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Documento BOE-A-2012-2336

Resolución de 20 de diciembre de 2011, de la Autoridad Portuaria de Castellón, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 16 de febrero de 2012, páginas 14110 a 14171 (62 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2012-2336

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con los establecido en el artículo 136.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, por el que se establece que las entidades que deban aplicar principios contables públicos así como las restantes que no tengan obligación de publicar sus cuentas en el Registro Mercantil, publicarán anualmente en el Boletín Oficial del Estado el balance de situación y la cuenta de resultado económico-patrimonial y un resumen de los restantes estados que conforman las cuentas anuales de la Autoridad Portuaria de Castellón, correspondientes al ejercicio 2009, que figura como anexo a esta resolución.

Castellón, 20 de diciembre de 2011.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Castellón, Juan José Monzonís Martínez.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

MEMORIA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO ANUAL

Terminado el 31 de diciembre de 2009

1. Naturaleza y actividad de la empresa.

La Autoridad Portuaria de Castellón se constituyó el 1 de enero de 1993, en virtud de lo dispuesto en la Ley 27/1992 de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante que fue parcialmente modificada por la Ley 62/1997 de 26 de diciembre, mediante la transformación del Organismo Autónomo Junta del Puerto de Castellón al que sucedió en la titularidad de su patrimonio.

La Autoridad Portuaria de Castellón es un Organismo de Derecho Público, con personalidad jurídica y patrimonio propios independientes de los del Estado y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, actúa con sujeción al ordenamiento jurídico privado, incluso en sus adquisiciones patrimoniales y de contratación, salvo en el ejercicio de las funciones de poder público que el ordenamiento le atribuye.

Su actividad se rige por su legislación específica, por las disposiciones de la Ley General Presupuestaria que le sean de aplicación y, supletoriamente por la Ley 6/1997 de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, desarrollando las funciones asignadas bajo el principio general de autonomía de gestión, todo ello sin perjuicio de las facultades atribuidas al Organismo Público Puertos del Estado y las de tutela y fiscalización que sobre ella ostente el Ministerio de Fomento.

En relación con la legislación específica que afecta a la Autoridad Portuaria de Castellón, debe hacerse especial mención a la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general.

Las competencias de la Autoridad Portuaria de Castellón, de acuerdo con el artículo 36 de la Ley 27/1992, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante que fue parcialmente modificada por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, y que se mantiene expresamente vigente en atención a la disposición derogatoria única de la Ley 48/2003, son las siguientes:

● La realización, autorización y control, en su caso, de las operaciones marítimas y terrestres relacionadas con el tráfico portuario, y de los servicios portuarios para lograr que se desarrollen en condiciones óptimas de eficacia, economía, productividad y seguridad, sin perjuicio de la competencia de otras autoridades.

● La ordenación de la zona de servicio del puerto y de los usos portuarios, en coordinación con las Administraciones competentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

● La planificación, proyecto, construcción, conservación y explotación de las obras y servicios del puerto, y el de las señales marítimas que tengan encomendadas, de acuerdo con la planificación general, especificaciones y coordinación que establezca Puertos del Estado.

● La gestión del dominio público portuario y de señales marítimas que le sea adscrito.

● La optimización de la gestión económica y la rentabilización del patrimonio y de los recursos que tengan asignados.

● El fomento de las actividades industriales y comerciales relacionadas con el tráfico marítimo o portuario.

● La coordinación de las operaciones de los distintos modos de transporte en el espacio portuario.

El ejercicio económico de la Autoridad Portuaria es coincidente con el año natural, constituyendo los recursos del Organismo, a tenor de lo establecido en el artículo 12 de la Ley 48/2003, los siguientes:

● Los productos y rentas de su patrimonio, así como los ingresos procedentes de la enajenación de sus activos y los remanentes resultantes del ejercicio económico anterior.

● Los ingresos ordinarios y extraordinarios obtenidos en el ejercicio de sus funciones, que tendrán el carácter de recursos de Derecho Privado.

● Las tasas procedentes de la utilización de bienes de dominio público portuario, de la prestación de servicios generales o del ejercicio de actividades industriales y comerciales en el ámbito portuario.

● Las aportaciones recibidas del Fondo de Compensación Interportuario.

● Los que pudieran asignarse en los Presupuestos Generales del Estado o en los de otras Administraciones Públicas. Así como las ayudas y subvenciones, cualquiera que sea su procedencia.

● Los procedentes de los créditos, préstamos y demás operaciones financieras que puedan concertar.

● El producto de la aplicación del régimen sancionador previsto en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

● Las donaciones, legados y otras aportaciones de particulares y entidades privadas.

● Cualquier otro que les sea atribuido por el ordenamiento jurídico.

La evolución de la actividad de la Autoridad Portuaria durante los últimos ejercicios ha sido la siguiente:

(Millones de euros)

2004

2005

2006

2007

2008

2009

Importe neto de la cifra de negocio

11,82

14,20

15,52

17,53

19,68

19,23

Resultado de explotación

3,37

4,80

5,10

5,87

7,15

4,84

Resultado del ejercicio

3,02

4,23

4,12

4,28

4,74

2,64

2. Bases de presentación de las cuentas anuales.

2.1 Imagen fiel. Las cuentas anuales del ejercicio 2009 de la Autoridad Portuaria de Castellón reflejan, de acuerdo con la legislación vigente, el ajuste de su contabilidad a las disposiciones del Código de Comercio, a las del Plan General de Contabilidad y a las demás que le sean de aplicación.

Las cuentas anuales adjuntas, han sido obtenidas a partir de los registros contables de la Autoridad Portuaria de Castellón a 31 de diciembre de 2009, representando la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de los resultados de la Autoridad Portuaria y de los flujos de efectivo habidos durante el ejercicio por dicha Entidad, y que serán presentadas por el Presidente de la Autoridad Portuaria al Consejo de Administración estimándose que serán aprobadas sin ninguna modificación. Por su parte, las cuentas anuales del ejercicio 2008 fueron aprobadas por el Consejo de Administración celebrado el 26 de junio de 2009.

2.2 Principios contables. En la preparación de las cuentas anuales adjuntas, la Autoridad Portuaria de Castellón ha aplicado todos los principios y criterios generalmente aceptados contenidos en el Plan General de Contabilidad, e instrucciones complementarias del Organismo Público Puertos del Estado, por lo que no existe ningún principio contable de aplicación obligatoria que teniendo un efecto significativo sobre las cuentas anuales, se haya dejado de aplicar.

2.3 Aspectos críticos de la valoración y estimación de la incertidumbre. En la elaboración de las cuentas anuales adjuntas se han utilizado estimaciones realizadas por los Administradores de la Autoridad Portuaria para valorar algunos de los activos, pasivos, ingresos, gastos y compromisos que figuran registrados en ellas.

A pesar de que estas estimaciones se han realizado sobre la base de la mejor información disponible al cierre del ejercicio 2009, es posible que acontecimientos que puedan tener lugar en el futuro obliguen a modificarlas (al alza o a la baja) en los próximos ejercicios, lo que se realizaría, en su caso, de forma prospectiva.

2.4 Comparación de la información y aspectos derivados de la transición a las nuevas normas contables. La Autoridad Portuaria de Castellón presenta sus cuentas anuales para el ejercicio 2009, según la estructura establecida en el Plan General de Contabilidad, y en la normativa elaborada por parte del Organismo Público Puertos del Estado.

De acuerdo con la Legislación Mercantil, la Autoridad Portuaria de Castellón presenta, a efectos comparativos, con cada una de las partidas del balance de situación, de la cuenta de pérdidas y ganancias, del estado de flujos de efectivo y del estado de cambios en el patrimonio neto, además de las cifras del ejercicio 2009, las correspondientes al ejercicio anterior.

2.5 Agrupación de partidas. Determinadas partidas del balance, de la cuenta de pérdidas y ganancias, del estado de cambios en el patrimonio neto y del estado de flujos de efectivo se presentan de forma agrupada para facilitar su comprensión, si bien, en la medida en que sea significativa, se ha incluido la información desagregada en las correspondientes notas de la memoria.

2.6 Cambios en criterios contables. Durante el ejercicio 2009 no se han producido cambios de criterios contables significativos respecto a los criterios aplicados en el ejercicio 2008.

2.7 Corrección de errores. En la elaboración de las cuentas anuales adjuntas no se ha detectado ningún error significativo que haya supuesto la reexpresión de los importes incluidos en las cuentas anuales del ejercicio 2009.

3. Distribución de resultados. La propuesta de distribución de resultados del ejercicio 2009 formulada por esta Autoridad Portuaria y que presentará el Presidente de la misma al Consejo de Administración, contempla destinar dicho beneficio a la dotación de reservas legales.

Euros

2009

2008

Base de distribución:

 

 

Pérdidas y ganancias (beneficio)

2.636.706,09

4.744.000,56

Aplicación:

 

 

Fondo de contribución neto

0,00

0,00

Reservas

2.636.706,09

4.744.000,56

Resultados negativos de ejercicios anteriores

0,00

0,00

4. Normas de valoración. Las normas de valoración aplicadas por la Autoridad Portuaria de Castellón en la elaboración de las cuentas anuales correspondientes al ejercicio de 2009, han sido las siguientes:

4.1 Inmovilizado intangible. Se trata de inversiones realizadas en propiedad industrial y en aplicaciones informáticas, la valoración de estos activos se efectúa al precio de adquisición, incluyendo en este todos los gastos necesarios para su puesta en marcha o afectación de propiedad. Posteriormente se valora a su coste minorado por la correspondiente amortización acumulada y, en su caso, por las pérdidas por deterioro que haya experimentado.

La amortización es lineal y la vida útil de estos activos es de 5 años, aplicando un coeficiente del 20% anual.

4.2 Inmovilizado material. El inmovilizado material se presenta valorado siguiendo diferentes criterios dependiendo de su fecha de incorporación:

4.2.1 Inmovilizado material adquirido por esta Autoridad Portuaria con anterioridad a 1/01/93, y que no entran en el apartado 4.2.2 siguiente: se encuentra valorado por su coste de adquisición, revalorizado según las disposiciones de la entonces Dirección General de Puertos, menos su correspondiente amortización acumulada, que también fue objeto de revalorización de acuerdo con las mencionadas disposiciones.

4.2.2 Inmovilizado material adquirido por esta Autoridad Portuaria con anterioridad a 01/01/93, y que pertenece a alguno de los grupos de Inmovilizado siguientes:

Terrenos y bienes naturales.

Accesos marítimos.

Obras de abrigo y dársenas.

Obras de atraque.

A estos bienes que son los más significativos del activo fijo aportado a la Autoridad Portuaria a 1 de enero de 1993, el criterio de valoración deja de ser el coste de adquisición revalorizado y pasa a ser el valor venal a dicha fecha, determinado por una tasación independiente.

4.2.3 A partir del 1 de enero de 1.993 hasta el 31 de diciembre de 2007 se sigue el criterio del precio de adquisición, incorporando todos los gastos necesarios para la puesta en explotación, como norma de valoración, de acuerdo con la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto 1643/1990, de 20 de octubre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, a la que se remitió el I.C.A.C. en su dictamen, para todos los elementos del inmovilizado material a la fecha de entrada en vigor de la Ley 27/1992.

El cambio de criterio contable supone que, para los bienes más significativos del activo fijo aportado a las autoridades portuarias a 1 de enero de 1993, el criterio de valoración deja de ser el coste de adquisición revalorizado y pasa a ser el valor venal de dicha fecha, determinado por una tasación independiente. Con ello, es cierto que aunque tengamos dos criterios de valoración para el activo incorporado con anterioridad a 1 de enero de 1993, los elementos que siguen valorados al coste de adquisición revalorizados, pasan a ser residuales en el conjunto del inmovilizado.

