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Documento BOE-A-2012-15460

Resolución de 17 de diciembre de 2012, del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, por la que se hacen públicas las características de seis nuevos Bonos a tipo de interés variable con vencimientos el 30 de noviembre de 2014, el 31 de mayo de 2015, el 30 de noviembre de 2015, el 31 de mayo de 2016, el 30 de noviembre de 2016 y el 31 de mayo de 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 21 de diciembre de 2012, páginas 87153 a 87162 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2012-15460

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, crea el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores (FFPP) como entidad pública de las incluidas en el artículo 2.1.g) de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar. El artículo 4.3 del Real Decreto-ley 7/2012 autoriza al Fondo a captar financiación en los mercados de capitales nacionales y extranjeros mediante, entre otros, la emisión de valores. Asimismo, el artículo 4.8 establece que las deudas y obligaciones que el Fondo contraiga para la captación de financiación gozarán frente a terceros de la garantía del Estado. Dicha garantía tiene el carácter de explícita, irrevocable, incondicional y directa. Por último, la disposición adicional primera extiende el régimen de la Deuda del Estado previsto en el Real Decreto 505/1987, de 3 de abril, por el que se dispone la creación de un Sistema de Anotaciones en Cuenta para la Deuda del Estado, a los valores de renta fija representados mediante anotaciones en cuenta que emita el Fondo.

Haciendo uso de la autorización recibida del Consejo Rector del FFPP en su reunión de 16 de mayo de 2012 por la que se autoriza la firma de un préstamo sindicado por importe máximo de 30.000 millones de euros, convertible en bonos a partir del 21 de diciembre de 2012, se procede a cancelar parte de dicho préstamo sindicado con cargo a la emisión de seis nuevos Bonos a tipo de interés variable con vencimientos el 30 de noviembre de 2014, el 31 de mayo de 2015, el 30 de noviembre de 2015, el 31 de mayo de 2016, el 30 de noviembre de 2016 y el 31 de mayo de 2017. La suscripción de estas referencias se realizará por aquellas entidades que han solicitado la amortización anticipada del préstamo sindicado mediante entrega de Bonos.

En virtud de lo anterior, se hacen públicas las características de seis nuevos bonos del FFPP:

1. Se dispone la emisión de seis nuevos Bonos a tipo de interés variable con vencimientos el 30 de noviembre de 2014, el 31 de mayo de 2015, el 30 de noviembre de 2015, el 31 de mayo de 2016, el 30 de noviembre de 2016 y el 31 de mayo de 2017. La suscripción de los valores que se emiten se efectuará a partir del 17 de diciembre de 2012 por aquellas entidades que han solicitado la amortización anticipada del préstamo sindicado mediante entrega de Bonos, y se cancelará simultáneamente parte del préstamo sindicado por un importe idéntico al de la emisión. Los Bonos que se emitan tendrán las características que se determinan en la presente Resolución.

2. Características de los Bonos del FFPP a tipo de interés variable, vencimiento el 30 de noviembre de 2014, que se emiten:

a) Denominación: Bonos FFPP int. variable, vto. 30-11-2014.

b) Naturaleza de los valores: Bonos simples no subordinados denominados en euros.

c) Emisor: Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores (FFPP), creado en virtud del Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, con domicilio en paseo de la Castellana, 162, 2.ª planta, 28046 Madrid.

d) Código ISIN: ES0302762002.

e) Importe nominal y forma de representación: 444.798.000 euros, constituidos por 444.798 valores, representados mediante anotaciones en cuenta, de 1.000 euros de valor nominal cada uno.

f) Garantía: La amortización de los valores y el pago de los intereses ordinarios de los bonos gozarán de la garantía del Estado. Dicha garantía tiene el carácter de explícita, irrevocable, incondicional y directa, según lo dispuesto en el artículo 4.8 del Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.

g) Fecha de emisión de los valores: 21 de diciembre de 2012.

h) Precio de emisión: 100 % de su valor nominal.

