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Documento BOE-A-2012-4368

Resolución de 13 de marzo de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica la revisión salarial del año 2011 del Convenio colectivo estatal de industrias extractivas de vidrio y cerámica y para el comercio exclusivista de los mismos materiales.

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 29 de marzo de 2012, páginas 26466 a 26480 (15 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2012-4368
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2012/03/13/(8)

TEXTO ORIGINAL

Visto el contenido del acta de fecha 20 de febrero de 2012 donde se recogen los acuerdos de revisión salarial del año 2011 del Convenio Colectivo estatal de industrias extractivas de vidrio, cerámica y del comercio exclusivista de los mismos materiales (Código de Convenio n.º 99002045011981) que fue suscrita de una parte por la Confederación Española del Vidrio y la Cerámica en representación de las empresas del sector y de otra por las organizaciones sindicales MCA-UGT, FITAG-UGT y FITEQA-CC.OO. en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de marzo de 2012.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

REVISIÓN SALARIAL DEL AÑO 2011 DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE INDUSTRIAS EXTRACTIVAS DE VIDRIO Y CERÁMICA, PARA EL COMERCIO EXCLUSIVISTA DE LOS MISMOS MATERIALES
ANEXO II
Tablas salarial final año 2011

Incremento IPC real 2011 (2,4%)

Generales

Grupo profesional

Nivel salarial

 

Día

7

II

Personal Titulado Superior.

34,03

6

III

Personal Titulado Medio.

31,96

6

IV

Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª

30,97

6

V

Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección.

30,00

5

VI

Oficial Administrativo 1.ª, Técnico de Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado.

29,08

5

VII

Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio.

28,15

4

VIII

Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario.

27,20

4

IX

Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario.

25,97

3

X

Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario.

25,02

2

XI

Especialista de 2.ª, Peón especializado.

24,48

1

XII

Peón, Personal de limpieza.

24,29

Pluses:

Asistencia: por día efectivamente trabajado: 4,07.

Transporte: por día efectivamente trabajado: 3,09.

ANEXO III
Tabla salarial final año 2011

Incremento IPC real 2011 (2,4%)

Provincia de Madrid

Grupo profesional

Nivel salarial

 

Día

7

II

Personal Titulado Superior.

34,03

6

III

Personal Titulado Medio.

31,96

6

IV

Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª

31,25

6

V

Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección.

30,61

5

VI

Oficial Administrativo 1.ª, Técnico de Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado.

29,96

5

VII

Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio.

29,34

4

VIII

Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario.

29,08

4

IX

Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario.

28,18

3

X

Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario.

27,67

2

XI

Especialista de 2.ª, Peón especializado.

26,92

1

XII

Peón, Personal de limpieza.

26,27

Pluses:

Asistencia: por día efectivamente trabajado: 3,35.

Transporte: por día efectivamente trabajado: 3,07.

Dietas:

Comida y pernocta: 22,32.

ANEXO IV
Tabla salarial final año 2011

Incremento IPC real 2011 (2,4%)

Subsector del vidrio al soplete

Grupo profesional

Nivel salarial

 

Día

7

II

Personal Titulado Superior.

65,72

6

III

Personal Titulado Medio.

61,10

6

IV

Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª

57,58

6

V

Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección.

49,82

5

VI

Oficial Administrativo 1.ª, Técnico de Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado.

42,11

5

VII

Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio.

40,89

4

VIII

Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario.

34,19

4

IX

Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario.

30,43

3

X

Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario.

28,59

2

XI

Especialista de 2.ª, Peón especializado.

26,94

1

XII

Peón, Personal de limpieza.

26,27

Pluses:

Asistencia: por día efectivamente trabajado: 3,15.

Transporte: por día efectivamente trabajado: 2,92.