Con la incorporación de estos nuevos valores la Autoridad Portuaria entiende que se da respuesta al dictamen del ICAC comentado anteriormente, en el sentido de que es la valoración inicial del patrimonio en la fecha de entrada en funcionamiento de los nuevos entes la que soporta el ajuste producido por el cambio de vidas útiles.

Al final, el proceso de creación de la Autoridad Portuaria puede asimilarse a la constitución de una nueva sociedad en la que el capital social es aportado en especie por la Junta del Puerto y por la Dirección General de Costas (señales marítimas).

Por tanto, la cifra final de “patrimonio” es la suma del valor venal de los bienes del activo fijo aportados al 1 de enero de 1993 y de la diferencia entre los restantes activos y pasivos también aportados (otro inmovilizado, activo circulante y pasivo circulante) y cuyo valor ya se ha ajustado en ejercicios anteriores (afloración de pasivos, dotaciones de insolvencias, etc.).

4.2.4 A partir del 1 de enero de 2008 el inmovilizado material se valora inicialmente por su precio de adquisición o coste de producción de acuerdo con el Real Decreto. 1514/2007 por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.

La Autoridad Portuaria amortiza su inmovilizado material siguiendo el método lineal, distribuyendo el coste de los activos, deducido el valor residual, entre los años de vida útil estimada, que para los elementos que se encuentran valorados por su coste de adquisición o por su coste de adquisición revalorizado hasta el 1 de enero de 1993, son los que se detallan a continuación y que derivan del «manual de tratamiento contable de los activos materiales del sistema portuario» desarrollado por el Organismo Público Puertos del Estado, por personal de las distintas Autoridades Portuarias y por Arthur Andersen como asesor externo:

 

Años

Instalaciones técnicas:

 

Instalaciones de ayudas a la navegación

5 - 10

Construcciones:

 

Accesos marítimos

35-50

Obras de abrigo y dársenas

40-50

Obras de atraque

5-40

Instalaciones para la reparación de barcos

25-40

Edificaciones

17-35

Instalaciones generales

17

Pavimentos, calzadas y vías de circulación

15-25

Maquinaria:

 

Equipos de manipulación de mercancías

10-20

Material flotante

10-25

Material ferroviario

15-20

Equipo de taller

14

Otro Inmovilizado:

 

Equipos de transporte

6

Mobiliario y enseres

10

Equipo informático

5

Material diverso

5

Para los elementos del inmovilizado material que se encuentran valorados a su valor venal, los años de vida útil aplicados son los estimados en la tasación independiente mencionada anteriormente, que corresponden a su vida útil remanente al 1 de enero de 1993.

Los gastos de conservación y mantenimiento de los diferentes elementos que componen el inmovilizado material se imputan a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que se incurren. por el contrario, los costes de ampliación, modernización y mejoras que representan un aumento de la productividad, capacidad o eficiencia o un alargamiento de la vida útil de los bienes se capitalizan como mayor coste de los correspondientes bienes.

Para aquellos inmovilizados que necesitan un período de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso, los costes capitalizados incluyen los gastos financieros que se hayan devengado antes de la puesta en condiciones de funcionamiento del bien y que hayan sido girados por el proveedor o correspondan a préstamos u otro tipo de financiación ajena, específica o genérica, directamente atribuible a la adquisición o fabricación del mismo.

El inmovilizado en curso está valorado a su precio de coste, que incluye servicios de ingeniería, asistencia técnica, equipos, instalaciones y obra civil, y no comienza su amortización hasta la puesta en funcionamiento, previa recepción del mismo.

4.3 Inversiones inmobiliarias. El epígrafe «inversiones inmobiliarias» del balance de situación recoge los valores de terrenos, edificios y otras construcciones que se mantienen bien, para explotarlos en régimen de alquiler, bien para explotarlos en régimen de concesión o autorización.

Estos activos se valoran de acuerdo con los criterios indicados en la nota 4.2), relativa al inmovilizado material.

Los ingresos ciertos, en virtud de contrato, para los próximos ejercicios relacionados con estos activos son los siguientes (en miles de euros):

Tipo de ingresos

2010

2011

2012

2013

2014

Tasas de ocupación

5.104

5.104

5.104

5.104

5.104

Ingresos adicionales

2.449

2.449

2.449

2.449

2.449

Total

7.553

7.553

7.553

7.553

7.553

4.4 Instrumentos financieros.

4.4.1) Activos financieros:

● Clasificación: Los activos financieros que posee la Autoridad Portuaria se clasifican en las siguientes categorías:

a) Préstamos y partidas a cobrar: activos financieros originados en la venta de bienes o en la prestación de servicios por operaciones de tráfico de la empresa, o los que no teniendo un origen comercial, no son instrumentos de patrimonio ni derivados y cuyos cobros son de cuantía fija o determinable y no se negocian en un mercado activo.

b) Inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, asociadas y multigrupo: se consideran empresas del grupo aquellas vinculadas con la Autoridad Portuaria por una relación de control, y empresas asociadas aquellas sobre las que la Autoridad Portuaria ejerce una influencia significativa. Adicionalmente, dentro de la categoría de multigrupo se incluye a aquellas sociedades sobre las, en virtud de un acuerdo, se ejerce un control conjunto con uno o más socios.

Atendiendo al principio contable de importancia relativa, los instrumentos financieros correspondientes a fianzas o depósitos recibidos o constituidos (tanto a corto como a largo plazo), los anticipos y créditos al personal, los dividendos a cobrar, cuentas a cobrar por subvenciones recibidas y débitos y partidas a pagar con vencimiento inferior o igual a 60 días son valorados por su valor nominal, aplicando a los mismos la norma de valoración inicial a valor razonable.

Al 31 de diciembre de 2009 la Autoridad Portuaria de Castellón no tenía inversión alguna calificada como «inversión en el patrimonio de empresas del grupo, asociadas y multigrupo».

● Valoración inicial: Los activos financieros se registran inicialmente al valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de la transacción que sean directamente atribuibles.

● Valoración posterior: Los préstamos, partidas a cobrar e inversiones mantenidas hasta el vencimiento se valoran por su coste amortizado según el método del tipo de interés efectivo. Dicho interés efectivo es el tipo de actualización que iguala el valor en libros del instrumento con la corriente esperada de pagos futuros previstos hasta el vencimiento del pasivo.

Las inversiones en empresas del grupo, asociadas y multigrupo se valoran por su coste, minorado, en su caso, por el importe acumulado de las correcciones valorativas por deterioro. Dichas correcciones se calculan como la diferencia entre su valor en libros y el importe recuperable, entendido éste como el mayor importe entre su valor razonable menos los costes de venta y el valor actual de los flujos de efectivo futuros derivados de la inversión. Salvo mejor evidencia del importe recuperable, se toma en consideración el patrimonio neto de la entidad participada, corregido por las plusvalías tácitas existentes en la fecha de la valoración (incluyendo el fondo de comercio, si lo hubiera).

Al menos al cierre del ejercicio la Autoridad Portuaria realiza un test de deterioro para los activos financieros que no están registrados a valor razonable. Se considera que existe evidencia objetiva de deterioro si el valor recuperable del activo financiero es inferior a su valor en libros. Cuando se produce, el registro de este deterioro se registra en la cuenta de pérdidas y ganancias.

En particular, y respecto a las correcciones valorativas relativas a los deudores comerciales y otras cuentas a cobrar, el criterio utilizado por la Autoridad Portuaria para calcular las correspondientes correcciones valorativas, si las hubiera, es el siguiente:

La Autoridad Portuaria de Castellón, atendiendo y analizando los casos específicos en los que existen evidencias racionales de impago, efectúa las dotaciones correspondientes, para cubrir los riesgos de insolvencias. Las provisiones se dotan de forma globalizada para la totalidad de los clientes, en función de la antigüedad de la deuda, del carácter de las mismas diferenciando si son tasas portuarias o si son ingresos de carácter privado y de acuerdo con los criterios que se detallan a continuación.

 

% Dotación

Tasas portuarias:

 

Entre 0 y 12 meses

0,00

Entre 12 y 24 meses

50,00

Más de 24 meses

100,00

Ingresos de carácter privado:

 

Entre 0 y 6 meses

0,00

Más de 6 meses

100,00

La Autoridad Portuaria da de baja los activos financieros cuando expiran o se han cedido los derechos sobre los flujos de efectivo del correspondiente activo financiero y se han transferido sustancialmente los riesgos inherentes a su propiedad.

4.4.2 Pasivos financieros. Son pasivos financieros aquellos débitos y partidas a pagar que tiene la Autoridad Portuaria y que se han originado en la compra de bienes y servicios por operaciones de tráfico de la empresa, o también aquellos que sin tener un origen comercial, no pueden ser considerados como instrumentos financieros derivados. Estos recursos ajenos se clasifican como pasivos corrientes, a menos que la Autoridad Portuaria tenga un derecho incondicional a diferir su liquidación durante al menos 12 meses después de la fecha del balance.

Los débitos y partidas a pagar se valoran inicialmente al valor razonable de la contraprestación recibida, ajustada por los costes de la transacción directamente atribuibles. Con posterioridad, dichos pasivos se valoran de acuerdo con su coste amortizado según el método del tipo de interés efectivo. Dicho interés efectivo es el tipo de actualización que iguala el valor en libros del instrumento con la corriente esperada de pagos futuros previstos hasta el vencimiento del pasivo.

La Autoridad Portuaria utiliza instrumentos financieros derivados para cubrir los riesgos a los que se encuentran expuestas sus actividades, operaciones y flujos de efectivo futuros. Fundamentalmente, estos riesgos son de variaciones de los tipos de interés. En el marco de dichas operaciones la Autoridad Portuaria contrata instrumentos financieros de cobertura.

Para que estos instrumentos financieros puedan calificar como de cobertura contable, son designados inicialmente como tales documentándose la relación de cobertura. Asimismo, la Autoridad Portuaria verifica inicialmente y de forma periódica a lo largo de su vida (como mínimo en cada cierre contable) que la relación de cobertura es eficaz, es decir, que es esperable prospectivamente que los cambios en el valor razonable o en los flujos de efectivo de la partida cubierta (atribuibles al riesgo cubierto) se compensen casi completamente por los del instrumento de cobertura y que, retrospectivamente, los resultados de la cobertura hayan oscilado dentro de un rango de variación del 80 al 125% respecto del resultado de la partida cubierta.

La Autoridad Portuaria aplica los siguientes tipos de cobertura, que se contabilizan tal y como se describe a continuación:

Coberturas de flujos de efectivo: En este tipo de coberturas, la parte de la ganancia o pérdida del instrumento de cobertura que se haya determinado como cobertura eficaz, se imputa en la cuenta de pérdidas y ganancias en el mismo período en que el elemento que está siendo objeto de cobertura afecta al resultado, salvo que la cobertura corresponda a una transacción prevista que termine en el reconocimiento de un activo o pasivo no financiero, en cuyo caso se incluirán en el coste del activo o pasivo cuando sea adquirido o asumido.

La contabilización de coberturas es interrumpida cuando el instrumento de cobertura vence, o es vendido, finalizado o ejercido, o deja de cumplir los criterios para la contabilización de coberturas. En ese momento, cualquier beneficio o pérdida acumulada correspondiente al instrumento de cobertura que haya sido registrado en el patrimonio neto se mantiene dentro del patrimonio neto hasta que se produzca la operación prevista. Cuando no se espera que se produzca la operación que está siendo objeto de cobertura, los beneficios o pérdidas acumulados netos reconocidos en el patrimonio neto se transfieren a los resultados netos del período.

4.5 Impuesto sobre beneficios. El gasto o ingreso por impuesto sobre beneficios comprende la parte relativa al gasto o ingreso por el impuesto corriente y la parte correspondiente al gasto o ingreso por impuesto diferido.