i) Forma de amortización: Única, al vencimiento.

j) Fecha de vencimiento: 30 de noviembre de 2014.

k) Precio de reembolso: A la par.

l) Tipo de interés: El tipo de interés nominal será variable determinado, para cada periodo, por el tipo de interés de referencia más un diferencial de 498 puntos básicos.

m) El tipo de interés de referencia para cada periodo será el tipo Euribor a tres meses hecho público a través de la página EURIBOR01 del sistema de Reuters (o cualquier otra página que sustituya o facilite la misma información) correspondiente al segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del periodo. En el caso en que, para un determinado período de interés, el tipo Euribor a tres meses no hubiera sido publicado por la publicación prevista en la frase anterior a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período, el tipo sustitutivo se determinará por el Consejo Rector del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores solicitando a cuatro bancos principales del mercado interbancario de la zona Euro que suministren una cotización del tipo al que ofrecen depósitos a tres meses en euros por un importe similar al del nominal de la emisión a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período de interés de que se trate. Si le fueren ofrecidas dos o más cotizaciones, el tipo sustitutivo será la media aritmética de dichas cotizaciones. Si no se obtuvieren al menos dos cotizaciones, el tipo sustitutivo aplicable al período será la media aritmética de los tipos ofrecidos para préstamos en euros, por un importe similar al del nominal de la emisión y por una duración de tres meses, por entidades de crédito de primer orden de la zona euro, elegidas por el Consejo Rector del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, aproximadamente a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período de interés de que se trate. Todos los porcentajes resultantes de los cálculos antes indicados serán redondeados al alza a la centésima de milésima más cercana de un punto porcentual.

n) El tipo de interés aplicable a cada periodo de devengo de intereses se determinará mediante Resolución del Consejo Rector del FFPP, que se comunicará al Mercado de Deuda Pública Anotada en el plazo máximo de un día a partir de su determinación.

o) Devengo de intereses: El primer período de devengo de intereses comenzará el 21 de diciembre de 2012 (incluido) y finalizará el 28 de febrero de 2013 (excluido), siendo esta última la fecha de pago. A partir del 28 de febrero de 2013, los Períodos de Interés tendrán una duración de tres (3) meses. Cada subsiguiente Período de Interés comenzará al día de terminación del Período de Interés inmediatamente anterior, que será, así, el día inicial del nuevo Período de Interés. No obstante, si cualquier fecha de pago de intereses coincidiera con un día que no fuese una fecha hábil de liquidación TARGET se pospondrá hasta la siguiente fecha hábil de liquidación TARGET, salvo que resultase ser un día del siguiente mes natural, en cuyo caso se adelantaría a la fecha de liquidación TARGET inmediatamente anterior.

p) Cálculo del importe de los intereses: El importe de los intereses de cada cupón se calculará de acuerdo con la siguiente expresión:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Donde «I» es el tipo de interés nominal aplicable al periodo y expresado en tanto por ciento, «N» es el nominal del Bono del Estado, y «D» es el número efectivo de días naturales del periodo de intereses, teniendo en cuenta la convención de días hábiles aplicables y la base elegida (ACTUAL/360). La cifra resultante se redondeará al céntimo más cercano para determinar el importe a pagar.

q) Negociación de los valores: Se ha solicitado la admisión a cotización de los valores en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.

r) Entidad encargada del registro contable: Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima (IBERCLEAR).

s) Lugar y agente de pagos: El servicio financiero de la emisión se atenderá a través del Banco de España, que actuará como entidad agente de pagos.

t) Legislación aplicable: Los valores y la presente emisión se regirán por la legislación española.

