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Documento BOE-A-2012-11741

Resolución de 6 de septiembre de 2012, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se publican cuentas anuales del ejercicio 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 19 de septiembre de 2012, páginas 65676 a 65741 (66 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2012-11741

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 136 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y el apartado primero de la Resolución de 28 de mayo de 2012, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina el contenido mínimo de la información a publicar en el «Boletín Oficial del Estado» por las entidades a las que les sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, cuyo presupuesto de gastos tenga carácter limitativo, se hacen públicas las cuentas anuales de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado correspondientes al ejercicio 2011.

Madrid, 6 de septiembre de 2012.–El Director General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Gustavo Emiliano Blanco Fernández.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

1. Organización y actividad

1. El Régimen Especial de la Seguridad Social de los funcionarios civiles del Estado está integrado, de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado por dos mecanismos de cobertura: el régimen de Clases Pasivas del Estado y el Mutualismo Administrativo.

2. El Mutualismo Administrativo, tiene como finalidad la protección social de los funcionarios incluidos en su ámbito de aplicación.

La consecución de los fines encomendados a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado se lleva a cabo mediante la gestión de los programas presupuestarios: 222M «Prestaciones Económicas del Mutualismo Administrativo» y 312E «Asistencia Sanitaria del Mutualismo Administrativo».

Incumbe al programa 222M «Prestaciones Económicas del Mutualismo Administrativo» gestionar el gasto derivado de la protección que, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado y en su Reglamento, debe proporcionarse a los mutualistas y familiares o asimilados a su cargo, en las siguientes contingencias: Subsidios de incapacidad temporal y riesgo durante el embarazo y la lactancia natural, prestaciones recuperadoras por incapacidad permanente total, absoluta y gran invalidez, prestaciones para la remuneración de la persona encargada de la asistencia al gran inválido, indemnizaciones por lesiones, mutilaciones o deformidades causadas por enfermedad profesional o en acto de servicio o como consecuencia de él, servicios sociales, asistencia social, prestaciones familiares por hijo a cargo minusválido y ayudas económicas en los casos de parto múltiple.

Asimismo, el citado programa recoge las previsiones de gasto necesarias para atender aquellas prestaciones de las Mutualidades integradas en el Fondo Especial de MUFACE, con garantía del Estado, según previene la Disposición Adicional Sexta del citado Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio y los respectivos acuerdos de integración de las Mutualidades.

Las actividades del programa son de carácter permanente y corresponden a las prestaciones económicas implantadas por MUFACE. En ellas se programan una serie de tareas encaminadas al reconocimiento de dichas prestaciones y a la concesión de la cuantía económica prevista en la norma reguladora de la prestación de que se trate, comprobando que en todos los casos se cumplen los requisitos establecidos en la normativa para acceder a estos beneficios y aplicando criterios objetivos y homogéneos en la concesión de las mismas.

El análisis de la gestión indica la existencia de cuatro objetivos fundamentales a cuyo servicio se programan una serie de tareas encaminadas a la realización de las siguientes prestaciones:

1. Protección frente a necesidades derivadas de enfermedad, accidente, embarazo o lactancia natural. Incluye las siguientes prestaciones:

– Complemento de ingresos por incapacidad temporal, mediante el correspondiente subsidio.

– Subsidio por riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural.

– Indemnizaciones en supuestos de lesiones permanentes no invalidantes.

– Prestaciones para remunerar a la persona encargada de la asistencia al Gran Inválido, en los casos en los que el accidente o enfermedad alcance el grado de Gran Invalidez.

– Procedimiento para el reconocimiento de los derechos derivados de enfermedad profesional y de accidente en acto de servicio.

2. Protección frente a diversas necesidades de carácter social. Incluye las siguientes prestaciones:

– Servicios sociales con las modalidades de:

o Acción formativa (promoción para estudios).

o Subsidio de jubilación.

o Subsidio de defunción.

o Ayuda de sepelio.

o Ayudas de protección socio-sanitaria. Estas ayudas se concretan en cuatro programas de actuación, de acuerdo con el colectivo al que van destinadas:

• Programa de atención a personas mayores (ayudas para estancia en residencias asistidas, asistencia a centros de día, apoyo domiciliario, teleasistencia domiciliaria, podología básica, termalismo social y servicio de orientación telefónica médica, social y psicológica).

• Programa de atención a enfermos psiquiátricos crónicos (ayudas para el internamiento en centros asistenciales psiquiátricos).

• Programa de atención a personas con discapacidad (ayudas para mantenimiento y potenciación de la capacidad residual, para la autonomía personal, ayudas adicionales a los servicios y prestaciones económicas del SAAD, prolongación de efectos de la renovación de ayudas a personas mayores y otros beneficiarios, para educación especial y para la corrección funcional de la deficiencia auditiva infantil).

• Programa de atención a personas drogodependientes.

– Asistencia Social, con las modalidades de:

o Ayudas asistenciales.

o Ayudas económicas para la adquisición de vivienda.

3. Protección a la familia. Comprende:

– Prestación por hijo a cargo afectado por minusvalía.

– Ayudas económicas en caso de parto múltiple.

4. Protección complementaria del Fondo Especial. Se realiza mediante:

– La concesión de las diversas prestaciones del Fondo Especial (pensiones, auxilios, jubilación, becas para estudios y otras).

El Fondo Especial de MUFACE está compuesto por las siguientes Mutualidades integradas en este Organismo: Presidencia, Hacienda, Obras Públicas, Trabajo, Información y Turismo, Vivienda, Porteros Civiles, Intendentes, Porteros Hacienda, Gobernación, Policía, Dirección General de Sanidad, Educación y Ciencia, Enseñanza Primaria, Escuelas Técnicas, Catedráticos de Universidad, Archivos, Minas, Instituto Geográfico, Aviación Civil, Agricultura, Industria, Catedráticos de Instituto, Benéfica de Abogados del Estado y Montepío de Funcionarios de la Organización Sindical.

El colectivo de activos y pasivos que acoge el Fondo Especial es, en datos referidos a 31 de diciembre de 2011, de 9.667 cotizantes y 90.121 pensionistas.

La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, a través del programa 312E «Asistencia Sanitaria del Mutualismo Administrativo», gestiona la cobertura sanitaria pública de un colectivo de 1.547.246 personas a 31 de diciembre de 2011, de las que 575.132 son beneficiarios y 972.114 son titulares, distribuidos por todo el territorio nacional, asumiendo por tanto la garantía, reconocida por la Constitución, del derecho a la protección de la salud de su colectivo.

El Mutualismo Administrativo, de acuerdo con el artículo 12, apartado a) del Real Decreto Legislativo 4/2000, cubre las necesidades de asistencia sanitaria de los mutualistas y sus beneficiarios, constituyendo dicha cobertura la realización de los derechos constitucionales a la protección de la salud y a la Seguridad Social.