El impuesto corriente es la cantidad que la Autoridad Portuaria satisface como consecuencia de las liquidaciones fiscales del impuesto sobre el beneficio relativas a un ejercicio. Las deducciones y otras ventajas fiscales en la cuota del impuesto, excluidas las retenciones y pagos a cuenta, así como las pérdidas fiscales compensables de ejercicios anteriores y aplicadas efectivamente en éste, dan lugar a un menor importe del impuesto corriente.

El gasto o el ingreso por impuesto diferido se corresponde con el reconocimiento y la cancelación de los activos y pasivos por impuesto diferido. Estos incluyen las diferencias temporarias que se identifican como aquellos importes que se prevén pagaderos o recuperables derivados de las diferencias entre los importes en libros de los activos y pasivos y su valor fiscal, así como las bases imponibles negativas pendientes de compensación y los créditos por deducciones fiscales no aplicadas fiscalmente. Dichos importes se registran aplicando a la diferencia temporaria o crédito que corresponda el tipo de gravamen al que se espera recuperarlos o liquidarlos.

Se reconocen pasivos por impuestos diferidos para todas las diferencias temporarias imponibles, excepto aquellas derivadas del reconocimiento inicial de fondos de comercio o de otros activos y pasivos en una operación que no afecta ni al resultado fiscal ni al resultado contable y no es una combinación de negocios, así como las asociadas a inversiones en empresas dependientes, asociadas y negocios conjuntos en las que la Autoridad Portuaria puede controlar el momento de la reversión y es probable que no reviertan en un futuro previsible.

Por su parte, los activos por impuestos diferidos sólo se reconocen en la medida en que se considere probable que la Autoridad Portuaria vaya a disponer de ganancias fiscales futuras contra las que poder hacerlos efectivos.

Los activos y pasivos por impuestos diferidos, originados por operaciones con cargos o abonos directos en cuentas de patrimonio, se contabilizan también con contrapartida en patrimonio neto.

En cada cierre contable se reconsideran los activos por impuestos diferidos registrados, efectuándose las oportunas correcciones a los mismos en la medida en que existan dudas sobre su recuperación futura. Asimismo, en cada cierre se evalúan los activos por impuestos diferidos no registrados en balance y éstos son objeto de reconocimiento en la medida en que pase a ser probable su recuperación con beneficios fiscales futuros.

4.6 Ingresos y gastos. Siguiendo las normas de valoración establecidas en el Plan General de Contabilidad, los ingresos y gastos se imputan en función del criterio del devengo, es decir, cuando se produce la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, con independencia del momento en que se produzca la corriente financiera o monetaria derivada de ellos. Dichos ingresos se valoran por el valor razonable de la contraprestación recibida, deducidos descuentos e impuestos.

El reconocimiento de los ingresos por ventas se produce en el momento en que se ha transferido al comprador los riesgos y beneficios significativos inherentes a la propiedad del bien vendido, no manteniendo la gestión corriente sobre dicho bien, ni reteniendo el control efectivo sobre el mismo.

En cuanto a los ingresos por prestación de servicios, éstos se reconocen considerando el grado de realización de la prestación a la fecha de balance, siempre y cuando el resultado de la transacción pueda ser estimado con fiabilidad. Dada la tipología de servicios que presta la Autoridad Portuaria de Castellón se considera que la realización de los mismos es instantánea.

Los intereses recibidos de activos financieros se reconocen utilizando el método del tipo de interés efectivo y los dividendos, cuando se declara el derecho del accionista a recibirlos.

4.7 Provisiones y contingencias. Los administradores de la Autoridad Portuaria en la formulación de las cuentas anuales diferencian entre:

a) Provisiones: saldos acreedores que cubren obligaciones actuales derivadas de sucesos pasados, cuya cancelación es probable que origine una salida de recursos, pero que resultan indeterminados en cuanto a su importe y/o momento de cancelación.

b) Pasivos contingentes: obligaciones posibles surgidas como consecuencia de sucesos pasados, cuya materialización futura está condicionada a que ocurra, o no, uno o más eventos futuros independientes de la voluntad de la Autoridad Portuaria.

Las cuentas anuales recogen todas las provisiones con respecto a las cuales se estima que la probabilidad de que se tenga que atender la obligación es mayor que de lo contrario. Los pasivos contingentes no se reconocen en las cuentas anuales, sino que se informa sobre los mismos en las notas de la memoria, en la medida en que no sean considerados como remotos.

Las provisiones se valoran por el valor actual de la mejor estimación posible del importe necesario para cancelar o transferir la obligación, teniendo en cuenta la información disponible sobre el suceso y sus consecuencias, y registrándose los ajustes que surjan por la actualización de dichas provisiones como un gasto financiero conforme se va devengando.

4.8 Elementos patrimoniales de naturaleza medioambiental. Se consideran activos de naturaleza medioambiental los bienes que son utilizados de forma duradera en la actividad de la Autoridad Portuaria, cuya finalidad principal es la minimización del impacto medioambiental y la protección y mejora del medioambiente, incluyendo la reducción o eliminación de la contaminación futura.

La información medioambiental de la Autoridad Portuaria se recoge en la nota 18.

4.9 Subvenciones de capital. Para la contabilización de las subvenciones, donaciones y legados recibidos, la Autoridad Portuaria sigue los criterios siguientes:

a) Las subvenciones, donaciones y legados de capital no reintegrables se valoran por el valor razonable del importe o el bien concedido, en función de si son de carácter monetario o no, contabilizándose, en el caso de las monetarias, a medida que se certifican las obras que financian y en proporción a la cuantía de inversión acreditada según el porcentaje de cofinanciación.

b) Se imputan a resultados en proporción a la depreciación experimentada durante el periodo por los activos financiados por dichas subvenciones, salvo que se trate de activos no depreciables en cuyo caso se imputará al resultado del ejercicio en que se produzca la enajenación o baja en inventario de los mismos.

4.10 Periodificaciones a largo plazo. La Autoridad Portuaria de Castellón, siguiendo instrucciones de Puertos del Estado, tiene el criterio de registrar en este epígrafe todos los importes percibidos por anticipado, bien en especie bien en términos monetarios, procedentes de concesiones otorgadas a terceros. Estos importes se traspasan a resultados del ejercicio como un importe adicional a la tasa de ocupación, durante el período de otorgamiento de las citadas concesiones (véase nota 13.1).

4.11 Fondo de compensación interportuario. Este fondo está regulado en la ley 48/2003, capítulo III, artículo 13, en el cual se cita «de conformidad con el principio de solidaridad entre los organismos públicos portuarios, se crea el fondo de compensación interportuario como instrumento de redistribución de recursos del sistema portuario estatal, que será administrado por Puertos del Estado de conformidad con los acuerdos adoptados por el comité de distribución del fondo, y se adoptará anualmente el presupuesto de explotación individual de dicho organismo público».

La cuantía anual de la aportación de cada autoridad portuaria se determinará por agregación de los importes correspondientes al ejercicio anterior y que se determinan en el apartado 4 del citado artículo.

En el ejercicio 2009 el fondo de compensación aportado por la Autoridad Portuaria de Castellón ha sido de 561.000 euros y el recibido de 677.000 euros.

5. Inmovilizado intangible.

La situación de esta partida en el activo del balance de situación para los años 2009 y 2008, es la siguiente:

 

V.B.C.

A.A.

V.N.C

2009 (euros)

 

 

 

Inmovilizado intangible

765.482,08

(530.557,42)

234.924,66

Propiedad industrial

14.123,78

(14.123,78)

0,00

Aplicaciones informáticas

751.358,30

(516.433,64)

234.924,66

Anticipos

0,00

0,00

0,00

2008 (euros)

 

 

 

Inmovilizado intangible

690.511,79

(441.943,60)

248.568,19

Propiedad industrial

14.123,78

0,00

14.123,78

Aplicaciones informáticas

676.388,01

(441.943,60)

234.444,41

Anticipos

0,00

0,00

0,00

El epígrafe «propiedad industrial» recoge el importe satisfecho por la adquisición de la propiedad o del derecho de uso de la imagen corporativa del Puerto de Castellón incluyendo todos los gastos incurridos con motivo de dicha adquisición.

El epígrafe «aplicaciones informáticas» recoge el importe satisfecho por el software utilizado por la Autoridad Portuaria de Castellón.

El movimiento habido durante el presente ejercicio en las diferentes cuentas de inmovilizado intangible y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas se encuentran recogidas en el cuadro n.º 1 adjunto en el anexo.

6. Inmovilizado material.

Los importes de las cuentas que componen el inmovilizado material y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas durante los ejercicios 2009 y 2008 son los siguientes:

 

V.B.C.

A.A.

V.N.C

2009 (euros)

 

 

 

Inmovilizado material

249.170.991,59

(50.811.147,76)

198.359.843,83

Terrenos y bienes naturales

24.128.017,15

0,00

24.128.017,15

Construcciones

190.668.191,82

(46.603.789,28)

144.064.402,54

Equipamiento e instalaciones técnicas

1.554.683,73

(1.289.398,97)

265.284,76

Inmovilizado en curso y anticipos

28.035.564,16

0,00

28.035.564,16

Otro inmovilizado

4.784.534,73

(2.917.959,51)

1.866.575,22

2008 (euros)

 

 

 

Inmovilizado material

212.354.568,06

(45.378.758,50)

166.975.809,56

Terrenos y bienes naturales

24.084.606,36

0,00

24.084.606,36

Construcciones

171.950.692,92

(41.720.897,96)

130.229.794,96

Equipamiento e instalaciones técnicas

1.512.081,73

(1.237.394,57)

274.687,16

Inmovilizado en curso y anticipos

10.357.697,08

0,00

10.357.697,08

Otro inmovilizado

4.449.489,97

(2.420.465,97)

2.029.024,00

Los activos inmovilizados registrados en los epígrafes «terrenos y bienes naturales» y «construcciones» de este apartado y del apartado de «inversiones inmobiliarias» (véase nota 7) se consideran bienes de dominio público no correspondiendo por tanto a las Autoridades Portuarias ni la titularidad de dichos bienes ni la facultad de enajenación o gravamen de los mismos, mientras mantengan su calificación jurídica. No obstante, salvo por la facultad de disposición, la Autoridad Portuaria ostenta el resto de facultades típicas de un derecho de propiedad, actuando con plenas facultades y competencias de administración, y realizando sobre dicho dominio público actos de gestión de derecho público y privado, cediendo su uso en exclusiva y percibiendo un precio a cambio, por lo que asume sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad de estos activos y, por tanto se consideran parte del inmovilizado material (o inversiones inmobiliarias en su caso).

Existe un inmovilizado material no afecto a explotación, dentro de la partida de «terrenos y bienes naturales», por valor de 323.586,55 euros, estando todos los demás bienes afectos a la explotación.

El inmovilizado de la Autoridad Portuaria de Castellón no está sometido a arrendamientos financieros, pero se han obtenido subvenciones FEDER, COHESION y de la Consellería de Infraestructuras y Transporte (CIT) para financiar proyectos de inmovilizado, que se describen en la nota 11 de esta memoria. A 31 de diciembre el inmovilizado no está inmerso en ningún litigio.

De acuerdo con el apartado 1 de la NRV 2.ª «inmovilizado material», en los inmovilizados que necesiten un periodo de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso, se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción los gastos financieros que se hayan devengado antes de la puesta en condiciones de funcionamiento del inmovilizado material, y que hayan sido girados por el proveedor o correspondan a préstamos u otro tipo de financiación ajena, específica o genérica, directamente atribuible a la adquisición, fabricación o construcción (siendo este mismo criterio aplicable a las inversiones inmobiliarias, NRV 4.ª). Esta misma norma dispone que no se podrán capitalizar intereses de financiación ajena por aquellos pagos al proveedor de inmovilizado efectuados con posterioridad a la puesta en condiciones de funcionamiento del inmovilizado material, circunstancia que concurrirá con carácter general en las liquidaciones de obra.