3. Características de los Bonos del FFPP a tipo de interés variable, vencimiento el 31 de mayo de 2015, que se emiten:

a) Denominación: Bonos FFPP int. variable, vto. 31-05-2015.

b) Naturaleza de los valores: Bonos simples no subordinados denominados en euros.

c) Emisor: Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores (FFPP), creado en virtud del Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, con domicilio en paseo de la Castellana, 162, 2.ª planta, 28046 Madrid.

d) Código ISIN: ES0302762010.

e) Importe nominal y forma de representación: 444.798.000 euros, constituidos por 444.798 valores, representados mediante anotaciones en cuenta, de 1.000 euros de valor nominal cada uno.

f) Garantía: La amortización de los valores y el pago de los intereses ordinarios de los bonos gozarán de la garantía del Estado. Dicha garantía tiene el carácter de explícita, irrevocable, incondicional y directa, según lo dispuesto en el artículo 4.8 del Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.

g) Fecha de emisión de los valores: 21 de diciembre de 2012.

h) Precio de emisión: 100 % de su valor nominal.

i) Forma de amortización: Única, al vencimiento.

j) Fecha de vencimiento: 31 de mayo de 2015.

k) Precio de reembolso: A la par.

l) Tipo de interés: El tipo de interés nominal será variable determinado, para cada periodo, por el tipo de interés de referencia más un diferencial de 498 puntos básicos.

m) El tipo de interés de referencia para cada periodo será el tipo Euribor a tres meses hecho público a través de la página EURIBOR01 del sistema de Reuters (o cualquier otra página que sustituya o facilite la misma información) correspondiente al segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del periodo. En el caso en que, para un determinado período de interés, el tipo Euribor a tres meses no hubiera sido publicado por la publicación prevista en la frase anterior a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período, el tipo sustitutivo se determinará por el Consejo Rector del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores solicitando a cuatro bancos principales del mercado interbancario de la zona Euro que suministren una cotización del tipo al que ofrecen depósitos a tres meses en euros por un importe similar al del nominal de la emisión a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período de interés de que se trate. Si le fueren ofrecidas dos o más cotizaciones, el tipo sustitutivo será la media aritmética de dichas cotizaciones. Si no se obtuvieren al menos dos cotizaciones, el tipo sustitutivo aplicable al período será la media aritmética de los tipos ofrecidos para préstamos en euros, por un importe similar al del nominal de la emisión y por una duración de tres meses, por entidades de crédito de primer orden de la zona euro, elegidas por el Consejo Rector del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, aproximadamente a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período de interés de que se trate. Todos los porcentajes resultantes de los cálculos antes indicados serán redondeados al alza a la centésima de milésima más cercana de un punto porcentual.

n) El tipo de interés aplicable a cada periodo de devengo de intereses se determinará mediante Resolución del Consejo Rector del FFPP, que se comunicará al Mercado de Deuda Pública Anotada en el plazo máximo de un día a partir de su determinación.

o) Devengo de intereses: El primer período de devengo de intereses comenzará el 21 de diciembre de 2012 (incluido) y finalizará el 28 de febrero de 2013 (excluido), siendo esta última la fecha de pago. A partir del 28 de febrero de 2013, los Períodos de Interés tendrán una duración de tres (3) meses. Cada subsiguiente Período de Interés comenzará al día de terminación del Período de Interés inmediatamente anterior, que será, así, el día inicial del nuevo Período de Interés. No obstante, si cualquier fecha de pago de intereses coincidiera con un día que no fuese una fecha hábil de liquidación TARGET se pospondrá hasta la siguiente fecha hábil de liquidación TARGET, salvo que resultase ser un día del siguiente mes natural, en cuyo caso se adelantaría a la fecha de liquidación TARGET inmediatamente anterior.

p) Cálculo del importe de los intereses: El importe de los intereses de cada cupón se calculará de acuerdo con la siguiente expresión:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Donde «I» es el tipo de interés nominal aplicable al periodo y expresado en tanto por ciento, «N» es el nominal del Bono del Estado, y «D» es el número efectivo de días naturales del periodo de intereses, teniendo en cuenta la convención de días hábiles aplicables y la base elegida (ACTUAL/360). La cifra resultante se redondeará al céntimo más cercano para determinar el importe a pagar.

q) Negociación de los valores: Se ha solicitado la admisión a cotización de los valores en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.

r) Entidad encargada del registro contable: Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima (IBERCLEAR).

s) Lugar y agente de pagos: El servicio financiero de la emisión se atenderá a través del Banco de España, que actuará como entidad agente de pagos.

t) Legislación aplicable: Los valores y la presente emisión se regirán por la legislación española.

