Visto el expediente de indulto de don Juan Paisano Moya, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección décima, en sentencia de 5 de junio de 2009, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 32.000 euros, con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; y un delito de secuestro, como cómplice del mismo, a la pena de dos años de prisión, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de octubre de 2012,
Vengo en indultar a don Juan Paisano Moya las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 5 de octubre de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
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