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Documento BOE-A-2012-14047

Acuerdo de 11 de octubre de 2012, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la modificación del entorno de protección del bien de interés cultural Iglesia rupestre de San Juan en Socueva, término municipal de Arredondo.

Publicado en:
«BOE» núm. 274, de 14 de noviembre de 2012, páginas 79602 a 79603 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2012-14047

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución del Director General de Cultura de nueve de abril de dos mil doce se incoó expediente para la modificación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado, «Iglesia rupestre de San Juan», en Socueva, término municipal de Arredondo, para adecuarlo a la situación actual.

Cumplido el trámite establecido en el artículo 18 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria.

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte ha propuesto la modificación del entorno de protección del bien mencionado, y, a tal efecto, insta al Consejo de Gobierno de Cantabria dicha declaración, haciéndole constar que se han cumplimentado todos los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente.

En su virtud y de acuerdo con lo establecido en el artículo 24.17 de la Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Cantabria, reformada por Ley Orgánica 11/1998, de 30 de diciembre, y en el artículo 19 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deporte, previa deliberación, el Consejo de Gobierno de Cantabria en su reunión del día once de octubre de 2012, acuerda:

Primero.

Proceder a la modificación del entorno de protección del Bien de Interés Cultural declarado, «Iglesia rupestre de San Juan», en Socueva, término municipal de Arredondo, para adecuarlo a la situación actual. En el anexo del presente acuerdo se detallan la descripción del bien, la delimitación del entorno de protección y la justificación del mismo.

Segundo.

Cúmplase el anterior acuerdo y notifíquese en forma a: Servicio de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, interesados y Ayuntamiento afectado.

Santander, 11 de octubre de 2012.–La Secretaria del Consejo de Gobierno, Leticia Díaz Rodríguez.

ANEXO
Delimitación del entorno de protección

El entorno de la Iglesia rupestre de San Juan está formado por una serie de fincas rústicas del polígono 8 de Arredondo en la zona conocida como la Lomba. Se reduce en el noreste hasta adaptarlo a la linde actual. En direcciones oeste y suroeste se expande hasta el farallón rocoso, desciende hasta el aparcamiento en construcción y sigue por lindes de fincas hasta recuperar el camino anteriormente protegido.

Justificación

Se pretende mantener el marcado carácter agreste y natural del entorno y las visuales que se producen desde las sendas de acceso al sitio, adaptando la protección a la situación actual del entorno.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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