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Documento BOE-A-2012-14325

Resolución de 5 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas para participar en el Programa de Cooperación Territorial "Escuelas viajeras" durante el periodo de primavera 2013.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 21 de noviembre de 2012, páginas 81205 a 81219 (15 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2012-14325

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 13 de marzo de 1986 (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril) estableció el procedimiento para la concesión de las ayudas destinadas a la realización de la actividad denominada «Escuelas Viajeras», consistente en la realización de una ruta por parte de un grupo de alumnos.

La Orden de 28 de junio de 1995 (BOE de 27 de julio) modifica el artículo primero, de la Orden anteriormente citada, en cuanto al nivel educativo de los alumnos que pueden participar en la actividad.

De acuerdo con el artículo octavo de la Orden de 13 de marzo de 1986, el Ministerio de Educación y Ciencia asegura mediante la suscripción de convenios y contratos con empresas de transporte terrestre, marítimo y aéreo los desplazamientos de los grupos seleccionados. No obstante, debido a la diversidad de opciones de transporte, resulta más adecuado conceder ayudas en metálico a los centros destinadas a sufragar los gastos de transporte desde la localidad del centro hasta la cabecera de ruta que les permitan organizar directamente los traslados en los medios de locomoción que consideren más adecuados, así como atender a otros gastos derivados de la preparación de la actividad.

De conformidad con la normativa vigente en materia de subvenciones públicas y específicamente con la Orden ECI/1815/2005, de 6 de junio (BOE del 15) por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio por el Ministerio de Educación y Ciencia, y con los convenios suscritos al efecto con las correspondientes comunidades autónomas, que de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional trigésima de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2012, previamente a su autorización deben ser informados favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, he resuelto:

Primero.

1. Se convocan en régimen de concurrencia competitiva, para la etapa de primavera del curso 2012-2013, ayudas para 186 grupos de 12 a 15 alumnos y un profesor de centros españoles ordinarios del territorio nacional que cursen 5º y 6º de Educación Primaria, para el desarrollo de la actividad de Escuelas Viajeras, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.04.324N.489.02 hasta un importe máximo total de 479.264,10 euros. De ellos, 300.000,00 euros corresponden a la aplicación presupuestaria 18.04.324N.489.02 de los Presupuestos Generales del Estado para 2012 y 179.264,10 euros corresponden a la aplicación presupuestaria 18.04.322L.489.02 de los Presupuestos Generales del Estado para 2013.

2. Para la participación en este programa, se concederán dos tipos de ayuda:

2.1 Ayudas para sufragar los gastos de alojamiento, manutención y desarrollo de la actividad de los grupos participantes, hasta un importe máximo de 196.064,10 euros. Los pagos de las ayudas se efectuarán a través de las comunidades autónomas, en función de las rutas en ellas establecidas, o en su caso, a través de las direcciones provinciales de Educación de Ceuta y Melilla.

2.2 Ayudas para el desplazamiento y preparación de la actividad hasta un importe máximo de 283.200,00 euros. El transporte hasta la residencia cabecera de la ruta para la participación en el programa se hará por cuenta de los participantes. Para contribuir a dichos gastos, los centros seleccionados recibirán una ayuda por cada grupo participante compuesto por 12 a 15 alumnos y un profesor, en la que se incluirán los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento y que estará determinada de acuerdo con los siguientes módulos de distancia en kilómetros (ida y vuelta) entre la localidad del centro y la cabecera de la ruta:

▪ Menos de 500 kilómetros: Hasta 800 €.

▪ Entre 501 y 1.500 kilómetros: Hasta 1.000 €.

▪ Entre 1.501 y 2.500 kilómetros: Hasta 1.300 €.

▪ Centros docentes ubicados en la isla de Mallorca, Ceuta y Melilla: Hasta 2.400,00 €.

▪ En el caso de centros participantes de las Islas Baleares (a excepción de Mallorca), así como los centros que recorran las rutas de las Islas Baleares, de Ceuta y de Melilla la cuantía por grupo podrá ser de hasta un máximo de 2.800,00 €.