ANEXO V
Tabla salarial final año 2011

Incremento IPC real 2011 (2,4%)

Fabricación de frascos y envases de vidrio por procedimiento automático provincia de Barcelona

CATEGORÍA PROFESIONAL

BÁSICO

PAC

SEMANA

Personal con remuneración mensual

 

 

 

Técnicos y directivos:

 

 

 

Jefe de fabricación.

983,22

720,23

44,53

Encargado de sección.

828,24

367,3

44,53

Contramaestre.

801,29

211,76

44,53

Delineante superior.

854,69

352,27

44,53

Delineante de 1.ª

827,98

295,27

44,53

Delineante de 2.ª

827,98

188,88

44,53

Auxiliares, de 1.ª

746,19

125,91

44,53

Auxiliares de 2.ª

719,47

51,82

44,53

Administrativos:

 

 

 

Jefe de 1.ª

909,81

475,57

44,53

Jefe de 2.ª

854,12

351,72

44,53

Oficial de 1.ª

827,98

274,55

44,53

Oficial de 2.ª

774,58

209,26

44,53

Auxiliares.

759,91

73,01

42,52

Aspirantes.

746,19

73,01

42,52

Mercantiles:

 

 

 

Jefe de ventas.

854,69

354,27

44,53

Viajante o Agente.

827,98

129,67

44,53

Oficial de ventas.

746,19

102,05

42,52

Subalternos:

 

 

 

Listeros.

541,79

127,87

40,46

Cobradores.

746,19

112,09

42,52

Capataces de peones.

720,23

136,36

40,46

Almacenero.

719,53

134,32

40,46

Vigilante y Portero.

746,24

27,33

42,52

Sanitario y Ordenanza.

719,47

27,33

40,46

Personal de remuneración diaria

 

 

 

Obreros.

0,00

0,00

0,00

Arqueta.

23,66

3,02

42,84

Conductor máquina 1s ks. Potg.

25,87

5,38

44,53

Mecánico Mak 1 s ks. De primera.

25,87

5,38

44,53

Mecánico Mak 1 s ks. De segunda.

25,87

5,25

44,53

Maquinista de primera.

25,87

5,38

44,53

Maquinista de segunda.

25,87

5,25

44,53

Fundidor de primera.

25,87

5,25

44,53

Sacador de primera.

25,87

4,67

44,53

Oficial primera de servicios auxiliares.

25,87

4,67

44,53

Sacador de segunda.

24,83

4,87

37,24

Soplador de primera.

23,94

1,71

42,52

Vigilante Arca y Arca Corr.

23,94

1,71

42,52

Ayudante ( todos).

23,94

1,71

42,52

Soplador de segunda.

23,94

1,71

42,52

Peones especializados.

23,02

2,33

40,46

Oficial segunda de servicios oficiales.

24,83

3,90

40,49

Peones y servicio limpieza.

22,21

1,98

40,49

Además, todo el personal percibirá, por día trabajado, las siguientes cantidades:

Plus estímulo empresarial: 2,24.

Plus estimulo empresarial: Peones y Peones especializados: 3,64.

Transporte:

Personal domiciliado dentro de un radio de 1 km: 0,57.

Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km: 0,83.

Personal domiciliado a más de tres kilómetros: 1,18.

Prendas de trabajo (por sustitución de sus entrega): 0,53.

Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, Patrono de la Industria Vidriera. Las Empresas, abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a 5 días de salario básico, más el plus de actividad correcta (PAC) incrementada, en su caso con el premio de antigüedad, si correspondiera.

ANEXO VI
Tabla salarial final año 2011

Incremento IPC real 2011 (2,4%)

Fabricación y enriquecimiento de vidrio hueco de Barcelona (servicio de mesa)

CATEGORÍA PROFESIONAL

BÁSICO

PAC

SEMANAL

Personal con remuneración mensual

 

 

 

Técnicos:

 

 

 

Jefe de fabricación.

983,22

701,47

44,53

Encargado de sección.

827,98

367,30

44,53

Contramaestre.

