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Documento BOE-A-2012-13251

Resolución de 16 de agosto de 2012, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, relativa a las Disposiciones Transitorias establecidas en el Reglamento (UE) n.º 805/2011, de la Comisión de 10 de agosto de 2011, por el que se establecen normas detalladas para las licencias y determinados certificados de los controladores de tránsito aéreo en virtud del Reglamento (CE) n.º 216/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo.

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 25 de octubre de 2012, páginas 75432 a 75433 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2012-13251
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2012/08/16/(1)

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 11 de Agosto de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el Reglamento (UE) n.º 805/2011, de la Comisión de 10 de agosto de 2011, por el que se establecen normas detalladas para las licencias y determinados certificados de los controladores de tránsito aéreo en virtud del Reglamento (CE) n.º 216/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo.

En su Artículo 32, Disposiciones transitorias, el Reglamento 805/2011, de la Comisión de 10 de agosto de 2011, establece:

«2. Las licencias, habilitaciones y anotaciones y los certificados médicos y certificados de organizaciones de formación que se hayan expedido de conformidad con las disposiciones pertinentes de la legislación nacional establecida con arreglo a la Directiva 2006/23/CE en la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento, se considerarán expedidas de conformidad con el presente Reglamento.

3. El solicitante de una licencia, habilitación o anotación o un certificado médico o certificado de organización de formación que presente su solicitud antes de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento y que todavía no haya obtenido una licencia, habilitación o anotación o un certificado médico o certificado de organización de formación demostrará que cumple las disposiciones del presente Reglamento antes de que se expida la licencia, habilitación o anotación o el certificado médico o certificado de organización de formación».

El Reglamento 805/2011 de la Comisión de 10 de agosto de 2011, fue publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 11.08.2011, entrando en vigor el 31.08.2011.

Por su parte, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea venía expidiendo licencias en España de conformidad con la Directiva 2006/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de abril de 2006, relativa a la licencia comunitaria de controlador de tránsito aéreo, Directiva que fue transpuesta al ordenamiento jurídico nacional mediante el Real Decreto 1516/2009, de 2 de octubre, por el que se regula la licencia comunitaria de controlador de tránsito aéreo.

Para la emisión de dichas licencias comunitarias de controlador de tránsito aéreo, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea encargó a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, un determinado tipo de papel con características de seguridad, en el que aparecía una inscripción relativa a la conformidad de la licencia con la Directiva 2006/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de abril de 2006.

Teniendo en cuenta las actuales circunstancias económicas que promueven una austeridad en los gastos de la Administración, y los plazos necesarios para la contratación del nuevo tipo de papel con la inscripción relativa al nuevo reglamento 805/2011, de la Comisión de 10 de agosto de 2011, resuelvo:

Primero.

En tanto no se proceda a cambiar el papel de seguridad para hacer constar de forma explícita la conformidad de las Licencias con el Reglamento 805/2011, de la Comisión de 10 de agosto de 2011, las licencias expedidas a partir del 31 de agosto del 2011, se considerarán emitidas de conformidad con dicho Reglamento.

Madrid, 16 de agosto de 2012.–La Directora de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, P. D de firma (Resolución de 3 de agosto de 2012), el Director de Seguridad de Aeropuertos y Navegación Aérea, Juan Rosas Díaz.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/08/2012
  • Fecha de publicación: 25/10/2012
Referencias anteriores
Materias
  • Agencia Estatal de Seguridad Aérea
  • Capacitación profesional
  • Certificaciones
  • Controladores aéreos
  • Licencias
  • Navegación aérea

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