4. Características de los Bonos del FFPP a tipo de interés variable, vencimiento el 30 de noviembre de 2015, que se emiten:

a) Denominación: Bonos FFPP int. variable, vto. 30-11-2015.

b) Naturaleza de los valores: Bonos simples no subordinados denominados en euros.

c) Emisor: Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores (FFPP), creado en virtud del Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, con domicilio en paseo de la Castellana, 162, 2.ª planta, 28046 Madrid.

d) Código ISIN: ES0302762028.

e) Importe nominal y forma de representación: 444.798.000 euros, constituidos por 444.798 valores, representados mediante anotaciones en cuenta, de 1.000 euros de valor nominal cada uno.

f) Garantía: La amortización de los valores y el pago de los intereses ordinarios de los bonos gozarán de la garantía del Estado. Dicha garantía tiene el carácter de explícita, irrevocable, incondicional y directa, según lo dispuesto en el artículo 4.8 del Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.

g) Fecha de emisión de los valores: 21 de diciembre de 2012.

h) Precio de emisión: 100 % de su valor nominal.

i) Forma de amortización: Única, al vencimiento.

j) Fecha de vencimiento: 30 de noviembre de 2015.

k) Precio de reembolso: A la par.

l) Tipo de interés: El tipo de interés nominal será variable determinado, para cada periodo, por el tipo de interés de referencia más un diferencial de 498 puntos básicos.

m) El tipo de interés de referencia para cada periodo será el tipo Euribor a tres meses hecho público a través de la página EURIBOR01 del sistema de Reuters (o cualquier otra página que sustituya o facilite la misma información) correspondiente al segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del periodo. En el caso en que, para un determinado período de interés, el tipo Euribor a tres meses no hubiera sido publicado por la publicación prevista en la frase anterior a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período, el tipo sustitutivo se determinará por el Consejo Rector del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores solicitando a cuatro bancos principales del mercado interbancario de la zona Euro que suministren una cotización del tipo al que ofrecen depósitos a tres meses en euros por un importe similar al del nominal de la emisión a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período de interés de que se trate. Si le fueren ofrecidas dos o más cotizaciones, el tipo sustitutivo será la media aritmética de dichas cotizaciones. Si no se obtuvieren al menos dos cotizaciones, el tipo sustitutivo aplicable al período será la media aritmética de los tipos ofrecidos para préstamos en euros, por un importe similar al del nominal de la emisión y por una duración de tres meses, por entidades de crédito de primer orden de la zona euro, elegidas por el Consejo Rector del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, aproximadamente a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período de interés de que se trate. Todos los porcentajes resultantes de los cálculos antes indicados serán redondeados al alza a la centésima de milésima más cercana de un punto porcentual.

n) El tipo de interés aplicable a cada periodo de devengo de intereses se determinará mediante Resolución del Consejo Rector del FFPP, que se comunicará al Mercado de Deuda Pública Anotada en el plazo máximo de un día a partir de su determinación.

o) Devengo de intereses: El primer período de devengo de intereses comenzará el 21 de diciembre de 2012 (incluido) y finalizará el 28 de febrero de 2013 (excluido), siendo esta última la fecha de pago. A partir del 28 de febrero de 2013, los Períodos de Interés tendrán una duración de tres (3) Meses. Cada subsiguiente Período de Interés comenzará al día de terminación del Período de Interés inmediatamente anterior, que será, así, el día inicial del nuevo Período de Interés. No obstante, si cualquier fecha de pago de intereses coincidiera con un día que no fuese una fecha hábil de liquidación TARGET se pospondrá hasta la siguiente fecha hábil de liquidación TARGET, salvo que resultase ser un día del siguiente mes natural, en cuyo caso se adelantaría a la fecha de liquidación TARGET inmediatamente anterior.

