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Documento BOE-A-2012-5333

Orden SSI/820/2012, de 2 de abril, por la que se clasifica la Fundación Aydis, Ayuda al Discapacitado y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 20 de abril de 2012, páginas 30970 a 30971 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2012-5333

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación Aydis, Ayuda al Discapacitado resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el Patronato de la Fundación fue solicitada la inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la Fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación Aydis, ayuda al discapacitado.

Fines: Los fines de interés general son dos:

1. Prestar asistencia sanitaria y ayuda de tipo social y económico al colectivo de personas con discapacidad para que puedan acceder a las diferentes terapias y tratamientos adecuados a las necesidades específicas de cada persona.

2. Fomentar la investigación, el estudio, la enseñanza, la promoción y difusión de la ayuda sanitaria relacionada con el mundo de la discapacidad física.

Domicilio y ámbito de actuación: Avda. Santa María de Trassierra, 27B, 2.º 2, C.P. 14011 Córdoba, de ámbito de actuación principalmente en todo el territorio de España y eventualmente en otros países o zonas deprimidas fuera de nuestras fronteras con especiales problemas de personas con discapacidad.

Fundadores: Don Antonio Andrés Peña Navarro y doña María Evarista Contador Contador.

Dotación inicial: Treinta mil euros.

Desembolso inicial: 7.500 euros.

Desembolso pendiente: 22.500 euros.

Escritura pública de constitución. Otorgada ante el notario de Córdoba, don Miguel de Lara Pérez, el 25 de noviembre de 2011, con el número 1.055 de orden de su protocolo, incorpora el texto integro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don Antonio Andrés Peña Navarro

Secretaria: Doña Clotilde de Luis Alonso

Vocal: Doña María Evarista Contador Contador

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud del artículo segundo, apartado 4 de la Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre, por la que se delega y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad y Política Social y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la Disposición Transitoria Cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Clasificar la Fundación Aydis, Ayuda al Discapacitado cuyos fines de interés general son, de asistencia e inclusión social, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, bajo el número 14-0185.

Tercero.

Inscribir la constitución inicial del patronato así como la aceptación de sus cargos, tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Notificar a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 2 de abril de 2012.–La Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Carvajal Álvarez.

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