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Documento BOE-A-2013-12076

Resolución de 6 de noviembre de 2013, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se convocan los Premios Nacionales de Innovación y Diseño 2013, en algunas modalidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 276, de 18 de noviembre de 2013, páginas 92156 a 92161 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2013-12076

TEXTO ORIGINAL

En la Orden CIN/2570/2011, de 23 de septiembre, se establecen las bases de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño. En ella se fijan los principios básicos de gestión de dichos Premios, que tienen como objetivo impulsar un cambio en el modelo productivo a través del reconocimiento, apoyo y difusión de la cultura de la innovación y del diseño, en cualquiera de sus facetas, destacando a aquellas entidades y personas con logros sobresalientes en términos de creatividad, fomento de la innovación, incidencia cultural del diseño y su relevancia en el desarrollo económico y social.

La presente resolución aprueba la convocatoria para 2013 de varias modalidades de los Premios Nacionales de Innovación y Diseño. En la modalidad de Premio Nacional a la Trayectoria Innovadora se distinguirá a aquellos empresarios cuyos logros hayan favorecido la innovación en España; en la modalidad de Premio Nacional a la Compra Pública Innovadora se distinguirá a las entidades públicas locales, autonómicas o estatales que sean protagonistas de iniciativas destacadas para promover la innovación utilizando los mecanismos de la compra pública; en la modalidad de Premio Nacional a la Internacionalización se galardonará a las empresas que han demostrado su vocación internacional y han realizado una destacable contribución a la captación de mercados internacionales para los productos tecnológicos e innovadores; en la modalidad de Premio Nacional al Diseño para la categoría de Profesionales se considerará especialmente la aportación del profesional a la cultura del diseño y la innovación en España; finalmente con la modalidad de Premio Nacional al Diseño para la categoría de Empresas, se reconocerá el historial en el diseño español, en cualquiera de sus facetas, y los logros para la integración del diseño en la empresa.

Vistos el Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Competitividad, que, en su artículo 1, determina que a este Departamento le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores; la Resolución de 19 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba su régimen de delegación de competencias en diversos órganos del departamento; y el artículo 6.2 de la Orden CIN/2570/2011, de 23 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Nacionales de Innovación y Diseño; la convocatoria de los Premios Nacionales de Innovación y Diseño se realizará mediante resolución de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación.

En su virtud,

DISPONGO:

Primero. Objeto de la resolución.

La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de los Premios Nacionales de Innovación y los Premios Nacionales de Diseño 2013.

Segundo. Normativa aplicable.

La concesión de los premios se rige por lo dispuesto en la Orden CIN/2570/2011, de 23 de septiembre, por la que establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño.

Tercero. Modalidades:

1. Para los Premios Nacionales de Innovación se contemplan las modalidades siguientes: Trayectoria Innovadora, Compra Pública Innovadora e Internacionalización.

2. Para los Premios Nacionales de Diseño se establecen dos modalidades, una para Profesionales y otra para Empresas.

Cuarto. Candidaturas.

Podrán ser candidatos en cada una de las modalidades de los premios:

1. Premio Nacional de Innovación modalidad Trayectoria Innovadora: empresarios que hayan desarrollado al menos durante diez años su labor empresarial y en cuya trayectoria destaque la innovación tecnológica.

2. Premio Nacional de Innovación modalidad Compra Pública Innovadora: entidades pertenecientes al sector público, incluidas aquellas que se rigen por el derecho privado, que hayan realizado actuaciones que fomenten la innovación desde el lado de la demanda a través de la contratación pública.

3. Premio Nacional de Innovación modalidad Internacionalización: pequeñas, medianas y grandes empresas que hayan realizado en los tres últimos años actividades con proyección internacional que hayan propiciado la introducción de productos tecnológicos e innovadores españoles en los mercados internacionales.

4. Premio Nacional de Diseño modalidad Profesionales: profesionales individuales o equipos de profesionales cuya labor en el ámbito del diseño se haya desarrollado al menos durante quince años.

5. Premio Nacional de Diseño modalidad Empresas: empresas con una trayectoria consolidada en el campo de diseño de más de diez años.

Los candidatos, en el momento de la presentación de la solicitud, deberán estar en activo y desarrollando una labor significativa así como gozar de un reconocido prestigio, tanto nacional como internacional.

Quinto. Características de los Premios Nacionales de Innovación y Diseño.

1. La cuantía del Premio Nacional de Diseño modalidad Profesionales será de 30.000 euros.

2. El resto de los premios convocados tendrá un carácter estrictamente honorífico.

3. Los ganadores de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño podrán hacer uso de esta denominación en el material promocional de su actividad.

4. La financiación de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño a que se refiere esta resolución de convocatoria se imputará a la aplicación presupuestaria 27.14.467C.485.