Estas ayudas se librarán a los centros cuyos grupos recorran las rutas, a través de las comunidades autónomas, que actuarán como entidades colaboradoras, o de las direcciones provinciales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en su caso. El pago de las ayudas tendrá el carácter de anticipado, previo a la justificación, como financiación necesaria para el desarrollo de las actividades del programa, sin que se precise establecer ningún régimen de garantías.

La ejecución de los gastos imputables a estas ayudas y su posterior justificación, se realizarán de acuerdo con lo establecido en las instrucciones a que se refiere el apartado decimocuarto de la presente Resolución.

3. Durante la participación en la actividad, los alumnos y profesores estarán asistidos por un seguro de accidentes y de responsabilidad civil, suscrito al efecto por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

4. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte contratará los servicios de transporte necesarios para el desarrollo de los itinerarios los días de ruta.

5. La distribución territorial de las ayudas se detalla en el anexo I de la presente Resolución.

6. Las Escuelas Viajeras convocadas por esta Resolución se llevarán a cabo del 4 de marzo al 23 de junio de 2013.

7. La incorporación de los grupos a la cabecera de ruta se realizará siguiendo las instrucciones de los coordinadores de ruta, y ateniéndose al día fijado en la misma. En cualquier caso, la duración de la actividad, incluyendo los días de viaje (ida y vuelta), será de cinco días.

Segundo.

El catálogo de rutas para la primavera del año 2013 será el que se indica en el anexo II de la presente Resolución.

Tercero.

En el anexo III figura la distribución de los 186 grupos, tanto por comunidad autónoma o ciudad autónoma de procedencia, como por la ruta en la que van a participar.

Cuarto.

1. El alumnado que desee participar, deberá solicitarlo a través de la Dirección de su centro, formando un grupo de 12 a 15 alumnos con un profesor que deberá ser el tutor, o en su caso, un profesor de los que habitualmente les imparte clase, que se responsabilizará a todos los efectos de la adecuada participación del grupo en la actividad.

2. El profesor acompañante será el responsable de la elaboración de un proyecto de participación de acuerdo con las orientaciones generales que figuran como anexo IV y en el que se recogerá:

a) Conocimientos que van a adquirir los alumnos mediante el trabajo previo en el centro y durante el desarrollo de la ruta.

b) Actitudes, hábitos y normas de convivencia que se deseen potenciar teniendo en cuenta las características e intereses de los alumnos participantes.

c) Principales capacidades y actitudes que, a través de esta actividad se pueden desarrollar en el grupo participante.

3. La documentación precisa para participar en esta convocatoria estará compuesta por:

– Impreso oficial de la solicitud obtenido a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (https://sede.educacion.gob.es) una vez completados los datos de solicitud y debidamente firmado por la Dirección del centro (solo en los casos incluidos en la letra b del punto 5 del presente apartado).

– Proyecto de participación a la que se refiere el apartado cuarto 2, en soporte electrónico, que se adjuntará a la solicitud siguiendo las instrucciones de la aplicación.

– Aprobación del Consejo Escolar u órgano colegiado que lo sustituya (en el caso de centros privados no concertados cuando lo tengan establecido), o certificado de la Dirección del centro en el que se haga constar que dicha actividad está contemplada en la programación general anual, que igualmente se adjuntará en fichero electrónico.

4. La Dirección del centro recabará y custodiará la autorización del padre, madre o tutor de los alumnos participantes (modelo anexo V).

5. Cumplimentación y presentación de solicitudes: quienes, reuniendo las condiciones exigidas, deseen acceder a esta convocatoria deberán formular su solicitud mediante el modelo de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (https://sede.educacion.gob.es sección «Trámites y Servicios»). Para cumplimentar la solicitud telemática y adjuntar toda la documentación preceptiva en formato informático, se procederá del siguiente modo:

a) Si se posee el DNI electrónico o un certificado electrónico de otra autoridad de certificación reconocida (http://www.dnielectronico.es/seccion_aapp/rel_autoridades.html), se podrá completar incluso el proceso de registro de la solicitud a través de la vía electrónica disponible.

b) En caso contrario, a través de la aplicación se obtendrá un impreso oficial de la solicitud en soporte papel con el fin de que, una vez firmado, pueda ser enviado a la dirección de correo electrónico o fax que figure en el pie de la solicitud, de acuerdo con la administración territorial de la que dependa. El impreso oficial incluye un número que identifica la solicitud y un resumen digital que garantiza la integridad de la misma. En caso de modificación del impreso oficial, manual o electrónicamente, la solicitud será automáticamente excluida.

