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Documento BOE-A-2012-5964

Resolución de 23 de abril de 2012, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas para la participación en el Programa de Cooperación Territorial "Rutas Científicas" durante el curso 2012/2013.

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 4 de mayo de 2012, páginas 33789 a 33803 (15 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2012-5964

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECI/2919/2006, de 12 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» del 23), se crea el programa de cooperación territorial «Rutas Científicas» para alumnos de Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio, que pretende recuperar en el alumnado el interés por las Ciencias y aumentar el nivel de matriculación de los estudios científicos y técnicos.

El artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo («BOE» del 4), de Educación establece que el Estado promoverá programas de cooperación territorial con el fin de alcanzar los objetivos educativos de carácter general, reforzar las competencias básicas de los estudiantes, favorecer el conocimiento y aprecio por parte del alumnado de la riqueza cultural y lingüística de las distintas Comunidades Autónomas, así como contribuir a la solidaridad interterritorial y al equilibrio territorial en la compensación de las desigualdades.

El Programa Nacional de Reformas impulsado desde la Presidencia del Gobierno, en el eje relativo a la formación del capital humano, menciona como uno de los retos, la mejora de la calidad de la educación incidiendo en la mejora de la comprensión lectora, las matemáticas y las ciencias.

Durante el desarrollo del programa, la visita a determinados laboratorios, centros de investigación con desarrollo aplicado de los conocimientos científicos, así como un recorrido por museos de ciencias, parques naturales, sendas, laboratorios universitarios, centros de observación, empresas de alimentación, etc. propiciarán el descubrimiento y la ampliación de los campos de trabajo e interés de los alumnos poniendo de relieve el gran alcance, la dedicación e importancia que para la sociedad actual tiene su desarrollo.

Por todo lo anterior, de conformidad con la legislación vigente en materia de subvenciones y concretamente la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril («BOE» del 12 de mayo), de bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, acuerdo con los Convenios suscritos al efecto con las correspondientes Comunidades Autónomas, he dispuesto:

Primero.

1. Se convocan en régimen de concurrencia competitiva para el curso 2012-2013, ayudas destinadas a 52 grupos de centros públicos españoles ordinarios, de entre veinte a veinticuatro alumnos con edad inferior a 20 años y dos profesores acompañantes, que cursen materias científicas en Bachillerato o en Ciclos Formativos de Grado Medio, para participar en el programa «Rutas científicas» durante el curso 2012-2013, de acuerdo con la distribución territorial incluida como anexo I a la presente convocatoria. Las citadas ayudas se librarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.04.324N.489.02 de los Presupuestos Generales del Estado para el 2012, por un importe máximo de 400.000 euros.

2. Para la participación en este programa, se concederán dos tipos de ayudas:

2.1 Ayudas para sufragar los gastos de alojamiento, manutención y desarrollo de la actividad de los grupos participantes, cuyo pago se efectuará a través de las correspondientes Comunidades Autónomas receptoras hasta un importe máximo de 208.787,88 euros.

2.2 Ayudas para el desplazamiento y preparación de la actividad hasta un importe máximo de 191.212,12 euros. Para participar en el programa, el transporte hasta la residencia cabecera de la ruta científica se hará por cuenta de los interesados. Para contribuir a dichos gastos, los centros seleccionados recibirán una ayuda para cada grupo participante (compuesto por 20 a 24 alumnos y dos profesores acompañantes) en la que se incluirán los gastos de preparación de la actividad y de desplazamiento y que estará determinada de acuerdo con los siguientes módulos de distancia en kilómetros (ida y vuelta) entre la localidad del centro y la de cabecera del itinerario:

– Menos de 500 kilómetros: hasta un máximo de 1.300,00 euros.

– Entre 501 y 1.000 kilómetros: hasta un máximo de 1.900,00 euros.

– Entre 1.001 y 1.500 kilómetros: hasta un máximo de 2.500,00 euros

– Entre 1.501 y 2.000 kilómetros: hasta un máximo de 3.100,00 euros.

– Entre 2.001 y 2.500 kilómetros hasta un máximo de 3.950,00 euros

– Más de 2.500 kilómetros y en el caso de los grupos participantes de los centros docentes españoles ubicados en las Illes Balears y las Ciudades autónomas de Ceuta y Melilla: hasta un máximo de 4.800,00 euros.

– En el caso de centros participantes de las islas de Menorca y Las Pitiusas: hasta un máximo de 5.220,00.

– Centros participantes que recorran la ruta de las Illes Balears y los centros españoles en el exterior: hasta un máximo de 6.200,00 euros.

Estas ayudas se librarán a los centros cuyos grupos recorran los itinerarios, a través de las Comunidades Autónomas, o Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, o Consejerías de Educación en el exterior, en su caso, que actúan como entidades colaboradoras.

La ejecución de los gastos imputados a estas ayudas y su posterior justificación, se realizarán de acuerdo con lo establecido en las instrucciones a que se refiere el apartado decimosexto de la presente Resolución.

