Está Vd. en

Documento BOE-A-2013-12342

Resolución de 22 de noviembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se modifica la disposición adicional quinta de la de 22 de octubre de 2012, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2012 del procedimiento de concesión de ayudas de los Subprogramas Ramón y Cajal, Juan de la Cierva, Personal Técnico de Apoyo y Torres Quevedo, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 23 de noviembre de 2013, páginas 93562 a 93563 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2013-12342

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de 22 de octubre de 2012 de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación («BOE» n.º 256, de 24 de octubre) aprobó la convocatoria correspondiente al año 2012 del procedimiento de concesión de ayudas de los Subprogramas Ramón y Cajal, Juan de la Cierva, Personal Técnico de Apoyo y Torres Quevedo, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011, prorrogado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de octubre de 2011.

La disposición adicional quinta de esa Resolución establecía que «Los organismos públicos de investigación, reconocidos por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en el marco de sus propias disponibilidades presupuestarias y con la autorización preceptiva del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, podrán prorrogar los contratos formalizados conforme a convocatorias anteriores del Programa o Subprograma Ramón y Cajal que finalicen durante 2012 o en los primeros seis meses de 2013».

Por esta Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación se considera que la facultad que se habilita mediante esta disposición adicional es un instrumento muy valioso para dar flexibilidad a la gestión de los recursos humanos para la investigación en el seno de los organismos ejecutores, al tiempo que facilita la retención y estabilidad del personal investigador.

Mediante la presente resolución se pretende, por una parte, ampliar el ámbito de aplicación de la citada disposición adicional quinta a todas las entidades en las que prestan sus servicios los investigadores Ramón y Cajal y, por otra, dar cobertura a aquellos que finalicen su relación contractual inicial en lo que resta de 2013 y a lo largo de 2014.

Como consecuencia de ello y en aplicación del artículo 10 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y de lo dispuesto en el Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Competitividad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, esta Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, resuelve:

Artículo único. Modificación de la disposición adicional quinta de la Resolución de 22 de octubre de 2012, de la Secretaría de Estado de Investigación Desarrollo e Innovación por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2012 del procedimiento de concesión de ayudas de los Subprogramas Ramón y Cajal, Juan de la Cierva, Personal Técnico de Apoyo y Torres Quevedo, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.

La disposición adicional quinta de la Resolución de 22 de octubre de 2012, de la Secretaría de Estado de Investigación Desarrollo e Innovación por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2012 del procedimiento de concesión de ayudas de los Subprogramas Ramón y Cajal, Juan de la Cierva, Personal Técnico de Apoyo y Torres Quevedo, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011 queda redactada como sigue:

«Disposición adicional quinta. Prorroga de los contratos formalizados conforme a convocatorias anteriores del Programa o Subprograma Ramón y Cajal.

1. Las entidades beneficiarias de una ayuda conforme a convocatorias anteriores del Programa o Subprograma Ramón y Cajal, en el marco de sus propias disponibilidades presupuestarias y, en su caso, con la autorización preceptiva, según corresponda, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas o de los departamentos correspondientes en las Comunidades Autónomas, podrán prorrogar los contratos formalizados al amparo de las citadas convocatorias que finalicen durante 2013 o 2014, siempre que la modalidad contractual así lo permita. Tales prórrogas sólo podrán realizarse por un período máximo de 2 años mediante un proceso de selección que asegure la excelencia de los investigadores titulares de los contratos y se realice conforme a los criterios de selección que fije la correspondiente entidad.

2. La formalización de las prórrogas no tendrá ningún efecto sobre las condiciones de concesión de las ayudas, otorgadas conforme a convocatorias anteriores, por lo que no conllevará en ningún caso una concesión de cuantías adicionales. El cumplimiento de las obligaciones derivadas de la concesión de las citadas ayudas, en la forma y plazos contemplados en las correspondientes convocatorias, no se verá alterado por la formalización de las prórrogas.»

Disposición final única. Eficacia.

La modificación objeto de esta resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y solo será aplicable a los contratos que estuviesen vigentes en esa fecha.

Madrid, 22 de noviembre de 2013.–La Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, PD. (Resolución de 19 de noviembre de 2012), el Director General de Investigación Científica y Técnica, Juan María Vázquez Rojas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid