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Documento BOE-A-2012-4364

Orden ECD/630/2012, de 28 de marzo, por la que se deja sin efectos la Orden EDU/3320/2011, de 1 de diciembre, por la que se regulan los préstamos universitarios para realizar estudios de posgrado de Máster y Doctorado, y su modificación realizada por Orden ECD/250/2012, de 31 de enero.

Publicado en:
«BOE» núm. 76, de 29 de marzo de 2012, páginas 26379 a 26379 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2012-4364

TEXTO ORIGINAL

Por Orden EDU/3320/2011 de 1 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 3), modificada por la Orden ECD/250/2012, de 31 de enero («BOE» de 14 de febrero), se aprobó la normativa por la que se regulan los préstamos universitarios para realizar estudios de posgrado de Máster y Doctorado, que contenía una serie de normas reguladoras de la concesión de préstamos con cargo al capítulo 8 de los Presupuestos Generales del Estado.

El progresivo deterioro de las condiciones de los préstamos universitarios ofrecidos por el Ministerio han producido una bajada constante y continua de peticionarios de este sistema de ayudas, de más del 60 % entre la última de 2010 y la precedente de 2009, hasta llegar a unos números previstos para este año, que no justifican desde el punto de vista del uso eficiente de los recursos públicos, el mantenimiento de la actual convocatoria.

Asimismo, los préstamos de esta línea tenían una doble característica que los hacía difícilmente asumibles por los estudiantes: menor tiempo de amortización que en convocatorias anteriores y un elevado interés fijo para toda la vida del préstamo.

Adicionalmente, para estudios de máster ya existen las becas generales, que atienden a criterios de renta y rendimiento académico y para estudios de Doctorado, además de las becas de Formación del Profesorado Universitario (950 ayudas para becas y contratos anuales), otras convocatorias de organismos de la Administración General Estado (becas de Formación del Personal Investigador, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, etc.) además de las convocatorias de las Comunidades Autónomas y de las Universidades, que suponen un importante número con relación a la matrícula total. Todas estas medidas dejan con efecto limitado la convocatoria actual.

En consecuencia, y por las razones expuestas, resulta suficientemente justificada la supresión de este instrumento de préstamo, en su regulación actual, debido a su progresiva pérdida tanto de demanda como de eficiencia en la gestión de los recursos públicos.

En su virtud dispongo,

Artículo único. Derogación normativa.

Dejar sin efectos la Orden EDU/3320/2011, de 1 de diciembre, por la que se regulan los préstamos universitarios para realizar estudios de posgrado de Máster y Doctorado, y su modificación realizada por Orden ECD/250/2012, de 31 de enero.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de marzo de 2012.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert Ortega.

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