Durante este ejercicio se han activado «gastos financieros» por valor de 543.990,22 euros que corresponden a parte de los intereses cargados en cuenta por los préstamos que la Autoridad Portuaria de Castellón dispone y que se ha destinado a financiar las inversiones ejecutadas y certificadas en el ejercicio, de proyectos que tienen un periodo de ejecución superior a doce meses.

Al cierre del ejercicio 2009 la Autoridad Portuaria de Castellón tenía elementos del inmovilizado material totalmente amortizados que seguían en uso por importe de 21.503.604,77 euros.

El detalle de los importes y movimientos del inmovilizado material y de su correspondiente amortización acumulada al 31 de diciembre de 2009, así como las variaciones experimentadas de cada una de las partidas del balance que lo componen, están recogidas en los cuadros n.º 2, 2.1, 2.2,2.3, y 2.5 que se adjuntan en el anexo.

Destacar que durante el ejercicio 2009 se han dado de baja un grupo de impresoras con un valor contable bruto de 13.404,93 euros. Parte de estas impresoras, con un valor contable bruto de 3.521,83 euros, se dieron de baja por la venta, obteniendo como resultado de la operación 2.968,29 euros. El resto de las impresoras se han donado entre más de 20 ONGs locales, algunas de estas organizaciones son la Asociación de daño cerebral sobrevenido (ATENEO), la Asociación Española Contra el Cáncer (AECC), la Fundación Síndrome de Down y la Fundación Patim. Dicho desglose está contemplado en el cuadro anexo n.º 2.5.

También se ha dado de baja un centro transformación, cuyo valor contable bruto asciende a 23.846,40 euros, de acuerdo con el plan de eliminación de PCB (véase nota 18 de medidas medioambientales). El detalle de esta baja se puede observar en el cuadro anexo n.º 2.5.

Al cierre del presente ejercicio el inmovilizado en curso pendiente de incorporar al activo es de 28.035.564,16 euros, de los cuales el 87,45% corresponden a las obras de la dársena sur (del cual un 62,50% corresponde a la prolongación del dique de cierre y un 24,95% al dragado canal de entrada) y un 4,16% a las obras de la renovación del acceso ferroviario. Todos estos detalles vienen recogidos en el cuadro nº 2 anexo A: «evolución del Inmovilizado en curso 2009».

7. Inversiones inmobiliarias.

El importe de las cuentas que componen el epígrafe «inversiones inmobiliarias» y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas durante los ejercicios 2009 y 2008, son los siguientes:

 

V.B.C.

A.A.

V.N.C

2009 (euros)

 

 

 

Inversiones inmobiliarias

50.894.185,07

(7.700.103,73)

43.194.081,34

Terrenos y bienes naturales

37.926.554,35

0,00

37.926.554,35

Construcciones

12.967.630,72

(7.700.103,73)

5.267.526,99

2008 (euros)

 

 

 

Inversiones inmobiliarias

50.603.055,43

(7.355.114,82)

43.247.940,61

Terrenos y bienes naturales

37.814.315,14

0,00

37.814.315,14

Construcciones

12.788.740,29

(7.355.114,82)

5.433.625,47

Los activos inmovilizados registrados en este apartado se consideran bienes de dominio público (véase nota 6).

La Autoridad Portuaria tiene registrados en este epígrafe del balance de situación adjunto todos los elementos de inmovilizado calificados como concesionables en su plan director, habiéndole reportado unos ingresos en concepto de tasa por ocupación privativa del dominio público portuario por importe de 5.489.892,31 euros.

Las inversiones más significativas incluidas en este epígrafe del balance de situación adjunto son las siguientes:

a) Activos incluidos en la explanada adjunta al muelle de levante.

b) Activos incluidos en la ampliación norte, principalmente muelles del centenario y de la cerámica.

c) Activos incluidos en la ampliación de la dársena sur.

La Autoridad Portuaria de Castellón ha seguido el criterio de no considerar como activos concesionables todos aquellos activos relacionados con vías férreas y de acceso.

8. Activos financieros (largo y corto plazo).

8.1 Activos financieros a largo plazo. La situación de esta partida en el activo del balance de situación es la siguiente:

Euros

2009

2008

Inversiones financieras a largo plazo

1.241.672,22

4.078.224,70

Instrumentos de patrimonio

10.000,00

10.000,00

Créditos a terceros

6.392,15

7.302,75

Administraciones públicas, subvenciones oficiales pendientes de cobro

1.222.400,00

4.057.348,00

Otros activos financieros

2.880,07

3.573,95

En la rúbrica «instrumentos de patrimonio» se recoge la dotación fundacional del 16,66% realizada por la Autoridad Portuaria de Castellón para la constitución de la «Fundación Aproa» que se realizó en el año 2005, fundación que con fecha 30 de noviembre de 2007 modificó su denominación comercial por Fundación Portcastelló.

Atendiendo al título V – modificación, fusión, extinción y liquidación de los estatutos de la Fundación Portcastelló, y en particular a lo dispuesto en su artículo 37 apartado 2 cuyo texto es el siguiente «dada la naturaleza jurídico-pública de la Autoridad Portuaria de Castellón, y de conformidad con lo establecido en el artículo 26.3 de la Ley 8/1998, los bienes y derechos resultantes de la liquidación revertirán a la Autoridad Portuaria de Castellón como entidad fundadora de la Fundación Aproa». Es por ello por lo que el tratamiento de la aportación inicial, el cual constituye parte del capital social, es considerado como inmovilizado financiero y no como gasto.

En la rúbrica «créditos a terceros» se registran los importes de los créditos a largo plazo concedidos al personal de la empresa sin intereses.

En la rúbrica «administraciones públicas, subvenciones oficiales pendientes de cobro» están registradas todas aquellas subvenciones con una fecha cobro esperada superior a 1 año, según el siguiente detalle:

 

Euros

Subvención ampliación norte (Feder 00-06)

1.222.400,00

Total

1.222.400,00

Este importe corresponde al saldo de liquidación, equivalente al 5% del total de la ayuda procedente del marco operativo Feder 00-06. La fecha estimada de cobro para la subvención es el 31 de marzo de 2011.

En la rúbrica «otros activos financieros» se registran las fianzas constituidas a largo plazo. La composición y movimiento de esta partida de inversiones financieras a largo plazo al 31 de diciembre de 2009, se recogen en los cuadros nº 4, 4.1 y 4.2, que se adjuntan en el anexo.

8.2) Activos financieros a corto plazo. La situación de esta partida en el activo del balance de situación es la siguiente:

Euros

2009

2008

Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar

13.535.905,90

5.974.544,42

Clientes

4.425.076,16

2.811.089,81

Clientes, empresas del grupo y asociadas

60.101,21

0,00

Deudores varios

19.427,03

180.031,21

Administraciones públicas, subvenciones oficiales pendientes de cobro

5.497.048,79

629.206,10

Otros créditos administraciones públicas

3.624.234,92

2.399.274,77

Provisiones

(89.982,21)

(45.057,47)

● Clientes: La entrada en vigor de la ley 48/2003 hizo que la mayor parte de los ingresos del puerto tuviesen la consideración de tasas (en lugar de tarifas y cánones). Esto hace que la regulación de las mismas en cuanto a gestión, recaudación y revisión la ampare la ley General Tributaria.

Esta mención es importante tenerla en cuenta en este apartado de la memoria, puesto que afecta directamente al comportamiento del saldo de cliente, puesto que modifica los plazos de recaudación siendo estos los que se detallan a continuación.

En función de la notificación recibida:

a) Entre los días uno y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 o inmediato siguiente, del mes posterior.

b) Entre los días 16 y último, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 o inmediato siguiente, del segundo mes posterior.

Contra el saldo de clientes, el movimiento de la cuenta de pérdidas y ganancias de la dotación para insolvencias realizada en el año se explica en el siguiente cuadro.

Euros

2009

2008

Total provisión insolvencias año 2008

45.057,47

52.080,60

Aplicación provisión insolvencia dictaminada por AEAT

(439,95)

(60,00)

Aplicación provisión insolvencias año 2008

0,00

(6.963,13)

Saneamiento de saldos por Consejo Administración

(244,01)

0,00

Dotación provisión insolvencia año 2009

45.608,70

0,00

Total provisión insolvencia clientes año 2009

89.982,21

45.057,47

El Consejo de Administración celebrado el 14 de diciembre de 2009, en virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 40 de la ley 27/1992 de 24 de noviembre de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, modificada por la ley 62/1997 de 26 de diciembre y por la ley 48/2003 de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, aprueba el saneamiento de saldos deudores propuestos, que por su antigüedad y habiéndose efectuado todas las gestiones pertinentes para su cobro, ha sido imposible la realización de los mismos, catalogándolos como clientes incobrables.

Los correspondientes saldos estaban totalmente provisionados y se refieren a precios privados, no pudiéndose ejecutar en vía de apremio.

Hacer mención de la renovación del convenio de recaudación ejecutiva suscrito entre la Autoridad Portuaria de Castellón y la Agencia Estatal de Administración Tributaria que se firmó el 16 de febrero de 2009 y entró en vigor el 1 de julio de 2009, mediante el cual se delega a las agencias tributarias, la gestión derivada de la vía ejecutiva de las deudas no cobradas en periodo voluntario de pago, y que sustituye al que se firmó el 5 de mayo de 1993.

● Deudores varios: En esta rúbrica del balance de situación se registra la periodificación de los derivados de cobertura y los préstamos al personal a corto plazo.

● Administraciones públicas, subvenciones pendientes de cobro: En esta rúbrica se recoge la deuda de las subvenciones de capital devengada (una vez emitidas las certificaciones) y que se detalla a continuación:

Euros

2009

2008

Subvención muelle de costa

0,00

70.199,00

Subvención lonja castellón

101.592,43

0,00

Subvención renovación acceso ferroviario

1.481.566,45

347.282,03

Subvención feder 07/13 prolongación dique este

(211.725,07)

211.725,07

Subvención feder 07/13 dragado canal de entrada

3.893.713,91

0,00

Total

5.265.147,72

629.206,10

● Administraciones públicas: El detalle de esta rúbrica es el siguiente:

Euros

2009

2008

Hacienda pública deudora por IVA

371.488,22

1.655.880,96

Hacienda pública IVA soportado

446.124,66

–206.882,06

Hacienda pública retenciones y pagos a cuenta

2.784.807,71

950.275,87

Organismos Seguridad Social, deudores

21.814,33

0,00

Total

3.624.234,92

2.399.274,77

La partida «hacienda pública rentenciones y pagos a cuenta» del ejercicio 2009 corresponde al IVA de las certificaciones de obras emitidas, pendientes de pago, y que corresponde a proyectos no finalizados y por lo tanto no recepcionados.

8.3 Información sobre naturaleza y nivel de riesgo de los instrumentos financieros. La gestión de los riesgos financieros de la Autoridad Portuaria está centralizada en la dirección financiera, la cual tiene establecidos los mecanismos necesarios para controlar la exposición a las variaciones en los tipos de interés y tipos de cambio, así como a los riesgos de crédito y liquidez. A continuación se indican los principales riesgos financieros que impactan a la Autoridad Portuaria:

a) Riesgo de crédito: con carácter general la Autoridad Portuaria mantiene su tesorería y activos líquidos equivalentes en entidades financieras de elevado nivel crediticio. Adicionalmente, hay que indicar que no existe una concentración significativa del riesgo de crédito con terceros.

b) Riesgo de liquidez: con el fin de asegurar la liquidez y poder atender todos los compromisos de pago que se derivan de su actividad, la Autoridad Portuaria dispone de la tesorería que muestra su balance, así como de las líneas crediticias y de financiación que se detallan en la nota 13.2.

c) Riesgo de mercado (incluye tipo de interés, tipo de cambio y otros riesgos de precio): tanto la tesorería como la deuda financiera de la Autoridad Portuaria, están expuestas al riesgo de tipo de interés, el cual podría tener un efecto adverso en los resultados financieros y en los flujos de caja. Por ello, la Autoridad Portuaria sigue la política de contratar derivados de cobertura sobre el 100% de su deuda financiera (exceptuando las líneas de financiación a corto plazo) con el objetivo de fijar un tope máximo a los tipos de interés que paga por dichas operaciones.

