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Documento BOE-A-2013-12618

Resolución de 18 de noviembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se adjudican subvenciones de la modalidad A del programa de estancias de movilidad de profesores e investigadores españoles en centros extranjeros.

Publicado en:
«BOE» núm. 288, de 2 de diciembre de 2013, páginas 95596 a 95597 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2013-12618

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 20 de junio del 2012 de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades («Boletín Oficial del Estado» de 2 de julio) se convocaron subvenciones para el período 2012-2013 del Programa Nacional de Movilidad de Recursos Humanos en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.

Por Resolución de 18 de abril de 2013 se denegaron las subvenciones solicitadas en la modalidad A por doña Elena Beltrán Pedreira, don Andrés Mújica Fernaud, don Andreu Camps Povill y don José Manuel Cano Rodríguez para realizar una estancia de investigación en el extranjero.

Una vez estimados positivamente los recursos de reposición interpuestos por los interesados contra la Resolución de 18 de abril de 2013, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la resolución de convocatoria, con base en el informe propuesto por la Comisión de Selección y en uso de las atribuciones conferidas en el apartado décimo de la Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, esta Secretaría de Estado,

Ha resuelto:

Primero.

Conceder una subvención a los organismos de adscripción de los profesores e investigadores que se relacionan en el anexo I de esta resolución para financiar las «Estancias de profesores e investigadores séniores en centros extranjeros incluido el programa «Salvador de Madariaga» por un importe total de 52.800,00 € (cincuenta y dos mil, ochocientos euros). En el anexo II se relacionan las cuantías correspondientes a dotaciones mensuales y en concepto de gastos de traslado e instalación en función de los países de destino.

Segundo.

El gasto resultante, por un importe total de 52.800,00 € (cincuenta y dos mil, ochocientos euros) será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.02 de los vigentes Presupuestos Generales del Estado, con cargo a la anualidad 2013.

Tercero.

Estas subvenciones estarán exentas de retención en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de conformidad con lo establecido en el artículo 7.j) del Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas («Boletín Oficial del Estado» de 10 de marzo).

Cuarto.

La entidades de adscripción de los beneficiarios de la subvención, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, asumirán la condición de entidad colaboradora y de conformidad con lo establecido en el artículo 7.1.b) de la Orden EDU/1538/2011, de 30 de mayo habrán de formalizar un convenio de colaboración con el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Asimismo, han de cumplir las obligaciones recogidas en los artículos 7 y 28 de la citada orden.

Quinto.

El pago y justificación económica de las subvenciones se efectuará en los términos recogidos en los artículos 18, 19, 37 y 38 de la resolución de convocatoria. El seguimiento y justificación científica se realizará de acuerdo a lo establecido en los artículos 19 y 38.

Sexto.

Por su parte, los beneficiarios de estas subvenciones quedan obligados al cumplimiento de lo establecido en los artículos 7, 29, 30 y 31 de la convocatoria del Programa. Los incumplimientos de dichas obligaciones podrán ser motivo de reintegro, en los términos recogidos en el artículo 21 de la citada resolución.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 18 de noviembre de 2013.–La Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Director General de Política Universitaria, Jorge Sainz González.

ANEXO I

Organismo de Origen

Apellidos y nombre

Referencia

País

Fecha inicio

Fecha fin

Importe total de la estancia

Universidad Autónoma de Madrid.

Beltrán Pedreira, Elena.

PRX12/0017

Reino Unido.

01-10-2012

31-12-2012

10.700,00

Universidad de La Laguna.

Mújica Fernaud, Andrés.

PRX12/0033

Reino Unido.

01-05-2013

31-07-2013

10.700,00

Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña.

Camps Povill, Andreu.

PRX12/0009

Reino Unido.

01-01-2013

30-06-2013

19.400,00

Universidad de Oviedo.

Cano Rodríguez José Manuel.

PRX12/0028

Canadá.

01-10-2012

31-12-2012

12.000,00

ANEXO II

Países

Cuantía por gastos traslado e instalación

Dotación mensual

Reino Unido

2.000,00

2.900,00

Canadá

3.000,00

3.000,00

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