5. La ayuda queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas de la concesión en los ejercicios correspondientes.

Sexto. Formalización y presentación de las candidaturas.

1. Las candidaturas al Premio Nacional de Innovación modalidad Trayectoria Innovadora y el Premio Nacional de Diseño modalidad Profesionales, deberán ser presentadas por una persona distinta al candidato.

2. La presentación de las candidaturas se realizará a través de la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación «Procedimientos y servicios electrónicos», desde el cual se accederá al enlace correspondiente a esta convocatoria de premios.

a) Con carácter previo a la presentación electrónica de la candidatura es necesario que el solicitante se inscriba en el Registro Unificado de Solicitantes del Ministerio de Economía y Competitividad.

b) Los datos registrados en el Sistema de Entidades (CIF, razón social, domicilio, fax, teléfono, correo electrónico y otros) y en el Registro Unificado de Solicitantes (representantes legales, correo electrónico y otros) deberán estar debidamente actualizados con anterioridad a la formalización de la solicitud.

c) La presentación de la solicitud deberá hacerse con un sistema de firma electrónica avanzada. El certificado electrónico correspondiente deberá cumplir dos requisitos:

i. Debe pertenecer a una persona que esté inscrita en el Registro Unificado de Solicitantes del Ministerio de Economía y Competitividad.

ii. Debe corresponder a alguno de los certificados digitales admitidos en la plataforma «@firma», que pueden consultarse en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, dentro del apartado «Certificado digital».

d) La presentación de la solicitud se realizará a través de la cumplimentación del formulario electrónico disponible en la sede electrónica, en el apartado «Procedimientos y servicios electrónicos/otras ayudas», desde el cual se accederá al enlace correspondiente a esta convocatoria de premios.

e) Para las personas físicas la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por medio de este Registro Electrónico tendrá carácter preferente, pero será voluntaria, siendo la alternativa la presentación en los lugares señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE-A-1992-26318), de Régimen Jurídico de la Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común.

3. La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación adicional:

a) Una memoria descriptiva de los méritos del candidato, en la que se expongan aquellos aspectos que sean relevantes a efectos de su puntuación y valoración, de acuerdo con los criterios establecidos en esta convocatoria para la modalidad correspondiente. Tendrá una extensión máxima de 50 páginas, con un tamaño de letra no inferior a 11 puntos e interlineado sencillo. En el caso de las modalidades Premio Nacional a la Internacionalización y Premio Nacional al Diseño Empresas, la memoria deberá incluir, respecto de los años 2010, 2011 y 2012, datos económicos de facturación y número de empleados así como cifras de la evolución de las rentas, resultados antes de impuestos y, en general, aquellos ratios o informaciones que sirvan para evaluar el impacto y relevancia de las actividades desarrolladas a que se refiere el párrafo noveno c) y e).

b) En el caso de que la candidatura sea presentada por una persona jurídica, la documentación que acredite la representación que ostenta el firmante de la solicitud.

c) En el caso de las modalidades de Premio Nacional a la Trayectoria Innovadora y Premio Nacional al diseño para la categoría de profesionales, un documento que acredite el respaldo de las candidaturas por al menos tres entidades o personas de reconocido prestigio en el ámbito del diseño y la innovación.

4. La documentación prevista en el apartado anterior deberá aportarse mediante ficheros electrónicos en formato PDF y de tamaño no superior a 4 Megabytes de información. Los documentos detallados son requisito necesario para completar la solicitud y poder optar a los premios.

5. La documentación que acompañará a la candidatura se remitirá en castellano, tal y como establece el punto 1 del artículo 37 «Lengua de los procedimientos» de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6. La documentación aportada por las personas físicas o jurídicas concurrentes a esta convocatoria será tratada confidencialmente de acuerdo con el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Séptimo. Plazo de presentación de las solicitudes.

El plazo de presentación de las candidaturas comenzará el día 19 de noviembre 2013, a las 00:00 horas (hora peninsular) y finalizará el día 23 de diciembre de 2013, a la 15:00 horas (hora peninsular).

Octavo. Subsanación de las solicitudes.

Si la documentación presentada fuera incompleta o adoleciera de defectos subsanables, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane el defecto o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, le será denegada su participación en la convocatoria actual, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Noveno. Criterios de valoración.