De acuerdo con el citado Real Decreto Legislativo 4/2000, la cobertura sanitaria de los funcionarios civiles del Estado tiene el siguiente contenido:

– Servicios de atención primaria (incluida la atención de urgencia en régimen ambulatorio o a domicilio) y la atención especializada (ya sea en régimen ambulatorio u hospitalario e incluidos los servicios de urgencia hospitalaria).

– Prestación farmacéutica, con participación del asegurado en el coste, establecida con carácter general, en el 30%.

– Prestaciones complementarias, para cuya definición, extensión y contenido se tiene en cuenta lo dispuesto en el Régimen General de la Seguridad Social.

El programa incluye igualmente los gastos derivados de la prestación de los servicios mencionados a los beneficiarios de las Mutualidades integradas en el Fondo Especial de MUFACE que, no teniendo la condición de mutualistas o beneficiarios, mantienen la cobertura sanitaria en virtud de la garantía del Estado de los derechos reconocidos por las antiguas Mutualidades.

3. En cuanto a las principales fuentes de ingresos con que cuenta MUFACE, cabe destacar que, en lo referente al Fondo General, son: la aportación obligatoria del Estado junto a los ingresos por cuotas de los funcionarios. El Fondo Especial cuenta con la correspondiente subvención del Estado, con recursos del patrimonio inmobiliario procedente de las antiguas mutualidades del Fondo Especial y con ingresos por cuotas de los mutualistas de dicho fondo, aunque representan un porcentaje muy reducido sobre el total de los ingresos ya que se trata de un colectivo cerrado en el que, en cada ejercicio, disminuye el número de activos.

4. En cuanto a consideraciones fiscales, cabe destacar que, según lo dispuesto en el artículo 5 apartado Uno de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, este Organismo tiene la consideración de «empresario o profesional», como arrendador de bienes inmuebles del Fondo Especial, a los efectos de lo dispuesto en el citado cuerpo legal. Por tanto, al efectuar conjuntamente prestaciones de servicios (alquiler de inmuebles) que originan derecho a deducción del I.V.A. soportado (alquiler de locales) y otras operaciones de análoga naturaleza que no habilitan para el ejercicio de ese derecho (alquiler de viviendas), es de aplicación, la regla de la prorrata, según dispone el artículo 102 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido. Además, al no cumplirse las circunstancias indicadas en el artículo 103 apartado dos de la citada Ley, no resulta obligatoria la aplicación del sistema de prorrata especial. No obstante, con los datos del ejercicio 2011 se procede al estudio de la conveniencia de la opción por el sistema de prorrata especial, la conclusión obtenida es que al no contar MUFACE en 2011 con la actividad de inserción de publicidad en su revista (actividad por la que repercutía I.V.A. y se deducía la totalidad del I.V.A. soportado) y realizar la única actividad de arrendamiento de bienes inmuebles (el I.V.A. soportado por adquisiciones o prestaciones de servicios destinados a prestar este servicio de alquiler tiene que ser objeto de prorrata puesto que hay alquileres de locales, actividad sujeta y no exenta a efectos de I.V.A. y alquileres de viviendas, actividad sujeta y exenta a efectos de I.V.A. y, por tanto, sin derecho a deducción de I.V.A. soportado) resulta indiferente en términos económicos la utilización de uno u otro tipo de prorrata.

En el ejercicio 2011 el porcentaje de prorrata aplicado con carácter provisional (porcentaje definitivo del ejercicio 2010) ha sido el 72%, y el definitivo para dicho ejercicio ha resultado ser el 70%.

5. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado se articula en los siguientes órganos:

a) De participación en el control y vigilancia de la gestión:

1.º Consejo General.

2.º Comisión Permanente del Consejo General.

3.º Comisiones Provinciales.

La Dirección General se estructura en una Secretaría General y los Departamentos de Gestión Económica y Financiera, Prestaciones Sanitarias, Prestaciones Sociales e Inspección General, así como sus correspondientes Áreas y Servicios. Asimismo, en cada una de las provincias y en Ceuta y Melilla, existe un Servicio Provincial, con competencias delegadas en materia de afiliación y prestaciones.

Del Servicio Provincial de Madrid dependen varias Oficinas Delegadas, con competencias delegadas análogas a los Servicios Provinciales, en materia de afiliación y prestaciones.

6. La distribución interna de competencias está regulada por el Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado y por la Resolución de 20 de julio de 2004 sobre delegación de atribuciones de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, modificada por la Resolución de 4 de febrero de 2008, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se modifica la de 20 de julio de 2004, sobre delegación de atribuciones. A 31 de diciembre de 2011 el Director General de MUFACE era Don Jose María Fernández Lacasa, el cargo de Secretaria General lo ostentaba Doña M. Teresa Martínez de Marigorta Tejera, el Director del Departamento de Gestión Económica y Financiera era Don Víctor A. Laquidáin Hergueta, la Directora del Departamento de Prestaciones Sanitarias era Doña Concepción Vera Ruiz y el Director del Departamento de Prestaciones Sociales era Don Gustavo E. Blanco Fernández.

7. En cuanto al número de efectivos, tanto personal laboral como funcionario, a 31 de diciembre de 2011 clasificados por categorías, se resume en las siguientes tablas:

CONVENIO ÚNICO PARA EL PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

Gr. Prof.

Área func.

Cod. Esp.

Especialidad

Categoría

Categoría convenio MUFACE

Plantilla

Efectivos

Vacantes

G1

 

 

 

JEFE SECCIÓN INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN.

Fuera de convenio.

1

1

0

G1

1

 

 

REDACTOR JEFE (REVISTA MUFACE).

Fuera de convenio.

1

0

1

G1

A1

 

 

TITULADO SUPERIOR GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES.

Titulado superior.

1

1

0

G1

A2

 

 

TITULADO SUPERIOR ACTIVDADES TÉCNICAS Y PROFESIONALES.

Arquitecto.

1

0

1

G2

A2

 

 

TITULADO MEDIO ACTIVIDADES TÉCNICAS Y PROFESIONALES.

Aparejadora.

1

1

0

G3

1

 

 

GESTOR INFORMÁTICO.

*.

4

0

4

G3

A1

 

 

TÉCNICO SUPERIOR DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES.

Encargado de almacén.

1

1

0

G3

A1

 

 

TÉCNICO SUPERIOR DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES.

Encargado de reprografía.

1

1

0

G3

A1

 

 

TÉCNICO SUPERIOR DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES.

Jefe administrativo.

6

6

0

G3

A1

 

 

TÉCNICO SUPERIOR DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES.

Oficial 1ª reprografía.

1

1

0

G3

A1

 

 

TÉCNICO SUPERIOR DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES.