3. Durante la participación en la actividad, los alumnos y profesores estarán asistidos por un seguro de accidentes y de responsabilidad civil, suscrito al efecto por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Además, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte contratará los servicios de transporte necesarios para el desarrollo de los itinerarios los días de ruta.

4. La distribución territorial de las ayudas del programa «Rutas científicas» se detalla en el anexo I de la presente Resolución.

5. Los itinerarios del programa «Rutas científicas» se recorrerán en las fechas comprendidas entre el 17 de septiembre y el 11 de diciembre de 2012.

6. La actividad tendrá una duración de cinco días, produciéndose la incorporación de los grupos a la cabecera de itinerario y regreso a sus lugares de origen, de acuerdo con las instrucciones de coordinación de cada Comunidad Autónoma.

Segundo.

El catálogo de rutas científicas para el 2012-2013 será el que se indica en el anexo II a la presente Resolución.

Tercero.

En el anexo III figura la distribución de los 52 grupos, tanto por Comunidad Autónoma o provincia de procedencia, como por la ruta científica en la que pueden participar.

Cuarto.

1. El alumnado que desee participar, deberá solicitarlo a través de la dirección de su centro, formando un grupo de entre veinte a veinticuatro alumnos con edad inferior a 20 años en el momento de finalización del plazo de solicitud y dos profesores acompañantes de los que habitualmente les imparten clase de materias científicas, que se responsabilizarán a todos los efectos de la adecuada participación del grupo en la actividad. Como la participación tiene lugar en el otoño del curso 2012/2013 pero la solicitud de participación se presenta en el curso 2011/2012, se admitirán solicitudes de alumnos matriculados en 4.º ESO que confirmarán su asistencia, en el caso de ser concedida su participación, como alumnos matriculados en 1.º de Bachillerato o 1.º de Ciclo Formativo de Formación Profesional de Grado Medio.

2. El centro elaborará un proyecto de participación de acuerdo con las orientaciones generales y objetivos que figuran como anexo IV que adjuntará a la solicitud.

3. Cumplimentación de solicitudes: quienes, reuniendo las condiciones exigidas, deseen acceder a esta convocatoria deberán formular su solicitud mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte https://sede.educacion.gob.es sección «Trámites y Servicios». Para cumplimentar la solicitud telemática y adjuntar toda la documentación preceptiva en formato informático, se procederá del siguiente modo:

a) Si se posee el DNI electrónico o un certificado electrónico de otra autoridad de certificación reconocida (http://www.dnielectronico.es/seccion_aapp/rel_autoridades.html), se podrá completar incluso el proceso de registro de la solicitud a través de la vía electrónica disponible.

b) En caso contrario, a través de la aplicación se obtendrá un impreso oficial de la solicitud en soporte papel con el fin de que, una vez firmado, pueda ser presentado en el registro de la administración educativa correspondiente, de acuerdo con lo expresado en los párrafos siguientes, bien directamente o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente. A estos efectos los registros de los centros docentes no se considerarán incluidos dentro de las dependencias enumeradas en el artículo 38.4 de la referida Ley,

En caso de que la documentación se presente en una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto con el fin de que pueda ser fechada y sellada antes de su certificación. El impreso oficial a presentar por registro presencial incluye un número que identifica la solicitud y un resumen digital que garantiza la integridad de la misma. En caso de modificación del impreso oficial, manual o electrónicamente, la solicitud será automáticamente excluida.

Las solicitudes de los centros dependientes de la gestión directa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte podrán presentarse directamente en el Registro de las Direcciones provinciales de Educación, Cultura y Deporte, en el caso de los centros de Ceuta y Melilla, o en el de la Subdirección General de Cooperación Internacional, en el supuesto de los centros ubicados en el extranjero.

Las solicitudes de los alumnos matriculados en centros dependientes de las comunidades autónomas que han optado por publicar su propia convocatoria de plazas, deberán atenerse a lo establecido en dicha convocatoria.

4. La documentación precisa para participar en esta convocatoria estará compuesta por:

a) Impreso oficial de la solicitud obtenido a través de la cumplimentación de la solicitud en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (https://sede.educacion.gob.es) debidamente firmado por el/la Director/a del centro (solo en los casos incluidos en la letra b del punto 4 del presente apartado).

b) Proyecto de participación al que se refiere el punto 2 del presente apartado en soporte electrónico y que se adjuntará a la solicitud siguiendo las instrucciones de la aplicación.

c) Copia del acta del Consejo Escolar del Centro, y/o del apartado del Proyecto Educativo curricular o Programación General Anual del Centro en la que haga referencia a su aprobación en la participación en esta actividad, que igualmente se adjuntará en un fichero electrónico.

5. Por su parte, la Dirección del Centro recabará y custodiará la autorización del padre, madre o tutor de cada uno de los alumnos solicitantes menores de edad (modelo anexo V).

6. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte podrá solicitar, en cualquier momento del procedimiento administrativo, los originales a través de los cuales se generaron todos los archivos electrónicos incorporados a la solicitud, con el fin de contrastar su validez y concordancia.

7. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se reserva el derecho de actuar legalmente contra aquellos que modificaran o alteraran aquellos documentos originales para generar los archivos electrónicos incluidos en la solicitud.

