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Documento BOE-A-2013-13694

Resolución de 10 de diciembre de 2013, de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, por la que se publica el Convenio de colaboración con el Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Riosa y el Ayuntamiento de Morcín, para la ejecución de las obras del proyecto de ordenación hidráulico-ambiental del río Riosa, tramos Felguera-La Ará y la Foz, términos municipales de Riosa y Morcín (Asturias).

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 27 de diciembre de 2013, páginas 105775 a 105779 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2013-13694

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da publicidad al Convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, el Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Riosa y el Ayuntamiento de Morcín, para la ejecución de las obras del proyecto de ordenación hidráulico - ambiental del río Riosa, tramos Felguera–La Ará y la Foz, términos municipales de Riosa y Morcín (Asturias), que figura como anexo a la presente resolución.

Madrid, 10 de diciembre de 2013.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, Ramón Álvarez Maqueda.

ANEXO
Convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, el Principado de Asturias, el Ayuntamiento de Riosa y el Ayuntamiento de Morcín, para la ejecución de las obras del proyecto de ordenación hidráulico-ambiental del río Riosa, tramos Felguera–La Ará y la Foz, términos municipales de Riosa y Morcín (Asturias)

En Oviedo, 5 de diciembre de 2013.

REUNIDOS

De una parte, don Ramón Álvarez Maqueda, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en representación legal de dicho Organismo, y en ejercicio de las competencias atribuidas al Organismo de Cuenca en los artículos 23, 24 y 30 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio.

De otra, doña Belén Fernández González, Consejera de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Principado de Asturias, nombrada por Decreto 5/2012, de 26 de mayo, del Presidente del Principado de Asturias y facultado para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 27 de noviembre de 2013.

De otra, don José Antonio Muñiz Álvarez, Alcalde del Ayuntamiento de Riosa, en nombre y representación del mismo.

Y de otra, don Jesús Álvarez Barbao, Alcalde del Ayuntamiento de Morcín, en nombre y representación del mismo,

EXPONEN

1.º Que el Ministerio de Medio Ambiente (actualmente Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente) ha puesto en marcha un Plan de restauración hidrológico y de protección y regeneración de cauces y enclaves naturales que pretende, entre otros objetivos, los de restauración forestal de áreas susceptibles de erosión y arrastre de terrenos y los de regeneración de cauces y protección de zonas y enclaves naturales relacionados con el medio ambiente fluvial, en el que se integra el Plan de Cauces.

2.º Que a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico corresponde, en el ámbito de esta Cuenca, la administración y protección del dominio público hidráulico, a cuya finalidad podrá establecer convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas. Que una de las actuaciones básicas para la protección y delimitación del dominio público hidráulico es la recuperación de sus márgenes y riberas.

3.º El entorno fluvial del río Riosa viene estando sometido a una degradación continua y progresiva, consecuencia directa de los asentamientos y actividades humanas que se han ido instalando en sus márgenes. Esta situación de deterioro adquiere especial relevancia en los, aproximadamente ocho kilómetros de río existentes entre el núcleo de Felguera, en el término municipal de Riosa y el núcleo de La Foz, en el término municipal de Morcín; muy próximo a su desembocadura en el río Caudal. En este tramo, el río sufre presión urbanística sobre los terrenos de la vega y sobre el propio cauce, presencia de escombros y residuos sólidos a lo largo del cauce y una disminución de la accesibilidad al río.

4.º Que la Confederación Hidrográfica del Cantábrico ha redactado el proyecto de ordenación hidráulico-ambiental del río Riosa, tramos Felguera-La Ará y la Foz, términos municipales de Riosa y Morcín (Asturias), por un importe de 3.237.498,16 euros.

5.º Dicho proyecto permitirá la preservación de espacios fluviales por medio de una delimitación física, resolver los problemas de accesibilidad al río recuperando espacios fluviales.

6.º La Confederación Hidrográfica del Cantábrico es órgano ejecutor de actuaciones cofinanciadas por la Unión Europea en el programa operativo FEDER-Principado de Asturias del Fondo Europeo de Desarrollo Regional. La presente actuación será financiada por dicho fondo, que aporta el 80% del coste elegible.

En base a los antecedentes expuestos, las partes comparecientes estiman necesario establecer una fórmula coordinada para la realización de esta actuación, sobre la base de sus respectivas competencias, y consideran adecuado establecer un convenio de colaboración que haga partícipes a las respectivas Administraciones y que permita al Organismo de Cuenca la utilización del Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Unión Europea, a cuyo efecto acuerdan suscribir el presente convenio específico de colaboración con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Ejecutar, de forma coordinada y en colaboración, las obras de restauración hidrológica forestal y protección de cauces que antes se ha señalado en los términos municipales de Riosa y Morcín, de acuerdo con el proyecto técnico denominado proyecto de ordenación hidráulico- ambiental del río Riosa, tramos Felguera-La Ará y La Foz, términos municipales de Riosa y Morcín (Asturias).