Las solicitudes de los alumnos matriculados en centros dependientes de las comunidades autónomas que han optado por publicar su propia convocatoria de plazas, deberán atenerse a lo establecido en dicha convocatoria.

6. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte podrá solicitar, en cualquier momento del procedimiento administrativo, los originales a través de los cuales se generaron todos los archivos electrónicos incorporados a la solicitud, con el fin de contrastar su validez y concordancia.

7. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se reserva el derecho de actuar legalmente contra aquellos que modificaran o alteraran aquellos documentos originales para generar los archivos electrónicos incluidos en la solicitud.

8. La presentación de la solicitud supondrá la aceptación de las presentes bases de la convocatoria en particular, y a los efectos previstos en el artículo 28.1 de la Ley 11/2007, se acepta la práctica de notificaciones por el medio al que se refiere el apartado sexto.

9. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 29 de noviembre de 2012.

Quinto.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones si la solicitud de iniciación no reuniese los requisitos precisos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, indicándose que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 42.1 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sexto.

Las notificaciones resultantes del proceso administrativo se realizarán mediante la práctica de notificación por comparecencia electrónica (artículo 40 del RD 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos), utilizando los servicios disponibles en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Séptimo.

1. Las solicitudes de los alumnos matriculados en centros dependientes de la gestión directa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte serán seleccionadas por las comisiones provinciales de selección de becarios establecidas en las direcciones provinciales de Ceuta y Melilla de acuerdo con la Resolución de 2 de agosto de 2012 (BOE de 14), por la que se convocan becas y ayudas al estudio de carácter general y de movilidad para el curso académico 2012-2013, para alumnado que curse estudios postobligatorios y superiores no universitarios.

2. En las comunidades autónomas la selección de las solicitudes se realizará por el órgano u órganos establecidos por las mismas.

Octavo.

1. Para la valoración de las solicitudes se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

a) Calidad del proyecto presentado: se valorará el contenido pedagógico y su utilidad para conseguir los objetivos planteados en el programa Escuelas Viajeras recogidos en el anexo IV: Hasta 2,5 puntos.

b) Características socioeconómicas del centro solicitante: se valorarán positivamente los siguientes aspectos:

– Centros ubicados en localidades con población inferior a 5.000 habitantes o que estén situados en zonas suburbiales o cinturones industriales: Hasta 2,5 puntos.

– Centros que acojan a alumnos inmigrantes, de minorías étnicas y/o culturales en un porcentaje superior al 25% del total de alumnos matriculados: Hasta 2 ptos.

c) Participación anterior en el programa: centros que no hayan participado anteriormente en la actividad o en los últimos tres años: hasta 3 puntos.

2. El número de solicitudes seleccionadas no sobrepasará la cifra de ayudas publicadas en esta convocatoria.

3. Con el fin de fomentar la participación de alumnos de diferentes centros de cada provincia o comunidad autónoma, en el caso de que el número de solicitudes sea superior al de ayudas disponibles, sólo se adjudicará la participación en el programa a un grupo de alumnos por centro. En el caso de que las solicitudes de un mismo centro hayan obtenido la misma puntuación, tendrá prioridad el grupo que integre el mayor número de alumnos que por su nivel de estudios no vaya a poder participar en la siguiente convocatoria.

4. En el caso de los centros que hayan participado en convocatorias anteriores del programa, sólo podrá ser concedida la participación si han presentado la documentación justificativa que se les requería en la correspondiente convocatoria.

Noveno.

De acuerdo con el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones se formulará la propuesta de resolución provisional que deberá notificarse a los interesados y se les concederá un plazo de 10 días para formular alegaciones. No obstante, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. En este caso, la resolución formulada tendrá el carácter de definitiva.

Décimo.

