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Documento BOE-A-2012-2991

Resolución de 16 de febrero de 2012, del Departamento de Justicia, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, que han superado las pruebas selectivas, convocadas por Orden JUS/1654/2010, de 31 de mayo.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2012, páginas 18105 a 18108 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2012-2991

TEXTO ORIGINAL

Mediante la Resolución JUS/54/2012, de 17 de enero (DOGC núm. 6055, de 30.1.2012, y BOE núm. 25, de 30.1.2012), se hizo pública la relación de plazas correspondientes al ámbito de Cataluña que se ofrecieron a los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo de gestión procesal y administrativa de la Administración de justicia (turno libre), convocadas por la Orden de 31 de mayo de 2010 (BOE núm. 151, de 22.6.2010, y DOGC núm. 5662, de 2.7.2010).

De conformidad con los artículos 28 y 29 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia, así como la Orden de la Secretaría de Estado de Justicia de fecha 16 de febrero de 2012 por la que se nombran funcionarios del cuerpo de gestión procesal y administrativa a los que han superado las pruebas selectivas convocadas por la Orden de 31 de mayo de 2010, en el ámbito de Cataluña (turno libre), y vistas las solicitudes presentadas por los funcionarios mencionados, es procedente adjudicarles destino.

Visto que por causas de fuerza mayor, se autorizó a la señora Andrea Gil Yoldi, la señora Vanesa Calvo Meabe y la señora Maria Ferré Gimeno el aplazamiento del curso selectivo correspondiente a las pruebas selectivas convocadas por la Orden JUS/3338/2008, de 10 de noviembre (turno libre), y considerando que han superado el curso selectivo correspondiente a la presente convocatoria, se procede a adjudicarles destino.

Por todo eso, resuelvo:

1. Adjudicar destinos en los órganos judiciales que se detallan en el anexo a las personas que se mencionan en el mismo.

2. Los funcionarios del cuerpo de gestión procesal y administrativa destinados en virtud de esta Resolución deberán tomar posesión de sus cargos dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el DOGC o contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOE en caso de que la publicación de esta Resolución no sea simultánea en el BOE y en el DOGC, de acuerdo con lo que establece el artículo 29 del Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, para lo cual el Departamento de Justicia habrá enviado dos ejemplares del documento F1R.

3. Los funcionarios destinados de acuerdo con esta Resolución que pertenezcan al cuerpo de tramitación procesal y administrativa o al cuerpo de auxilio judicial y opten por continuar en activo en alguno de dichos cuerpos no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el párrafo segundo comuniquen al Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña, concretamente a la Subdirección General de Recursos Humanos y Económicos de la Secretaría de Relaciones con la Administración de Justicia, dicha opción, a los efectos de declaración de la excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial.

Una copia de la Resolución por la que se le declara en situación de excedencia voluntaria se deberá remitir al registro central de personal de la Subdirección General de Medios Personales de la Administración de justicia.

4. En el caso de que los funcionarios opten por ingresar en el cuerpo de gestión procesal y administrativa y quieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la Administración de justicia, dada la necesidad de disponer del tiempo indispensable para tomar posesión, podrán solicitar de la Gerencia Territorial correspondiente a su destino como funcionario del cuerpo de tramitación procesal y administrativa o de auxilio judicial un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos días en caso contrario, excepto aquellos que deban desplazarse a las Canarias, la islas Baleares, Ceuta o Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días para tomar posesión de su nuevo cargo.

Si el funcionario procede del ámbito de competencia de otra gerencia territorial o comunidad autónoma qua haya recibido el traspaso de medios personales, se deberá remitir esta documentación a dichos órganos para que puedan proceder a conceder la excedencia voluntaria de oficio en el cuerpo de tramitación procesal y administrativa o de auxilio judicial, y el cese automático en la fecha anterior en que se produzca la toma de posesión en el cuerpo de gestión procesal y administrativa, al objeto de evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.

5. En cualquier caso el responsable del órgano judicial o fiscal de destino deberá enviar uno de los documentos F1R a la Subdirección General de Recursos Humanos y Económicos de la Secretaría de Relaciones con la Administración de Justicia, del Departamento de Justicia, la cual enviará una copia al Registro Central de Personal de la Subdirección General de Medios personales al servicio de la Administración de justicia, del Ministerio de Justicia; se deberá dar la otra al interesado y dejar una copia en el órgano judicial.

