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Documento BOE-A-2012-9859

Orden SSI/1622/2012, de 12 de julio, por la que se clasifica la Fundación IVF Spain y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 23 de julio de 2012, páginas 52819 a 52820 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2012-9859

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación IVF Spain resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el Patronato de la Fundación fue solicitada la inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la Fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación. Fundación IVF Spain.

Fines: Los fines de interés general de la Fundación son de carácter social, docente, científico y de fomento de la investigación, todo ello en el ámbito de la medicina reproductiva, genética y biotecnología.

Entre sus objetivos destaca realización de obras sociales dentro del campo de la Medicina Reproductiva y Genética, al objeto de favorecer y ayudar a personas, especialmente con escasos recursos económicos, para que accedan a diagnósticos y tratamientos, así como cualquier otra finalidad de fomento, desarrollo y fortalecimiento del voluntariado en este ámbito y el estudio de la genética, fertilidad y la reproducción humana, tanto en su vertiente personal y social como en la clínica, promoción de la salud, mediante la dotación de becas, organización de cursos de formación, suscripción de convenios de colaboración con instituciones académicas y médicas y desarrollo de programas de investigación para impulsar la investigación científica, desarrollo o innovación tecnológica y de transferencia de la misma hacia el tejido productivo como elemento impulsor de la productividad y competitividad empresarial.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la Fundación radicará en la avenida Ansaldo, n.º 13, C.P. 03540, de Alicante, y el ámbito de actuación será en todo el territorio del Estado español.

Fundadores: Don Jon Aizpurua Sáenz y la mercantil IVF Spain, S.L.

Dotación inicial: Treinta mil euros, aportados por los fundadores.

Desembolso inicial: 7.600 euros.

Desembolso pendiente: 22.400 euros.

Escritura pública de constitución. Otorgada ante el notario de Alicante, don Tomás María Dacal Vidal, el día 21 de febrero de 2012 con el número 226 de orden de su protocolo, incorpora el texto integro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don Jon Aizpurua Sáenz.

Vicepresidente: Doña Sonia Serra García.

Secretaria: Doña Rosa Parrado Marcos.

Vocal: Don Sergio Rogel Cayetano.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud del artículo segundo, apartado 4 de la Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre, por la que se delega y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad y Política Social y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación IVF Spain cuyos fines de interés general son sanitarios, de asistencia social y científicos adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 03-0085.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato y la aceptación de sus cargos tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 12 de julio de 2012.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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