1. Antes del 3 de diciembre de 2012 se enviará, por parte de los correspondientes órganos de selección, a la Subdirección General de Cooperación Territorial del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, (c/ Los Madrazo, 15-17, 28014-Madrid), órgano instructor del procedimiento, un informe con el resultado de la evaluación que incluirá la siguiente documentación:

a) Relación de los centros seleccionados acompañada de una certificación que exprese que sus solicitudes reúnen los requisitos establecidos en la convocatoria para la concesión de la ayuda.

b) Relación priorizada de los centros que queden en reserva acompañada de una certificación que exprese que sus solicitudes reúnen los requisitos establecidos en la convocatoria para la concesión de la ayuda.

c) Relación de centros excluidos con indicación de la causa de exclusión.

2. En el supuesto de que por parte de alguna administración educativa no se cubrieran todas las plazas que tuviera asignadas para centros de ella dependientes, aquéllas que quedaran vacantes podrán ofrecerse a otra administración educativa con centros cuyas solicitudes se hayan incluido en la lista de reserva.

3. La Subdirección General de Cooperación Territorial como órgano instructor del procedimiento, a la vista de los informes emitidos por los órganos de selección a los que se hace referencia en el apartado séptimo, formulará la propuesta de resolución provisional. Dicha propuesta se elevará al Director General de Evaluación y Cooperación Territorial quien por delegación de la Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, contenida en la Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo (BOE del 9), resolverá la adjudicación de las ayudas antes del día 28 de febrero de 2013, pudiendo realizarse resoluciones parciales y sucesivas de concesión, a medida que los órganos de selección formulen las correspondientes propuestas. Las resoluciones de adjudicación, contendrán igualmente una relación de las solicitudes en reserva y una relación de las solicitudes excluidas con indicación de la causa de exclusión.

Una vez efectuada la adjudicación de las ayudas, la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, enviará a los centros seleccionados una comunicación. Si alguno de los alumnos que figuran en la solicitud de ayuda no pudiese participar en la actividad, el centro podrá proceder a su sustitución por otro del mismo curso, pero en ningún caso podrá participar el grupo con un número inferior a doce alumnos y un profesor, ni superior a quince alumnos y un profesor. De no contar con este número de integrantes, el centro deberá comunicarlo a su administración educativa correspondiente y renunciar a su participación pasando a ocupar su lugar un centro cuya solicitud se haya incluido en la relación de reserva.

Igualmente, la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial notificará a los centros solicitantes no adjudicatarios, la denegación de la ayuda solicitada.

4. Las mencionadas Resoluciones de adjudicación que pondrán fin a la vía administrativa, podrán ser recurridas potestativamente en reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, o ser impugnadas mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso- administrativa y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

5. Las vacantes producidas por renuncia de los centros seleccionados serán cubiertas por centros de la misma comunidad o ciudad autónoma, siguiendo el orden establecido en la relación de reserva.

6. Si se produjera la baja de algún centro seleccionado y no pudiera ser reemplazado por otro centro de la misma comunidad o ciudad autónoma de acuerdo con lo establecido en el punto anterior, la plaza podrá ofrecerse a un centro dependiente de otra administración educativa.

7. En caso de renuncia, la ayuda para la preparación de la actividad y desplazamiento que se conceda al centro de la relación de reserva se calculará de acuerdo con los módulos establecidos en la disposición primera apartado 2.2 de la presente convocatoria, sin que su importe pueda exceder de la cuantía concedida al centro que ha renunciado.

8. En estos casos, tanto la aceptación de la renuncia a la ayuda por parte de los centros beneficiarios como la adjudicación de ayudas a los centros en reserva, se realizará por el Director General de Evaluación y Cooperación Territorial.

9. Posteriormente, la relación definitiva de centros adjudicatarios de las ayudas, se hará pública a través del Boletín Oficial del Estado y la página web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Undécimo.

Los beneficiarios de estas ayudas y las entidades colaboradoras quedan obligados a cumplir las obligaciones establecidas en los artículos 14 y 15 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que les sean aplicables.

Concretamente, los beneficiarios de las ayudas están obligados a:

1. Realizar la actividad para la que se concede la ayuda.

2. Comunicar, en su caso, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados.

3. Someterse a las actuaciones de control financiero que correspondan y a las de comprobación que puedan efectuar el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o, en su caso, los órganos correspondientes de las comunidades autónomas.

