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Documento BOE-A-2013-13307

Resolución 420/38162/2013, de 2 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración con el Gobierno de Aragón para la celebración del XXI Curso Internacional de Defensa del año 2013 "Potenciar la cultura de seguridad, una necesidad para comprender la defensa nacional".

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 19 de diciembre de 2013, páginas 101890 a 101893 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2013-13307

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 7 de noviembre de 2013 el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Gobierno de Aragón para la celebración del XXI Curso Internacional de Defensa del año 2013 «Potenciar la cultura de seguridad, una necesidad para comprender la defensa nacional», en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 2 de diciembre de 2013.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa, David Javier Santos Sánchez.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y el Gobierno de Aragón, para la celebración del XXI Curso Internacional de Defensa del año 2013 «Potenciar la cultura de seguridad, una necesidad para comprender la defensa nacional»

Zaragoza, 7 de noviembre de 2013.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Jerónimo de Gregorio y Monmeneu, General Director de la Academia General Militar, actuando en representación del Ministerio de Defensa, por delegación de firma, otorgada por el Sr. Ministro de Defensa, expresamente para este acto.

Y, de otra parte, el Excmo. Sr. D. Roberto Bermúdez de Castro Mur, Consejero de Presidencia y Justicia del Gobierno de Aragón, actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón autorizado para este acto por Acuerdo de dicho órgano de fecha 29 de agosto de 2013.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

El Gobierno de Aragón viene colaborando con el Ministerio de Defensa desde el 1 de diciembre 1998, con la firma del Convenio de Colaboración para llevar a cabo la realización de diversos cursos sobre la problemática de la defensa en el contexto nacional e internacional así como los distintos aspectos interrelacionados con dicha materia, tales como la seguridad, la defensa y las Fuerzas Armadas. Una vez agotada la vigencia del anteriormente citado convenio, el apoyo Institucional del Gobierno de Aragón con el Ministerio de Defensa se materializó el 20 de julio de 2006 con la firma de un nuevo Convenio Marco cuya vigencia se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2012.

La colaboración entre ambas partes se ha materializado por ambos convenios marcos de duración plurianual, y diversos convenios de aplicación anual, donde se definían tanto el objeto del curso, como la participación económica del Gobierno de Aragón en el mismo.

La gestión de la nueva situación económica en el entorno europeo, ha requerido de cambios presupuestarios. A su vez, una programación responsable de ciertas estrategias de colaboración, imbricadas en el entorno presupuestario anual de la Comunidad Autónoma de Aragón, impide que la vigencia de la misma se prolongue más allá del año vigente, tal y como se acordó en la anterior anualidad. Esta nueva estrategia otorga a las dos partes firmantes una mayor flexibilidad para implementar nuevas acciones que reviertan positivamente en un entorno económico cambiante. De esta manera, se sustituye la fórmula del convenio marco plurianual, con potencial de incrementar su vigencia mediante la firma de adendas al mismo, con la adición de convenios de aplicación anuales, por la nueva fórmula del convenio de colaboración anual.

Con la adopción de la nueva fórmula, este convenio de colaboración en su clausulado, por un lado regula los términos y obligaciones a que se someten ambas partes, y por otro lado, define como único objeto del mismo la realización del XXI Curso Internacional de Defensa.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

Es objeto de este convenio articular la colaboración entre el Ministerio de Defensa, a través de la Academia General Militar, y el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Presidencia y Justicia, para la celebración del XXI Curso Internacional de Defensa del año 2013 «Potenciar la cultura de seguridad, una necesidad para comprender la defensa nacional».

Segunda. Obligaciones del Ministerio de Defensa.

El Ministerio de Defensa, por mediación de la Academia General Militar, se compromete a realizar el XXI Curso Internacional de Defensa 2013 «Potenciar la cultura de seguridad, una necesidad para comprender la defensa nacional», cuyo desarrollo se prevé en Jaca entre los días 30 de septiembre a 4 de octubre de 2013 en el Palacio de Congresos y Exposiciones de dicha ciudad.

El Ministerio de Defensa se compromete a hacer constar en todos los folletos, documentos y demás publicidad del XXI Curso Internacional de Defensa 2013 «Potenciar la cultura de seguridad, una necesidad para comprender la defensa nacional» la colaboración del Gobierno de Aragón, mediante la utilización del logo correspondiente, previo informe de la Comisión de Comunicación Institucional, tal y como se recoge en el artículo 4.1 Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

El Ministerio de Defensa, a través de la Academia General Militar, mantendrá con el Gobierno de Aragón un intercambio de información en materias relacionadas con el XXI Curso Internacional de Defensa 2013 «Potenciar la cultura de seguridad, una necesidad para comprender la defensa nacional».

Tercera. Obligaciones del Gobierno de Aragón.

La aportación financiera del Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Presidencia y Justicia, para el XXI Curso Internacional de Defensa del año 2013 «Potenciar la cultura de seguridad, una necesidad para comprender la defensa nacional» será de, como máximo, veinticinco mil euros (25.000,00 euros), equivalente al 80% sobre una base subvencionable de treinta y un mil doscientos cincuenta euros (31.250,00 euros) que se realizará en pago único con cargo a la aplicación presupuestaria G/10050/1311/405001/91002 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón del ejercicio 2013 y se ajustará a lo dispuesto en el artículo 55.1 del Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón y en el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre pago de subvenciones concedidas con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Dicha aportación se destinará principalmente a los gastos de organización del curso, viajes de trabajo y de preparación de los programas de los asistentes, ponentes y profesores, desplazamientos, estancias y honorarios de los colaboradores, publicaciones, funcionamiento y difusión.