8. La presentación de la solicitud supondrá la aceptación de las presentes bases de la convocatoria en particular, y a los efectos previstos en el artículo 28.1 de la Ley 11/2007, se acepta la práctica de notificaciones por el medio al que se refiere el apartado sexto.

9. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 21 de mayo de 2012.

Quinto.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, si la solicitud de iniciación no reuniese los requisitos precisos, se requerirá al centro interesado para que, en un plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, indicándose que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 42.1 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sexto.

Las notificaciones resultantes del proceso administrativo se realizarán mediante la práctica de notificación por comparecencia electrónica (artículo 40 del RD 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos), utilizando los servicios disponibles en la sede electrónica del Ministerio.

Séptimo.

Para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento, los interesados podrán consultar su solicitud a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte https://sede.educacion.gob.es a través del enlace «Trámites y servicios». Igualmente, podrán dirigirse a la Subdirección General de Cooperación Territorial que actúa como órgano instructor en este procedimiento (calle Los Madrazo, 15-17, 28014 Madrid). El expediente se identificará por el nombre del centro de los alumnos solicitantes de la ayuda.

Octavo.

1. Las solicitudes de los alumnos matriculados en centros dependientes de la gestión directa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte serán seleccionadas por las comisiones provinciales de promoción estudiantil establecidas en la Orden EDU/2099/2011, de 21 de julio («BOE» de 27), por la que se convocan becas y ayudas al estudio de carácter general y de movilidad para el curso académico 2011-2012, para alumnado que curse estudios postobligatorios y superiores no universitarios y en el caso de los centros españoles en el exterior, por una comisión designada al efecto por la Subdirectora General de Cooperación Internacional del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

2. En las Comunidades Autónomas la selección de las solicitudes se realizará por el órgano u órganos establecidos por las mismas.

Noveno.

1. Para su valoración se tendrá en cuenta los siguientes criterios:

a) Calidad del proyecto de participación presentado: se valorará el contenido pedagógico y su utilidad para la consecución de objetivos que permitan potenciar el interés por las ciencias y fomentar el espíritu científico. Asimismo, se tendrán en cuenta otras consideraciones positivas desde el punto de vista pedagógico, tales como las posibilidades reales de aplicación, el carácter innovador del proyecto o su capacidad para motivar a los alumnos y su conexión con el trabajo en el aula tanto previo como posterior a su participación en el programa.

b) Características socioeconómicas del centro solicitante: se valorará positivamente su ubicación en localidades rurales o en zonas suburbiales o cinturones industriales, así como que el centro acoja a alumnos inmigrantes, de minorías étnicas y/o culturales en un porcentaje superior al 25 % del total de alumnos matriculados.

c) Participación anterior en el programa: se valorará positivamente que el centro no haya participado anteriormente en la actividad.

2. El número de solicitudes seleccionadas no sobrepasará la cifra de ayudas convocadas.

3. Con el fin de fomentar la participación de alumnos de diferentes centros de cada provincia o comunidad autónoma, cuando el número de solicitudes sea superior al de ayudas disponibles, sólo se adjudicará la participación en el programa a un grupo de alumnos por centro. En el caso de que las solicitudes de un mismo centro hayan obtenido la misma puntuación, tendrá prioridad el grupo que integre el mayor número de alumnos que por su nivel de estudios no vayan a poder participar en la siguiente convocatoria.

4. En el caso de centros que en convocatorias anteriores hubieran recibido ayuda para participar en este programa, la justificación correcta de la misma será requisito imprescindible para la concesión de ayuda con cargo a esta convocatoria.

Décimo.

1. Antes del 15 de junio de 2012 se enviará, por parte de los correspondientes órganos de selección, al órgano instructor del procedimiento, Subdirección General de Cooperación Territorial (calle Los Madrazo, 15-17, 28014-Madrid), un informe con el resultado de la evaluación de las solicitudes que incluirá la siguiente documentación:

a) Relación de los centros seleccionados acompañada de una certificación que exprese que sus solicitudes reúnen los requisitos establecidos en la convocatoria para la concesión de la ayuda.

b) Relación priorizada de los centros que queden en la lista de reserva, acompañada de una certificación que exprese que sus solicitudes reúnen los requisitos establecidos en la convocatoria para, en su caso, la concesión de la ayuda.

c) Relación de centros excluidos con indicación de la causa de exclusión.

2. En el caso de que por parte de alguna Administración Educativa no se cubrieran todas las plazas que tienen asignadas para centros de ella dependientes, aquéllas que quedaran vacantes podrán ofrecerse a otra administración educativa que tenga centros cuyas solicitudes se hayan incluido en la lista de reserva.

Undécimo.

1. La Subdirección General de Cooperación Territorial a la vista de los informes emitidos por los órganos de selección a que se hace referencia en el apartado octavo de la presente Resolución formulará la propuesta de resolución provisional.

2. De acuerdo con el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se formulará la propuesta de resolución provisional que deberá notificarse a los interesados y se concederá un plazo de 10 días para formular alegaciones. No obstante, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. En este caso, la propuesta formulada tendrá el carácter de definitivo.