4. Justificar el cumplimiento de los requisitos y condiciones así como la correcta inversión de las ayudas recibidas de acuerdo con el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. A estos efectos, los centros dependientes de las comunidades autónomas se atendrán a las instrucciones dictadas, en su caso, por la correspondiente Consejería de la respectiva comunidad autónoma. En su defecto, y en todo caso para los centros dependientes de la gestión directa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, ateniéndose a lo dispuesto en el artículo 75 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, deberán presentar la siguiente documentación:

4.1 Memoria descriptiva del viaje y estancia realizados, con una extensión máxima de 10 páginas. Dicha memoria reflejará el número de alumnos y profesores participantes, el grado de cumplimiento de los objetivos programados y la evaluación de las actividades desarrolladas, así como las posibles sugerencias que pudieran ser tomadas en cuenta en futuras convocatorias, en su caso.

4.2 Certificado de la Dirección del centro que exprese que ha quedado cumplida la finalidad que motivó la concesión de la ayuda y en el que deberán relacionarse los nombres de los alumnos beneficiarios y de los profesores participantes.

4.3 Relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha del pago. Los justificantes originales de gasto quedarán en poder de los centros, a disposición de los órganos de control financiero a los que corresponda la competencia.

4.4 Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.

4.5 En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.

5. Durante el mes siguiente a la realización de la actividad, los beneficiarios de estas ayudas deberán anexar a la solicitud que cumplimentaron en la Sede electrónica, la documentación justificativa referida en formato electrónico.

6. Proceder al reintegro de la ayuda recibida en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.

Duodécimo.

1. Las comunidades autónomas y direcciones provinciales de Educación, Cultura y Deporte en Ceuta y Melilla acopiarán la documentación correspondiente a la justificación del gasto de desarrollo de la ruta. En el plazo de dos meses desde la finalización de la actividad, remitirán a la Subdirección General de Cooperación Territorial la siguiente documentación justificativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 72 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, debiendo cumplir todas las obligaciones establecidas para las comunidades autónomas y entidades colaboradoras en la vigente normativa:

a) Certificación que exprese que el libramiento efectuado a la comunidad autónoma se ha destinado a los fines previstos.

b) Relación certificada de los alumnos beneficiarios de las ayudas concedidas que han recorrido la ruta establecida en esa comunidad autónoma.

c) Relación certificada de los alumnos beneficiarios de las ayudas para preparación de la actividad y desplazamiento y acreditación de que las mismas se han abonado a los centros dependientes de esa comunidad autónoma.

d) Relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago.

e) Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago.

f) Relación detallada de otros ingresos que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación de su importe y su procedencia.

g) En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.

h) Informe final de la actividad elaborado por el coordinador de la ruta.

2. La no justificación de la ayuda percibida con arreglo a lo dispuesto en esta Resolución llevará el reintegro de las cantidades no justificadas y la exigencia de los intereses de demora, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas en que se pueda incurrir con arreglo a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Decimotercero.

1. En el ámbito de su gestión, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte podrá reconocer la participación del profesorado en este programa con una equivalencia máxima de 30 horas de formación por curso escolar, siempre que lleve implícita la formación para el profesorado y la elaboración de la memoria posterior a la participación.

2. Las comunidades autónomas en el ámbito de sus competencias, podrán reconocer al profesorado participante los créditos de formación que correspondan a las actividades que se realicen al amparo de esta convocatoria.

Decimocuarto.

Se autoriza a la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial para dictar las instrucciones necesarias en desarrollo de la presente Resolución.

Decimoquinto.

Contra esta Resolución se podrá interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional. Asimismo, la presente Resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Disposición final primera.

En todo lo no dispuesto en la presente Resolución serán de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley, la Orden ECI/1815/2005, de 6 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Disposición final segunda.

La presente Resolución producirá sus efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 5 de noviembre de 2012.–La Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, Montserrat Gomendio Kindelan.

