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Documento BOE-A-2013-6073

Resolución de 22 de abril de 2013, de la Dirección General de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo, del Departamento de Empresa y Empleo, por la que se acredita al Laboratorio General de Análisis - Asepeyo como laboratorio especializado en el análisis (recuento) de fibras de amianto.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 7 de junio de 2013, páginas 43386 a 43387 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2013-6073

TEXTO ORIGINAL

Del expediente incoado en virtud del escrito presentado por la empresa Sociedad de Prevención Asepeyo, S.L.U., domiciliada en la localidad de Barcelona, vía Augusta, 48-54, 3r 1a, resultan los siguientes

Hechos

I

En fecha 13 de diciembre de 2012, al amparo de la normativa legal de aplicación, la Sra. María Luisa Matas Gala como Directora de los Laboratorios de la empresa Sociedad de Prevención Asepeyo, S.L.U., presenta a la Dirección General de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo, del Departamento de Empresa y Empleo, una solicitud de acreditación como laboratorio especializado en el análisis (recuento) de fibras de amianto del Laboratorio General de Análisis-Asepeyo, al ser esta Dirección General competente para conocer el expediente y resolverlo.

II

En fecha 19 de diciembre de 2012 se solicita el informe preceptivo correspondiente al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, de acuerdo con lo que se establece en el punto 3 del anexo II del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.

III

En fecha 17 de abril de 2013 entra en esta Dirección General el informe de referencia CT/MJQ/JS, de evaluación y propuesta de acreditación del laboratorio indicado, emitido por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (Centro Nacional de Verificación de Maquinaria, de Barakaldo) en el cual se manifiesta, entre otros, lo siguiente:

«6. Conclusiones.

De los datos presentados en el expediente de solicitud que han sido constatados y completados en la visita de inspección, del cumplimiento de las recomendaciones realizadas en el laboratorio y de la evaluación de los resultados de control de calidad, se deduce que:

El Laboratorio General de Análisis de la Sociedad de Prevención de Asepeyo, S.L.U., de Barcelona, dispone de recursos técnicos y humanos adecuados para realizar los recuentos de fibras de amianto de acuerdo con el método indicado en la normativa vigente, método MTA/MA-051 del INSHT, tiene establecido un sistema de calidad adecuado con procedimientos internos documentados, y cumple con los requisitos de participación y obtención de resultados satisfactorios en el PICC-FA.

Por lo tanto, el laboratorio cumple con lo dispuesto en el anexo II del RD 396/2006, para el reconocimiento de su capacidad técnica como laboratorio especializado en el análisis (recuento) de fibras de amianto.»

IV

En la tramitación del presente expediente se han cumplido las prescripciones legales de aplicación y ha sido solicitado el informe preceptivo, que se ha emitido en tiempo y forma.

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes.

Fundamentos de derecho

1. Esta Dirección General es competente para conocer y resolver el presente expediente, de conformidad con el artículo 5.5 y el anexo II, punto 5, del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto, el artículo 68 del Decreto 352/2011, de 7 de junio, de reestructuración del Departamento de Empresa y Empleo, y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

2. De acuerdo con lo previsto en el artículo 89.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, el contenido del informe técnico mencionado en el hecho tercero se incorpora a esta fundamentación.

3. De las actuaciones practicadas en el presente expediente; teniendo en cuenta el informe técnico emitido por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, considerando lo establecido en el artículo 5.5 y en el anexo II del Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, es procedente reconocer la capacidad técnica del Laboratorio General de Análisis - Asepeyo de la empresa Sociedad de Prevención Asepeyo, S. L. U., para el análisis (recuento) de fibras de amianto, resuelvo:

1. Acreditar el Laboratorio General de Análisis - Asepeyo de la empresa Sociedad de Prevención Asepeyo, S. L. U., de Barcelona, vía Augusta 48-54, 3r 1a, como laboratorio especializado en el análisis (recuento) de fibras de amianto.

2. Asignar a este laboratorio la contraseña de acreditación CT-ALA n.º 3.

3. Advertir que esta autoridad laboral tiene que ser informada por la empresa de cualquier cambio que pueda modificar los datos recogidos en su expediente.

4. Comunicar que la presente Resolución de acreditación tendrá efecto el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Notifíquese esta resolución a la empresa Sociedad de Prevención Asepeyo, S.L.U., de conformidad con lo que disponen los artículos 58 y 59 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, haciéndole saber de acuerdo con el artículo 89.3 de la mencionada Ley, el derecho que lo asiste para presentar recurso de alzada delante de la Secretaría de Empleo y Relaciones Laborales (C/ Sepúlveda, 148-150, 08011 Barcelona), en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación, de conformidad con lo que establecen los artículos 107.1, 114 y 115 de la mencionada Ley.

Comuníquese esta Resolución a la Dirección General de la Inspección de Trabajo, a los Servicios Territoriales del Departamento de Empresa y Empleo, a los Centros de Seguridad y Salud Laboral, a la Dirección General de Empleo, al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y al Boletín Oficial del Estado, para su conocimiento y efectos oportunos.

Barcelona, 22 de abril de 2013.–El Director General de Relaciones Laborales y Calidad en el Trabajo, Jordi Miró i Meix.

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