curso incidiendo especialmente en el interés objetivo de la organización en la que presta sus servicios. El INAP podrá requerir al interesado la ampliación de la información recogida en la solicitud.

El envío de la solicitud debidamente cumplimentada supone la aceptación expresa de las bases, normas y procedimientos que rigen dicho curso.

Sexta. Selección.

1. Los participantes serán seleccionados por una comisión con representantes de las distintas Administraciones públicas, teniendo en cuenta el cargo que desempeñan, el itinerario profesional que detallen en su currículo y las razones que expongan para solicitar su participación en esta actividad formativa.

2. De acuerdo con el artículo 60 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se otorgará preferencia en la selección a quienes se hayan incorporado en el plazo de un año al servicio activo, procedentes del permiso de maternidad o paternidad, o hayan reingresado desde la situación de excedencia por razones de guarda legal y atención a personas mayores dependientes o personas con discapacidad, con objeto de actualizar los conocimientos de los empleados públicos y empleadas públicas. Asimismo, se reservará al menos un 40 por ciento de las plazas en los cursos de formación para su adjudicación a mujeres que reúnan los requisitos establecidos, salvo que el número de solicitudes de mujeres sea insuficiente para cubrir este porcentaje.

3. En aplicación del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, se valorará como criterio de selección a quienes se encuentren afectados por una discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33 por ciento. Las personas con discapacidad que soliciten el curso podrán hacer constar tal circunstancia en la inscripción, y podrán indicar, asimismo, las adaptaciones necesarias en el curso formativo, siempre y cuando hayan sido seleccionadas.

4. Una vez efectuada la selección definitiva de participantes, el INAP comunicará individualmente por correo electrónico a los alumnos admitidos el aula, la fecha y el horario en que tendrá lugar. Será requisito imprescindible para realizar el curso que el alumno seleccionado conteste a este correo electrónico confirmando su asistencia. Una vez confirmada por el alumno su asistencia, en el plazo de tres días deberá remitir el resguardo de haber efectuado el ingreso, adjuntándolo mediante correo electrónico a la dirección fl@inap.es Los alumnos que no reciban el correo invitándoles a participar en la actividad formativa deberán entender que no han resultado admitidos.

Séptima. Régimen de asistencia.

Los alumnos habrán de asistir con regularidad al curso. Una inasistencia superior al diez por ciento en el cómputo total de horas lectivas programadas imposibilitará la expedición de la certificación y dará lugar a la baja en el curso, con pérdida de todos los derechos. El cómputo total se realizará teniendo en cuenta tanto las sesiones presenciales como las sesiones on line.

Octava. Lugar de celebración y calendario.

Las sesiones presenciales, conforme al calendario incluido en la información detallada sobre el curso, tendrán lugar en la sede del INAP, calle Atocha, 106, Madrid, y en la sede de la Escuela de Guerra del Ejército de Tierra, calle Santa Cruz de Marcenado, 25, Madrid.

Novena. Diplomas.

Los participantes que acrediten un buen aprovechamiento de las enseñanzas impartidas recibirán un diploma expedido por el INAP y por la Escuela de Guerra del Ejército.

Décima. Información adicional.

Se podrá solicitar información adicional sobre esta convocatoria en la dirección de correo electrónico fl@inap.es

Madrid, 25 de julio de 2013.–El Director del Instituto Nacional de Administración Pública, Manuel Arenilla Sáez.

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