p) Cálculo del importe de los intereses: El importe de los intereses de cada cupón se calculará de acuerdo con la siguiente expresión:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Donde «I» es el tipo de interés nominal aplicable al periodo y expresado en tanto por ciento, «N» es el nominal del Bono del Estado, y «D» es el número efectivo de días naturales del periodo de intereses, teniendo en cuenta la convención de días hábiles aplicables y la base elegida (ACTUAL/360). La cifra resultante se redondeará al céntimo más cercano para determinar el importe a pagar.

q) Negociación de los valores: Se ha solicitado la admisión a cotización de los valores en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.

r) Entidad encargada del registro contable: Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima (IBERCLEAR).

s) Lugar y agente de pagos: El servicio financiero de la emisión se atenderá a través del Banco de España, que actuará como entidad agente de pagos.

t) Legislación aplicable: Los valores y la presente emisión se regirán por la legislación española.

5. Características de los Bonos del FFPP a tipo de interés variable, vencimiento el 31 de mayo de 2016, que se emiten.

a) Denominación: Bonos FFPP int. variable, vto. 31-05-2016.

b) Naturaleza de los valores: Bonos simples no subordinados denominados en euros.

c) Emisor: Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores (FFPP), creado en virtud del Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, con domicilio en paseo de la Castellana, 162, 2.ª planta, 28046 Madrid.

d) Código ISIN: ES0302762036.

e) Importe nominal y forma de representación: 444.798.000 euros, constituidos por 444.798 valores, representados mediante anotaciones en cuenta, de 1.000 euros de valor nominal cada uno.

f) Garantía: La amortización de los valores y el pago de los intereses ordinarios de los bonos gozarán de la garantía del Estado. Dicha garantía tiene el carácter de explícita, irrevocable, incondicional y directa, según lo dispuesto en el artículo 4.8 del Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.

g) Fecha de emisión de los valores: 21 de diciembre de 2012.

h) Precio de emisión: 100 % de su valor nominal.

i) Forma de amortización: Única, al vencimiento.

j) Fecha de vencimiento: 31 de mayo de 2016.

k) Precio de reembolso: A la par.

l) Tipo de interés: El tipo de interés nominal será variable determinado, para cada periodo, por el tipo de interés de referencia más un diferencial de 498 puntos básicos.

m) El tipo de interés de referencia para cada periodo será el tipo Euribor a tres meses hecho público a través de la página EURIBOR01 del sistema de Reuters (o cualquier otra página que sustituya o facilite la misma información) correspondiente al segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del periodo. En el caso en que, para un determinado período de interés, el tipo Euribor a tres meses no hubiera sido publicado por la publicación prevista en la frase anterior a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período, el tipo sustitutivo se determinará por el Consejo Rector del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores solicitando a cuatro bancos principales del mercado interbancario de la zona Euro que suministren una cotización del tipo al que ofrecen depósitos a tres meses en euros por un importe similar al del nominal de la emisión a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período de interés de que se trate. Si le fueren ofrecidas dos o más cotizaciones, el tipo sustitutivo será la media aritmética de dichas cotizaciones. Si no se obtuvieren al menos dos cotizaciones, el tipo sustitutivo aplicable al período será la media aritmética de los tipos ofrecidos para préstamos en euros, por un importe similar al del nominal de la emisión y por una duración de tres meses, por entidades de crédito de primer orden de la zona euro, elegidas por el Consejo Rector del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, aproximadamente a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período de interés de que se trate. Todos los porcentajes resultantes de los cálculos antes indicados serán redondeados al alza a la centésima de milésima más cercana de un punto porcentual.

n) El tipo de interés aplicable a cada periodo de devengo de intereses se determinará mediante Resolución del Consejo Rector del FFPP, que se comunicará al Mercado de Deuda Pública Anotada en el plazo máximo de un día a partir de su determinación.