3. La propuesta de resolución se elevará por el órgano instructor al Director General de Evaluación y Cooperación Territorial quien por delegación de la Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades contenida en la Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo («BOE» del 9), resolverá la adjudicación de las ayudas antes del día 30 de junio de 2012 pudiendo realizarse resoluciones parciales y sucesivas de concesión, a medida que los órganos de selección formulen las correspondientes propuestas. Las resoluciones de adjudicación, contendrán igualmente una relación de las solicitudes de reserva y una relación de solicitudes excluidas con indicación de la causa de exclusión.

Una vez efectuada la adjudicación de las ayudas, la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial enviará a los centros seleccionados una comunicación. Si alguno de los alumnos que figuran en la solicitud de ayuda no pudiese participar en la actividad, el centro podrá proceder a su sustitución por otro del mismo curso, pero en ningún caso podrá participar un grupo con un número inferior a 20 alumnos y 2 profesores ni superior a 24 alumnos y 2 profesores. De no contar el grupo con ese número de componentes, el centro deberá comunicarlo a su Administración educativa correspondiente y renunciar a su participación pasando a ocupar su lugar un centro cuya solicitud se haya incluido en la relación de reserva.

Igualmente, dicha Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial notificará a los centros solicitantes no adjudicatarios, la denegación de la ayuda solicitada.

4. Las mencionadas Resoluciones de adjudicación que pondrán fin a la vía administrativa, podrán ser recurridas potestativamente en reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, o ser impugnadas mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso Administrativa y el artículo 66 de la ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

5. Las vacantes producidas por renuncia de los centros seleccionados serán cubiertas por centros de la misma comunidad o ciudad autónoma o por otro centro del exterior, si es un centro español en el extranjero, siguiendo el orden establecido en la relación de reserva.

6. Si se produjera la baja de algún centro seleccionado y no pudiera ser reemplazado por otro centro de la misma comunidad o ciudad autónoma, o por otro centro del exterior de acuerdo con lo establecido en el punto anterior, la plaza podrá ofrecerse a un centro dependiente de otra administración educativa.

7. En caso de renuncia, la ayuda para desplazamiento y preparación de la actividad que se conceda al centro de la relación de reserva, se calculará de acuerdo con los módulos establecidos en la disposición primera punto 2.2 de la presente convocatoria, sin que pueda exceder de la cuantía concedida al centro que ha renunciado.

8. En estos casos, tanto la aceptación de la renuncia a la ayuda por parte de los centros beneficiarios como la adjudicación de ayuda a los centros en reserva, se realizará por el Director General de Evaluación y Cooperación Territorial.

9. Posteriormente, la relación definitiva de centros adjudicatarios de las ayudas, se hará pública a través de la página Web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Duodécimo.

Los beneficiarios de estas ayudas y las entidades colaboradoras quedan obligados a cumplir las obligaciones establecidas en los artículos 14 y 15 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones que les sean aplicables.

Concretamente, los beneficiarios de las ayudas están obligados a:

1. Realizar la actividad para la que se le concede la ayuda.

2. Comunicar, en su caso, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales.

3. Someterse a las actuaciones de control financiero que correspondan y a las de comprobación que puedan efectuar el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o en su caso, los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas.

4. Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la correcta inversión de las ayudas recibidas de acuerdo con el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A estos efectos, los centros dependientes de las Comunidades Autónomas se atendrán a las instrucciones dictadas, en su caso, por la correspondiente Consejería de la respectiva Comunidad Autónoma. En su defecto, y en todo caso para los centros dependientes de la gestión directa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, ateniéndose a lo dispuesto en el artículo 75 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, deberán presentar la siguiente documentación:

4.1 Memoria descriptiva del viaje y estancia realizados, con una extensión máxima de 15 páginas. Dicha memoria reflejará el número de alumnos y profesores participantes, el grado de cumplimiento de los objetivos programados y la evaluación de las actividades desarrolladas, incluyendo elementos de análisis por parte de los alumnos, así como las posibles sugerencias que pudieran ser tomadas en cuenta en futuras convocatorias, en su caso.

4.2 Certificado de la Dirección del centro que exprese que ha quedado cumplida la finalidad que motivó la concesión de la ayuda y en el que deberán relacionarse los nombres de los alumnos beneficiarios y de los profesores participantes.

4.3 Relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. Los justificantes originales del gasto quedarán en poder de los centros, a disposición de los órganos de control financiero a los que corresponda la competencia.

4.4 Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.

4.5 En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.

4.6 Durante el mes siguiente a la realización de la actividad los beneficiarios de estas ayudas deberán anexar a su solicitud en la Sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, la documentación referida en formato electrónico.

5. Proceder al reintegro de la ayuda recibida en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la ley General de Subvenciones.

Decimotercero.

