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Documento BOE-A-2013-6878

Orden JUS/1161/2013, de 29 de mayo, por la que se acuerda la pérdida de la condición de Fiscal de don Juan Antonio Frago Amada.

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 25 de junio de 2013, páginas 47636 a 47636 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2013-6878

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de 25 de marzo de 2013, del Secretario de Estado, por delegación del Sr. Ministro de Justicia por Orden JUS/2225/2012, de 5 de octubre, don Juan Antonio Frago Amada, como consecuencia de expediente disciplinario, fue declarado autor de una falta continuada muy grave del artículo 62, n.º 2, de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, reguladora del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal consistente en «El incumplimiento de las órdenes particulares y requerimientos personales dirigidos por escrito en la forma establecida en este Estatuto, cuando de aquel se haya derivado perjuicio en el proceso o alteración relevante en el funcionamiento interno de la Fiscalía», imponiéndole la sanción de separación del servicio de conformidad con el artículo 66.2 del citado cuerpo legal.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 46.c) del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, es causa de la pérdida de la condición de Fiscal la «Sanción disciplinaria de separación del servicio». Siendo firme la citada Resolución sancionadora en vía administrativa por no haberse interpuesto recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 116 y 177 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,

Este Ministerio ha dispuesto:

Acordar la pérdida de la condición de Fiscal a don Juan Antonio Frago Amada, con la anotación correspondiente en el expediente personal del interesado y con efectos del día de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación.

Asimismo, la presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 29 de mayo de 2013.–El Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez.

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