9. Instrumentos financieros derivados.

La Autoridad Portuaria utiliza instrumentos financieros derivados para cubrir los riesgos a los que se encuentran expuestas sus actividades, operaciones y flujos de efectivo futuros. En el marco de dichas operaciones la Autoridad Portuaria ha contratado determinados instrumentos financieros de cobertura según el siguiente detalle:

● En noviembre de 2005 firmó una cobertura de los tipos de interés con Caja Madrid para cubrir el préstamo formalizado con ésta misma entidad (véase nota 13.1) con las condiciones que se detallan a continuación, basadas en un producto llamado «coser swap con collar» (flotante protegido), que recoge dos ventajas fundamentales: por un lado se beneficia de posibles bajadas del tipo de interés y por otro, limita las subidas de tipos de interés.

Condiciones:

 

 

Desde

12/12/2005

12/12/2010

Hasta

12/12/2010

12/12/2018

Tipo mínimo

2,10%

3,50%

Tipo máximo

4,25%

5,00%

El nocional de este derivado se ajusta conforme se realizan amortizaciones de la operación de endeudamiento que cubre.

● En octubre de 2007, se procedió a formalizar una cobertura de los tipos de interés con Caixa Catalunya, para proteger el préstamo que se mantiene con dicha entidad (véase nota 13.1), siendo el producto contratado un tipo SWAP referenciado al euribor 6M con barrera desactivante, con las ventajas similares a la cobertura anteriormente citada y con las condiciones que detallamos a continuación:

Condiciones:

 

Desde

27/02/2007

Hasta

27/02/2017

Tipo mínimo

4,31%

Barrera desactivante

5,30%

El nocional de este derivado se ajusta conforme se realizan amortizaciones de la operación de endeudamiento que cubre.

La Autoridad Portuaria ha cumplido con los requisitos detallados en la nota 4.d) sobre normas de valoración para poder clasificar los instrumentos financieros que se detallan abajo como cobertura. En concreto, han sido designados formalmente como tales, y se ha verificado que la cobertura resulta eficaz. Ambas coberturas se califican como cobertura de flujos de efectivo.

10. Fondos propios.

El detalle e importe de esta partida del pasivo del balance de situación es el siguiente:

Euros

2009

2008

Fondos propios

100.487.597,86

97.850.891,77

Patrimonio

59.694.407,78

59.694.407,78

Reservas por resultados acumulados

40.506.299,28

35.762.298,72

Reservas por primera aplicación

(2.349.815,29)

(2.349.815,29)

Pérdidas y ganancias

2.636.706,09

4.744.000,56

11. Subvenciones, donaciones y legados.

El detalle de este epígrafe del balance de situación adjunto es el siguiente:

2009 (euros)

 

2009

2008

Subvenciones, donaciones y legados recibidos

50.522.310,12

46.175.096,27

Subvenciones oficiales

49.692.841,78

45.287.457,42

Otras subvenciones

829.468,34

887.638,85

11.1 Subvenciones oficiales. El detalle de las subvenciones oficiales de capital al cierre del ejercicio 2009 es el siguiente:

2009 (euros)

 

Importe devengado

Traspaso a resultados

Saldo

Programa 1994 - 1999 (FEDER)

0,00

113.129,52

4.402.623,52

Subvención (IFOP)

0,00

897,78

0,00

Programa 2000 - 2006 (FEDER)

0,00

351.043,68

22.541.367,04

Subvención (CIT)

1.418.571,86

225.926,45

4.432.838,52

Fondos cohesión

0,00

222.938,16

13.766.021,04

Programa 2007- 2013 (FEDER)

3.900.748,09

0,00

4.549.991,66

Total

5.319.319,95

913.935,59

49.692.841,78

Estas subvenciones se enmarcan dentro de diversos programas operativos coordinados por el Organismo Público Puertos del Estado. El destino de las subvenciones de la Autoridad Portuaria de Castellón es la financiación de las siguientes obras:

● Prolongación del dique de levante y demolición parcial del dique de poniente (FEDER 94-99).

● Adecuación de la lonja del puerto pesquero de Castellón (100% IFOP).

● Nuevo dique, muelle polivalente y dragado del canal de entrada del puerto de Castellón (50% FEDER 00-06).

● Remodelación del puerto pesquero del puerto de Castellón (100% CIT).

● Muelle de costa (70% CIT).

● Lonja de Castellón (Consellería de Agricultura y Pesca 73,23%).

● Renovación acceso ferroviario (50% CIT).

● Dársena sur 1.ª fase (49,41% COHESION).

● Dragado canal de entrada y de la dársena sur del puerto de Castellón (FEDER 2007-2013).

La Autoridad Portuaria de Castellón ha cumplido todas las condiciones asociadas a estas subvenciones, no existiendo litigio alguno relacionado con las mismas.

En el cuadro 6 del anexo aparece el movimiento del ejercicio 2009 de esta rúbrica del balance de situación adjunto.

11.2 Otras subvenciones. En esta rúbrica se registran dos donaciones de obras de arte; una escultura sita en el muelle de costa «Niños saltando» por 45.900,51 euros y una acuarela de Tasio «Marina del puerto» por 2.250,40 euros.

Adicionalmente, al 31 de diciembre de 2009 existe un importe de 781.317,43 euros registrados en esta rúbrica correspondientes a activos recibidos por la reversión de diferentes concesiones. Durante el ejercicio 2009 se ha imputado a resultados un total de 58.170,51 euros procedentes de esta rúbrica.

12. Provisiones a largo plazo.

A 31 de diciembre de 2009 existe una provisión para responsabilidades civiles de la Autoridad Portuaria de Castellón por importe de 26.752,00 euros. Esta provisión se ha estimado en base a un dictamen jurídico sobre los litigios en curso al cierre del ejercicio 2009.

A raíz de la publicación de varias sentencias del Tribunal Constitucional que declaran la inconstitucionalidad de varios apartados de la Ley 55/1999, y siguiendo instrucciones contables emitidas por el Organismo Público Puertos del Estado, esta Autoridad Portuaria ha procedido a dotar 584.249,14 euros de importes principales de facturas recurridas por este concepto y 151.188,42 euros por los intereses de demora correspondientes a estas facturas.

En el cuadro n.º 7, adjunto en el anexo, se detalla el movimiento que ha tenido este epígrafe durante el año 2009.

13. Deudas (largo y corto plazo).

13.1 Pasivos financieros a largo plazo. La composición de esta partida en el balance de situación ha sido la siguiente:

Euros

2009

2008

Acreedores a largo plazo

64.098.893,31

43.729.166,75

Deudas con entidades de crédito

58.942.103,75

43.333.165,28

Proveedores de inmovilizado a largo plazo

4.931.339,45

0,00

Otros acreedores

225.450,11

396.001,47

Periodificaciones a largo plazo

8.160.462,22

8.452.777,18

● Deudas con entidades de crédito: El detalle por vencimientos de las partidas que conforman esta rúbrica es el siguiente:

Préstamos

2010

2011

2012

2013

2014 y siguientes

Total

Caja Madrid

2.257.094,14

2.284.082,73

2.305.326,29

2.329.827,50

12.022.867,23

21.199.197,89

Caixa Catalunya

0,00

0,00

2.047.997,47

2.137.238,96

20.814.763,57

25.000.000,00

La Caixa

0,00

0,00

0,00

0,00

20.000.000,00

20.000.000,00

Total

2.257.094,14

2.284.082,73

4.353.323,76

4.467.066,46

52.837.630,80

66.199.197,89

El vencimiento correspondiente al ejercicio 2010 está registrado dentro del epígrafe «deudas a corto plazo».

El préstamo con La Caixa, a 31/12/09 tiene un saldo disponible de 5.000.000 euros, que se dispondrán a lo largo del 2010.

La Autoridad Portuaria de Castellón tiene cubierto el riesgo de tipo de interés de los préstamos formalizados con Caja Madrid y Caixa Catalunya (véase nota 9).

● Proveedores de inmovilizado a largo plazo. El importe que aparece en esta partida, corresponde a las certificaciones emitidas cuyos vencimientos de pago se producirán en el 2011, según la cláusula económica especificada en el contrato firmado entre la Autoridad Portuaria de Castellón y el contratista.

Al ser deudas a largo plazo, obedeciendo a las directrices del Nuevo Plan General de Contablilidad, según la NRV 9.ª «instrumentos financieros», en su apartado 3.1.1 (para débitos y partidas a pagar») dispone que estos pasivos financieros se valoren inicialmente por su valor razonable, lo cual implica descontar los flujos de efectivo futuros estimados «a un tipo de descuento adecuado». En este caso, el tipo de descuento utilizado, basándonos en un activo financiero sin riesgo, ha sido el de las letras del tesoro a 12 meses (0,88%), y para ello se utilizó el publicado en el Banco de España en diciembre de 2009.

El importe total resultante al aplicar la tasa de descuento ha sido de 56.208,86 euros, de los cuales 51.808,16 corresponden a la actualización de la deuda contraída con el proyecto «prolongación dique de cierre» y 4.400,70 euros correspondientes al proyecto «dragado canal de entrada dársena sur», (se refleja en el anexo a del cuadro 2).

● Otros acreedores: El desglose del saldo de este epígrafe es el siguiente:

Euros

2009

2008

Fianzas, depósitos y garantías recibidas a largo plazo

225.450,11

215.088,08

Otras deudas

0,00

180.913,39

Total

225.450,11

396.001,47

● Periodificaciones a largo plazo: En esta rúbrica está registrado el importe correspondiente a las obras asociadas al concurso público para la construcción y explotación de una planta de biodiesel en la dársena sur del puerto de Castellón, y que fueron cedidas a la Autoridad Portuaria como mejora de la concesión. Este importe se traspasa a resultados del ejercicio, como un importe adicional a la tasa de ocupación, durante el periodo de otorgamiento de dicha concesión, que corresponde a 30 años, a contar desde finales de noviembre de 2007, fecha en la que se procedió a dar de alta en el inventario de inmovilizado de la Autoridad Portuaria de Castellón el correspondiente activo, en la partida de «diques y obras de abrigo», por un importe de 8.769.451,72 euros (véase nota 4-J).

El importe periodificado durante el ejercicio 2009 ha ascendido a 292.314,96 euros.

En el cuadro n.º 8, del anexo, se detalla el movimiento que han tenido las cuentas recogidas en este epígrafe durante el año 2009.

13.2 Pasivos financieros a corto plazo. El desglose de este epígrafe del pasivo corriente del balance de situación al 31 de diciembre de 2009 es el siguiente:

Euros

2009

2008

Deudas a corto plazo

31.003.829,05

22.201.252,56

Deudas con entidades de crédito

12.174.081,46

14.872.188,26

Proveedores de inmovilizado a corto plazo

18.941.954,57

7.325.577,79

Otros pasivos financieros

(112.206,98)

3.486,51

Deudas con empresas del grupo y asociadas

0,00

7.755,51

Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar

2.054.274,33

3.402.338,20

Acreedores y otras cuentas a pagar

1.909.549,16

3.123.023,01

Deudas con administraciones públicas

144.725,17

279.315,19

● Deudas con entidades de crédito. El importe registrado en esta rúbrica, corresponde al importe dispuesto de las pólizas de crédito que la Autoridad Portuaria de Castellón ha negociado con distintas entidades de crédito, así como al importe a corto plazo de una deuda bancaria a largo plazo (véase nota 13.1).

