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Documento BOE-A-2013-6887

Acuerdo de 11 de junio de 2013, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sobre la modificación de las normas de reparto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 25 de junio de 2013, páginas 47664 a 47665 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2013-6887

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 11 de junio de 2013, acordó hacer público el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, del Presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del citado Tribunal Superior, con sede en Santa Cruz de Tenerife, relativa a la modificación de las normas de reparto de dicha Sala del siguiente tenor literal:

Sección Primera

Conocerá de los recursos que versen sobre las siguientes materias:

– Recursos en materia tributaria.

– Recursos frente a la administración de la Seguridad Social.

– Responsabilidad patrimonial de la Administración Pública, excepto las reclamaciones por responsabilidad patrimonial que tengan su origen en el planteamiento, el urbanismo o las actividades clasificadas.

– Sanciones administrativas en general en materia disciplinaria con relación a los empleados públicos. Se excluyen las sanciones sobre las siguientes materias cuyo conocimiento corresponda a la Sección 2.ª, Ordenación del Territorio, Medio Ambiente, Urbanismo, Edificación y Uso del Suelo, Actividades clasificada, Dominio Público, propiedades especiales y Colegios Profesionales.

– Contratos administrativos y convenios entre Administraciones.

– Actividad administrativa de fomento.

– Recursos sobre suspensión administrativa previa de acuerdos.

– Impugnación de disposiciones generales, reglamentos y ordenanzas, en materias de su competencia.

Sección Segunda

Conocerá de los recursos que versen sobre las siguientes materias:

– Impugnación de disposiciones generales, reglamentos u ordenanzas, con excepción de las que correspondan a la Sección 1.ª por versar sobre materias de su competencia.

– Ordenación del Territorio, Medio ambiente, Urbanismo, Edificación y uso del Suelo, Licencias urbanísticas, Actividades clasificadas y Sanciones administrativas relacionadas con las materias anteriores.

– Expropiaciones.

– Dominio público y propiedades especiales.

– Colegios profesionales y Administración Corporativa.

– Personal al servicio de la Administración Pública (excepto disciplinario).

– Otros asuntos no asignados según repartidos los criterios anteriores.

Normas comunes

Asuntos en trámite o pendientes de votación y fallo. Los asuntos en trámite o pendientes de votación y fallo, permanecerán en la Sección en la que se encuentren con independencia de que versen sobre materias que corresponda, en aplicación de estas normas, a otra Sección.

Apelaciones, Recursos de Queja y Cuestiones procedentes de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo: Se repartirán entre las dos secciones atendiendo a la distribución de materias efectuada. En los demás casos, se repartirán alternativamente comenzado por la Sección 1.ª

Incidentes de ejecución de sentencia: Se turnarán al ponente de al misma con independencia de al Sección en que esté integrado. En otro caso se turnará entre las dos secciones por razón de la materia sobre la que verse el recurso, y entre los Magistrados de esa Sección, atendiendo al número del recurso.

Exhortos: Se repartirán alternativamente entre las dos Secciones.

Cuestiones de orden:

– Cuando sea necesario completar las Secciones con Magistrados de la Sala integrados en la otra Sección, el Presidente de la Sala designará a los que corresponda según los siguientes criterios:

– Se elegirá al que se encuentre libre de ponencias y señalamientos de pruebas.

– De entre ellos, al más moderno en la Sala, y así sucesivamente, hasta completar turno completo todos los Magistrados.

– El reparto de recursos se realizará por el Presidente de Sala, al igual que el señalamiento para votación y fallo.

– Las dudas sobre el reparto de asuntos serán resueltas por el Presidente de Sala.

Aplicación:

Las normas de reparto se aplicarán desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 11 de junio de 2013.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Gonzalo Moliner Tamborero.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 11/06/2013
  • Fecha de publicación: 25/06/2013
Materias
  • Administración de Justicia
  • Canarias
  • Reparto de asuntos
  • Tribunales Superiores de Justicia

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