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Documento BOE-A-2012-8886

Resolución de 5 de junio de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera, de 3 de enero de 2011, que ha devenido firme.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 3 de julio de 2012, páginas 47345 a 47345 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2012-8886

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el Boletín Oficial del Estado el fallo de la Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Primera constituida en Pleno, de 3 de enero de 2011, que ha devenido firme.

En el recurso de casación número 2140/2006, seguido ante el Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, interpuesto por el abogado del Estado, en nombre y representación de la Dirección General de los Registros y del Notariado, contra la sentencia de fecha 4 de octubre de 2006, dictada en grado de apelación por la Audiencia Provincial de Segovia, rollo número 346/2006, que desestimó el recurso de apelación interpuesto por aquél contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Segovia, de 21 de abril de 2006, dimanante del juicio verbal número 736/2005, que estimó la demanda interpuesta por doña Mercedes Jorge García, registradora de la Propiedad de Santa María la Real de Nieva, declarando nula y dejando sin efecto la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado, de 29 de septiembre de 2005, que estimaba el recurso gubernativo interpuesto por el notario de Madrid, don Rafael Bonardell Lezcano, contra la negativa de la referida registradora de la Propiedad, al ya existir previamente resolución administrativa firme desestimatoria, sin hacer especial pronunciamiento sobre costas,

FALLAMOS:

1. Se desestima el recurso de casación interpuesto por el abogado del Estado contra la sentencia de 4 de octubre de 2006 dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Segovia en el recurso de apelación número 346/2006, cuyo fallo dice:

«Fallamos. Que con desestimación del recurso de apelación interpuesto por el abogado del Estado contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Segovia de fecha 21 de abril de 2006 debemos confirmar y confirmamos la citada resolución sin especial imposición de costas a las partes litigantes.»

2. No ha lugar a casar por los motivos formulados la sentencia recurrida, que resulta confirmada con este alcance.

3. Se imponen las costas del recurso de casación a la parte recurrente.

Así, por esta nuestra sentencia, que se insertará en la Colección Legislativa pasándose al efecto las copias necesarias, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Firmado y rubricado. Don Juan Antonio Xiol Ríos. Don Xavier O’Callaghan Muñoz. Don Jesús Corbal Fernández. Don Francisco Marín Castán. Don José Ramón Ferrándiz Gabriel. Don José Antonio Seijas Quintana. Don Antonio Salas Carceller. Doña Encarnación Roca Trías. Don Rafael Gimeno-Bayón Cobos, Magistrados del Tribunal Supremo, Sala Primera.

Madrid, 5 de junio de 2012.–El Director General de los Registros y del Notariado, Joaquín José Rodríguez Hernández.

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