Al 31 de diciembre de 2009 la Autoridad Portuaria de Castellón tenía un importe disponible de 4.515.412,68 euros en diversas pólizas de crédito.

● Deudas con administraciones públicas: el desglose de esta rúbrica es el siguiente:

Euros

2009

2008

Hacienda pública acreedora por IRPF

87.992,38

83.737,09

Organismos de Seguridad Social acreedores

31.336,86

108.773,64

Hacienda pública acreedora por IVA

0,00

47.651,61

Muface y derechos pasivos

46,34

148,60

Hacienda pública IVA repercutido

25.349,59

39.004,25

Total

144.725,17

279.315,19

14. Situación fiscal.

14.1 Impuesto sobre sociedades. La Ley de 24/2001, de 27 de diciembre, medidas fiscales, administrativas y del orden social para 2002, incluyó entre sus disposiciones la que considera a las autoridades portuarias como entidades parcialmente exentas del impuesto sobre sociedades e introdujo las siguientes modificaciones:

● Las autoridades portuarias son declaradas organismos parcialmente exentos del impuesto sobre sociedades, tributando en el mismo, por las tarifas por servicios no asociados a la utilización del dominio público portuario, así como los ingresos accesorios a la explotación.

● El tipo impositivo a aplicar es del 25%.

● Durante el año 2009 en relación con el impuesto de sociedades, la Autoridad Portuaria de Castellón ha realizado las siguientes actuaciones:

Se han presentado los tres pagos a cuenta del ejercicio 2009.

La liquidación definitiva del impuesto correspondiente al 2008.

El cálculo de los pagos a cuenta se ha efectuado conforme a las normas generales del Impuesto para entidades parcialmente exentas

La conciliación entre el resultado contable y la base imponible de impuesto sobre sociedades es la siguiente:

 

Aumentos

Disminuciones

Total

Resultado contable antes de impuestos

 

 

2.636.706,09

Diferencias permanentes - ingresos exentos

 

(21.220.014,93)

(21.220.014,93)

Gastos no relacionados con ingresos sujetos

16.962.898,57

 

16.962.898,57

Base imponible fiscal

 

 

(1.620.410,27)

Al cierre del ejercicio 2009, el vencimiento de las bases imponibles negativas no registradas en el balance de situación adjunto era el siguiente:

Bases imponibles negativas

Importe

Vencimiento

Año 2001

1.543.655,29

2016

Año 2002

369.990,39

2017

Año 2004

517.273,49

2019

Año 2005

157.029,45

2020

Año 2006

57.398,20

2021

Año 2007

735.900,23

2022

Año 2008

1.587.385,67

2023

Año 2009

1.620.410,27

2024

Total

6.589.042,99

 

Según establece la legislación vigente, los impuestos no pueden considerarse definitivamente liquidados hasta que las declaraciones presentadas hayan sido inspeccionadas por las autoridades fiscales o haya transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años. Al cierre del ejercicio 2009 la Autoridad Portuaria tiene abiertos a inspección los ejercicios 2005 y siguientes del Impuesto sobre Sociedades y los ejercicios 2005 y siguientes para los demás impuestos que le son de aplicación. El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria considera que se han practicado adecuadamente las liquidaciones de los mencionados impuestos, por lo que, aún en caso de que surgieran discrepancias en la interpretación normativa vigente por el tratamiento fiscal otorgado a las operaciones, los eventuales pasivos resultantes, en caso de materializarse, no afectarían de manera significativa a las cuentas anuales adjuntas.

14.2 Operaciones vinculadas en el ámbito del impuesto de sociedades. Según el artículo 16.3 de la ley de impuesto de sociedades se debe relacionar, a partir del 19 de febrero de 2009, en el modelo 200 del impuesto de Sociedades anual aquellas operaciones vinculadas a la Autoridad Portuaria de Castellón que se originen por las transacciones entre organismos, fundaciones, empresas, asociaciones o personas físicas relacionadas directa o indirectamente con la Autoridad Portuaria de Castellón.

La Autoridad Portuaria de Castellón, tendrá en cuenta esta nueva obligación tributaria, cuando presente el modelo 200 correspondiente al ejercicio 2009, en julio de 2010.

A su vez, el documento que referencia las relaciones desde el 2009 entre la Autoridad Portuaria y sus vinculados, estará disponible en las oficinas de la Autoridad Portuaria de Castellón para su consulta.

15. Ingresos y gastos.

15.1 Ingresos de explotación.

15.1.1 Importe neto cifra negocio. La Autoridad Portuaria de Castellón obtiene ingresos a través de dos fuentes principalmente, que son:

a) Tasas portuarias: que vienen recogidas en la ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y prestación de servicios de los puertos de interés general, en su capítulo IV, artículos 14 hasta 30 (ambos inclusive), dónde dice «son tasas portuarias, aquellas exigidas por la utilización privativa y aprovechamiento especial de dominio público portuario y por la prestación de servicios no comerciales por las autoridades portuarias...»

b) Tarifas por servicios comerciales prestados por las autoridades portuarias: recogidas en la ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y prestación de servicios de los puertos de interés general, en su capítulo v, artículos 31 hasta 35 (ambos inclusive), donde dice «Las autoridades portuarias exigirán por los servicios comerciales que se presten en régimen de concurrencia el pago de las correspondientes tarifas. Estas tarifas tendrán el carácter de precios privados y deberán contribuir a lograr el objetivo de autofinanciación, evitar prácticas abusivas en relación con los tráficos cautivos, así como actuaciones discriminatorias y otras análogas. Estas tarifas no podrán ser inferiores al coste del servicio y deberán atender al cumplimiento de los objetivos fijados en el plan de empresa». «El Consejo de Administración de cada autoridad portuaria aprobará libremente sus tarifas».

El Consejo de Administración celebrado en sesión ordinaria el día 15 de diciembre de 2008, aprobó el informe del director de la Autoridad Portuaria relativo a «aprobación bonificaciones comerciales año 2009» en el que se propone, en base al artículo 27.3 de la ley 48/2003 de 26 de noviembre, que el porcentaje para la aplicación de las bonificaciones comerciales para el presente año 2009, sea del 10% sobre la recaudación media conjunta por las tasas al buque, al pasaje y a la mercancía de los dos últimos ejercicios.

El mismo Consejo de Administración, celebrado el 15 de diciembre de 2008, en aplicación del artículo 26 de la ley 48/2003 de 26 de noviembre, acuerda la aplicación del un coeficiente corrector del 1 para aplicar a las tasas del buque y de la mercancía para el año 2009.

La rentabilidad de explotación de la Autoridad Portuaria de Castellón para determinar el coeficiente corrector aplicado en el 2009, se obtuvo de la media calculada sobre la rentabilidad anual de los dos ejercicios anteriores cerrados y que resultó ser del 5,58%.

Tanto las bonificaciones comerciales como el coeficiente corrector aplicables para el ejercicio 2009, fueron previamente aprobados, en el plan de empresa celebrado en el Organismo Público Puertos del Estado, el 26 de mayo de 2008.

La actualización de las cuantías de las tasas aplicada durante el 2009, está definida en la siguiente legislación:

a) Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del estado para el año 2009.

b) Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general.

c) Orden FOM/3690/2007, de 10 de diciembre, por la que se aprueba la valoración de terrenos y lámina de agua de la zona de servicio del puerto de Castellón.

La distribución del «importe neto de la cifra de negocio» del ejercicio 2009 ha sido el siguiente:

 

2009

2008

Importe neto de la cifra de negocios

19.227.794,08

19.683.009,04

A. Tasas portuarias

16.427.961,24

17.700.551,95

a) Tasa por ocupación privativa del dominio público portuario

5.489.892,31

4.823.501,97

b) Tasas por utilización especial de las instalaciones portuarias

7.836.525,75

9.220.970,13

1. Tasa de buque

2.453.120,62

3.160.307,57

2. Tasa de embarcaciones deportivas y de recreo

116.471,23

109.824,94

3. Tasa del pasaje

546,95

453,77

4. Tasa de la mercancía

5.107.173,25

5.805.760,18

5. Tasa de la pesca fresca

159.213,70

144.623,67

c) Tasa por aprovechamiento especial del dominio público portuario

2.987.943,75

2.527.692,96

d) Tasas por servicios no comerciales

113.599,43

1.128.386,89

B. Otros ingresos de negocio

2.799.832,84

1.982.457,09

a) Importes adicionales a las tasas

2.379.332,45

1.408.168,78

b) Tarifas y otros

420.500,39

574.288,31

15.1.2 Otros ingresos de explotación. El detalle de «otros ingresos de explotación» es el siguiente:

 

2009

2008

Otros Ingresos de explotación

932.795,37

907.164,34

a) Ingresos accesorios y otros de gestión corriente

169.756,86

282.083,67

b) Subvenciones de explotación incorporadas al resultado del ejercicio

27.868,00

22.910,16

c) Ingresos traspasados al resultado por concesiones revertidas

58.170,51

58.170,51

d) Fondo de compensación interportuario recibido

677.000,00

544.000,00

15.1.3 Imputación de subvenciones de inmovilizado no financiero y otras. La partida «imputación de subvenciones de inmovilizado no financiero y otras» ha ascendido en el ejercicio a 913.935,59 euros, se puede observar con mayor detalle en el cuadro nº 6.

15.2 Gastos de explotación.

15.2.1 Gastos de personal. La composición de la partida «Gastos de personal» en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2009 es la siguiente:

 

2009

2008

Gastos de personal

5.140.569,35

4.900.013,72

a) Sueldos, salarios y asimilados

3.856.077,86

3.578.855,38

b) Indeminizaciones

1.355,42

0,00

c) Cargas sociales

1.283.136,07

1.058.003,49

d) Provisiones

0,00

263.154,85

El número medio de personal empleado en la Autoridad Portuaria de Castellón en el ejercicio 2009, clasificado por categorías se refleja en el siguiente detalle:

 

2009

2008

Personal fuera de convenio

20

20

Presidencia

1

1

Alta dirección

1

1

Jefe de departamento técnico

2

1

Jefe de departamento

5

6

Jefe de división

5

5

Jefe de unidad

6

5

Secretaria de presidencia

0

1

Personal dentro de convenio

92

86

Grupo II banda I

13

13

Grupo II banda II

17

15

Grupo III banda I

8

8

Grupo III banda II

52

49

Grupo III banda III

2

1

Personal eventual

16

14

Total

128

120

En la rúbrica «sueldos, salarios y asimilados» encontramos también «otros gastos de personal» durante el ejercicio 2009 cuyo detalle es el siguiente:

 

2009

2008

Otros gastos de personal

212.293,87

263.154,85

a) Aportación a sistemas complementarios de Pensiones

53.884,29

48.263,88

b) Formación al personal

35.594,57

32.233,25

c) Otros gastos sociales

122.815,01

182.657,72

La Autoridad Portuaria de Castellón autorizó la constitución de un fondo de pensiones de aportación definida en su Consejo de Administración del 5 de diciembre de 1997 a propuesta del jefe del departamento económico financiero, configurado como un institución de previsión de carácter privado, voluntario y complementario para todo el personal de la APC con al menos un año de antigüedad, teniendo en cuenta el artículo 49 del I convenio colectivo de puertos del estado y autoridades portuarias, y según lo establecido en el acta de la comisión de seguimiento y control del plan de jubilaciones anticipadas celebradas los días 9 y 17 de octubre de 1996 y de conformidad con el acta de la comisión paritaria de fecha 25 de mayo de 1997.

En virtud de dicho acuerdo, la Autoridad Portuaria de Castellón se compromete a realizar una aportación anual global fijada en los presupuestos del año. El reparto de esta aportación entre los empleados acogidos a este régimen se realiza atendiendo a la edad del partícipe, la antigüedad del mismo y el salario base anual del ejercicio anterior. Por su parte los empleados que se acojan a este plan deberán realizar una aportación mínima anual de un 25% de lo realizado por la Autoridad Portuaria de Castellón. En el caso de que no se cumpliera este porcentaje mínimo se ajustaría la aportación realizada por la Autoridad Portuaria de Castellón. El gasto registrado por este concepto durante el ejercicio 2009 ha ascendido a 53.884,29 euros.