En desarrollo del artículo 9 de la Orden CIN/2570/2011, de 23 de septiembre, los criterios de valoración, para cada una de las modalidades, son:

a) Premio Nacional de Innovación modalidad Trayectoria Innovadora:

1. Relevancia de la inversión innovadora (20 puntos sobre 100).

2. Asunción de riesgos en tecnologías emergentes (20 puntos sobre 100).

3. Internacionalización de las actividades realizadas por el candidato (20 puntos sobre 100).

4. Política de recursos humanos innovadores llevada a cabo por el candidato (20 puntos sobre 100).

5. Aportación ampliamente reconocida al progreso de la innovación española (20 puntos sobre 100).

b) Premio Nacional de Innovación modalidad Compra Pública Innovadora (en adelante CPI):

1. Porcentaje de compra pública innovadora (CPI) respecto al total de compra pública realizada (25 puntos sobre 100).

2. Utilización de los mecanismos de financiación favorables a la Compra pública innovadora recomendados en la Guía de la CPI del Ministerio de Economía y Competitividad (http://www.mineco.es) (25 puntos sobre 100).

3. Efecto de la compra pública innovadora sobre la actividad de las empresas suministradoras y su repercusión en la apertura de nuevos mercados innovadores (25 puntos sobre 100).

4. Utilización del procedimiento Innodemanda del CDTI (10 puntos sobre 100).

5. Formación de consorcios paneuropeos para licitaciones conjuntas de CPI financiadas por la Comisión Europea (15 puntos sobre 100).

c) Premio Nacional de Innovación modalidad Internacionalización: se valorará, en función de la actividad realizada a lo largo de los tres años anteriores a la concesión del premio.

1. Progresión, durante el período contemplado, del porcentaje para cada año del volumen de negocio que la empresa realiza en el exterior, respecto al volumen total de negocio de la empresa (30 puntos sobre 100).

2. Impacto en la empresa de los proyectos innovadores y tecnológicos que se han incorporado a la estrategia internacional (30 puntos sobre 100).

3. Introducción de productos tecnológicos e innovadores españoles en los mercados internacionales (20 puntos sobre 100).

4. Políticas de fomento de la internacionalización de la actividad de investigación e innovación de la empresa (20 puntos sobre 100).

5. Contribución a la mejora de la imagen internacional de los productos y servicios españoles (20 puntos sobre 100).

d) Premio Nacional de Diseño modalidad Profesionales:

1. Trayectoria constante, reconocida y notoria entre otros profesionales del diseño durante al menos quince años (25 puntos sobre 100).

2. Trayectoria constante, reconocida y notoria en el mercado, durante al menos quince años (25 puntos sobre 100).

3. Trayectoria constante, reconocida y notoria en los medios de comunicación, durante al menos quince años (20 puntos sobre 100).

4. Aportación ampliamente reconocida al progreso del diseño español, mediante publicaciones, actividades de investigación o docencia (15 puntos sobre 100).

5. Coherencia y continuidad en la trayectoria (15 puntos sobre 100).

e) Premio Nacional de Diseño en la categoría de Empresas:

1. Trayectoria consolidada y ampliamente reconocida en el campo del diseño de al menos diez años (30 puntos sobre 100).

2. Utilización del diseño para la innovación: grado de innovación a través del diseño (20 puntos sobre 100).

3. Efectividad del diseño en la estrategia de la empresa y resultados positivos en el mercado: retos empresariales donde el diseño ha tenido un papel relevante (20 puntos sobre 100).

4. Calidad conceptual y técnica de los productos (10 puntos sobre 100).

5. Beneficios para la sociedad en términos de sostenibilidad logrados a través de un uso eficiente del diseño y su proceso (10 puntos sobre 100).

6. Capacidad para transmitir valores a la sociedad contribuyendo a la promoción y valorización del diseño (10 puntos sobre 100).

Décimo. Jurados.

1. La evaluación de las candidaturas presentadas se realizará por dos jurados, uno para los Premios Nacionales de Innovación en todas sus modalidades (Trayectoria Innovadora, Compra Pública Innovadora e Internacionalización), y otro para los Premios Nacionales de Diseño en todas sus modalidades (Profesionales y Empresas).

2. Cada uno de los jurados tendrá la siguiente composición:

a) Presidente: El Secretario General de Ciencia, Tecnología e Innovación.

b) Seis vocales, nombrados por el Secretario General de Ciencia, Tecnología e Innovación, entre profesionales de reconocido prestigio en el ámbito de la innovación y el diseño.

c) Secretario: El Subdirector General de Fomento de la Innovación, que tendrá voz, pero no voto.

Undécimo. Resolución y notificación.

El Secretario General de Ciencia, Tecnología e Innovación, sobre la base de la evaluación de cada uno de los jurados, emitirá su fallo y dictará la resolución de la concesión de los premios que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en el año 2014.

Disposición final primera. Recursos.

Contra la presente resolución de la convocatoria, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Economía y Competitividad en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Disposición final segunda. Eficacia.

La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 6 de noviembre de 2013.–La Secretaria General de Ciencia, Tecnología e Innovación, María Luisa Poncela García.

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