1. Las comunidades autónomas acopiarán la documentación correspondiente a la justificación del gasto de desarrollo de la ruta y a la vista de la anexada por los centros de ellas dependientes relativa a las ayudas para la preparación de la actividad y el desplazamiento, en el plazo de dos meses desde la finalización de la actividad, remitirán a la Subdirección General de Cooperación Territorial, la siguiente documentación justificativa de acuerdo con lo establecido en el artículo 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, debiendo cumplir todas las obligaciones establecidas para las comunidades autónomas y entidades colaboradoras en la vigente normativa:

a) Certificación que exprese que el libramiento efectuado a la comunidad autónoma se ha destinado a los fines previstos.

b) Relación certificada de los alumnos beneficiarios de las ayudas concedidas que han recorrido la ruta científica establecida en esa comunidad autónoma.

c) Relación certificada de los alumnos beneficiarios de las ayudas para materiales y desplazamiento y acreditación de que las mismas se han abonado a los centros dependientes de esa comunidad autónoma.

d) Relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago.

e) Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago.

f) Relación detallada de otros ingresos que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación de su importe y su procedencia.

g) En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.

h) Informe final de la actividad elaborado por el coordinador de la ruta científica.

2. Las Direcciones provinciales y Consejerías de educación en el exterior del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, a la vista de la documentación anexada a la solicitud correspondiente a la justificación del gasto presentada por los centros de ellas dependientes, en el plazo de dos meses desde la participación de los centros remitirán a la Subdirección General de Cooperación Territorial, la siguiente documentación:

a) Certificación que exprese que el libramiento se ha destinado a los fines previstos.

b) Relación certificada de los beneficiarios de las ayudas concedidas para materiales y desplazamiento y acreditación de que las mismas se han abonado a los centros.

c) Un ejemplar de la memoria actuación y copia de la justificación económica presentada por los centros.

3. La no justificación de la ayuda percibida con arreglo a lo dispuesto en esta Resolución conllevará el reintegro de las cantidades no justificadas y la exigencia de los intereses de demora, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas en que se pueda incurrir con arreglo a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Decimocuarto.

Tanto los beneficiarios de estas ayudas como las entidades colaboradoras quedan sujetos, en cuanto les sea aplicable, al régimen de incumplimiento, responsabilidad y sanciones establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Decimoquinto.

1. En el ámbito de su gestión, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte podrá reconocer la participación del profesorado en este programa con una equivalencia máxima de 30 horas de formación por curso escolar, siempre que lleve implícita la formación para el profesorado.

2. Las Comunidades Autónomas podrán reconocer al profesorado participante las actividades de formación con alumnos que se realicen al amparo de esta convocatoria.

Decimosexto.

Se autoriza a la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial para dictar las instrucciones necesarias en desarrollo de la presente Resolución.

Decimoséptimo.

Contra esta Resolución se podrá interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional. Asimismo, la presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Disposición final primera.

En todo lo no dispuesto en la presente Resolución serán de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley, la Orden ECI/1815/2005, de 6 de junio («BOE» de 15), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación y Ciencia.

Disposición final segunda.

La presente Resolución producirá sus efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de abril de 2012.–La Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, Montserrat Gomendio Kindelan.

ANEXO I
Distribución territorial de ayudas del Programa «Rutas científicas» curso 2012/13

 

N.º Grupos

Comunidades Autónomas

 

Andalucía

10

Aragón

6

Principado de Asturias

4

Illes Balears

4

Cantabria

4

Castilla-La Mancha

4

Castilla y León

6

Galicia

3

La Rioja

1

Madrid

3

Navarra

4

Total

49

Territorio gestión directa Ministerio Educación

 

Ceuta

1

Melilla

1

Centros en el exterior

1

Total

3

Total programa

52

ANEXO II
Catálogo de rutas científicas

Comunidad Autónoma de Andalucía

Itinerario: «Andalucía, ciencia a tope».

Resumen de contenidos: El principal objetivo de la ruta es visitar y dar a conocer Centros donde se hace y se aplica la ciencia usando las más recientes tecnologías; Centros cuyas investigaciones están en vanguardia y gozan del reconocimiento y merecido prestigio internacional.

– Actividad en torno a la Reserva Biológica de Doñana: Biodiversidad. Ecosistemas.

– Centro Nacional de Aceleradores (CNA) en Sevilla.

– Visita al Museo Interactivo de la Música. (Málaga).

– Centro de Ciencia Principia: Divulgación científica. Experiencia de cátedra.

– Instituto Astrofísica de Andalucía: Investigación en astrofísica. Cosmología. Telescopios.

– Centro Hispano-alemán de Calar Alto: Cosmología. Instrumentación infrarroja. Estructura de la Vía Láctea. Sistemas extragalácticos. Cooperación internacional.

– Plataforma solar de Almería: Transformaciones energéticas. Energía solar. Consumo energético. Energías renovables.

– Parque de las Ciencias: Divulgación científica. Planetarios. Exposiciones científicas.

Alojamientos: Instalación Juvenil de Sevilla, c/ Isaac Peral, 2. Sevilla.

Instalación Juvenil de Granada, Avda. Ramón y Cajal, 2, 18003 Granada.

Tfno. 958 00 29 00. Fax: 958 00 29 08.

Comunidad Autónoma de Aragón

Itinerario: «Paseo por la Biología y la Geología».

