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Documento BOE-A-2012-5336

Resolución de 15 de febrero de 2012, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se concede la autorización de modelo para su uso e instalación en la red de los transformadores de medida de tensión "JOF420G", fabricados por Pfiffner Messwandler AG.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 20 de abril de 2012, páginas 30975 a 30976 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2012-5336

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.

Pfiffner Messwandler AG con domicilio social en Lindenplatz 17, CH5042 Hirschthal, Suiza, formula petición a través de la empresa Disace Energía S.L. con domicilio social en C/Litio 10, P. I. Sonsoles, 28946 Fuenlabrada, para la autorización de modelo para su uso e instalación en la red, del transformador de medida de intensidad modelo «JOF420G», fabricado por la empresa «PFIFFNER Messwandler AG.»

Segundo.

Adjunta a dicha solicitud, los siguientes documentos:

1. Declaración de conformidad de Pfiffner Messwandler AG.

2. Informe de ensayos de tipo de transformador por laboratorio oficialmente autorizado.

3. Memoria técnica descriptiva de los modelos

Tercero.

Del examen de la documentación que obra en el expediente, se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos reglamentariamente establecidos.

Fundamentos de derecho

Primero.

El Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico, establece, en su artículo 8.2, que los transformadores requerirán autorización de modelo para su uso o instalación en la red por la administración competente exigiéndose fundamentalmente certificado de ensayos de conformidad del aparato con la norma UNE establecida, que en este caso es la norma UNE-EN 60044-1.

Segundo.

La competencia de esta Dirección General de Industria, Energía y Minas para resolver sobre la cuestión planteada viene determinada por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, reformado por Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y 5/1998, de 7 de julio y el Decreto 25/2009, de 18 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, en relación con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones concordantes.

Tercero.

Del examen de la documentación que obra en el expediente, se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos determinados en la normativa citada anteriormente.

Vistos los preceptos legales citados y demás legislación que le fuera de aplicación; esta Dirección General de Industria, Energía y Minas, en uso de sus atribuciones, resuelve:

Primero.

Autorizar el modelo para su uso e instalación en la red de los transformadores de medida de tensión «JOF420G» fabricados por la empresa «PFIFFNER Messwandler AG.

Segundo.

Los instrumentos correspondientes a la autorización de modelo para su uso e instalación en la red a que se refiere esta Resolución, deberán cumplir todos los condicionamientos incluidos en el anexo técnico del Certificado de Aprobación de Modelo para su Uso e Instalación en la Red.

Tercero.

Previamente a su instalación, los instrumentos objeto de esta Resolución tendrán que superar el control de verificación en origen realizado por un verificador de medidas eléctricas oficialmente autorizado, justificando la colocación de las etiquetas identificativas, según se describe y representa en el anexo técnico al Certificado de Aprobación de Modelo para su Uso e Instalación en la Red.

Una vez instalados estos instrumentos en la red, el encargado de la lectura, precintará los equipos de medida y asociados y se realizará la primera verificación sistemática.

Cuarto.

Esta autorización tiene carácter provisional, debiendo el solicitante obtener la aprobación de modelo o la evaluación de la conformidad correspondiente, en el plazo de un año desde la entrada en vigor del Reglamento metrológico específico del instrumento autorizado, una vez se dicte y sin perjuicio de obtener prorrogas que esta Dirección General estime oportunas.

Quinto.

Sin perjuicio de lo establecido en la anterior condición, esta autorización se otorga por un plazo de validez de 3 años, renovables sucesivamente, previa solicitud presentada por el titular de la misma, tres meses antes de la fecha de vencimiento.

Contra esta Resolución, podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999.

Madrid, 15 de febrero de 2012.–El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.

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