ANEXO I
Distribución territorial de ayudas de «Escuelas Viajeras» Primavera 2013

 

Número de

grupos

Comunidades Autónomas

 

Andalucía

21

Aragón

15

Asturias

15

Castilla y León

45

Extremadura

15

Galicia

18

Islas Baleares

9

La Rioja

6

Madrid

15

Navarra

9

País Vasco

12

Total

180

Territorio gestión directa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte

 

Ceuta

3

Melilla

3

Total

6

Total

186

ANEXO II
Catálogo de Rutas Escuelas Viajeras

Comunidad Autónoma de Andalucía

Ruta de Andalucía Oriental:

Resumen de contenidos:

Almería: Conjunto monumental Alcazaba. Centro Histórico. Refugios de la Guerra Civil. Museo Arqueológico. Sorbas: paraje natural «Karst de yeso», visita a cueva y al centro de interpretación «yesares de Sorbas».

Granada: Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife, Museo «Parque de las Ciencias».

El Ejido: Visita a un invernadero, «Agricultura Mediterránea bajo plástico», visita a Alhóndiga.

Tabernas: Parque temático del desierto de Tabernas «OASYS», Poblado del Oeste, reserva zoológica.

Alojamiento: Residencia Escolar «Carmen de Burgos», Carretera de Nijar, km. 7. Almería. Teléfono: 950/15 61 82. Fax: 950/ 15 61 83.

Comunidad Autónoma de Aragón

Ruta de Aragón:

Resumen de contenidos:

La Comunidad Autónoma y su organización. El agua. El Ebro. Pasado, presente y futuro. El medio físico. Desarrollo sostenible. El medio rural: sus diferentes formas de vida. Folclore, costumbres y tradiciones.

Zaragoza. Provincia de Huesca y Pirineo aragonés. (valle de Ordesa) Teruel mudéjar y comarcas turolenses.

Alojamiento: Residencia de actividades de alumnos «Venta del Olivar», Plaza Mayor s/n, Barrio de la Venta del Olivar. 50011 Zaragoza. Teléfono: 976/34.11.33.

Principado de Asturias

Ruta de Asturias:

Resumen de contenidos:

Luces. Luanco. Gijón. Oviedo: Arte Prerrománico asturiano, Museo de Bellas Artes y casco antiguo. Museo de la Minería y de la Industria. Cuevas de Tito Bustillo. Lastres.

Alojamiento: Escuela Hogar IES Luces. C/ La Rasa, s/n. 33328 Luces. Colunga. Principado de Asturias. Teléfono: 985/850017.

Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

Ruta de Baleares:

Resumen de contenidos: Palma. La ciudad y sus monumentos: historia, arte, costumbres, lugares singulares. Las comarcas físicas de Mallorca: Llevant, Pla, Es Raiguer, Tramuntana y Migjorn; conociendo la agricultura, la industria, el turismo, los medios de transporte y el medio natural.

Alojamiento: Albergue de la Playa de Palma. C/ Costa Brava, 13. 07610 Palma de Mallorca. Teléfono: 971/26.08.92.

Comunidad de Castilla y León

Ruta de Burgos:

Resumen de contenidos: Museo de la Evolución Humana, Campofrío, Parque arqueológico Atapuerca, La Yecla, Covarrubias, Lerma, Briviesca, Frías, Oña, Ruta Urbana Camino de Santiago, Castillo y Catedral de Burgos.

Alojamiento: Escuela Hogar Fuentes Blancas. Burgos. Teléfono: 947/300328.

Ruta de León:

Resumen de contenidos:

La Cordillera Cantábrica; picos de Europa y ruta del Cares. Ruta Maragatería y El Bierzo: Astorga, Ponferrada y las Médulas. León: historia y origen de un reino.

El Bierzo: Ponferrada, Las Médulas, Villafranca del Bierzo. León: Historia y origen de un reino.

Alojamiento: C.R.I.E.L.E. Residencial San Cayetano. Ctra. Carbajal, km, 3. Tel.: 987/876111 y 987/23.94.86. Fax 987/875312.

Ruta de Salamanca:

Resumen de contenidos: Salamanca monumental. Base Área de Matacán. Centro Internacional de Libro Infantil y Juvenil (Fundación Germán Sánchez Ruipérez). Visita Monumental Ciudad Rodrigo, Castillo de San Felices de los Gallegos; Muelle de Vega Terrón, La Fregeneda. Ledesma. La Alberca (Centro de Interpretación de Las Batuecas y Casa Albercana). Béjar (Cámara oscura del Torreón del Palacio Ducal, Museo Judío, Plaza de Toros) y Candelario(visita a la Villa y Museo de la Chacina). Villa de Alba de Tormes: lugares Teresianos, Torre Ducal, Alfarería.