o) Devengo de intereses: El primer período de devengo de intereses comenzará el 21 de diciembre de 2012 (incluido) y finalizará el 28 de febrero de 2013 (excluido), siendo esta última la fecha de pago. A partir del 28 de febrero de 2013, los Períodos de Interés tendrán una duración de tres (3) Meses. Cada subsiguiente Período de Interés comenzará al día de terminación del Período de Interés inmediatamente anterior, que será, así, el día inicial del nuevo Período de Interés. No obstante, si cualquier fecha de pago de intereses coincidiera con un día que no fuese una fecha hábil de liquidación TARGET se pospondrá hasta la siguiente fecha hábil de liquidación TARGET, salvo que resultase ser un día del siguiente mes natural, en cuyo caso se adelantaría a la fecha de liquidación TARGET inmediatamente anterior.

p) Cálculo del importe de los intereses: El importe de los intereses de cada cupón se calculará de acuerdo con la siguiente expresión:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Donde «I» es el tipo de interés nominal aplicable al periodo y expresado en tanto por ciento, «N» es el nominal del Bono del Estado, y «D» es el número efectivo de días naturales del periodo de intereses, teniendo en cuenta la convención de días hábiles aplicables y la base elegida (ACTUAL/360). La cifra resultante se redondeará al céntimo más cercano para determinar el importe a pagar.

q) Negociación de los valores: Se ha solicitado la admisión a cotización de los valores en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.

r) Entidad encargada del registro contable: Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima (IBERCLEAR).

s) Lugar y agente de pagos: El servicio financiero de la emisión se atenderá a través del Banco de España, que actuará como entidad agente de pagos.

t) Legislación aplicable: Los valores y la presente emisión se regirán por la legislación española.

6. Características de los Bonos del FFPP a tipo de interés variable, vencimiento el 30 de noviembre de 2016, que se emiten:

a) Denominación: Bonos FFPP int. variable, vto. 30-11-2016.

b) Naturaleza de los valores: Bonos simples no subordinados denominados en euros.

c) Emisor: Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores (FFPP), creado en virtud del Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, con domicilio en paseo de la Castellana, 162, 2.ª planta, 28046 Madrid.

d) Código ISIN: ES0302762044.

e) Importe nominal y forma de representación: 444.798.000 euros, constituidos por 444.798 valores, representados mediante anotaciones en cuenta, de 1.000 euros de valor nominal cada uno.

f) Garantía: La amortización de los valores y el pago de los intereses ordinarios de los bonos gozarán de la garantía del Estado. Dicha garantía tiene el carácter de explícita, irrevocable, incondicional y directa, según lo dispuesto en el artículo 4.8 del Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.

g) Fecha de emisión de los valores: 21 de diciembre de 2012.

h) Precio de emisión: 100 % de su valor nominal.

i) Forma de amortización: Única, al vencimiento.

j) Fecha de vencimiento: 30 de noviembre de 2016.

k) Precio de reembolso: A la par.

l) Tipo de interés: El tipo de interés nominal será variable determinado, para cada periodo, por el tipo de interés de referencia más un diferencial de 498 puntos básicos.

m) El tipo de interés de referencia para cada periodo será el tipo Euribor a tres meses hecho público a través de la página EURIBOR01 del sistema de Reuters (o cualquier otra página que sustituya o facilite la misma información) correspondiente al segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del periodo. En el caso en que, para un determinado período de interés, el tipo Euribor a tres meses no hubiera sido publicado por la publicación prevista en la frase anterior a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período, el tipo sustitutivo se determinará por el Consejo Rector del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores solicitando a cuatro bancos principales del mercado interbancario de la zona Euro que suministren una cotización del tipo al que ofrecen depósitos a tres meses en euros por un importe similar al del nominal de la emisión a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período de interés de que se trate. Si le fueren ofrecidas dos o más cotizaciones, el tipo sustitutivo será la media aritmética de dichas cotizaciones. Si no se obtuvieren al menos dos cotizaciones, el tipo sustitutivo aplicable al período será la media aritmética de los tipos ofrecidos para préstamos en euros, por un importe similar al del nominal de la emisión y por una duración de tres meses, por entidades de crédito de primer orden de la zona euro, elegidas por el Consejo Rector del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, aproximadamente a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período de interés de que se trate. Todos los porcentajes resultantes de los cálculos antes indicados serán redondeados al alza a la centésima de milésima más cercana de un punto porcentual.

