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Documento BOE-A-2012-5984

Orden SSI/940/2012, de 17 de abril, por la que se clasifica la Fundación Nieves Blanco Blanco y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 4 de mayo de 2012, páginas 33882 a 33883 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2012-5984

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Nieves Blanco Blanco resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el Patronato de la Fundación fue solicitada la inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la Fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación Nieves Blanco Blanco.

Fines: La Fundación tiene por fin principal, proporcionar el alojamiento y supervisión a las personas mayores de 60 años, que habitan en viviendas cuyas condiciones no son adecuadas a sus condiciones personales, así como facilitar el desarrollo de una vida autónoma el mayor tiempo posible.

El objetivo es que las personas mayores permanezcan en su entorno habitual, mientras se valgan por sí mismas, y que puedan disfrutar de su vivienda tanto en propiedad y otros derechos reales de uso y disfrute, como en régimen de alquiler. En este último caso, los apartamentos tutelados estarán pensados para alojar a personas con dificultades económicas, familiares o sociales, que abonen una tarifa periódica, en función de sus posibilidades, para sufragar los gastos de alojamiento, supervisión, seguridad, mantenimiento de zonas comunes e información.

Domicilio y ámbito de actuación: Plaza de España, número 2, primero, A, código postal 28911, Leganés (Madrid), de ámbito de actuación nacional.

Fundadores: La entidad mercantil «Zona Sur Asesoría, S.L.».

Dotación inicial: Treinta mil euros, aportados por la entidad fundadora.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante el notario de Madrid, Don José María Mateos Salgado, el 7 de marzo de 2011, con el número 867 de su protocolo, modificada por otra escritura otorgada ante el mismo notario el día 15 de febrero de 2012, con el número 672 de orden de su protocolo, incorporándose en las precitadas escrituras el texto integro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: La entidad fundadora «Zona Sur Asesoría, S.L.», representada por doña María Luisa Muñoz González.

Vicepresidente: Don Lorenzo Salcedo Muñoz.

Tesorero: Doña María Antonia de Puig Muste.

Secretaria: Doña Carmen Rebollo Alonso de Linaje.

Vocales: Doña María de las Nieves Muñoz Rodríguez y don Antonio Palazón Martínez.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud del artículo segundo, apartado 4 de la Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre, por la que se delega y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad y Política Social y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación Nieves Blanco Blanco cuyos fines de interés general son, de asistencia e inclusión social, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 28-1.637.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato así como la aceptación de sus cargos, tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Notificar a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 17 de abril de 2012.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, por delegación (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

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