800,05

252,13

44,70

Administrativos:

 

 

 

Jefe de primera.

909,81

480,00

44,53

Jefe de segunda.

826,10

340,55

44,53

Oficial de primera.

827,96

231,52

44,53

Oficial de segunda.

774,55

235,94

44,53

Auxiliares.

759,66

57,23

42,52

Aspirantes de 1.ª

746,19

43,37

42,52

Aspirantes de 2.ª

505,86

174,15

30,32

Mercantiles:

 

 

 

Jefe de ventas.

854,69

333,15

44,53

Viajante o Corredor.

827,98

165,85

44,53

Oficial de ventas.

746,24

112,04

42,52

Subalternos:

 

 

 

Almacenero.

719,47

133,23

40,46

Capataces de Peones.

719,47

133,23

40,46

Listeros.

719,47

117,11

40,46

Sanitarios y Ordenanzas.

719,47

40,28

41,41

Cobradores.

746,24

157,77

42,52

Guardias y Vigilantes.

719,47

43,78

40,46

Porteros.

719,47

43,78

40,46

Personal de remuneración diaria (profesionales de oficio)

 

 

 

Gran Plaza:

 

 

 

Maestro abridor.

27,01

14,78

44,53

Soplador de primera.

25,87

11,41

44,53

Soplador de segunda.

25,87

6,89

44,53

Levantador.

25,28

4,00

42,52

Posteros y Patroneros.

24,83

4,85

42,52

Jarra o 2º Gran Plaza:

 

 

 

Abridor.

25,87

11,41

44,53

Soplador.

25,87

4,95

44,53

Levantador de asas.

23,94

1,79

42,52

Fantasía:

 

 

 

Maestro.

25,87

11,41

44,53

Levantador.

24,83

4,00

42,52

Bohemia de 1.ª:

 

 

 

Soplador.

25,87

11,41

44,53

Patronero.

23,94

6,95

42,52

Bohemia de 2.ª:

 

 

 

Soplador.

25,87

10,10

44,53

Patronero.

23,94

6,48

42,52

Bohemia de 3.ª:

 

 

 

Soplador.

25,87

6,89

44,53

Patronero.

23,94

4,92

42,52

Copas Gas Extra:

 

 

 

Maestro.

25,87

11,41

44,53

Soplador.

25,87

6,95

44,53

Levantador de pies y piernas.

23,94

1,79

42,52

Vasos Corte y Gas:

 

 

 

Soplador toda clase.

25,87

38,97

44,53

Soplador pequeños finos.

25,87

3,53

44,53

Copas Gas Corriente:

 

 

 

Maestro colador pies y pierna.

25,87

10,10

44,53

Soplador.

25,87

6,22

44,53

Levantador de pies y piernas.

22,15

1,79

42,52

Vasos acabados a mano:

 

 

 

Abridor.

25,87

10,10

44,53

Soplador.

25,87

6,95

44,53

Vasos acabados a mano de 2.ª:

 

 

 

Abridor.

25,87

7,99

44,53

Soplador.

25,87

5,28

44,53

Prensa Refinada Extra:

 

 

 

Abridor.

25,87

11,65

44,53

Prensador.

25,87

7,99

44,53

Levantador.

24,83

4,00

42,52

Prensa Miniatura:

 

 

 

Abridor.

25,87

9,78

44,53

Prensador.

25,87

6,89

44,53

Levantador.

24,83

4,00

42,52

Prensa sin Refinar:

 

 

 

Prensador.

25,87

5,28

44,53

Levantador.

24,83

3,59

42,52

Copas Americanas Extras:

 

 

 

Colocador de pies.

25,87

8,15

44,53

Soplador.

25,87

6,89

44,53

Levantador.

23,94

1,79

42,52

Copas Americanas Corrientes:

 

 

 

Colocador de pies.

25,87

0,70

44,53

Soplador.

25,87

5,95

44,53

Levantador.