n) El tipo de interés aplicable a cada periodo de devengo de intereses se determinará mediante Resolución del Consejo Rector del FFPP, que se comunicará al Mercado de Deuda Pública Anotada en el plazo máximo de un día a partir de su determinación.

o) Devengo de intereses: El primer período de devengo de intereses comenzará el 21 de diciembre de 2012 (incluido) y finalizará el 28 de febrero de 2013 (excluido), siendo esta última la fecha de pago. A partir del 28 de febrero de 2013, los Períodos de Interés tendrán una duración de tres (3) Meses. Cada subsiguiente Período de Interés comenzará al día de terminación del Período de Interés inmediatamente anterior, que será, así, el día inicial del nuevo Período de Interés. No obstante, si cualquier fecha de pago de intereses coincidiera con un día que no fuese una fecha hábil de liquidación TARGET se pospondrá hasta la siguiente fecha hábil de liquidación TARGET, salvo que resultase ser un día del siguiente mes natural, en cuyo caso se adelantaría a la fecha de liquidación TARGET inmediatamente anterior.

p) Cálculo del importe de los intereses: El importe de los intereses de cada cupón se calculará de acuerdo con la siguiente expresión:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Donde «I» es el tipo de interés nominal aplicable al periodo y expresado en tanto por ciento, «N» es el nominal del Bono del Estado, y «D» es el número efectivo de días naturales del periodo de intereses, teniendo en cuenta la convención de días hábiles aplicables y la base elegida (ACTUAL/360). La cifra resultante se redondeará al céntimo más cercano para determinar el importe a pagar.

q) Negociación de los valores: Se ha solicitado la admisión a cotización de los valores en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.

r) Entidad encargada del registro contable: Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima (IBERCLEAR).

s) Lugar y agente de pagos: El servicio financiero de la emisión se atenderá a través del Banco de España, que actuará como entidad agente de pagos.

t) Legislación aplicable: Los valores y la presente emisión se regirán por la legislación española.

7. Características de los Bonos del FFPP a tipo de interés variable, vencimiento el 31 de mayo de 2017, que se emiten.

a) Denominación: Bonos FFPP int. variable, vto. 31-05-2017.

b) Naturaleza de los valores: Bonos simples no subordinados denominados en euros.

c) Emisor: Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores (FFPP), creado en virtud del Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, con domicilio en paseo de la Castellana, 162, 2.ª planta, 28046 Madrid.

d) Código ISIN: ES0302762051.

e) Importe nominal y forma de representación: 444.798.000 euros, constituidos por 444.798 valores, representados mediante anotaciones en cuenta, de 1.000 euros de valor nominal cada uno.

f) Garantía: La amortización de los valores y el pago de los intereses ordinarios de los bonos gozarán de la garantía del Estado. Dicha garantía tiene el carácter de explícita, irrevocable, incondicional y directa, según lo dispuesto en el artículo 4.8 del Real Decreto-ley 7/2012, de 9 de marzo, por el que se crea el Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.

g) Fecha de emisión de los valores: 21 de diciembre de 2012.

h) Precio de emisión: 100 % de su valor nominal.

i) Forma de amortización: Única, al vencimiento.

j) Fecha de vencimiento: 31 de mayo de 2017.

k) Precio de reembolso: A la par.

l) Tipo de interés: El tipo de interés nominal será variable determinado, para cada periodo, por el tipo de interés de referencia más un diferencial de 498 puntos básicos.

