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Documento BOE-A-2012-4606

Resolución de 15 de febrero de 2012, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Orden SPI/2865/2011, de 10 de octubre, en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 3 de abril de 2012, páginas 27491 a 27494 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2012-4606

TEXTO ORIGINAL

Por Orden SPI/2865/2011, de 10 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del 25) se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

Con posterioridad a dicha convocatoria, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.6 del Real Decreto 200/2012, de 23 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 24), por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales queda adscrito a la Secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, siendo competente esta Secretaria de Estado para resolver el citado concurso, según lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 7 de diciembre).

En consecuencia, una vez realizado el procedimiento establecido en el artículo 20.1, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la anterior, cumplidas las bases de la convocatoria del concurso y valorados los méritos alegados por los aspirantes a los puestos convocados,

Esta Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad acuerda resolver el presente concurso, de conformidad con los siguientes puntos:

Primero.

Hacer públicos los destinos definitivos adjudicados a los funcionarios que han participado en el concurso, que figuran en el Anexo a la presente Resolución y declarar desiertos los puestos de trabajo que se detallan, asimismo, en dicho Anexo.

Segundo.

Los destinos adjudicados tienen la consideración de voluntarios y son irrenunciables, de acuerdo con lo previsto en la base novena de la convocatoria.

Tercero.

Los destinos adjudicados serán comunicados por este Organismo a las Unidades de Personal de los Departamentos Ministeriales a que figuran adscritos los Cuerpos o Escalas o, en el caso de los Cuerpos o Escalas dependientes de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, a la Dirección General de la Función Pública, así como a los Departamentos u Organismos de procedencia del concursante seleccionado.

Cuarto.

El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial del Estado. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde su publicación.

Quinto.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados, salvo que, excepcionalmente y por causas justificadas, se acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Sexto.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 15 de febrero de 2012.–El Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Juan Manuel Moreno Bonilla.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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