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Documento BOE-A-2013-3855

Resolución CLT/474/2013, de 7 de febrero, por la que se incoa expediente de delimitación del entorno de protección del Antiguo Hospital de Santa Caterina, en Girona.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 11 de abril de 2013, páginas 27263 a 27263 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2013-3855

TEXTO ORIGINAL

Por la Resolución de 1 de diciembre de 1982 («DOGC» número 296, de 21 de enero de 1983) se incoó expediente de declaración de monumento histórico-artístico a favor del Hospital Provincial de Santa Caterina, en Girona.

El 24 de enero de 2013, la Dirección General del Patrimonio Cultural emitió informe favorable a la incoación del expediente de delimitación del entorno de protección del Antiguo Hospital de Santa Caterina, en Girona, y de acumulación al expediente anterior de declaración de este Hospital como monumento.

Visto lo que dispone la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

1. Incoar expediente de delimitación del entorno de protección del Antiguo Hospital de Santa Caterina, en Girona. Este entorno está trazado en el plano que figura en el expediente administrativo.

2. Acumular este expediente al anterior de declaración de monumento histórico a favor del Antiguo Hospital de Santa Caterina, en Girona.

3. Notificar esta Resolución a las personas interesadas, dar traslado al Ayuntamiento de Girona y hacerle saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, esta incoación comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar las obras que sea manifiesto que no perjudican los valores culturales del bien. Esta autorización tiene que ser previa a la concesión de la licencia municipal, a menos que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de esta Resolución.

4. Abrir un periodo de información pública de acuerdo con lo que prevé el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán. Durante el plazo de un mes a contar desde la publicación de esta Resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya», el expediente estará a disposición de todos los que lo quieran examinar en la sede de los Servicios Territoriales del Departamento de Cultura, en Girona, calle Ciutadans, 18, 17004 Girona. Durante este plazo se podrá alegar lo que se considere conveniente sobre el expediente.

5. Comunicar esta Resolución al Registro de bienes culturales de interés nacional para su anotación preventiva y dar traslado al Registro general de bienes de interés cultural de la Administración del Estado.

Barcelona, 7 de febrero de 2013.–El Consejero de Cultura, Ferran Mascarell i Canalda.

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