23,94

1,79

42,52

Tapones a Mano:

 

 

 

Taponero.

25,87

7,85

44,53

Tapones Prensador (Punzados):

 

 

 

Taponero.

23,94

1,79

42,52

Producción semiautomática

 

 

 

Oficial de primera máquina.

25,87

6,02

44,53

Oficial de primera sacador.

25,87

4,25

44,53

Oficiales de primera soplador.

23,94

1,79

42,52

Oficial de segunda máquina.

25,87

4,65

44,53

Oficiales de segunda sacador.

24,83

4,00

42,52

Oficial de segunda soplador.

23,94

2,27

42,52

A) Sección Acabado:

 

 

 

Cortadores a gas (bohemia/F).

23,94

3,32

42,52

Cortadores a gas corriente.

23,94

3,16

42,52

Fletadores (B.y F.).

24,83

4,00

42,52

Fletadores finos al torno.

24,83

4,00

42,52

Fletadores corriente.

24,83

4,00

42,52

Chaflanadores (B. y F.).

24,83

4,00

42,52

Chaflanadores (sonoro).

24,83

4,00

42,52

Requemadores a mano o maq.

23,94

3,16

42,52

Chaflanadores corrientes.

23,94

3,16

42,52

Despuntilladores.

23,94

3,16

42,52

Pulidores.

23,94

3,16

42,52

Taponadores finos.

25,87

4,65

44,53

Taponadores semifino.

23,94

6,32

42,52

Taponadores ordinario.

23,94

4,85

42,52

B) Sección Enriquecido:

 

 

 

Tallería:

 

 

 

Tallador de primera.

25,87

8,16

44,53

Tallador de segunda.

25,87

5,28

44,53

Tallador de tercera.

23,94

7,41

42,52

Pulidor.

23,94

3,59

42,52

Decorado:

 

 

 

Decorador de primera.

25,87

8,16

44,53

Decorador de segunda.

25,87

5,30

44,53

Decorador de tercera.

24,83

3,59

42,52

Mufleros.

24,83

2,96

42,52

Serigrafiados.

24,83

2,96

42,52

Grabado:

 

 

 

Grabador a la rueda de primera.

25,87

8,16

44,53

Grabadora a la rueda de segunda.

23,94

5,95

42,52

Grabadora a la rueda de tercera.

23,94

4,76

42,52

Grabadora al transporte.

24,83

2,96

42,52

Panteng y Gillog.

24,83

2,96

42,52

C) Sección Temple:

 

 

 

Fundidor de primera.

25,87

4,65

42,52

Fundidor de segunda.

23,94

4,76

42,52

Arqueta.

23,94

3,29

42,52

D) Servicios Auxiliares:

 

 

 

Oficial de primera.

25,87

4,25

44,53

Oficial de segunda.

25,87

1,79

44,53

Crisolista de primera.

25,87

2,96

44,53

Crisolista de segunda.

24,83

1,85

42,52

Peones especializados.

23,02

2,11

41,32

Peones.

22,21

1,98

41,32

Servicio de limpieza.

22,21

1,98

41,32

Además, todo el personal percibirá por día trabajado las siguientes cantidades:

Plus estímulo empresarial: 2,24.

Transporte:

Personal domiciliado dentro de un radio de 1 km: 0,56.

Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 km.: 0,83.

Personal domiciliado a más de 3 km: 1,18.

Prendas de trabajo (por sustitución de su entrega): 0,54.

Con motivo de la festividad de San Miguel Arcángel, Patrono de la Industria Vidriera. Las Empresas, abonarán a sus productores, sea cual sea el sistema de remuneración, una gratificación equivalente a 5 días de salario básico, más el plus de actividad correcta (PAC) incrementada, en su caso con el premio de antigüedad, si correspondiera.