6. Los funcionarios interinos que actualmente ocupan plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados cesan el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular, de acuerdo con lo que establece el artículo 18.a) de la Orden JUS/250/2009, de 13 de mayo, del Departamento de Justicia, por el que se regula la selección, la formación y el nombramiento de personal interino de los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de justicia en Cataluña.

7. En cumplimiento de la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas (Ley 53/1984, de 26 de diciembre), aplicable al personal al servicio de la Administración de justicia, en virtud del artículo 498 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, reformada por la Ley orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, aquellos aspirantes que ostenten ya la condición de funcionarios de carrera deberán manifestar su opción en el acta de toma de posesión.

8. Los funcionarios del cuerpo de tramitación procesal y administrativa destinados en virtud de esta Resolución, a pesar de haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de calificación según sus preferencias, no pueden participar en un concurso de traslado hasta que transcurran dos años desde la fecha de esta Resolución. Para el cómputo de los dos años se estará a lo que establece el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial.

9. Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante la Resolución JUS/930/2010, de 22 de marzo (DOGC núm. 5853, de 6.4.2011, y BOE núm. 82, de 6.4.2011), no adjudicadas en la presente Resolución mantienen la condición de plazas desiertas.

10. Información de los recursos a interponer:

10.1 Contra la presente Resolución, los interesados pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el último diario oficial (BOE o DOGC) en que esta Resolución se haya publicado; o bien pueden impugnarla directamente mediante recurso contencioso administrativo ante el juzgado de lo contencioso administrativo competente de Barcelona, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el último diario oficial (BOE o DOGC) en que esta Resolución se haya publicado, de conformidad con lo que establecen los artículos 14.2, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

10.2 De acuerdo con el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 49 de la Ley reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, la interposición de los recursos contenciosos administrativos que se deban notificar a los interesados se notificarán mediante la publicación en el DOGC y mediante la exposición en los tablones de anuncios de sede central del Departamento de Justicia (c. Pau Claris, 81, 08010 Barcelona); Gerencia Territorial de Barcelona Ciudad y L’Hospitalet de Llobregat (Gran Via de les Corts Catalanes, 111, 08014 Barcelona); Gerencia Territorial de Barcelona Comarcas (rbla. Fondo, s/n, 08922 Santa Coloma de Gramenet; Servicios Territoriales del Departamento de Justicia en Girona (c. Güell, 89, 17005 Girona), Lleida (c. Sant Martí, 1, 25004 Lleida), Tarragona (c. Sant Antoni Maria Claret, 17, 43002 Tarragona) y Les Terres de l’Ebre (c. Àngel, 6, 4.ª planta, 43500 Tortosa); Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (ps. Lluís Companys, 14-16, 08018 Barcelona); audiencias provinciales de Barcelona (ps. Lluís Companys, 14-16, 08018 Barcelona), Girona (pl. de la Catedral, 2, 17004 Girona), Lleida (c. Canyeret, 1, 25001 Lleida) y Tarragona (av. Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona); decanatos de Barcelona (Gran Via de les Corts Catalanes, 111, 08014 Barcelona), Girona (av. Ramon Folch, 4-6, 17001 Girona), Lleida (c. Canyeret, 3-5, 25007 Lleida) y Tarragona (av. Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona); divisiones del Instituto de Medicina Legal de Cataluña de Barcelona Ciudad y L’Hospitalet de Llobregat (Gran Via de les Corts Catalanes, 111, 08014 Barcelona), Girona (av. Ramon Folch, 4-6, 17001 Girona), Lleida (c. Canyeret, 1, 25007 Lleida), Tarragona (av. Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona) y Les Terres de l’Ebre (pl. dels Estudis, s/n, 43500 Tortosa); fiscalías provinciales de Barcelona (Gran Via de les Corts Catalanes, 111, 08014 Barcelona), Girona (pl. de la Catedral, 2, 17004 Girona), Lleida (c. Canyeret, 3-5, 25007 Lleida) y Tarragona (av. Lluís Companys, 10, 43005 Tarragona), y sitio web del Departamento de Justicia (www.gencat.cat/justicia/ofertes).

Barcelona, 16 de febrero de 2012.–La Consejera de Justicia, M. Pilar Fernández Bozal.

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