Oficial administrativo 1.ª

4

4

0

G3

A2

023

DESARROLLO Y APLICACIÓN DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN.

TÉCNICO SUPERIOR ACTIVIDADES TÉCNICAS Y PROFESIONALES.

Delineante-proyectista.

1

1

0

G3

A2

047

MANTENIMIENTO Y MONTAJE DE INSTAL. DE EDIFICIO Y PROCESO.

TÉCNICO SUPERIOR ACTIVIDADES TÉCNICAS Y PROFESIONALES.

Oficial 1.ª oficios.

2

2

0

G4

A1

 

 

OFICIAL DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES.

Auxiliar administrativo.

19

16

3

G4

A1

 

 

OFICIAL DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES.

Ayudante de archivo.

2

2

0

G4

A1

 

 

OFICIAL DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES.

Conserje.

45

43

2

G4

A1

 

 

OFICIAL DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES.

Encargado de centralita.

1

1

0

G4

A1

 

 

OFICIAL DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES.

Oficial 2.ª reprografía.

1

1

0

G4

A1

 

 

OFICIAL DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES.

Oficial administrativo 2.ª

3

3

0

G4

A2

046

MANTENIMIENTO GENERAL.

OFICIAL DE ACTIVIDADES TÉCNICAS Y PROFESIONALES.

Oficial 2.ª oficios.

1

1

0

G5

A1

 

 

AYUDANTE DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES.

Ayudante de almacén.

1

1

0

G5

A1

 

 

AYUDANTE DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES.

Conserje con plena dedicación.

2

2

0

G5

A1

 

 

AYUDANTE DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES.

Limpiador.

1

1

0

G5

A1

 

 

AYUDANTE DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES.

Mozo especialista.

5

4

1

G5

A1

 

 

AYUDANTE DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES.

Portero con plena dedicación.

1

1

0

G5

A1

 

 

AYUDANTE DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES.

Portero sin plena dedicación.

2

2

0

G5

A1

 

 

AYUDANTE DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES.

Subalterno.

17

14

3

Total

126

111

15

Funcionarios que prestan servicios en MUFACE. Plantilla y efectivos: Distribución por niveles (sin contabilizar al Director General):

Nivel

Plantilla

Efectivos

Vacantes

30

10

10

0

29

9

8

1

28

39

35

4

27

17

15

2

26

72

68

4

25

1

1

0

24

60

50

10

23

16

13

3

22

126

116

10

20

27

23

4

18

48

46

2

17

474

447

27

16

41

36

5

15

14

7

7

14

24

13

11

12

1

0

1

Total

979

888

91

8. En el año 2011, a nivel presupuestario la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado depende del Ministerio de la Presidencia y a nivel organizativo del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, a través de la Secretaría de Estado para la Función Pública.

9. MUFACE no está incluida en ningún grupo o multigrupo ni es entidad asociada de otra u otras para ningún fin.

2. Gestión indirecta de servicios públicos, convenios y otras formas de colaboración

1.

2. En cumplimiento de la Instrucción General relativa a la remisión al Tribunal de Cuentas de los extractos de los expedientes de contratación y de la relación de contratos y de convenios celebrados por las Entidades del Sector Público Estatal y Autonómico, de 26 de marzo de 2009, con periodicidad anual se elabora la relación certificada de los contratos tramitados por la Mutualidad en el ejercicio. Sobre la base de su contenido, la actividad contractual de la Mutualidad durante 2011 se resume en los siguientes datos:

Con exclusión de los contratos menores, se han celebrado un total de 88 contratos por un importe de adjudicación de 2.005.203.725,95 euros. De ellos, sesenta y tres se han tramitado por medio del Sistema de Contratación Centralizada Estatal de la Dirección General del Patrimonio del Estado, destinado a la adquisición de bienes y servicios susceptibles de ser utilizados con carácter general por toda la administración. Los restantes contratos tienen por objeto la adquisición de suministros y la ejecución de obras y servicios y han sido tramitados por los procedimientos abierto y negociado sin publicidad. La relación incluye asimismo una serie de contratos privados destinados a la contratación de pólizas de seguro y de cuentas bancarias, que como en los casos anteriores, han sido tramitados por los procedimientos abierto y negociado sin publicidad.

Destacan por su trascendencia y cuantía los Conciertos de Asistencia Sanitaria en el Exterior y en el Territorio Nacional. De acuerdo con la disposición vigésimo tercera de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, los conciertos de asistencia sanitaria tiene la naturaleza de contratos de gestión de servicios públicos y, en ambos casos, se han tramitado por procedimiento abierto.

El artículo 17 del Texto Refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado otorga a la Mutualidad la posibilidad de facilitar la asistencia sanitaria a su colectivo protegido bien directamente o mediante concierto con otras entidades o establecimientos públicos o privados.

MUFACE no dispone de medios propios para facilitar directamente la prestación de asistencia sanitaria. Por ello ha proporcionado desde su creación la prestación mediante convenio con las entidades gestoras de la Seguridad Social o conciertos suscritos al efecto con entidades de seguro de asistencia sanitaria. La prestación de asistencia sanitaria en el ámbito de la Mutualidad se lleva a cabo a través de los conciertos suscritos por MUFACE con las entidades de seguro de asistencia sanitaria y el sistema sanitario público.

Conforme a la legislación vigente, propia de la Mutualidad y la normativa general de contratación del sector público, MUFACE está obligada a efectuar periódicamente la correspondiente convocatoria para concertar la prestación de asistencia sanitaria.

Como se ha indicado en párrafos precedentes, en el año 2011, tras la preceptiva convocatoria pública basada en los principios de publicidad y concurrencia, se han suscrito dos nuevos conciertos de Asistencia Sanitaria, ambos con vigencia durante los años 2012-2013, con posibilidad de prórroga por otros dos años.

El Concierto para el aseguramiento del acceso a la prestación de asistencia sanitaria en territorio nacional a los mutualistas y demás beneficiarios de la misma que hayan optado por recibirla a través de las entidades de seguro, se firmó el 19 de diciembre de 2011 con las entidades Adeslas, Asisa, DKV, Sanitas e Igualatorio Médico Quirúrgico Colegial, por un importe de adjudicación de 1.976.492.381,54 euros. Con él se facilita cobertura sanitaria a un colectivo integrado por 1.262.396 personas (datos a 1 de marzo de 2012).

Por su parte, el Concierto para el aseguramiento de la prestación de Asistencia Sanitaria a los mutualistas destinados y/o residentes en el extranjero y sus beneficiarios tiene por objeto la prestación de asistencia sanitaria en cualquier país del mundo, incluida España. Se firmó el 2 de diciembre de 2011 con DKV, en idénticas condiciones de vigencia y prórrogas que el concierto nacional, por un importe de 24.341.520,00 euros, y se encarga de proporcionar asistencia sanitaria a un colectivo de 6.795 beneficiarios (datos a 1 de marzo de 2012).