15.2.2 Otros gastos explotación. El detalle del epígrafe «otros gastos de explotación» es el siguiente:

 

2009

2008

Otros gastos de explotación (euros)

4.643.499,49

4.483.995,92

a) Servicios exteriores

2.402.392,63

2.431.606,54

1. Reparaciones y conservación

257.321,81

267.187,64

2. Servicios profesionales independientes

440.358,71

481.485,11

3. Suministros y consumos

586.070,24

540.959,58

4. Otros servicios exteriores

1.118.641,87

1.141.974,21

b) Tributos

252.412,94

206.906,80

c) Pérdidas, deterioro y variaciones de provisiones por operaciones comerciales

46.406,12

-5.314,36

d) Otros gastos de gestión corriente

673.265,72

681.482,43

e) Aportación a puertos del estado art. 11.1.b) ley 48/2003

708.022,08

649.314,51

f) Fondo de compensación interportuario aportado

561.000,00

520.000,00

La aportación a puertos del estado viene recogida en el capítulo II de la ley 48/2003 en su artículo 11.1.b) que cita «el cuatro por ciento de los ingresos devengados por las autoridades portuarias en concepto de tasas, que tendrá la consideración de gasto de explotación para éstas y se liquidará con periodicidad trimestral...».

15.2.3 Amortizaciones del inmovilizado. Las amortizaciones del Inmovilizado correspondientes al año 2009 ascienden a 5.899.282,97 euros, cantidad se ha visto incrementada en un 24,21% respecto al ejercicio anterior debido a la incorporación al inmovilizado de la dársena sur. Véase cuadros adjuntos nº 1, 2.3 y 3.1.

15.2.4 Otros resultados. La cuantía que figura en el apartado de «gastos excepcionales» está comentada en la nota nº 12 de la memoria.

15.3 Gastos e ingresos financieros. El detalle de este epígrafe de la cuenta de resultados del ejercicio 2009 está recogido en el cuadro 13 del anexo.

Con la entrada en vigor del real decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica, queda modificado a partir del 1 de abril el tipo de interés legal del dinero que pasa del 5,50 por cien al 4,00 por cien hasta el 31 de diciembre de 2009.

De la misma manera el interés de demora desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2009 fue del 7,00 por cien, pasando a ser del 5,00 por cien desde el 1 de abril hasta el 31 de diciembre.

16. Otra información.

Delegaciones en materia de recaudación: De acuerdo con la ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, el régimen sustantivo y las funciones orgánicas de la Autoridad Portuaria de Castellón en materia de tasas portuarias ha variado sustancialmente. Con el objeto de dotar de la necesaria agilidad, eficacia y operatividad a la tramitación de los respectivos expedientes, se propone al Consejo de Administración de esta entidad, el siguiente acuerdo y delegaciones en materia de recaudación de las tasas portuarias:

A) Las funciones relativas a la notificación de las liquidaciones y procedimiento de apremio, quedan delegadas en el jefe del área económico-financiera de la entidad, exceptuando del proceso de recaudación la concesión de aplazamientos/fraccionamientos en el pago de la deuda tributaria, que las ejercitará en virtud de la presente delegación, facultándole para que, a su vez, delegue el ejercicio total o parcial de las competencias, actuaciones y funciones delegadas en otros órganos o personas de la Autoridad Portuaria de Castellón.

B) La concesión de aplazamientos/fraccionamientos del pago en la fase de recaudación de las tasas y demás tributos quedan delegadas en el Presidente de la entidad que las ejercitará en virtud de la presente delegación, facultándole para que, a su vez, delegue el ejercicio total o parcial de las competencias, actuaciones y funciones delegadas en otros órganos o personas de la Autoridad Portuaria de Castellón.

Propuesta que fue aprobada por el Consejo de Administración celebrado el 28 de junio de 2005.

Ampliación del alcance de la certificación ISO 9001:2000: Durante el ejercicio 2009 se ha ampliado el alcance de la certificación ISO 9001:2000, que desde el año 2001 afectaba a uno de los procesos clave de la organización, el de «escala de buque». Tras pasar satisfactoriamente la auditoría realizada por Lloyd’s Register en julio de 2008, también el segundo proceso clave, la «tramitación administrativa del dominio público portuario» está incluido en el ámbito de dicha certificación.

SELLO + 500 según modelo EFQM: Durante el ejercicio 2009 la Autoridad Portuaria de Castellón dio un nuevo paso en el «camino hacia la gestión con calidad» y consiguió ser reconocida con el Sello +500, que es el máximo nivel que se puede conseguir según el prestigioso modelo de gestión EFQM (Fundación Europea para la gestión en calidad), la cuál está representada en España por el «club excelencia en gestión». Cabe reseñar que solamente hay una autoridad portuaria más que ostenta dicho galardón en España y que en la provincia de Castellón es la segunda organización en obtenerlo.

Nuevas normas de contratación: El sábado 24 de enero de 2009 se publicó en el BOE la Orden FOM/4003/2008, de 22 de julio, por la que se aprueban las normas y reglas generales de los procedimientos de contratación de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, entrando en vigor al día siguiente de su publicación. Esta orden deroga la anterior orden FOM/4247/2006, de 28 de diciembre. Es de aplicación para los contratos de obras, servicios y suministros que celebre la autoridad portuaria.

El Consejo de Administración de fecha 11 de mayo de 2009 aprobó los pliegos de condiciones tipo para la contratación de obras, servicios y suministros por el procedimiento negociado.

Los pliegos de condiciones tipo por el procedimiento abierto de obras, servicios y suministros fueron aprobados por el consejo de administración de 19 de octubre de 2009.

Perfil del contratante: Desde el mes de enero del 2009 contamos en la página web de la autoridad portuaria de Castellón con la sección de perfil de contratante, en la que se cuelga toda la información relativa a las licitaciones de los contratos de obras, servicios y suministros, tales como los anuncios de licitación, pliegos de condiciones…, con el fin de asegurar la transparencia y el acceso al público a la información relativa a la actividad contractual de la autoridad portuaria.

Plan de igualdad: Tras coger el compromiso a finales del año 2008 de implantar un plan de igualdad, la autoridad portuaria de Castellón durante el 2009 realizó un diagnóstico de su situación en dicha materia, mediante la intervención de una empresa consultora externa, y a raíz del mismo diseñó un plan conjunto, con el resto de autoridades portuarias del sistema portuario español que también están involucradas en dicho proyecto, para una vez se haya dado el visto bueno por los representantes de la parte social del sector, se proceda a la implantación de una serie de acciones positivas derivadas del diagnóstico. Queda pendiente para el año 2010 la puesta en marcha de estas acciones positivas de forma progresiva.

La implantación de la responsabilidad social corporativa en el puerto de Castellón: La responsabilidad social corporativa (RSC) se define como la integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en las operaciones comerciales y las relaciones con los interlocutores.

La autoridad portuaria de Castellón ha decidido implantar en el año 2009 la RSC con el objetivo de cumplir las siguientes metas:

● Dar una visión clara del impacto humano y ecológico de la APC.

● Proporcionar a las partes interesadas datos fiables que sean relevantes para sus necesidades e intereses.

● Proporcionar una herramienta de gestión que ayude a la organización a evaluar y a mejorar constantemente las actuaciones y progresos.

Así pues, las fases del proyecto serán:

● Diagnóstico de la situación actual

● Diseño de una estrategia, definiendo los propósitos válidos, recopilando y canalizando objetivos de RSC para materializarlos en un plan operativo de RSC rentable.

● Diseño del programa operativo de puesta en marcha de RSC.

● Plan de comunicación para generar difusión de RSC a través de distintos materiales promocionales.

El plan estratégico 2009-2011: PortCastelló apuesta por la diversificación y la dársena sur para relanzar el puerto a nivel internacional. El plan estratégico responde a la recesión con una revisión para los próximos dos años en la que ha participado toda la comunidad portuaria, expertos de la UJI y del sector cerámico.

El proyecto prevé integrar al puerto de Castellón en las cadenas logísticas globales y la diversificación de productos mediante la puesta en valor de la dársena sur. Dentro del paquete de acciones, se desarrollará un sistema cohesionado de promoción y comercialización a través de PortCastelló que incluye la constitución de un comité de desarrollo comercial y la creación de una herramienta de información de mercado.

PortCastelló reclama la mejora de conexiones por carretera y ferrocarril con la dársena sur para mejorar su competitividad de cara a los futuros concesionarios que busca captar.

PortCastelló ha presentó el 3 de febrero del 2010 la revisión del plan estratégico 2005-2010 actualizado para 2009-2011, aprobado el pasado lunes 25 de enero 2010 por el Consejo de Administración, con el que ha involucrado a toda la comunidad portuaria, el sector cerámico y expertos de la Universitat Jaume I para recuperar el ritmo de crecimiento comercial de la última década, sobre bases aún más sólidas y profundizando en la integración en la ciudad.

El plan estratégico 2009-2011 de PortCastelló se ha presentado como una hoja de ruta para que el puerto aproveche su amplia y moderna oferta de infraestructuras tras la apertura de la dársena sur con el objetivo de lograr la diversificación de tráficos, enfocando sus esfuerzos hacia los mercados más atractivos, y también para integrarlo en las redes logísticas globales. Contando, para ello, con la necesidad de mejora de las conexiones terrestres con la dársena.

La metodología que se ha llevado a cabo para elaborar el plan estratégico, con la colaboración de expertos de la Universitat Jaume I y R&MK, firma consultora ubicada en el Espaitec ha sido la constitución de tres grupos de trabajo en los que participaron directivos y representantes de toda la comunidad portuaria, así como exportadores e importadores cerámicos, a cuya aportación se sumaron diversas entrevistas personales.

Las principales conclusiones de los distintos análisis, grupos de trabajo y entrevistas fueron que el Puerto de Castellón ha de aprovechar a partir de ahora todo el potencial de sus instalaciones y medios, muy modernos, y de su gran oferta de infraestructuras tras la inauguración de la dársena sur. La proximidad con el clúster cerámico es una ventaja que ha de seguir aprovechando, pero superando su dependencia con la diversificación de tráficos hacia productos como el clínker, biodiesel o abonos.

Además, PortCastelló ha de utilizar las tecnologías de la información y la comunicación para cubrir todo su «foreland», que incluye mercados tan atractivos como China, Arabia Saudita, Argentina, México, Argelia, Brasil, Rusia o Mar Negro. Para ello, los operadores portuarios coordinarán sus acciones comerciales y, de puertas para afuera, se demandarán la finalización de las conexiones terrestres por carretera y ferrocarril con la dársena sur.

Dentro de las líneas estratégicas, cabe destacar la importancia de la dársena sur en el futuro del Puerto de Castellón. El plan estratégico contempla la búsqueda de concesionarios de la nueva terminal del puerto y, entre sus planes de acción, está crear una marca diferenciada para lanzar su posicionamiento comercial.

De hecho, el proyecto también está desarrollando un sistema cohesionado de promoción y comercialización, que incluye la creación de un comité de desarrollo comercial y de un sistema de información de mercado (SIM), con el objetivo de potenciar el negocio de la comunidad portuaria a nivel internacional, así como la creación de un nuevo portal web que mejore la proyección del Puerto de Castellón entre todos sus públicos. Precisamente, el sistema cohesionado de promoción y comercialización nace como respuesta a la nueva cultura colaborativa que el plan estratégico pretende difundir entre la comunidad portuaria.

Entre las líneas estratégicas del plan también destacan las acciones de integración de públicos y la responsabilidad social corporativa (RSC), creando un comité de calidad de la comunidad portuaria, otro del ciudadano y potenciando el comité de cruceros.