Alojamiento: Escuela Hogar de Santa Marta de Tormes. Teléfono: 923/20.02.21.

Página web: http://www.escuelasviajerassalamanca.com

Ruta de Soria:

Resumen de contenidos: San Esteban de Gormaz, El Burgo de Osma, Calatañazor, Cañon del Río Lobos, Soria y Numancia, Laguna Negra y zona de pinares.

Alojamiento: Escuela Hogar Alfonso VIII de San Esteban de Gormaz. C/ Calderón de la Barca, 8. 42330 San Esteban de Gormaz. Teléfono: 975/35 03 76.

Página web: http://www.escuelasviajerassoria.com

Ciudad de Ceuta

Ruta de Ceuta:

Resumen de contenidos:

Ceuta Patrimonio Histórico-Arquitectónico: Construcciones defensivas: Murallas reales, Foso de San Felipe y Fortaleza del Monte Hacho. Basílica Tardorromana. Fortines Neomedievales

Ceuta Convivencia cultural y religiosa: La Catedral, Santuario de Santa María de África, la Mezquita, la Sinagoga, el Templo Hindú.

Ceuta, el Medio Ambiente y el Mar: Senderismo por las rutas de los Fortines Neomedievales y zonas de especial interés biológico, avistamiento de aves en su paso migratorio, recuperación de los bosques y especies autóctonas, paseo en barco para conocer la historia y geografía de la ciudad desde el mar. Museo del Mar y Parque Marítimo del Mediterráneo. Zona portuaria y helipuerto.

Alojamiento: Complejo «Miguel de Luque». Carretera del Pantano s/n. 51002. Ceuta. Tlf:676952915. Fax 956507803. www.migueldeluque.com

Página Web: www.ceuta.es

Comunidad Autónoma de Extremadura

Ruta de Extremadura:

Resumen de contenidos:

– Parque Natural de Monfragüe. Trujillo.

– Mérida: Capital romana y autonómica. Parque Natural de Cornalvo.

– Ciudad Patrimonio de la Humanidad. Casar de Cáceres.

Alojamiento:I.E.S. «Universidad Laboral» (casitas). Avda. de la Universidad, s/n. 10004 Cáceres. Teléfono 927/004600.

Comunidad Autónoma de Galicia

Ruta de Galicia:

Resumen de contenidos:

A Coruña y la Galicia interior: parque eólico de Sotavento, Torre de Hércules, Acuario Finisterre.

Lugo y la Galicia interior: Lugo (muralla, catedral, museo provincial) y Castro de Viladonga.

Camino de Santiago: Santiago de Compostela (catedral, Museo del Pueblo Gallego).

Alojamiento:Centro Residencial Docente de A Coruña (antigua universidad laboral). Acea de Ama, s/n, O Burgo. 15670, Culledero (A Coruña). Teléfono 981/667836.

Comunidad Autónoma de La Rioja

Ruta de La Rioja:

Resumen de contenidos: San Millán de la Cogolla. Monasterios de Suso y Yuso. Camino de Santiago: Logroño y Sto. Domingo de la Calzada. La Ribera del Ebro: Calahorra: mercado de las verduras y Museo Municipal de la Romanización. Arnedo: Museo Municipal de Ciencias Naturales. La Sierra de Cameros: Centro de Interpretación del Parque Natural de la Sierra Cebollera en Villoslada de Cameros y Lomos de Orios.

Alojamiento: I.E.S. La Laboral. Avda. de La Rioja n.º 6. 26140 Lardero (La Rioja). Tel.: 941/ 44.96.52 y 941/44.97.52.

Comunidad de Madrid

Ruta de Madrid:

Resumen de contenidos:

Historia y Arte: Centro Histórico de la Ciudad de Madrid, Monasterio del Escorial, Museo del Prado.

Ciencias Naturales y Medio Ambiente: Parque del Retiro, Parque Regional del Manzanares.

Transportes y Medios de Comunicación: Metro de Madrid.

Actividades Grupales.

Alojamiento: Centro de Intercambios Escolares, Carretera de Colmenar Viejo, km. 12,800, Madrid, e-mail: cie@madrid.org; fax 917 342 935.