3. En cuanto a los Convenios, con carácter anual MUFACE prorroga dos tipos de convenios relacionados con la prestación de la asistencia sanitaria a los mutualistas y sus beneficiarios:

• Los Convenios Rurales, sucritos por las tres mutualidades (MUFACE, MUJEJU e ISFAS) y distintas Comunidades Autónomas, tienen la finalidad de garantizar la prestación de asistencia sanitaria en aquellas localidades en las que las Entidades médicas firmantes del Concierto de Asistencia Sanitaria Nacional no disponen de medios propios para la prestación de asistencia sanitaria a los mutualistas y sus beneficiarios, por lo que debe ser facilitada por el Sistema Sanitario Público. El pago de esta asistencia se realiza detrayendo su importe de las primas que se abonan con carácter mensual a la Entidad a la que pertenezca el mutualista.

• Los Convenios de Asesoramiento son instrumentos jurídicos de colaboración suscritos con los servicios de salud de determinadas administraciones autonómicas cuyo objeto es la prestación de funciones de asesoramiento e informe técnico-sanitario a los Servicios Provinciales de MUFACE. El importe de dichos convenios en el año 2011 ascendió a 150.111 euros.

En ambos casos, el plazo de ejecución incluye del 1 de enero al 31 de diciembre.

Al margen de los convenios relacionados con la asistencia sanitaria, MUFACE ha prorrogado para el ejercicio 2011 los convenios que regulan el uso de edificios compartidos para la ubicación de los Servicios Provinciales de Palma de Mallorca y de Castellón.

4. Por último y con efectos en el ejercicio 2011, MUFACE ha formalizado las siguientes Encomiendas:

• Encomienda de Gestión con el Instituto Nacional de la Seguridad Social para la realización de reconocimientos médicos, en el marco del control de la Incapacidad Temporal y con un plazo de ejecución de un año, a partir del 1 de enero.

La reforma legal de la Incapacidad Temporal quedó recogida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2009 y ha sido desarrollada por el Real Decreto 2/2010, de 8 de enero, por el que se modifica el Reglamento General del Mutualismo Administrativo en materia de incapacidad temporal y riesgo durante el embarazo y durante la lactancia natural y por la orden de desarrollo del citado Reglamento, que completa algunos de los aspectos prácticos de su aplicación. De manera resumida, los objetivos buscados con esta reforma han sido fundamentalmente una mayor homogeneización con la figura de la Incapacidad Temporal en el Régimen General de la Seguridad Social, una mejor gestión y un mayor control de la situación de Incapacidad Temporal en este Régimen Especial.

La regulación actual de la situación de Incapacidad Temporal otorga a MUFACE una mayor cuota de responsabilidad que permite intensificar los mecanismos de control, manteniendo al mismo tiempo el equilibrio entre la prevención del fraude y la búsqueda de la eficiencia en la protección. Por ello, el objeto de esta encomienda es instrumentar la creación de un sistema de reconocimientos médicos a los mutualistas de MUFACE en situación de Incapacidad Temporal, aprovechando para ello los medios para estos mismos fines en el Régimen General el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puesto que son los médicos inspectores del INSS quienes se ocupan del seguimiento y control referidos.

• Encomienda de Gestión con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT), para la fabricación y envío de la Tarjeta Sanitaria Europea a todos aquellos mutualistas y beneficiarios que la soliciten entre el 7 de febrero de 2011 y el 6 de febrero de 2012. Su finalidad es proporcionar un documento personalizado y dotado de suficientes garantías de seguridad en su fabricación y almacenamiento a los titulares y beneficiarios de la Mutualidad que viajen a la Unión Europea, Espacio Económico Europeo y Suiza. De esta manera se da cumplimiento al Reglamento (CE) 987/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, por el que se adoptan las normas de aplicación del Reglamento (CE) nº 883/2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social, haciendo extensiva la aplicación de lo dispuesto en los artículos 19 y 27.1 del citado Reglamento 883/2004, a los titulares y beneficiarios del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado que se encuentren en posesión de dicha tarjeta, en las condiciones reguladas en el citado Reglamento.

5. Encomienda de Gestión con SEGIPSA para la gestión de las fincas que integran el Patrimonio Inmobiliario del Fondo Especial. Dicho patrimonio está constituido por las fincas urbanas, locales comerciales y viviendas que aportaron en su día las Mutualidades que se integraron en MUFACE, como consecuencia de la aplicación de la Ley 29/75, de 27 de junio, sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado. El objeto de la Encomienda es la gestión del cobro de los alquileres de las fincas situadas en Madrid, Barcelona y Bilbao.

3. Bases de presentación de las cuentas

1. Las cuentas anuales de MUFACE se han formado a partir de los registros contables de la entidad, se expresan en euros, y se presentan con el contenido establecido en el artículo 128 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, ampliado por lo dispuesto en la Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, por la que se aprueba el Plan General de Contabilidad Pública y la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la que se aprueba la instrucción de contabilidad para la Administración Institucional del Estado. Las cuentas anuales de MUFACE reflejan la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial, y de la ejecución de su presupuesto.

La información que se ha incluido en las cuentas anuales de MUFACE es clara ya que permite la comprensión de su significado, es relevante al comprender toda la información que tiene importancia relativa a efectos de la toma de decisiones económicas para los receptores de la información, es fiable puesto que es imagen fiel de los hechos que representa y es comparable con la de otras entidades y con la propia de MUFACE procedente de otros ejercicios.

La formación de las cuentas anuales, así como la contabilidad de la entidad se ha desarrollado aplicando los principios contables de carácter económico patrimonial y los principios contables de carácter presupuestario contenidos en el apartado 3º de la primera parte del Plan General de Contabilidad Pública aprobado por Orden EHA/1037/2010, 13 de abril.

2. El inicio de la aplicación del nuevo Plan General de Contabilidad Pública a 1 de enero de 2011 para las entidades integrantes del sector público administrativo estatal implica que las cuentas anuales formadas para el ejercicio 2011, en aplicación de la Disposición Transitoria Tercera recogida en el citado Plan, no reflejarán en el balance, en la cuenta del resultado económico-patrimonial ni el resto de estados que incluyan información comparativa, las cifras relativas al ejercicio o ejercicios anteriores. No obstante, en la nota número 5 de este mismo apartado 3 de la memoria se incluirán el balance y la cuenta del resultado económico patrimonial del ejercicio 2010 a efectos de completar y ampliar la información que proporciona la entidad de ejercicios anteriores.