m) El tipo de interés de referencia para cada periodo será el tipo Euribor a tres meses hecho público a través de la página EURIBOR01 del sistema de Reuters (o cualquier otra página que sustituya o facilite la misma información) correspondiente al segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del periodo. En el caso en que, para un determinado período de interés, el tipo Euribor a tres meses no hubiera sido publicado por la publicación prevista en la frase anterior a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período, el tipo sustitutivo se determinará por el Consejo Rector del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores solicitando a cuatro bancos principales del mercado interbancario de la zona Euro que suministren una cotización del tipo al que ofrecen depósitos a tres meses en euros por un importe similar al del nominal de la emisión a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período de interés de que se trate. Si le fueren ofrecidas dos o más cotizaciones, el tipo sustitutivo será la media aritmética de dichas cotizaciones. Si no se obtuvieren al menos dos cotizaciones, el tipo sustitutivo aplicable al período será la media aritmética de los tipos ofrecidos para préstamos en euros, por un importe similar al del nominal de la emisión y por una duración de tres meses, por entidades de crédito de primer orden de la zona euro, elegidas por el Consejo Rector del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, aproximadamente a las 11:00 horas del segundo día hábil para TARGET anterior a la fecha de inicio del período de interés de que se trate. Todos los porcentajes resultantes de los cálculos antes indicados serán redondeados al alza a la centésima de milésima más cercana de un punto porcentual.

n) El tipo de interés aplicable a cada periodo de devengo de intereses se determinará mediante Resolución del Consejo Rector del FFPP, que se comunicará al Mercado de Deuda Pública Anotada en el plazo máximo de un día a partir de su determinación.

o) Devengo de intereses: El primer período de devengo de intereses comenzará el 21 de diciembre de 2012 (incluido) y finalizará el 28 de febrero de 2013 (excluido), siendo esta última la fecha de pago. A partir del 28 de febrero de 2013, los Períodos de Interés tendrán una duración de tres (3) Meses. Cada subsiguiente Período de Interés comenzará al día de terminación del Período de Interés inmediatamente anterior, que será, así, el día inicial del nuevo Período de Interés. No obstante, si cualquier fecha de pago de intereses coincidiera con un día que no fuese una fecha hábil de liquidación TARGET se pospondrá hasta la siguiente fecha hábil de liquidación TARGET, salvo que resultase ser un día del siguiente mes natural, en cuyo caso se adelantaría a la fecha de liquidación TARGET inmediatamente anterior.

p) Cálculo del importe de los intereses: El importe de los intereses de cada cupón se calculará de acuerdo con la siguiente expresión:

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

Donde «I» es el tipo de interés nominal aplicable al periodo y expresado en tanto por ciento, «N» es el nominal del Bono del Estado, y «D» es el número efectivo de días naturales del periodo de intereses, teniendo en cuenta la convención de días hábiles aplicables y la base elegida (ACTUAL/360). La cifra resultante se redondeará al céntimo más cercano para determinar el importe a pagar.

q) Negociación de los valores: Se ha solicitado la admisión a cotización de los valores en el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones.

r) Entidad encargada del registro contable: Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, Sociedad Anónima (IBERCLEAR).

s) Lugar y agente de pagos: El servicio financiero de la emisión se atenderá a través del Banco de España, que actuará como entidad agente de pagos.

t) Legislación aplicable: Los valores y la presente emisión se regirán por la legislación española.

8. La suscripción se efectuará por importes nominales múltiplos enteros de 1.000 euros, con cargo a la amortización anticipada del préstamo del FFPP frente a las entidades suscriptoras por un importe equivalente al de la suscripción. El FFPP comunicará al Banco de España el nominal emitido, a efectos de su registro en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S. A. Unipersonal.

Madrid, 17 de diciembre de 2012.–El Presidente del Consejo Rector del Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores, Antonio Germán Beteta Barreda.

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