Resumen de contenidos: La ruta pretende mostrar, siguiendo un orden coherente, contenidos relacionados con la geología, tanto con la dinámica interna de la tierra, como externa, además de otros relativos a la historia geológica del planeta y la paleontología, gracias a la geodiversidad que atesora el geoparque de Sobrarbe. Además se observará la diversidad vegetal que existe entre zonas bajas (500 m) y las más altas (por encima de 3.000 m) y que es causa también de la gran variedad y cantidad de especies animales que, dado el buen estado de conservación, supone que un buen número de especies encuentren en estos valles uno de sus últimos refugios.

Alojamiento: Escuela Hogar de Boltaña. C/ Samper, s/n. 22340 Boltaña, Huesca. Telf.: 974 50 20 75.

Comunidad Autónoma del Principado de Asturias

Itinerario: «Explotación y conservación de los recursos naturales de Asturias».

Resumen de contenidos: El conjunto de itinerarios planteados pretende contribuir al conocimiento de los sistemas de explotación, tradicionales y actuales, de los recursos naturales más representativos de Asturias.

Itinerario 1: «Los recursos pesqueros y el mar»: Visita al Centro Oceanográfico (Gijón). Ruta «Navegando en el tiempo». Taller de Conservas y visita al Centro «Medio Marino de Peñas» y el entorno de Cabo Peñas (Gozón).

Itinerario 2: «Los recursos mineros y su industria asociada (I+D+I)». Visita al puerto marítimo de el Musel, la Fundación CTIC y PRODINTEC en el Parque científico y tecnológico de Gijón.

Itinerario 3: «Biodiversidad, recursos paisajísticos y conservación». Visita al Parque Nacional de los Picos de Europa. Lagos Enol y Ercina. Visita al «MUJA» Museo del Jurásico de Asturias y al taller de interpretación de icnitas.

Itinerario 4: «Los recursos mineros, su explotación e industria asociada». Visita al «INCA», Instituto Nacional del Carbón, en Oviedo. Visita a la Brigada Central de Salvamento Minero y al «MUMI», Museo de la Minería y la Industria en Langreo.

Itinerario 5: «Los recursos agrícolas y ganaderos y su explotación». Visita a las instalaciones y lagar de la empresa «Sidra El Gaitero» en Villaviciosa. Itinerario ambiental por la Reserva Natural Parcial de la Ría de Villaviciosa. Taller y visita al Banco de Germoplasma del Jardín Botánico Atlántico de Gijón.

Alojamiento: IES Luces. La Rasa s/n. 33328. Luces. Colunga.

Comunidad Autónoma de Illes Balears

Itinerario: «Ciencia y desarrollo sostenible».

Resumen de contenidos: Contribución de la ciencia y la tecnología al desarrollo sostenible de las civilizaciones.

– Palma: El castillo de Bellver (arquitectura y técnicas constructivas), El casco antiguo (historias matemáticas), La Seo (orientación y efectos luminosos), SEMILLA (denominación de origen), IMEDEA (laboratorios de investigación, proyecto Antártida).

– Otros lugares de Mallorca: Parque de Nuevas Tecnologías (reciclaje, tratamiento de residuos), Instituto Mediterráneo de Estudios Avanzados (recursos naturales, física interdisciplinaria), Museo Balear de Ciencias Naturales y Jardín Botánico de Sóller (paleontología, botánica), Embalses (recursos hídricos, erosión), Planetarium (astronomía, relatividad), Cuevas de Artá (paisaje cárstico, química de las cuevas), Taller de vidrio (física y química del vidrio).

– Parques naturales: Sa Dragonera (geología, ecología, geodesia), S’Albufera (zonas húmedas, migraciones), Cabrera (aislamiento y biodiversidad, medio marino), La Serra de Tramuntana (candidata a Patrimonio Cultural por la UNESCO).

– Visitas alternativas: Acuarium (los ecosistemas marinos), Centro Meteorológico (predicciones meteorológicas), Instituto Oceanográfico (investigaciones submarinas, la contaminación marina).

Alojamiento: Albergue de la Playa de Palma. C/ Costa Brava, 13. 07610 Palma de Mallorca. Teléfono: 971 26.08.92.

Comunidad Autónoma de Cantabria

Itinerario: «Recursos, tecnología y modo de vida. Una mirada a la actualidad y sus antecedentes históricos».

Resumen de contenidos:

El hilo conductor del itinerario es el uso de la energía y los recursos tratando de aportar una mirada global: La obtención y utilización de diferentes fuentes de energía, beneficios que nos aportan, retos que nos plantean, «huellas» que dejan en el territorio, aportando una perspectiva histórica y ligada a esta Comunidad.

– Los recursos pesqueros y la acuicultura, líneas de investigación y producción; vista al Instituto Español de Oceanografía, sede de Santander y a una empresa de acuicultura.

– Las fuentes de energía: desde la madera a la energía hidráulica; las ferrerías (Cades), el bosque como fuente de energía, la deforestación; los molinos de marea (Arnuero), visita a una central hidroeléctrica y a una empresa de producción de ferroaleaciones.