ANEXO VIII
Tabla salarial final año 2011

Incremento IPC real 2011 (2,4%)

Sector de industrias extractivas y explotación y manufactura de minerales industriales

Quedan comprendidas dentro del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Estatal, a título orientativo las siguientes industrias:

En general: Las minas y canteras no metálicas ni energéticas.

Más en concreto: las explotaciones, molienda, trituración, pulverización, lavado y clasificado, que se utilizan con la extracción o no de: Andalucita, Arcilla, Arena, Arenisca, Atapulguita, Barita, Bauxita, Bentonita, Caliza, Caolín, Ocres,Carbonato, Cuarcita, Cuarzo, Dolomía, Exquisto, Feldespato, Magnesita, Sepiolita, Neofelinica, Sienica, Solimanita, Talco, Tierra de trípoli, y todos aquellos que se utilizan , predominantemente, en la fabricación de vidrio y Cerámica.

GRUPO PROFESIONAL

NIVELES

CATEGORÍA PROFESIONAL

SALARIO BASE

 

 

GRUPO A. TÉCNICOS

 

 

 

1. Titulados

 

7

II

Ingenieros , Licenciados, Capaz Facultativo, Vigilantes de interior, vigilantes de exterior, Peritos y Practicantes.

34,26

 

 

2. No titulados

 

6

V

Jefe de fábrica o taller.

31,24

5

VI

Encargado de taller, Vigilantes de interior, Vigilantes de exterior, Topógrafo y Delineante de primera.

32,18

4

IX

Auxiliar de topógrafo, Calcador de plano y Analista.

26,26

 

 

GRUPO B. ADMINISTRATIVOS

 

6

III

Jefe de primera.

32,17

6

V

Jefe de segunda.

30,25

5

VI

Oficial de primera.

29,29

4

IX

Auxiliar.

26,26

 

 

GRUPO C. SUBALTERNOS

 

5

VII

Capataz de peones.

28,41

3

X

Listeros. Almacenero. Guarda Jurado. Guarda. Portero. Ordenanza. Basculero. Pesador. Enfermero. Dependiente de Economato. Personal de limpieza.

25,21

 

 

GRUPO D. OBREROS

 

 

 

1. Obreros de Interior

 

 

 

a) Profesionales de:

 

4

VIII

Mineros de primera. Barreneros. Estibadores. Picadores. Caminero de primera.

27,35

1

XII

Caminero de segunda.

24,48

 

 

b) Especialistas

 

3

X

Ayudantes de Barrenero. Estibador y Picador. Tubero y Bombero.

26,02

2

XI

Vagonero.

25,04

 

 

2. Obreros de Exterior

 

 

 

a) Profesionales de oficio

 

4

VIII

Oficial de primera.

27,19

4

IX

Oficial de segunda.

26,26

3

X

Maquinistas de extracción y de arrastre, carg. Barrenero y Fogonero.

26,02

3

X

Oficial de tercera.

25,21

 

 

b) Especialistas

 

2

XI

Celadores. Composteros. Lampisteros. Estriadores. Molineros. Trituradores. Ayudante de fogonero. Embasadores de sacos y otras especialidades.

24,48

1

XII

c) Peones.

24,29

Pluses:

Plus de transporte: por día debidamente trabajado: 3,09.

Plus de asistencia: por día debidamente trabajado: 4,07.

ANEXO VIII
Tabla salarial final año 2011

Incremento IPC real 2011 (2,4%)

Comercio y manufacturas de vidrio plano de Valencia

GRUPO PROFESIONAL

NIVEL

CATEGORÍA PROFESIONAL

SALARIO DIA

 

 

Operarios

 

4

VIII

Oficial de primera.

27,20

4

IX

Oficial de segunda.

26,07

3

X

Ayudante Vigilante.

25,63

2

XI

Peón Especialista.

25,14

1

XII

Peón Ordinario.

24,67

Plus de transporte: Por día efectivamente trabajado: 3,09.

Plus de Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 4,07.

