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Documento BOE-A-2012-8101

Resolución de 4 de junio de 2012, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 16 de abril de 2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 18 de junio de 2012, páginas 43613 a 43613 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2012-8101

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 16 de abril de 2012 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de mayo), se anunció convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, de varios puestos de trabajo en el Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley 33/1988, de 28 de julio, y en el artículo 12.2 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, una vez acreditada la observancia del procedimiento, así como el cumplimiento por parte de los candidatos elegidos de los requisitos exigidos en la convocatoria,

Esta Secretaría de Estado acuerda:

Resolver la referida convocatoria y nombrar a don José Manuel Bernabé Sánchez, funcionario de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos de Fomento, con NRP 2745420968 A6200, como Secretario General, y a doña María Maldonado Abadía, Funcionaria del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado, con NRP 1801792413 A1111, como Subdirectora General de Fomento de la Industria Cinematográfica y Audiovisual, en el Instituto de Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», no pudiendo interponerse este último hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común, según redacción dada a los mismos por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así como en los artículos 9 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 4 de junio de 2012.–El Secretario de Estado de Cultura, P. D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Subsecretario del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Fernando Benzo Sáinz.

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