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Documento BOE-A-2013-13464

Conflicto positivo de competencia n.º 6975-2013, en relación con el artículo 5.1 y 2; la disposición final segunda, apartados 3 y 18; disposición adicional tercera, apartado 5 y la disposición final primera del Real Decreto 609/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2013-2014, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadass y contra los artículos 1.1; 2.4; 50.6 y 7 y disposición transitoria primera, apartado 2 de la Resolución de 13 de agosto de 2013, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan becas de carácter general para el curso académico 2013-2014, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 23 de diciembre de 2013, páginas 103776 a 103776 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2013-13464

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 17 de diciembre actual, ha acordado admitir a trámite el conflicto positivo de competencia número 6975-2013, promovido por el Gobierno de Cataluña, en relación con artículo 5.1 y 2; la Disposición final segunda, Apartados 3 y 18, Disposición adicional tercera, Apartado 5 y la Disposición final primera del Real Decreto 609/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2013-2014, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.

Madrid, 17 de diciembre de 2013.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 17/12/2013
  • Fecha de publicación: 23/12/2013
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA la inconstitucionalidad y nulidad la inconstitucionalidad y nulidad del inciso indicado de la disposición final 1, y de la final 2.18, por Sentencia 95/2016, de 12 de mayo (Ref. BOE-A-2016-5972).
  • CORRECCIÓN de errores, con rectificación del título, en BOE núm. 17, de 20 de enero de 2014 (Ref. BOE-A-2014-534).
Referencias anteriores
  • Conflicto promovido en relación con:
    • los arts. 1.1, 2.4, 50.6 y 7, la disposición transitoria 1.2 de la Resolución de 13 de agosto de 2013 (Ref. BOE-A-2013-9041).
    • el art. 5.1 y 2, disposiciones adicional 3.5 y finales 1 y 2.3 y 18 del Real Decreto 609/2013, de 2 de agosto (Ref. BOE-A-2013-8559).
Materias
  • Ayudas
  • Becas
  • Conflictos de Competencia
  • Ministerio de Educación Cultura y Deporte

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