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Documento BOE-A-2012-11967

Orden Foral de 27 de julio de 2012, de la Diputación Foral de Gipuzkoa, por la que se modifica el nombre oficial del municipio (incluida su capital) de Donostia-San Sebastián.

Publicado en:
«BOE» núm. 230, de 24 de septiembre de 2012, páginas 67877 a 67877 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-A-2012-11967

TEXTO ORIGINAL

La Diputada Foral del Departamento de Administración Foral y Función Pública, con fecha 27 de julio de 2012, ha dictado la siguiente Orden:

El Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián ha remitido el expediente para la modificación del nombre del municipio (incluida su capital), a fin de que pase a ser el de Donostia / San Sebastián, al objeto de permitir su utilización de forma indistinta en función del idioma que se vaya a emplear.

Según el acuerdo del Ayuntamiento que aprobó modificar el nombre del municipio, acuerdo plenario de fecha 30 de mayo de 2012, «el municipio tiene un nombre en euskera “Donostia” que se utilizará en los textos en euskera, y otro en castellano “San Sebastián” que será el que se utilice en textos en castellano; y cuando ambos nombres deban ser utilizados de forma simultánea, se separarán con el símbolo “/”, que deberá ir precedido y seguido de un espacio».

Visto que el expediente ha sido tramitado de conformidad con los artículos 35 y 36 de la Norma Foral 2/2003, de 17 de marzo, reguladora de las Demarcaciones Municipales de Gipuzkoa, en uso de las atribuciones que le confieren el artículo 1.1.f) del Decreto Foral 14/2012, de 2 de abril, sobre estructura orgánica y funcional del Departamento de Administración Foral y Función Pública, y el artículo 40.2.f) de la Norma Foral 6/2005, de 12 de julio, sobre Organización Institucional, Gobierno y Administración del Territorio Histórico de Gipuzkoa,

Esta Diputada Foral, resuelve:

Aprobar la modificación del nombre oficial del municipio (incluida su capital) de Donostia-San Sebastián, que en lo sucesivo pasará a ser el de Donostia / San Sebastián.

La presente Orden Foral es definitiva y pone fin a la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer directamente contra ella recurso contencioso‑administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de San Sebastián, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación.

No obstante, los particulares, con carácter previo, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante esta Diputada Foral, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. En este caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime pertinente.

Donostia / San Sebastián, 27 de julio de 2012.–La Secretaria Técnica del Departamento de Administración Foral y Función Pública, María Yeregui Hernández.

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