Segunda. Plazo de vigencia.

El presente Convenio de colaboración surtirá efecto desde el momento de su firma y mantendrá su vigencia hasta la terminación, liquidación y entrega a los ayuntamientos de las obras, en los términos previstos en la cláusula novena. El plazo estimado para el desarrollo de las actuaciones es de veinticuatro meses.

No obstante lo anterior, las previsiones de la cláusula novena tendrán vigencia indefinida.

Si el desarrollo de las actuaciones obliga al reajuste de las aportaciones del Principado de Asturias establecidas en la cláusula sexta se suscribirá la oportuna adenda entre la Confederación Hidrográfica del Cantábrico y el Principado de Asturias.

Tercera. Obligaciones de las partes.

Corresponde a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico la aprobación técnica y definitiva de los proyectos de obra, la contratación de su ejecución conforme al proyecto aprobado, la dirección de las obras y su recepción final.

Corresponde a los ayuntamientos de Riosa y Morcín poner a disposición de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico los terrenos de titularidad municipal, cuya ocupación definitiva o temporal sea necesaria para la correcta ejecución de las obras objeto de este convenio, puesta a disposición que, adoptada por el órgano municipal competente, deberá ser notificada a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico con anterioridad a la adjudicación del contrato de ejecución de obra.

El resto de los terrenos necesarios serán expropiados por la Confederación Hidrográfica del Cantábrico

Asimismo, los ayuntamientos se encargaran de la señalización, vigilancia e información en los desvíos y cortes de vías de titularidad municipal necesarios para la ejecución de las obras.

Cuarta. Presupuesto.

El presupuesto total de la actuación asciende a tres millones setecientos cincuenta y tres mil cincuenta euros con ochenta y cuatro céntimos (3.753.050,84) de los que 3.237.498,16 euros corresponden a las obras, y el resto a las asistencias técnicas, que incluyen el coste de redacción del proyecto, y los costes de terrenos.

De este total se estima que, a efectos del Programa operativo FEDER-Principado de Asturias, resultarán elegibles 3.283.919,49 euros.

Dicha actuación se imputara por la Confederación Hidrográfica del Cantábrico al Programa 452A Gestión e infraestructura del agua, dentro del superproyecto 2008.23.233.9005 Plan de Cauces en el Principado de Asturias. Regeneración DPH en el Proyecto 2013.23.233.0006 Ordenación Hidráulico-Ambiental del río Riosa en Morcín, de acuerdo a la siguiente programación inicial de anualidades:

Año

Obra

A. Técnica

Terrenos

Total

2013

323.749,82

10.987,65

120.421,92

455.159,39

2014

1.456.874,17

49.444,44

161.416,51

1.667.735,12

2015

1.456.874,17

49.444,44

123.837,72

1.630.156,33

Total . . . . . .

3.237.498,16

109.876,53

405.676,15

3.753.050,84

Quinta. Régimen de financiación.

La financiación de los trabajos se realizará de acuerdo con los siguientes porcentajes:

Setenta por ciento (70 por 100) a cargo de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico.

El treinta por ciento (30 por 100) a cargo del Principado de Asturias.

La aportación de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico corresponde a la ayuda proporcionada por el Programa Operativo FEDER-Principado de Asturias del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, que aporta el 80% de los costes elegibles de la actuación.

El Principado de Asturias aporta la cofinanciación nacional del proyecto.

Si, como resultado de la aplicación de la tasa de financiación del programa Operativo FEDER-Principado de Asturias a los costes finalmente elegibles, la suma de los retornos de la Unión Europea y la cofinanciación del Principado de Asturias superase los costes globales de la actuación asumidos por la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, incluyendo los costes financieros para dicho organismo de los desfases entre pagos y retornos, se minorara la aportación del Principado de Asturias en el importe de dicho excedente.

Las partes firmantes del presente Convenio asumen en la misma proporción las variaciones económicas que puedan producirse al alza o a la baja por modificaciones, revisiones de precios, obras complementarias, baja de adjudicación y otras incidencias que sean aprobadas en el desarrollo del contrato de obras.

Si dichas variaciones conllevasen un coste total de la actuación superior al previsto en el Convenio, sería precisa la suscripción de la correspondiente adenda al Convenio.