3. En este primer ejercicio de aplicación del nuevo Plan General de Contabilidad Pública la incidencia en las cuentas anuales de los cambios en criterios de contabilización viene dada por este hecho, puesto que las cuentas anuales recogen la codificación y contenido de las cuentas contables que establece la nueva norma contable y se han aplicado los criterios de contabilización establecidos por la nueva normativa. En el ejercicio 2011, se ha corregido de forma manual el Estado de Flujos de efectivo en una cuantía positiva de 5.286,38 euros en el apartado de otros cobros de actividades de gestión, ya que el sistema no había recogido una autorrepercusión de IVA y en una cuantía negativa de 2.270,91 euros en el apartado de otros pagos de actividades de gestión, ya que, al igual que en el caso anterior el sistema no había recogido como menor pago la regularización de la regla de la prorrata del año 2010. Para ejercicios venideros se corregirá esta deficiencia de la aplicación informática por parte de la Intervención General de la Administración del Estado con objeto de que el Estado de Flujos de Efectivo se forme directamente sin necesidad de incluir ajustes manuales.

Al cierre del ejercicio 2011 se ha reflejado en la cuenta 5709 «Caja. Anticipos de caja fija», el importe en efectivo existente a 31/12/2011 en las cajas pagadoras con las que cuenta MUFACE (en los Servicios Provinciales y en Servicios Centrales), este importe ascendía a 2.058,93 euros. Asimismo, procedente de la cuenta 5761 «Bancos e instituciones de crédito. Otros pagos en firme», se ha recogido en la cuenta 5760 «Bancos e instituciones de crédito. Pago de nóminas» el saldo a 31/12/2011 de las cuentas de habilitado de personal (0,00 euros) y de habilitado pensiones (10.523,37 euros).

4.

5. Balance y cuenta del resultado económico patrimonial del ejercicio anterior (punto 1 D.T. 3.ª del NPGCP):

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

6. Aspectos derivados de la transición a las nuevas normas contables (punto 2 de la D.T. 3.ª del nuevo Plan General de Contabilidad Pública).

La aplicación del nuevo Plan General de Contabilidad Pública dispone que una vez realizado el asiento de apertura del ejercicio 2011 utilizando las mismas cuentas que en el asiento de cierre del ejercicio 2010, se ajuste dicho asiento de apertura con el fin de que a dicha fecha queden registrados todos los activos y pasivos cuyo reconocimiento exige el nuevo Plan General de Contabilidad Pública y se den de baja todas las partidas cuyo reconocimiento no esté permitido por el mismo. Esta modificación del asiento de apertura se realiza en MUFACE siguiendo las instrucciones contenidas en la Nota Informativa Nº 3/12 de 31/01/2012 de la Intervención General de la Administración del Estado. Las modificaciones que se capturaron en el asiento de apertura de forma manual en aplicación de dicha instrucción versaron sobre la distribución del saldo a 31/12/2010 de las antiguas cuentas de «Terrenos» y «Construcciones» en las nuevas de «Terrenos», «Construcciones», «Inversiones en terrenos» e «Inversiones en construcciones» con el contenido recogido en el nuevo Plan General de Contabilidad Pública. Asimismo, se procedió a la distribución del saldo a 31/12/2010 de las antiguas cuentas de «Amortización acumulada del inmovilizado inmaterial» y «Amortización acumulada del inmovilizado material» en las correspondientes cuentas de amortización acumulada de cada una de las cuentas que componen el inmovilizado del Organismo. Además, en el asiento de apertura de fecha 01/01/2011 quedaron reclasificados los elementos patrimoniales en la nueva codificación de cuentas que establece el Plan General de Contabilidad Pública.

A efectos de reclasificar a la cuenta adecuada los inmuebles y los terrenos en los que se ubican en aplicación de la nueva normativa contable se solicitó información a la Secretaría General del Organismo, como gestor de los inmuebles que MUFACE posee y que se califican a efectos de la nueva normativa contable como «inversiones inmobiliarias», definidas como terrenos o edificios que se tienen por parte del propietario para obtener rentas, plusvalías o ambas, no para su uso en la producción o suministro de bienes o servicios, ni para fines administrativos, ni para su venta en el curso ordinario de las operaciones. De este modo, el saldo a 31/12/2010 de «Terrenos» (16.537.969,88 euros) y de «Construcciones» (27.570.305,75 euros) quedó reclasificado a 01/01/2011 en el asiento de apertura del siguiente modo: en la cuenta 210 «Terrenos y bienes naturales» un saldo de 10.416.477,64 euros y en la cuenta 220 «Inversiones en terrenos» un saldo de 6.121.492,24 euros, en la cuenta 211 «Construcciones» un saldo de 20.784.494,00 euros y en la cuenta 221 «Inversiones en construcciones» un saldo de 6.785.811,75 euros.

Por otro lado, el saldo a 31/12/2010 de la antigua cuenta 281 «Amortización acumulada del inmovilizado inmaterial» por un importe de 10.891.835,55 euros quedó reclasificado en las siguientes cuentas recogidas en el nuevo Plan General de Contabilidad Pública: la 2806 «Amortización acumulada de aplicaciones informáticas» con un saldo de 10.885.443,08 euros y en la 2809 «Amortización acumulada de otro inmovilizado intangible» por un importe de 6.392,47 euros. El saldo a 31/12/2010 de la cuenta del antiguo Plan 282 «Amortización acumulada del inmovilizado material» quedó repartido en función de su naturaleza en las siguientes cuentas: 2811 «Amortización acumulada de construcciones» con un saldo de 5.471.652,02 euros, 2814 «Amortización acumulada de maquinaria y utillaje» con un saldo de 32.025,11 euros, 2815 «Amortización acumulada de instalaciones técnicas y otras instalaciones» con un saldo de 2.525.227,65 euros, 2816 «Amortización acumulada de mobiliario» con un saldo de 2.994.449,78 euros, 2817 «Amortización acumulada de equipos para procesos de información» con un saldo de 5.529.597,34 euros, 2821 «Amortización acumulada de inversiones en construcciones» con un saldo de 983.659,68 euros y la 2819 «Amortización acumulada de otro inmovilizado material» con un saldo de 1.488,03 euros.

En ejercicios anteriores, MUFACE llevó a cabo la enajenación de inmuebles procedentes de las mutualidades que integraron el Fondo Especial. Con objeto de reclasificar los inmuebles en los que resultara procedente su consideración como activos en estado de venta (existencias), se solicitó información a la Secretaría General del Organismo sobre este aspecto y no existía ningún plan de venta iniciado a 31/12/2011 que tuviera como consecuencia la reclasificación de ningún inmueble a esta categoría.

