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Documento BOE-A-2012-6175

Resolución de 19 de abril de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publican las tablas salariales correspondientes al año 2012 del Convenio colectivo de la industria azucarera.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 8 de mayo de 2012, páginas 34698 a 34701 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2012-6175
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2012/04/19/(7)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta de fecha 20 de enero de 2012 donde se recogen los acuerdos referentes a las tablas salariales correspondientes al año 2012 del Convenio colectivo de la industria azucarera (Código de Convenio n.º 99000555011981), que fue suscrito de una parte por la Asociación General de Fabricantes de Azúcar de España (AGFA) en representación de las empresas del sector, y de otra por las organizaciones sindicales CC.OO y UGT en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 19 de abril de 2012.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

TABLAS SALARIALES CORRESPONDIENTES AL AÑO 2012 DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA INDUSTRIA AZUCARERA

ANEXO 2
Tablas de salarios Convenio para el 2012 para trabajadores fijos sin antigüedad

 

Tablas 2012

365 días

euros

Grat. pactadas

3 meses/90 días

2012

euros

Salario convenio

15 meses/455 días

2012

euros

Nivel 4

11.946,33

2.945,67

14.892,00

Nivel 5

12.428,06

3.064,45

15.492,51

Nivel 6

12.948,35

3.192,74

16.141,09

Nivel 7

13.487,75

3.325,75

16.813,50

Nivel 8

13.950,23

3.439,78

17.390,01

Nivel 9

14.451,22

3.563,32

18.014,54

Nivel 10

15.212,34

3.750,99

18.963,33

Nivel 11

15.973,44

3.938,66

19.912,10

Nivel 12

17.110,21

4.218,96

21.329,17

Nivel 13

18.613,17

4.589,55

23.202,72

Nivel 14

20.231,64

4.988,62

25.220,26

Nivel 15

21.830,95

5.382,97

27.213,92

Nivel 16

25.000,61

6.164,53

31.165,14

Nivel 17

28.208,76

6.955,58

35.164,34

ANEXO 3
Salario hora ordinario pactado para 2012. Trabajadores fijos discontinuos y eventuales

 

Salario hora ordinario (euros/8 horas)

Nivel 4

8,49

Nivel 5

8,83

Nivel 6

9,20

Nivel 7

9,58

Nivel 8

9,91

Nivel 9

10,26

Nivel 10

10,80

Nivel 11

11,34

Nivel 12

12,15

Nivel 13

13,22

Nivel 14

14,37

Nivel 15

15,50

Nivel 16

17,75

Nivel 17

20,03

ANEXO 4
Plus de nocturnidad pactado para 2012. Trabajadores fijos, fijos discontinuos y eventuales

 

Plus nocturnidad

Euros

Nivel 4

10,96

Nivel 5

11,39

Nivel 6

11,90

Nivel 7

12,36

Nivel 8

12,77

Nivel 9

13,24

Nivel 10

13,93

Nivel 11

14,62

Nivel 12

15,68

Nivel 13

17,03

Nivel 14

18,52

Nivel 15

20,00

Nivel 16

22,91

Nivel 17

25,84

ANEXO 5
Valor de la hora extraordinaria para 2012. Trabajadores fijos, fijos discontinuos y eventuales

 

Valor hora extraordinaria

Euros

Nivel 4

11,91

Nivel 5

12,39

Nivel 6

12,90

Nivel 7

13,44

Nivel 8

13,90

Nivel 9

14,40

Nivel 10

15,16

Nivel 11

15,92

Nivel 12

17,05

Nivel 13

18,55

Nivel 14

20,16

Nivel 15

21,76

Nivel 16

24,92

Nivel 17

28,11

ANEXO 6
Módulo pactado hora

 

Euros

Nivel 4

6,80

Nivel 5

7,08

Nivel 6

7,37

Nivel 7

7,68

Nivel 8

7,94

Nivel 9

8,23

Nivel 10

8,66

Nivel 11

9,10

Nivel 12

9,74

Nivel 13

10,60

Nivel 14

11,52

Nivel 15

12,43

Nivel 16

14,24

Nivel 17

16,06

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/04/2012
  • Fecha de publicación: 08/05/2012
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 18 de julio de 2011 (Ref. BOE-A-2011-13277).
Materias
  • Azúcar
  • Convenios colectivos
  • Industria agraria

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