El coste de las expropiaciones y los de redacción del proyecto, dirección de obra, estudios y cualquier otra asistencia técnica necesaria para dar adecuado cumplimiento al objeto del presente Convenio de colaboración serán financiados con la misma fórmula de reparto establecida en esta cláusula.

Sexta. Aportaciones.

Para posibilitar la utilización de fondos europeos en la parte de la financiación estatal de este Convenio de Colaboración, la contribución del Principado de Asturias será efectuada con aportaciones que hagan compatible dicha utilización.

A tal efecto, dichas aportaciones se materializarán mediante transferencias dinerarias a la cuenta 9000.0046.40.0200000780 de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico en el Banco de España. La aportación correspondiente a cada anualidad se realizará dentro del plazo de tres meses a partir de la presentación por la Confederación Hidrográfica del Cantábrico de certificaciones de obra por el importe comprometido, con las siguientes anualidades:

Anualidades

Aportación

Principado de Asturias

2013

3.000,00

2014

300.000,00

2015

822.915,25

Total . . . . . . . . . .

1.125.915,25

Las aportaciones del Principado de Asturias se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05 441A 703 000 de los presupuestos generales del Principado de Asturias, no pudiendo superar para cada ejercicio ni la anualidad vigente ni el porcentaje que le corresponda del total de la obra certificada. Como anexo al convenio y formando parte del mismo se adjunta el cuadro de financiación correspondiente a la actuación.

Séptima. Pagos.

Corresponde a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, como órgano de contratación de las actuaciones objeto de este Convenio, el pago a los adjudicatarios de las obligaciones derivadas de la ejecución de los correspondientes contratos.

Octava. Publicidad de las actuaciones.

En la publicidad que se realice sobre las actuaciones financiadas al amparo del presente Convenio, se reflejará la participación del Principado de Asturias en condiciones análogas a las demás instituciones financiadoras.

Novena. Entrega.

Una vez terminada y recibida la actuación por la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, se entregará para su uso público a los Ayuntamientos de Riosa y Morcín, que a partir de tal momento se hará cargo a todos los efectos del mantenimiento y conservación de la misma en su término municipal.

Esta entrega no afecta al ejercicio por parte de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico de sus competencias en materia de dominio público hidráulico.

Décima. Comisión de Seguimiento.

Para la interpretación del presente convenio, coordinación, impulso y control de las actuaciones de él derivadas, se crea una Comisión de Seguimiento compuesta por dos representantes de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, dos representantes del Principado de Asturias, un representante del Ayuntamiento de Riosa, un representante del Ayuntamiento de Morcín y un representante de la Delegación del Gobierno en el Principado de Asturias.

Este órgano velará por la debida coordinación y participación en la ejecución de las obras, resolviendo las dudas que se presenten en la interpretación del presente Convenio de colaboración e informará de las posibles incidencias y modificaciones en la ejecución del proyecto.

La Comisión de Seguimiento se reunirá con carecer ordinario, al menos, una vez al año, a fin de evaluar el desarrollo de las actuaciones desarrolladas, y, con carácter extraordinario, siempre que lo solicite alguno de sus miembros.

Undécima. Resolución de Convenio.

El presente convenio de colaboración podrá ser resuelto, de mutuo acuerdo entre las partes, o por la decisión motivada de una de ellas.

Asimismo, también cualquiera de las partes podrá resolver el presente Convenio, debido al incumplimiento de la otra, respecto a alguna de las cláusulas del mismo, o la alteración esencial de su contenido. El incumplimiento deberá ser comunicado a la parte incumplidora, mediante preaviso, de forma fehaciente, con al menos un mes de antelación, y previa audiencia de la misma. No obstante, esta resolución no afectará a la finalización de las actividades que estuvieran en ejecución.

Duodécima. Jurisdicción.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se encuentra excluido del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Público, en virtud de lo establecido en el artículo 4.1d).

Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación, cumplimiento y eficacia del presente Convenio de colaboración, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula novena, serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Decimotercera. Condición resolutoria.

La efectividad del presente Convenio de colaboración queda sujeta a la condición resolutoria de la no asignación por parte de los Organismos correspondientes de la financiación de las actuaciones con cargo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Manifestando su conformidad con todo lo anterior firman el presente documento, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha reflejado en el encabezamiento.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, Ramón Álvarez Maqueda.–La Consejera de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente, Belén Fernández González.–El Alcalde del Ayuntamiento de Riosa, don José Antonio Muñiz Álvarez.–El Alcalde del Ayuntamiento de Morcín, Jesús Álvarez Barbao.

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