GRUPO PROFESIONAL

NIVEL

CATEGORÍA PROFESIONAL

SALARIO MES

 

 

Administrativos

 

6

III

Jefe de primera.

1.218,99

6

V

Jefe de segunda.

1.071,14

5

VI

Encargado de taller.

976,92

5

VI

Oficial de primera.

976,99

4

VIII

Oficial de segunda.

847,86

4

IX

Auxiliar. Cobrador Subalterno.

796,23

Plus de asistencia mensual: 81,42.

Plus de Transporte mensual: 66,67.

Dieta:

Media dieta: 8,16.

Comida y Pernocta: 24,65.

ANEXO IX
Tabla salarial final año 2011

Incremento IPC real 2011 (2,4%)

Baldosín cerámico de la provincia de Valencia

GRUPO PROFESIONAL

NIVEL

CATEGORÍA

SALARIO MÍNIMO

SALARIO MEDIO

SALARIO MÁXIMO

5

VII

Capataz.

29,78

 

 

4

VIII

Oficial de primera.

29,31

35,26

41,11

4

IX

Oficial de segunda.

28,42

34,03

39,69

3

X

Especialista de primera.

28,15

33,74

39,37

2

XI

Especialista de segunda.

27,80

33,4

39,02

2

XI

Especialista de tercera.

27,75

33,31

38,88

1

XII

Peón.

27,62

33,03

38,65

1

XIII

Pinche.

26,16

31,04

36,59

Pluses:

Asistencia: por día efectivamente trabajado: 4,09.

ANEXO X
Tabla salarial final año 2011

Incremento IPC real 2011 (2,4%)

Manufactura y comercio vidrio plano de Barcelona

GRUPO PROFESIONAL

NIVEL

CATEGORÍA PROFESIONAL

SALARIO/DÍA

7

II

Ingenieros.

48,04

7

II

Licenciados.

45,24

7

II

Peritos.

33,89

6

III

Ayudante Técnico.

31,59

6

III

Jefe de primera administrativo.

39,62

6

IV

Jefe de fabrica.

45,20

6

IV

Delineante proyectista.

33,70

6

V

Jefe de segunda administrativo.

33,76

5

VI

Encargado de taller.

33,76

5

VI

Delineante.

31,24

5

VI

Oficial de primera administrativo.

32,45

5

VI

Vendedor.

32,45

5

VII

Oficial de segunda administrativo.

30,17

4

VIII

Contramaestre.

32,28

4

VIII

Calcador.

29,94

4

VIII

Oficial de primera.

30,75

4

VIII

Capataz de peones.

25,93

4

IX

Oficial de segunda.

26,00

4

IX

Portero.

23,87

4

IX

Ordenanza.

23,87

4

IX

Auxiliar administrativo.

24,32

3

X

Cobrador.

27,01

3

X

Listero.

26,38

3

X

Almacenero.

26,65

3

X

Guarda jurado.

25,02

3

X

Guarda ordinario y Vigilante.

23,87

3

X

Basculero y Pesador.

23,87

3

X

Sanitario no titulado.

23,87

3

X

Auxiliar laboratorio. Administrativo mayor 18 años.

23,87

2

XI

Oficial de tercera. Y ayudante.

25,09

2

XII

Personal de limpieza.

23,87

1

XII

Peón.

24,41

1

XII

Botones.

21,63

Pluses:

Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 4,07.

Transporte: Por día efectivamente trabajado: 3,08.

Paga de San Antonio: 60,63.

Dietas:

Media dieta: 11,94.

ANEXO XI
Tabla salarial final año 2011

Incremento IPC real 2011 (2,4%)

Cerámica de la provincia de Valencia

GRUPO PROFESIONAL

NIVEL

CATEGORÍA PROFESIONAL

SALARIO/DÍA

7

II

Personal Titulado Superior.

45,45

6

III

Personal Titulado Medio.

37,02

6

IV

Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª

35,60

6

V

Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección.

