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Documento BOE-A-2012-5505

Resolución de 13 de abril de 2012, de la Subsecretaría, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Aqualogy.

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 25 de abril de 2012, páginas 31795 a 31797 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2012-5505

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado para la inscripción de la Fundación Aqualogy en el Registro de Fundaciones del Ministerio Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación fue constituida en Barcelona, el 9 de marzo de 2012, por las entidades: Aqualogy Aqua Ambiente Servicios Integrales, S.A., Agualogy Services Company, S.A., Aqualogy Solutions, S.A. y Agualogy Development Network, S.A., según consta en escritura pública número 638, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Cataluña, don Francisco Armas Omedes.

Segundo. Domicilio y ámbito territorial de actuación.

El domicilio de la Fundación se establece en Madrid, paseo de la Castellana, 259, planta 31, Torre de Cristal, código postal 28046. La Fundación desarrollará su objeto sin limitaciones geográficas, principalmente y con especial vocación e incidencia en y desde el territorio del Estado español.

Tercero. Fines.

En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución, figuran como fines de la Fundación los siguientes:

a) La promoción, difusión y apoyo al conocimiento, a la investigación científica y técnica, al I+D+i y a la cultura en su más diversas facetas, con particular incidencia en el desarrollo y el avance hacia un modelo sostenible y respetuoso con el medio ambiente y la biodiversidad, en especial en todo lo relacionado con las actividades que conforman el ciclo integral del agua. Para ello podrá llevar a cabo directamente o apoyar iniciativas de todo tipo de promoción y difusión de actividades culturales, formativas, de investigación o de cualquier naturaleza.

b) El desarrollo y fomento de programas culturales, artísticos, educativos y de formación relacionados con el medio ambiente y la biodiversidad en cualquiera de sus facetas o manifestaciones.

c) El desarrollo de iniciativas de apoyo a la acción social en los ámbitos de cooperación y la solidaridad para contribuir activamente a la mejora de la calidad de vida de los colectivos más desfavorecidos, a través de iniciativas para el desarrollo de infraestructuras y servicios que faciliten su plena integración social y laboral, así como la formación profesional, la inserción laboral o la creación de empleo a favor de los discapacitados que permita la creación de puestos de trabajo para los mismos y, finalmente, su integración en el mercado de trabajo.

Cuarto. Dotación.

Se establece como dotación inicial de la Fundación la suma de treinta mil euros (30.000 €). Dicha aportación de carácter dinerario es desembolsada en su totalidad e ingresada en entidad bancaria a nombre de la Fundación según el siguiente detalle: Aqualogy Aqua Ambiente Servicios Integrales, S.A., aporta la cantidad de trece mil quinientos euros (13.500 €), Aqualogy Services Company, S.A., seis mil setecientos cincuenta euros (6.750 €), Aqualogy Solutions, S.A., seis mil setecientos cincuenta euros (6.750 €) y Aqualogy Development Network, S.A., tres mil euros (3.000 €).

Quinto. Patronato.

El gobierno, representación y administración de la Fundación se confía a un Patronato, cuyos miembros ejercerán el cargo de patrono gratuitamente. Las normas sobre la composición, el nombramiento y la renovación del Patronato constan en los Estatutos.

El Patronato inicial designado en el acta fundacional queda constituido por:

Presidente: don Ángel Simón Grimaldos.

Vocales: don Arsenio Olmos Chaos, doña Ángeles Puerta Oroz, don Juan Antonio Guijarro Ferrer, don Manuel Cermerón Romero y don Narciso Berberana Saenz.

Secretario no Patrono: don Arturo Cortés de la Cruz.

En la escritura de constitución consta la aceptación del cargo de don Manuel Cermerón Romero y de don Narciso Berberana Saenz, constando la aceptación de don Ángel Simón Grimaldos, don Arseñio Olmo Chaos, doña Angeles Puerta Oroz, don Juan Antonio Guijarro Ferrer y don Arturo Cortés de la Cruz, en documentos aparte, con firmas legitimadas por Notario.

Sexto. Estatutos.

Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación queda recogido en los Estatutos por los que se rige, quedando expresamente sometido el Patronato a la obligación de presentación de cuentas y del plan de actuación anuales al Protectorado.

Fundamentos jurídicos

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden ARM/939/2011, de 13 de abril, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Vicesecretaría General Técnica, la gestión de los actos y documentos correspondientes al Registro de Fundaciones relacionadas por su materia con el departamento.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 b) del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.

Según la disposición transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Aqualogy, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la denominada Fundación Aqualogy, con domicilio en Madrid, paseo de la Castellana, 259, planta 31, Torre de Cristal, código postal 28046, así como, el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Madrid, 13 de abril de 2012.–El Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P.D. (Orden ARM/939/2011, de 13 de abril), la Vicesecretaria General Técnica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, María Luz Gómez-Jover Torregrosa.

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