Página web: www.educa.madrid.org/web/cie.madrid

Ciudad de Melilla

Ruta de Melilla:

Resumen de contenidos:

Melilla: Edificios modernistas, Ciudad Vieja (Cuevas del Conventico, Museo de la Torre del Reloj, Museo Amazigh, Puerta de Santiago), Palacio de la Asamblea, Acantilados, Parque Hernández.

Visitas a Templos: Mezquita, Sinagoga y Templo Hindú.

Actividades de naturaleza: mar y Pinares de Rostrogordo. Talleres.

Alojamiento: Residencia de Estudiantes y Deportistas. C/ Alfonso X, s/n. 52005. Melilla. Teléfono: 952- 670008/952-675885.

Comunidad foral de Navarra

Ruta de Navarra:

Resumen de contenidos:

La Navarra oceánica del N.O: Valle del Baztán y Senorío de Bértiz.

Navarra media: Camino de Santiago, Puente La Reina, Obanos y Santa María de Eunate.

Cuenca de Pamplona, foces de Lumbier y Arbayún.

Sur de Navarra: Artatajona, Olite y Bárdenas Reales.

Alojamiento: Centro Puente. Ctra. Señorío de Sarriá s/n. 31100 Puente La Reina (Navarra). Teléfono: 689/70.18.36.

Comunidad Autónoma del País Vasco

Ruta de Euskadi:

Resumen de contenidos: Vitoria Gasteiz y la Llanada Alavesa: Vitoria-Gasteiz, capital institucional, la gran desconocida y modelo de ciudad de desarrollo sostenible. Bilbao y su zona de influencia: ciudad industrial. El entorno de la ría y el turismo. Donostia-San Sebastián: capital turística. Importancia del paisaje urbano.

Alojamiento: Residencia Barria. Monasterio de Barria. 01208 Narbaiza/Narvaja (Araba). Teléfono: 945/31 71 32. barria@ifj.alava.net http://www.alava.net/ifj

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ANEXO IV
Orientaciones generales

Aspectos previos:

Las Escuelas Viajeras son un recurso educativo que permite a los alumnos continuar el aprendizaje iniciado en el aula, aportando un espíritu innovador y proporcionando escenarios de aprendizaje que requieren de la aplicación práctica de los conocimientos y de la resolución de problemas que se presentan en la vida diaria. Mediante la realización de una determinada ruta, además, se facilita el descubrimiento y la convivencia de las distintas comunidades que constituyen España, su riqueza y características peculiares.

Objetivos:

Son objetivos de esta actividad, entre otros, los siguientes:

– Potenciar el conocimiento, comprensión y respeto de diferentes culturas, de la comunidad visitada, sus gentes y costumbres, su historia y sus recursos.

– Fomentar la convivencia entre los grupos de alumnos que comparten la actividad, así como, la aceptación y respeto de sus diferencias lingüísticas y culturales.

– Adquirir habilidades para la prevención y resolución pacífica de los conflictos que les permita desenvolverse con autonomía en el ámbito personal, social y familiar.

– Analizar y valorar el entorno natural, social y cultural, así como las consecuencias de acción y cuidado del mismo, fomentando hábitos de apreciación y respeto del Patrimonio y del Medio Ambiente.

– Suscitar en los alumnos una actitud de aprendizaje permanente tanto dentro como fuera del aula y hábitos de trabajo individual y de equipo.

– Posibilitar el aprendizaje integral y el desarrollo de las competencias básicas mediante la aplicación práctica de los aprendizajes en distintos contextos.

– Desarrollar las capacidades afectivas, la responsabilidad y el esfuerzo en distintas situaciones y en sus relaciones con los demás.

ANEXO V

Don/doña …................................................................................................................padre/madre/tutor del alumno/a ...........................................................................................otorga su autorización para que participe en la actividad de Escuelas Viajeras, organizada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y manifiesta su conocimiento de que, en el caso de que se produjera algún incidente que aconsejara la interrupción del Programa, pueda regresar a su domicilio antes de la fecha prevista.

...................................., ........ de........................... de 2012

Fdo.: ...............

Observaciones: Debe indicarse si el alumno/a presenta problemas de tipo físico o psíquico:

...................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

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