32,77

5

VI

Oficial Administrativo 1.ª, Técnico Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado.

30,61

5

VII

Técnico Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio.

30,12

4

VIII

Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario.

29,10

4

IX

Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario.

28,62

3

X

Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario.

28,22

2

XI

Especialista de 2.ª, Peón especializado.

27,83

1

XII

Peón, Personal de limpieza.

27,40

Pluses:

De transporte: 2,27.

Distancia: 0,08.

Plus de asistencia: 0,47.

ANEXO XII
Tabla salarial final año 2011

Incremento IPC real 2011 (2,4%)

Vidrio de Zaragoza

GRUPO

NIVEL

 

EUROS/DIA

EUROS/AÑO

7

II

Personal Titulado Superior.

57,94

26.362,70

6

III

Personal Titulado Medio, Jefe Administrativo 1.ª

51,44

23.405,20

6

IV

Jefe de Personal, Encargado General.

49,60

22.568,00

6

V

Jefe Administración 2.ª, Delineante superior,Jefe de Sección, Jefe de Organización 2.ª

42,97

19.551,35

5

VI

Oficial Administrativo, Delineante, Técnico Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado.

41,11

18.705,05

5

VII

Delineante, Técnico Organización 2.ª, Analista 1.ª, Capataz.

38,06

17.317,30

4

VIII

Oficial Administrativo 2.ª, Corredor, Oficial 1.ª oficio,Analista 2.ª

37,16

16.907,80

4

IX

Auxiliar Administrativo, Auxiliar Organización,Oficial 2.ª de oficio.

35,80

16.289,00

3

X

Auxiliar Laboratorio, Vigilante, Almacenero, Enfermero, Cobrador, Ayudante.

32,12

14.614,60

2

XI

Especialista de 2.ª, Peón especializado.

31,27

14.227,85

1

XII

Peón, Personal de limpieza.

30,37

13.818,35

Premio de Vinculación (*) (por año de servicio): 19,45.

Premio de Vinculación (Tope Máximo): 369,3.

Pluses:

Transporte:

Por día efectivamente trabajado: 3,09.

Se hará efectivo el día laborable anterior a la festividad de Nuestra Señora del Pilar.

No se abonara este premio a los trabajadores que tengan mas de tres faltas de asistencia injustificadas en los doce meses anteriores a la fecha en que corresponde abonar este premio.

Respecto al Plus de Asistencia ,Ayuda escolar y Fiesta del pilar se estará a lo pactado en el Acuerdo de Adhesión, publicado en el BOE n.º 191 del viernes 10 de agosto de 2001.

ANEXO XIII
Tabla salarial final año 2011

Incremento IPC real 2011 (2,4%)

Tabla de salario mínimo garantizado

Grupo

Salario día

Salario anual

7

34,47

15.683,85

6

31,32

14.250,60

5

28,98

13.185,90

4

26,94

12.257,70

3

25,32

11.520,60

2

24,80

11.284,00

1

24,61

11.197,55

 

Por día trabajado

Anual

Plus de Asistencia.

4,11

1.150,80

Plus de Transporte: Por día efectivo de trabajo.

3,14

687,66

Los valores anuales se entienden referidos para supuestos de:

Salario anual - Salario día a razón de 455 días (365 días/año + 30 Paga extra de Verano + 30 Paga Extra de Navidad + 30 Paga de marzo).

Plus de asistencia anual - Plus de asistencia día por 280 días (219 días trabajo efectivo + 21 Paga Extra de Verano + 20 Paga Extra de Navidad + 20 Paga de vacaciones)

Plus de transporte anual - Plus de transporte día por 219 días (219 días de trabajo efectivo año).

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 13/03/2012
  • Fecha de publicación: 29/03/2012
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 27 de mayo de 2011 (Ref. BOE-A-2011-10724).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Industria de la cerámica
  • Industria del vidrio
  • Industria extractiva

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