El Gobierno de Aragón efectuará la debida difusión institucional del XXI Curso Internacional de Defensa 2013 «Potenciar la cultura de seguridad, una necesidad para comprender la defensa nacional» que el Ministerio de Defensa, a través de la Academia General Militar, desarrolle.

El Gobierno de Aragón mantendrá también con el Ministerio de Defensa, a través de la Academia General Militar, un intercambio de información en materias relacionadas con el XXI Curso Internacional de Defensa 2013 «Potenciar la cultura de seguridad, una necesidad para comprender la defensa nacional».

Cuarta. Financiación.

Las actividades a realizar derivadas de este convenio serán financiadas en un 80% por la aportación financiera del Gobierno de Aragón. El 20% restante hasta alcanzar el 100% de la base subvencionable se obtendrá mediante la aportación de otras fuentes externas, por lo que de este convenio no se derivan obligaciones de contenido económico para el Ministerio de Defensa.

Quinta. Medidas de control, justificación y seguimiento.

El Ministerio de Defensa, a través de la Academia General Militar, justificará documental y detalladamente al Gobierno de Aragón -Dirección General de Participación Ciudadana, Acción Exterior y Cooperación del Departamento de Presidencia y Justicia al finalizar el Curso Internacional de Defensa, que la aportación económica ha sido aplicada a los fines propuestos, acompañando la justificación de los gastos efectuados con cargo de tal aportación económica, reintegrando, en su caso, las cantidades que no hubieran sido utilizadas o no estuviesen debidamente justificadas.

El Ministerio de Defensa justificará los gastos realizados en la ejecución de las actividades objeto de subvención y el pago realizado al efecto, al finalizar el curso y, en todo caso, con anterioridad al 15 de noviembre de 2013.

En caso de que, los gastos realizados y justificados no alcancen el importe total de la base subvencionable (treinta y un mil doscientos cincuenta (31.250,00 euros), se tomará como valor correspondiente al 100% de dicha base, los realmente realizados y justificados.

El cumplimiento de esta obligación de justificación conllevará, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 y 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la de presentar ante la Dirección General de Participación Ciudadana, Acción Exterior y Cooperación del Gobierno de Aragón los documentos justificativos de realización de las actividades, que consistirán en la entrega de informes sobre el trabajo realizado y su adecuación al fin propuesto y en la presentación de las correspondientes facturas del material de oficina, de la realización de folletos u otro material divulgativo; recibos del pago de honorarios, del alquiler del local donde se realice el curso; certificados de dietas, facturas de los alojamientos y justificantes de los alojamientos, entre otros.

Cuando la actividad subvencionada haya sido financiada además con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.

El importe del total de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste total de la actividad subvencionada.

La no justificación en plazo o la justificación de forma indebida supondrá, respecto de las cantidades no justificadas en tiempo o forma, la pérdida de eficacia del compromiso de financiación asumido por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como la aplicación de lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el reintegro de subvenciones.

En todo caso serán de aplicación las medidas relativas a transferencias corrientes previstas en el Punto III del Plan de Racionalización del gasto corriente del Gobierno de Aragón.

Y, de conformidad con lo previsto en el párrafo 3 de esta cláusula, el control justificativo de la actividad y de la aplicación a los fines de ésta de la aportación financiera efectuada por el Gobierno de Aragón se realizará por la mencionada Dirección General de Participación Ciudadana, Acción Exterior y Cooperación.

Sexta. Naturaleza jurídica. Legislación aplicable.

Este convenio, que tiene naturaleza administrativa, está excluido del ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Para la interpretación de las dudas y controversias que surjan en la ejecución y aplicación de este convenio se estará a lo dispuesto en las cláusulas del mismo y, subsidiariamente, se acudirá a los principios establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, a las restantes normas administrativas que le sean de aplicación y a los principios generales del Derecho.

Séptima. Vigencia.

El presente convenio tiene una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013.

Octava. Causas de resolución.

Serán causas de resolución de este convenio:

a) La finalización del plazo de vigencia del mismo.

b) El incumplimiento grave, acreditado por alguna de las partes.

c) El mutuo acuerdo y la imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin del convenio.

Salvo en el supuesto de finalización del convenio por la terminación de su vigencia, cuando cualquiera de las partes considere que existe causa de resolución del convenio así lo pondrá de manifiesto, por escrito y con la debida expresión de la causa y de la justificación acreditativa de ésta, a la otra parte, la cual podrá aceptar dicha resolución o intentar la continuación del convenio. Si en el plazo de cuatro meses no se acuerda por ambas partes la continuación del convenio, éste se considerará resuelto.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio de colaboración en cuatro ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicados.

Por el Ministerio de Defensa, Jerónimo de Gregorio y Monmeneu.–Por el Gobierno de Aragón, Roberto Bermúdez de Castro Mur.

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