Alojamiento: Centro de Programas Educativos de Viérnoles. P.º de Fernández Vallejo, 13, Viérnoles (Cantabria).

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

Itinerario: «Exploradores del agua, la tierra y el viento».

Resumen de contenidos:

– Planta de Energía Solar Fotovoltaica Abaste 8 MW, Central Hidráulica Minas 1,2 MW. Cañón de los Almadenes.

– Ruta de la Energía: Centro de Interpretación de la Energía-Iberdrola Higueruela. Visita a Albacete. Museo de la Cuchillería.

– Ruta Geológica- Fallas, Volcanes y Lechos Marinos: Visita al Pitón Volcánico de Canacarix (Monumento Natural de Castilla-La Mancha), Salar de Agramón (Micro Reserva Natural de CLM). Visita al Nacimiento del Río Mundo (Parque Natural «Calares del Mundo y de la Sima»).

– Parque Arqueológico Tolmo- Pinturas Rupestres de Minateda, declaradas patrimonio de la Humanidad por la UNESCO.

Alojamiento: Centro Interpretativo «La Escarihuela» de Agramón, Albacete.

Comunidad de Castilla y León

Itinerario: «El Canal de Castilla».

Resumen de contenidos:

– El Canal de Castilla. La construcción del Canal de Castilla constituyó una de más ambiciosas obras de ingeniería hidráulica realizadas en Europa durante los siglos XVIII y XIX. Fue concebido como vía fluvial de comunicación y transporte para solucionar el aislamiento de la meseta castellano-leonesa. A lo largo de su recorrido se encuentran importantes obras de ingeniería (esclusas, puentes, acueductos...) e instalaciones anexas (fábricas, almacenes...).

– Alar del Rey, Herrera de Pisuerga, acueducto de Abánades. Frómista (cuádruple esclusa, iglesia de San Martín y Camino de Santiago).

– Medina de Rioseco: Dársena y funcionamiento de una esclusa.

– Museo de la Evolución Humana (Burgos).

– Factoría de automóviles Renault España.

– Visita a la Ciudad de Palencia y sus principales monumentos.

Alojamiento: Residencia «Diego Martínez». PP. Barbanitas, c/ Camino la Miranda, s/n, 34003. Palencia.

Comunidad Autónoma de Galicia

Itinerario: «Galicia y el mar».

Resumen de contenidos:

– El Camino de Santiago y A Coruña. Santiago de Compostela: catedral. A Coruña: Acuario Finisterre y Torre de Hércules.

– A Coruña y Galicia interior: Parque eólico de Sotavento, playa de Orzán, Oceanográfico, Plaza de María Pita.

– Las Rías Bajas: Puerto de Vigo, barco de Vigo a Cangas, Isla de Arousa y IGF de Acuicultura.

Alojamiento: Centro Residencial Docente de A Coruña. Acea de Ama, s/n, 15670, O Burgo, Culleredo (A Coruña).

Comunidad Autónoma de La Rioja

Itinerario: La Energía y el Medio Ambiente.

Resumen de contenidos:

– Energía Solar Fotovoltaica: Visita Parque Solar en Rincón de Soto.

– Reserva Natural de los Sotos del Ebro en Alfaro.

– Parque Natural Sierra de Cebollera: Visita al centro de Interpretación del Parque en Villoslada de Cameros y Lomos de Orio.

– Reserva de la Biosfera: Visita a los Valles del Leza, Jubera, Cidacos, Alhama.

– Albelda de Iregua: Industria alimentaria.

– Logroño: Empresa de logística y distribución de materiales industriales.

– Visitas culturales: Museo Würth en Logroño, Briones, San Millán de la Cogolla, Monasterios de Suso y Yuso.

Alojamiento: Residencia de estudiantes, IES. La Laboral de Lardero. Avenida de la Rioja, 6. 26140 Lardero (La Rioja).

Comunidad de Madrid

Itinerario: «Ruta científica de la Comunidad de Madrid».

Resumen de contenidos: La Ruta científica de la Comunidad de Madrid pretende dar a los alumnos una visión panorámica de la ciencia y la tecnología, mostrándoles las posibilidades académicas y profesionales que ofrece la Comunidad.

– INTA, Organismo Público de Investigación especializado en la investigación y desarrollo tecnológico aeroespacial.

– Centro Nacional de Biotecnología (CNB) perteneciente al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC). Su objetivo fundamental es la investigación de alto nivel y su aplicación en sanidad, medioambiente y agricultura, colaborando con las empresas y transfiriendo tecnología del mundo de la investigación al mundo empresarial.

– Instituto de Catálisis y Petroleoquímica, perteneciente al CSIC. Se ocupa de la investigación en catálisis química y biológica, con especial atención a la industria y el medio ambiente.

– Museo Geominero, organismo público dedicado a la conservación, investigación y difusión de la riqueza y diversidad del patrimonio geológico, paleontológico y mineralógico español. Depende del organismo público de investigación Instituto Geológico y Minero de España.

– Museo «interactivo» de la ciencia CosmoCaixa, cuya misión es el estímulo de la curiosidad y el conocimiento científico.