Asimismo, en aplicación de la Disposición Transitoria Segunda del nuevo Plan General de Contabilidad Pública denominada «Reglas específicas para la valoración y registro de determinadas partidas» el Patrimonio recibido en adscripción por MUFACE pasa a estar recogido en la cuenta 1001 «Aportación de bienes y derechos» por un importe de 1.681.379,23 euros y el saldo de la antigua cuenta 108 «Patrimonio entregado en cesión» se canceló contra la cuenta 120 «Resultados de ejercicios anteriores» al tratarse las entregas de bienes cedidos como una subvención concedida en aplicación de lo dispuesto en la Norma de Reconocimiento y Valoración n.º 19 «Adscripciones, y otras cesiones gratuitas de uso de bienes y derechos» que a su vez remite a lo recogido en la Norma de Reconocimiento y Valoración n.º 18 «Transferencias y Subvenciones» para la contabilización de estas operaciones por un importe de 2.300.499,64 euros. Estos aspectos son objeto de un mayor desarrollo en el apartado 4. «Normas de reconocimiento y Valoración».

Al haber optado MUFACE por elaborar el asiento de apertura del ejercicio 2011 de acuerdo a lo establecido en la Disposición Transitoria Primera de la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, es decir, utilizando directamente las cuentas recogidas en el nuevo Plan General de Contabilidad Pública, se procede a incorporar en este apartado de la Memoria el asiento de cierre del ejercicio 2010 con las cuentas del Plan General de Contabilidad Pública vigente hasta dicha fecha y el asiento de apertura del ejercicio 2011 con las cuentas del nuevo Plan:

ASIENTO DE CIERRE AL EJERCICIO 2010

22102010810000163

49

30-12-2010

575

H

403.462,84

ASIENTO DE CIERRE.

22102010810000163

50

30-12-2010

5762

H

669.199,54

ASIENTO DE CIERRE.

TOTAL HABER

843.679.742,55

 

22102010810000163

1

30-12-2010

100

D

687.336.703,35

ASIENTO DE CIERRE.

22102010810000163

5

30-12-2010

142

D

7.493.466,94

ASIENTO DE CIERRE.

22102010810000163

6

30-12-2010

180

D

15.556,66

ASIENTO DE CIERRE.

22102010810000163

21

30-12-2010

281

D

10.891.835,55

ASIENTO DE CIERRE.

22102010810000163

22

30-12-2010

282

D

17.538.099,61

ASIENTO DE CIERRE.

22102010810000163

23

30-12-2010

400

D

114.713.774,82

ASIENTO DE CIERRE.

22102010810000163

24

30-12-2010

409

D

204.354,33

ASIENTO DE CIERRE.

22102010810000163

25

30-12-2010

410

D

3.764,29

ASIENTO DE CIERRE.

22102010810000163

26

30-12-2010

411

D

409.884,19

ASIENTO DE CIERRE.

22102010810000163

27

30-12-2010

4191

D

669.199,54

ASIENTO DE CIERRE.

22102010810000163

28

30-12-2010

4199

D

1.156.037,49

ASIENTO DE CIERRE.

22102010810000163

36

30-12-2010

4751

D

653.487,44

ASIENTO DE CIERRE.

22102010810000163

37

30-12-2010

4760

D

47.312,71

ASIENTO DE CIERRE.

22102010810000163

38

30-12-2010

4770

D

39.332,35

ASIENTO DE CIERRE.

22102010810000163

39

30-12-2010

490

D

237.889,34

ASIENTO DE CIERRE.

22102010810000163

41

30-12-2010

554

D

523.222,47

ASIENTO DE CIERRE.

22102010810000163

45

30-12-2010

559

D

22.276,41

ASIENTO DE CIERRE.

22102010810000163

46

30-12-2010

560

D

42.165,83

ASIENTO DE CIERRE.

22102010810000163

2

30-12-2010

101

D

1.681.379,23

ASIENTO DE CIERRE.

TOTAL DEBE

843.679.742,55

 

ASIENTO DEL CIERRE DEL EJERCICIO 2011

22102011810000001

46

01-01-2011

490000

H

237.889,34

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

48

01-01-2011

554000

H

523.222,47

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

52

01-01-2011

559000

H

22.276,41

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

53

01-01-2011

560000

H

42.165,83

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

2

01-01-2011

100100

H

1.681.379,23

ASIENTO DE APERTURA.

TOTAL HABER

843.679.742,55

 

22102011810000001

58

01-01-2011

556000

D

1.476,50

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

3

01-01-2011

120000

D

2.300.499,64

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

4

01-01-2011

129000

D

26.654.156,94

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

7

01-01-2011

206000

D

24.710.807,14

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

8

01-01-2011

209000

D

10.440,00

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

9

01-01-2011

210000

D

10.416.477,64

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

10

01-01-2011

220000

D

6.121.492,24

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

11

01-01-2011

211000

D

20.784.494,00

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

12

01-01-2011

221000

D

6.785.811,75

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

13

01-01-2011

215000

D

5.457.352,43

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

14

01-01-2011

214000

D

73.452,33

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

15

01-01-2011

216000

D

6.924.387,98

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

16

01-01-2011

217000

D

8.871.063,80

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

17

01-01-2011

219000

D

32.492,34

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

18

01-01-2011

250000

D

1.416.648,92

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

19

01-01-2011

251000

D

31.255,41

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

20

01-01-2011

254000

D

2.140,84

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

21

01-01-2011

260000

D

2.404,05

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

22

01-01-2011

265000

D

9.426,91

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

38

01-01-2011

431000

D

568.737.272,86

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

39

01-01-2011

440000

D

9.237,75

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

40

01-01-2011

443000

D

1.598,75

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

41

01-01-2011

449000

D

501,07

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

42

01-01-2011

472000

D

4.861,03

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

47

01-01-2011

544000

D

48.137,05

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

49

01-01-2011

555000

D

69,78

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

50

01-01-2011

558100

D

7.169,92

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

51

01-01-2011

558500

D

563.611,74

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

54

01-01-2011

571000

D

122.749.760,17

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

55

01-01-2011

576100

D

669.199,54

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

56

01-01-2011

573000

D

29.878.579,19

ASIENTO DE APERTURA.

22102011810000001

57

01-01-2011

575100

D

403.462,84

ASIENTO DE APERTURA.

TOTAL DEBE

843.679.742,55

 

4. Normas de reconocimiento y valoración

1. Inmovilizado material.–El inmovilizado material que figura contabilizado en el balance a 31/12/2010 está registrado por su precio de adquisición o coste de producción en aplicación del apartado 2 de la Disposición Transitoria primera del nuevo Plan General de Contabilidad Pública. A partir de 01/01/2011 la valoración de las operaciones que afectaron a elementos patrimoniales se realizó a precio de adquisición o coste de producción para las nuevas adquisiciones y los desembolsos posteriores han sido añadidos al importe del valor contable cuando de ellos se deriva un potencial de servicio adicional al originalmente establecido. Las reparaciones y mantenimiento del inmovilizado material quedan recogidos como gastos en el ejercicio 2011. La vida útil que se estima para los componentes de este inmovilizado es el período establecido en las tablas de amortización del Anexo de la Resolución de la Intervención General de la Administración del Estado de 14 de diciembre de 1999, por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio. Las cuotas de amortización se determinan por el método lineal. El modelo de valoración posterior utilizado para este tipo de inmovilizaciones es el Modelo del coste.