17. Acontecimientos posteriores al cierre.

Aprobación del coeficiente corrector año 2010: La rentabilidad de explotación de la Autoridad Portuaria de Castellón para determinar el coeficiente corrector aplicable en el 2010, se obtiene de la media calculada sobre la rentabilidad anual de los dos ejercicios anteriores cerrados y que resulta ser del 6,25%.

El Consejo de Administración celebrado el 14 de diciembre de 2009, en aplicación del artículo 26 de la Ley 48/2003 de 26 de noviembre, acuerda la aplicación del coeficiente corrector de 1 para aplicar a las tasas del buque y de la mercancía para el año 2010.

Bonificaciones comerciales año 2010: El Consejo de Administración celebrado en sesión ordinaria el día 14 de diciembre de 2009, aprobó el informe del director de la Autoridad Portuaria relativo a «aprobación bonificaciones comerciales año 2010» en el que se propone, en base al artículo 27.3 de la ley 48/2003 de 26 de noviembre, que el porcentaje para la aplicación de las bonificaciones comerciales para el próximo año 2010, sea del 10% sobre la recaudación media conjunta por las tasas al buque, al pasaje y a la mercancía de los dos últimos ejercicios.

Tanto las bonificaciones comerciales como el coeficiente corrector aplicables para el ejercicio 2010, fueron previamente aprobados, en el plan de empresa celebrado en el Organismo Público Puertos del Estado, el 27 de mayo de 2009.

Incremento de la cuantía de tasas portuarias: La actualización de las cuantías de las tasas, a aplicar durante el próximo ejercicio 2010, está definida en la legislación mencionada en la nota 15 y en la ley 26/2009, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del estado para el año 2010.

Fondo de contingencia aprobado por el Consejo de Ministros para atender el pago de las sentencias judiciales firmes anulatorias de las liquidaciones de las tarifas portuarias

El Consejo de Ministros, del 16 de abril de 2010, ha autorizado la aplicación del fondo de contingencia, por un importe total de 90.566.930,73 euros para financiar un crédito extraordinario en el Ministerio de Fomento para el cumplimiento de las sentencias judiciales firmes anulatorias de las liquidaciones por tarifas portuarias practicadas por las autoridades portuarias de Barcelona, Málaga, Marín y Ría de Pontevedra, Tarragona y Valencia. La anulación de las liquidaciones por tarifas portuarias viene avalada por las sentencias del Tribunal Constitucional que en 2009 declaró inconstitucionales diversos artículos de las Leyes de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social de 1999 y 2000, estableciendo que las tarifas portuarias deben considerarse como prestaciones patrimoniales de carácter público. Igualmente, la Abogacía General del Estado ha manifestado que resulta contraria a la doctrina del Tribunal Constitucional la práctica de la refacturación y que las practicadas son nulas de pleno derecho.

Desde 1996 el Tribunal Superior de Justicia y la Audiencia Nacional habían venido estimando los recursos interpuestos contra las liquidaciones practicadas por las Autoridades Portuarias en concepto de tarifas portuarias por falta de cobertura legal, así como las liquidaciones emitidas en sustitución de las primeras al amparo de las Leyes de medidas fiscales, administrativas y del orden social. En el siguiente cuadro se detallan las aportaciones que se realizarán a las distintas Autoridades Portuarias afectadas por esta situación:

Autoridad portuaria

Importe en euros

Málaga

4.837.710,79

Marín y Ría de Pontevedra

1.458.213,37

Tarragona

53.859.784,91

Valencia

22.513.912,07

Barcelona

7.897.309,59

Total

90.566.930,73

18. Medidas medioambientales.

La Resolución número 6389 de 25 de marzo de 2002, del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas (ICAC), establece la obligación de informar en las cuentas anuales sobre las cuestiones relacionadas con la prevención, reducción y reparación del impacto medioambiental ocasionado por las actividades de la sociedad.

La Autoridad Portuaria de Castellón desarrolla su gestión medioambiental tutorizada por un comité medioambiental formado por personal de la empresa con tareas directivas en las principales áreas de actividad. Este comité lleva funcionando desde el año 2002 en el que se constituyó con la clara idea de implantar un sistema de gestión medioambiental (SGMA) en el Puerto de Castellón. Durante estos años, toda la labor medioambiental se ha canalizado a través de este grupo que está formado por personal de las áreas de conservación y mantenimiento y de operaciones portuarias. Sin embargo, desde el 2004, la Autoridad Portuaria cuenta con una división de Seguridad y Medio Ambiente y con personal dedicado exclusivamente a estas tareas, si bien ello no ha supuesto la desaparición de este Comité que sigue activo en la implantación del SGMA y la mejora continua de procesos más respetuosos con el entorno. En esta línea, la Autoridad Portuaria logró en el 2006 la implantación del P.E.R.S. (Port Enviromental Review System) que finalizó con la consecución de la certificación otorgada por la Fundación Ecoports y avalada por la auditoria de Lloyd´s Register y que ha supuesto la puesta en marcha de un sistema de gestión medioambiental en el puerto con el que se pretende prevenir y minimizar los posibles impactos negativos sobre el medio ambiente de nuestras actividades y servicios.

En esta línea, la gestión medioambiental de la Autoridad Portuaria de Castellón durante 2009 ha incidido en las guías básicas de nuestra política medioambiental con la culminación de algunos proyectos comenzados en años anteriores a la vez que ha representado el inicio de nuevas actividades encaminadas al desarrollo sostenible de nuestras infraestructuras y operaciones. Estas líneas básicas se despliegan en acciones tendentes a la mejora de la calidad del aire y del agua, la racionalización en el consumo de recursos naturales y energía, la prevención y minimización de emisiones y vertidos generados en la actividad portuaria, cumplimiento de los requisitos legales ambientales y la difusión de nuestras actividades mediante la redacción de memorias ambientales.

Dentro de la calidad del aire, la Autoridad Portuaria cuenta con dos medidores de partículas que controlan los valores de inmisión tanto de la zona norte como de las nuevas operaciones de la dársena sur. En cuanto a la calidad del agua, durante 2009 se han llevado a cabo la vigilancia y control operativo del estado de las masas de agua mediante indicadores químicos y ecológicos.

Las nuevas instalaciones portuarias ubicadas en la dársena sur han comenzado a operar y consolidarse durante el año 2009. Esta nueva zona portuaria creada al sur permite seguir alejando nuestras actividades de la zona urbana y crear espacios logísticos que no impidan el desarrollo lógico de las ciudades y el bienestar de los ciudadanos.

Durante 2009 hemos finalizado el plan de eliminación de PCB (policloruro de bifenilo) que comenzó en el 2006 con la identificación de todos los transformadores con aceites dieléctricos con PCB y su acopio para seguir con su posterior eliminación con gestor autorizado. De esta forma, se han eliminado todos los transformadores con PCB que existían en el Puerto de Castellón y se han sustituido por nuevos generadores.

La gestión de los residuos sigue siendo uno de los objetivos prioritarios en nuestra política medioambiental y durante el 2009 se ha construido un nuevo recinto de recepción de residuos sólidos inertes derivados de la actividad portuaria. Con ello se han ampliado a dos los centros ubicados en el muelle de la cerámica dando respuesta a las nuevas necesidades surgidas de la creación de nuevas empresas.

Estos esfuerzos y actuaciones, especialmente delicados en un momento de crisis como el actual, confirman nuestro compromiso con el desarrollo sostenible como eje de la gestión de la Autoridad Portuaria de Castellón.

Inmovilizado material e intangible: La Autoridad Portuaria de Castellón tiene las siguientes inversiones en inmovilizaciones intangibles y materiales relacionadas con la mejora del medio ambiente, con el siguiente detalle:

Concepto

Coste

Amortización acumulada

Neto

Construcciones

224.749,39

90.586,22

134.163,17

Equipos de procesos de información

552,50

82,89

469,61

Otro inmovilizado material

259.440,22

151.494,20

107.946,02

Total

484.742,11

242.163,31

242.578,80

Movimientos de las cuentas realizados en el presente ejercicio:

Concepto

Construcciones

Otro inmovilizado material

Equipos procesos información

Total

Coste:

 

 

 

 

Saldo inicial

191.480,18

259.440,22

0,00

450.920,40

Traspasos de inmovilizado en curso

33.269,21

0,00

552,50

33.821,71

Saldo final

224.749,39

259.440,22

552,50

484.742,11

Amortización acumulada:

 

 

 

 

Saldo inicial

79.421,79

115.900,77

0,00

195.322,56

Dotaciones

11.164,43

35.593,43

82,89

46.840,75

Saldo final

90.586,22

151.494,20

82,89

242.163,31

Total

134.163,17

107.946,02

469,61

242.578,80

Ventas, ingresos y bonificaciones relacionadas con el medioambiente: En la ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, queda regulado un nuevo ordenamiento legal del Sistema Portuario de Titularidad Estatal. Los aspectos ambientales dentro de esa ley son:

Se prevén bonificaciones, dentro del artículo 27, apartado 5 para incentivar mejores prácticas medioambientales, bonificaciones que se aplicarán a la tasa al buque.

Se regulan las actividades de recogidas de desechos generados por buques, y en su caso el almacenamiento, clasificación y tratamiento, y sus traslados a instalaciones de tratamiento autorizadas por la administración (artículo 87). Se regula el servicio de acuerdo con el contenido de la directiva 2000/59/CE, y se establece la tarifa fija, exigida por dicha directiva, que ha de exigir la Autoridad Portuaria a todo buque que haga escala en su puerto. Además se prevé el cobro de una tarifa por la no utilización del servicio que cobrará la Autoridad Portuaria.

Dentro del capítulo X del título IV de la ley, se regulan temas relativos al medio ambiente y la seguridad (artículos 129 al 132). Se regula la prevención y tratamiento de aquellas actuaciones que puedan tener efectos en el medio ambiente: vertidos, recepción de desechos. Los planes de emergencia y seguridad relacionados con las mercancías peligrosas. Elaborando cada autoridad portuaria su plan de emergencias interior y residuos procedentes tanto de buques como de las obras de dragado en los puertos.

Las bonificaciones a la tarifa del buque debido a la utilización del servicio de recogida de residuos Marpol por la Autoridad Portuaria de Castellón han sido las siguientes:

Año

Bonificaciones a la tarifa del buque (€)

Incremento (%)

Reclamaciones recibidas sobre el servicio

2004

3.990

 

0

2005

13.187

231

0

2006

28.607

117

0

2007

37.196

30

0

2008

56.994

53

4

2009

45.133

–21

0

Con respecto a las bonificaciones del artículo 27, apartado 5, de la citada ley, en el presente ejercicio ha ascendido a 45.133 euros.

La tarifa devengada por la no utilización de los servicios de recogida de desechos generados por buques, prevista en el artículo 87 de la citada Ley, en el 2009 ha ascendido a 107.897 euros.

Costes y gastos medioambientales: Los costes y gastos de la Autoridad Portuaria de Castellón en el ejercicio 2009 son los siguientes:

Costes y gastos medioambientales (euros)

 

2009

2008

Otros gastos de explotación

58.662,67

62.030,17

Servicios exteriores

58.662,67

62.030,17

Reparación y conservación

19.695,55

25.234,30

Servicios profesionales independientes

3.650,59

4.677,39

Otros servicios exteriores

35.316,53

32.118,48

Dietas y gastos de viaje

1.056,90

1.270,44

Otros

34.259,63

30.848,04

Gastos de personal

113.565,91

82.092,57

Sueldos y salarios

71.081,93

66.780,97

Seguridad social

41.236,34

14.310,19

Aportación planes de pensiones

1.247,64

504,78

Otros gastos de personal

0,00

496,63

Dotaciones a las amortizaciones

46.840,75

38.978,47

Total

219.069,33

183.101,21

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