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Documento BOE-A-2012-3019

Resolución de 31 de enero de 2012, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se conceden ayudas de la convocatoria de lectorados MAEC-AECID en universidades extranjeras para el curso académico 2011/2012.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2012, páginas 18198 a 18199 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2012-3019

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), de 13 de diciembre de 2010, por la que se aprueba la convocatoria de Lectorados MAEC-AECID en universidades extranjeras para el curso académico 2011/2012, se publicó en el BOE núm. 6, de 7 de enero.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción, y de viajes y estancia de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) (BOE. núm. 99, de 26 de abril), el Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la AECID, la Resolución de la Presidencia de la AECID, de 2 de julio de 2009, por la que se delegan determinadas competencias (BOE núm. 183, de 30 de julio), y en virtud de la Resolución de 13 de diciembre de 2010, por la que se aprueba la convocatoria de Lectorados MAEC-AECID 2011/12 (BOE núm. 6, de 7 de enero) y a propuesta de la comisión de valoración reunida al efecto, esta Presidencia de la AECID ha resuelto:

Primero.

Conceder las ayudas que se relacionan al lector que se cita, siguiendo lo establecido en la base sexta y anexo I de la mencionada convocatoria.

Programa 143 A 486.03:

País/Universidad

Lector/a

Inicio-Fin

Ayuda mes

Euros

Ayuda viaje

Euros

Seguro médico

mes

Euros

Uganda/Makerere.

Miguel Saporta Bon.

01/02/2012-31/07/2012

1.800

1.200

65

Segundo.

Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las ayudas reconocidas en esta Resolución, en los términos previstos en la citada Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril (BOE núm. 99, de 26 de abril).

Esta resolución pone fin a la vía administrativa en virtud de lo establecido en el artículo 11.4 del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre.

Contra la presente resolución se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Presidencia de la AECID en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 109, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o bien recurso Contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 11, 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 31 de enero de 2012.–El Presidente de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, P. D. (Resolución de 2 de julio de 2009), el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Juan López-Dóriga Pérez.

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