Resulta necesario hacer mención en este apartado al tratamiento contable otorgado a los cuadros premiados en los distintos concursos de pintura organizados por MUFACE y cuya propiedad pasa a ser de la Mutualidad. Estos cuadros se pueden incluir en la definición de patrimonio histórico recogida en la Norma de Reconocimiento y Valoración n.º 3 del nuevo Plan General de Contabilidad Pública puesto que cumplen las características de estos bienes que allí se recogen, esto es:

• Es poco probable que su valor en términos culturales, medioambientales, educacionales e histórico-artísticos quede perfectamente reflejado en un valor financiero basado puramente en un precio de mercado.

• Las obligaciones legales o estatutarias pueden imponer prohibiciones o severas restricciones a su disposición por venta.

• Son irremplazables y su valor puede incrementarse con el tiempo, incluso si sus condiciones físicas se deterioran.

• Es difícil estimar su vida útil.

El valor con el que los cuadros premiados hasta el año 2009 aparece de alta en inventario es el correspondiente al premio percibido por su autor y, en su caso, a la inversión en el marco que se les pone con objeto de poder exhibirlos en las dependencias del organismo. Los cuadros premiados en el año 2010 figuran valorados en inventario exclusivamente por la inversión en la moldura realizada, al no considerarse una valoración fiable de los mismos el premio otorgado a sus autores en el concurso. La inversión en molduras para estos cuadros se amortizan en un período de veinte años al igual que otro mobiliario.

En el año 2011 se contabiliza la cesión con carácter indefinido de dos cuadros procedentes de los concursos de pintura organizados por MUFACE a la extinta Secretaría de Estado para la Función Pública. Este hecho se recoge en contabilidad como una subvención concedida por el valor contable de los bienes en la fecha de cesión, en aplicación de la Norma de Reconocimiento y Valoración n.º 19 que remite a la nº 18 «Transferencias y Subvenciones» para su registro.

2. Inversiones inmobiliarias.–Se han considerado inversiones inmobiliarias los terrenos y construcciones que se tienen para obtener rentas, plusvalías o ambas, no para su uso en la prestación de servicios ni para fines administrativos, ni para su venta en el curso ordinario de las operaciones, por ello, se incluyen en el subgrupo 22 «Inversiones inmobiliarias» los terrenos y las construcciones que se encuentran arrendados, por los que se obtiene una renta y los que se encuentran vacíos sin estar destinados a la prestación de servicios propios de MUFACE ni para tareas administrativas. Estos activos están valorados a precio de adquisición o coste de producción, para ellos se aplica lo establecido en la Norma de Reconocimiento y Valoración n.º 2 «Inmovilizado material». La vida útil que se estima para los componentes de este inmovilizado es el período establecido en las tablas de amortización del Anexo de la Resolución de la Intervención General de la Administración del Estado de 14 de diciembre de 1999, por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio. Las cuotas de amortización se determinan por el método lineal. El modelo de valoración posterior utilizado para este tipo de inmovilizaciones es el Modelo del coste.

En el año 2011 se contabiliza la cesión con carácter temporal del inmueble antigua sede del Servicio Provincial de Castellón a la Subdelegación del Gobierno, en aplicación de la Norma de Reconocimiento y Valoración n.º 19 «Adscripciones, y otras cesiones gratuitas del uso de bienes y derechos» del nuevo Plan General de Contabilidad Pública que remite a la Norma de Reconocimiento y Valoración n.º 18 «Transferencias y Subvenciones» para el registro y valoración de dicha cesión, por el período de tiempo que dura esta cesión temporal se contabiliza una subvención concedida y un deterioro de valor por el usufructo cedido de construcciones.

En el ejercicio 2011 se detecta la falta de alta en inventario del inmueble situado en calle La Rosa, 5 y 7, 2.º izquierda, de Santa Cruz de Tenerife, por lo que se procede a subsanar esta situación solicitando al Gabinete de Arquitectura de la mutualidad una tasación del terreno y la construcción para utilizar como valor razonable en el alta del citado inmueble.

En el ejercicio 2011 se actualiza en contabilidad y en inventario la circunstancia de la reversión de tres inmuebles (situados en calle Segorbe, 2, en Teruel; calle Italia, 27, escalera 2, entresuelo y sótano en Alicante y plaza Constitución, 4 1.º y 2.º en Cuenca) que estuvieron cedidos y que volvieron al activo del organismo en los años 2009 y 2010, hechos éstos que no se habían contabilizado en su momento y por los que a 1 de enero de 2011 se actualiza esta circunstancia aplicando la normativa contable anterior puesto que la última de las reversiones a tratar tenía fecha anterior a la entrada en vigor de la nueva normativa contable.

3. Inmovilizado intangible.–En el Balance de MUFACE aparecen como inmovilizado intangible, las aplicaciones informáticas necesarias para que el organismo desarrolle su actividad de servicio público y otro inmovilizado inmaterial donde se recoge un derecho de tanteo sobre un inmueble situado en la avenida del Manzanares, número 66, A, que figura de alta en inventario desde el 31 de diciembre de 2004. Están valorados al precio de adquisición o coste de producción en aplicación de la Norma de Reconocimiento y Valoración n.º 3 en su apartado 5.4 sobre «Aplicaciones Informáticas» y en la Norma de Reconocimiento y Valoración n.º 2 a la que remite ésta. En lo referente a la activación de gastos como aplicaciones informáticas se siguen los criterios recogidos en el apartado 5.4 antes mencionado que remite al apartado 5.1 donde aparecen los condiciones a cumplir para que un gasto pueda ser activado como inmovilizado:

• Que el inmovilizado vaya a generar probables rendimientos económicos futuros o potencial de servicio.

• La disponibilidad de los adecuados recursos técnicos, financieros o de otro tipo, para completar el desarrollo y para utilizar el inmovilizado.

• Que estén específicamente individualizados por proyectos y se dé una asignación, imputación y distribución temporal de los costes claramente establecida.

La vida útil que se estima para las aplicaciones informáticas es el período establecido en las tablas de amortización del Anexo de la Resolución de la Intervención General de la Administración del Estado de 14 de diciembre de 1999, por la que se regulan determinadas operaciones contables a realizar a fin de ejercicio o su vida útil en caso de que ésta fuera menor al plazo establecido en la citada Resolución. Las cuotas de amortización se determinan por el método lineal. Por su parte, el derecho de tanteo se amortiza en un período de diez años. El modelo de valoración posterior utilizado para este tipo de inmovilizaciones es el Modelo del coste.