– Observatorio Astronómico de Madrid, sede histórica del Observatorio Astronómico Nacional, organismo público dedicado a la ciencia desde el siglo XVIII.

– Real Jardín Botánico de Madrid, centro del CSIC dedicado a la investigación, conservación y educación desde el siglo XVIII.

Otras actividades de la ruta: tarde de conversaciones con científicos y paseo por el Madrid científico.

Alojamiento: Centro de Intercambios Escolares, carretera de Colmenar Viejo, km 12.800, Madrid. http:/www.educa.madrid.org/web/cie.madrid/.

Comunidad Foral de Navarra

Itinerario: «Paseos por la Ciencia y la Naturaleza».

Resumen de contenidos:

– El ciclo de agua: Nacedero del Urederra y cuevas de Mendukilo.

– Tecnología e investigación en Pamplona: CINFA (Laboratorios farmacéuticos).

– Industria: M Torres (aeronáutica, energía eólica, industria papel).

– Agricultura y transformación: bodega vitivinícola.

– Naturaleza y explotación sostenible de los recursos naturales: Bardenas Reales.

– Ciudades e Historia: Pamplona, Estella, Olite.

Alojamiento: Albergue Juvenil Oncineda, c/ Monasterio de Irache s/n 31200. Estella (Navarra).

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

ANEXO IV
Orientaciones generales

1. Descripción del programa:

Rutas Científicas es un programa educativo, dirigido a los alumnos que cursan materias científicas en Bachillerato y en Ciclos Formativos de Grado Medio, que pretende complementar los conocimientos científicos adquiridos en el aula con el descubrimiento de su aplicación y utilidad en la vida diaria. Se trata de que los alumnos comprueben in situ para la utilidad de los conocimientos de matemáticas, física, química, biología o de ciencias naturales que están aprendiendo.

Para ello, los centros interesados deberán trabajar con los alumnos los contenidos o ítems sobre los que versen las rutas científicas en las que puedan participar de acuerdo con la distribución que se recoge en el anexo III de esta convocatoria.

Posteriormente el grupo de alumnos conocerá los centros de investigación, laboratorios, empresas, parques, etc. programados en la ruta científica donde se investigan, desarrollan y aplican estos conocimientos.

Estas visitas, las explicaciones recibidas antes y durante el recorrido y el encuentro con los profesionales, técnicos y científicos que desarrollan sus tareas en estos campos, brindarán a los alumnos la oportunidad de conocer sobre el terreno la importancia del trabajo científico y tecnológico para el desarrollo. Al mismo tiempo, se les ofrecerá una muestra de posible proyección profesional, además de conocer las riquezas naturales, económicas y sociales de la comunidad visitada.

2. Objetivos: Serán objetivos prioritarios entre otros:

a) Mejorar los conocimientos científicos de los alumnos despertando en ellos el espíritu investigador, su interés por el método científico y el posterior desarrollo tecnológico que dichas investigaciones producen.

b) Promover la formación integral del alumno para que sea capaz de comprender de un modo global y sistemático la realidad que le rodea, la valoración de su entorno y los problemas relacionados con su explotación por el ser humano, generando actitudes responsables en aras a mitigar los riesgos y aprovechar mejor los recursos.

c) Mostrar la trascendental importancia del trabajo de los científicos en el desarrollo de un país, en los avances y mejora de la vida de las personas y de su sociedad.

d) Descubrir y divulgar futuras salidas profesionales.

e) Fomentar la participación activa de los alumnos en un trabajo cooperativo.

f) Favorecer el conocimiento, y respeto hacia la comunidad visitada, sus gentes y costumbres, sus riquezas y su desarrollo comprendiendo cómo todas conjuntamente contribuyen al avance tecnológico del país.

g) Desarrollar actitudes, hábitos y normas de convivencia entre alumnos de distinta procedencia enseñándoles a aceptar y respetar las diferencias.

3. Elaboración del proyecto de participación:

El proyecto que se presentará para optar a estas ayudas se estructurará en dos partes. En la primera se describirán las estrategias y procedimientos, tanto previos como posteriores al recorrido de la ruta, que se desarrollarán en los centros para alcanzar los objetivos del programa.

La segunda parte explicará de manera genérica, ya que hasta que no se produzca la adjudicación no se conoce exactamente la ruta que recorrerán los centros seleccionados, las actividades concretas que se propondrán a los alumnos en relación con los temas sobre los que versen las rutas científicas en las que pudiera participar, especificando su calendario, método de trabajo e instrumentos de evaluación.

ANEXO V

Don/doña ......................................................................................................................, con D.N.I. ............................, padre/madre/tutor del alumno/a .........................................................................................................................., otorga su autorización para que participe en la actividad del Programa denominado «Rutas Científicas», organizado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en colaboración con las Comunidades Autónomas, y manifiesta su conocimiento de que, en el caso de que se produjera algún incidente que aconsejara la interrupción del Programa, pueda regresar a su domicilio antes de la fecha prevista.

En ......................................, a ...... de ...........................de 2012

Fdo.: ......................................................

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