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Documento BOE-A-2012-15073

Resolución de 27 de noviembre de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica la modificación del Acuerdo sobre el Reglamento de la Tarjeta Profesional de la Construcción para el sector de la madera y el mueble.

Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 13 de diciembre de 2012, páginas 85155 a 85157 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2012-15073
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2012/11/27/(6)

TEXTO ORIGINAL

Visto el acta de modificación de la disposición transitoria del Acuerdo sobre el Reglamento de la Tarjeta Profesional de la Construcción para el Sector de la Madera y el Mueble de 24 de noviembre de 2011 (código de convenio núm. 99100125082011), que fue suscrita con fecha 22 de octubre de 2012, de una parte, por la organización empresarial Confederación Española de Empresarios de la Madera (Confemadera), en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las organizaciones sindicales MCA-UGT y FECOMA-CC.OO., en representación de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83.3, en relación con el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada acta de modificación en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 27 de noviembre de 2012.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO ESTATAL DE LA MADERA

22 de octubre de 2012

Asistentes:

De una parte la representación de la mesa negociadora, parte empresarial (CONFEMADERA):

• Don Vicente Palazuelo, que ha delegado su firma en don Rafael Pérez.

• Don José Vicente García.

• Don Alberto Artaza, que ha delegado su firma en don Miguel Rodríguez.

• Doña Patricia Cuadrillero, que ha delegado su firma en don Rafael Pérez.

• Don Jorge Puig.

• Don José Antonio de Pedro, que ha delegado su firma en don Miguel Rodríguez.

• Don Bruno García, que ha delegado su firma en don Rafael Pérez.

• Don Alfredo Rodríguez, que ha delegado su firma en don Miguel Rodríguez.

• Don Jorge Querol, que ha delegado su firma en don Rafael Pérez.

• Don Miguel Rodríguez.

• Don Jesús María Corres.

• Doña Ana Isabel Hernández.

• Don Rafael Pérez.

• Don Francesc de Paula Pons, como Secretario General de Confemadera.

De otra parte, la representación de los trabajadores, las Federaciones cuya relación se detalla a continuación:

• Federación Estatal de FECOMA-CC.OO:

Don Miguel Montalbán.

• Federación Estatal de MCA-UGT:

Doña Laura Alonso.

En Madrid, a 22 de octubre de 2012, habiendo sido convocados en tiempo y forma con los asistentes al margen reseñados, con la representación que cada uno ostenta, y reconociéndose plena legitimación y capacidad suficiente para el otorgamiento de la presente, comienza la reunión de la Comisión Negociadora del Convenio del Sector Estatal de la Madera, siendo las 11:00 horas.

Las partes comparecen y, libre y voluntariamente y convienen exponer lo siguiente:

Primero.

Que con fecha 24 de noviembre de 2011 se firmó entre Confemadera, FECOMA y MCA el Acuerdo sobre el Reglamento de la Tarjeta Profesional de la Construcción para el sector de la madera y el mueble, publicado en Boletín Oficial del Estado el 5 de enero de 2012.

Segundo.

Que la disposición transitoria del mencionado acuerdo establece como fecha tope de solicitud de convalidación de la formación recibida por los trabajadores del sector de la madera y el mueble en materia de prevención de riesgos laborales, el 30 de septiembre de 2012.

Tercero.

Que este período resulta insuficiente para que puedan solicitarse todas las convalidaciones que se precisan.

Que conforme a lo anterior, las partes alcanzan el siguiente

ACUERDO

Primero.

Ampliar el período de convalidación previsto en la Disposición Transitoria del Acuerdo sobre el Reglamento de la Tarjeta Profesional de la Construcción para el sector de la madera y el mueble, fijando la fecha límite de solicitud de la misma el 30 de diciembre de 2012.

Segundo.

Don José Vicente García, como miembro de la mesa negociadora, manifiesta su disconformidad con el mismo.

Se delega la firma de la presente acta por cada una de las partes en don Francesc de Paula Pons Alfonso por CONFEMADERA, doña Laura Alonso Torres, por MCA-UGT y don Miguel Montalbán, por FECOMA-CC.OO.

Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 11:30 horas.

CONFEMADERA FECOMA-CC.OO MCA-UG

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 27/11/2012
  • Fecha de publicación: 13/12/2012
Referencias anteriores
  • MODIFICA lo indicado de la Resolución de 20 de diciembre de 2011 (Ref. BOE-A-2012-188).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
Materias
  • Construcciones
  • Convenios colectivos
  • Madera
  • Muebles
  • Tarjeta de Identidad Profesional

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