4.

5.

6. Activos y pasivos financieros.–MUFACE cuenta con una cartera de valores compuesta por valores de renta fija (obligaciones) y por valores de renta variable (acciones) que proceden de las Mutualidades que se integraron en el Fondo Especial. Según lo dispuesto en la Norma de Reconocimiento y Valoración n.º 8 «Activos financieros» las obligaciones se incluyen en la categoría de inversiones mantenidas hasta el vencimiento puesto que son valores representativos de deuda con vencimiento fijo y flujos de efectivo de importe determinado o determinable, que se negocian en un mercado activo y, respecto de los que la entidad tiene intención efectiva y capacidad financiera para conservarlos hasta su vencimiento. Se dieron de alta en el Balance de MUFACE por su valor nominal. Respecto a las acciones, se clasifican dentro de la categoría de activos financieros disponibles para la venta, al no cumplirse los requisitos necesarios para ser incluidas en otra de las categorías y puesto que no está prevista su venta en el corto plazo. Estas acciones se incorporaron al activo de MUFACE con la valoración con la que figuraban en los balances de integración de las Mutualidades que integraron el Fondo Especial. Al cierre del ejercicio 2011, se ha procedido a la comparación de los valores contables con el valor de mercado de estos activos (se puede utilizar éste en vez del valor actual de los flujos de efectivo dado que estos activos se negocian en un mercado activo y éste valor es lo suficientemente fiable como para considerarlo representativo del valor que se pudiera recuperar) a efectos de ver si resultaba necesario contabilizar una corrección valorativa derivada del deterioro de estos activos. Esto no fue necesario al ser el valor de mercado mayor que el valor por el que figuran contabilizados los activos.

Asimismo, dentro de los activos financieros, MUFACE cuenta con créditos por operaciones derivadas de la actividad habitual que se encuadran dentro de la categoría «Créditos y partidas a cobrar”, concretamente tiene deudores por la devolución de prestaciones por las que no se tenía derecho a su percepción, por la amortización e intereses de préstamos de vivienda concedidos y por las rentas de alquileres de inmuebles del Fondo Especial. Para todos estos créditos, al final del año 2011 se ha cuantificado y contabilizado el correspondiente deterioro con carácter individualizado o global, según cada caso lo requería.

Dentro de los activos financieros hay que destacar que MUFACE contaba desde el 5 de abril de 2002 con unas obligaciones adquiridas con el legado de un mutualista que recibe el nombre de «Legado Casado de la Fuente», cuyo principal está valorado en 11.000,00 euros y con los rendimientos que se producen se otorgan becas para cursar determinados estudios que el benefactor dejó estipulados. En el mes de agosto de 2011 se produjo la amortización de las obligaciones que constituían este legado y se produjo el correspondiente reembolso. El citado importe se destinará a la adquisición en el Mercado Secundario de Valores de nuevos activos cuyo rendimiento se destinará a la concesión de nuevas becas.

Los pasivos financieros con los que cuenta MUFACE están incluidos en la categoría de pasivos financieros al coste amortizado, en aplicación de lo dispuesto en la Norma de Reconocimiento y Valoración n.º 9 «Pasivos financieros»puesto que corresponden a las fianzas recibidas de los inquilinos de los inmuebles de los que MUFACE es arrendadora (por un importe a 31 de diciembre 2011 de 16.239,76 euros) y a las fianzas recibidas para la enajenación de inmuebles del Fondo Especial que quedaron paralizadas en su momento por distintas causas y para las que hoy día no está prevista su resolución (por un importe a 31 de diciembre de 2011 de 36.608,28 euros). Estos pasivos están valorados a valor razonable, entendiendo como tal el valor de la transacción.

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11. Ingresos y gastos.–Los ingresos y gastos se imputan a la cuenta del resultado económico patrimonial siguiendo el criterio de devengo, es decir, en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan y con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos o se reconozcan las obligaciones presupuestarias.

Además, en la contabilización de ingresos y gastos se aplica el Principio de imputación presupuestaria por el que la imputación de las operaciones al presupuesto de gastos de ingresos se hace de acuerdo a su naturaleza económica y, en el caso de los gastos, además, de acuerdo con la finalidad que con ellos se pretende conseguir.

Las obligaciones presupuestarias derivadas de adquisiciones, obras, servicios, prestaciones o gastos en general se imputan al presupuesto del ejercicio en que éstos se realizan y con cargo a los respectivos créditos. Los derechos se imputan al presupuesto del ejercicio en el que se reconocen o liquidan.

A 31 de diciembre de 2011 se ha procedido a reconocer derechos por las cuantías adeudadas por cuotas de mutualistas obligatorios devengadas en el mes de diciembre de 2011 y que se ingresarán a lo largo del ejercicio 2012. Además, han quedado reconocidos como deudores por cuotas de mutualistas obligatorios a 31 de diciembre de 2011 un importe de 11.407.812,99 correspondientes a la Universidad Complutense (3.813.519,76 euros); a la Universidad de Granada (201.000,00 euros); a la Universidad de Baleares (45.048,00 euros); al Gobierno Balear (4.794.598,33 euros); a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias (711.280,56 euros) y a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (1.842.366,34 euros) debido a la elevada cuantía de la deuda con objeto de mostrar una imagen fiel de la situación económica y financiera en la Cuenta Anual de la Mutualidad.

12. Provisiones y contingencias.–Según lo dispuesto en la Norma de Reconocimiento y Valoración n.º 17 «Provisiones, activos y pasivos contingentes»una provisión es un pasivo sobre el que existe incertidumbre acerca de su cuantía o vencimiento. Debe reconocerse una provisión cuando se den las siguientes condiciones:

a) La entidad tiene una obligación presente como resultado de un suceso pasado.

b) Es probable que la entidad tenga que desprenderse de recursos que incorporen rendimientos económicos o potencial de servicio para cancelar tal obligación; y

c) Puede hacerse una estimación fiable del importe de la obligación.

Por ello, MUFACE dota una provisión para riesgos y gastos de carácter global por los recursos, litigios y acciones judiciales que se encuentran en tramitación a 31 de diciembre de cada ejercicio de las que pueden derivarse responsabilidades económicas para la mutualidad. Al final del año 2011 se ha llevado a cabo la revisión de esta provisión y se ha ajustado para reflejar la mejor estimación existente en ese momento.

13. Transferencias y subvenciones.–A efectos de la aplicación del nuevo Plan General de Contabilidad Pública, las subvenciones tienen por objeto una entrega dineraria o en especie entre los distintos agentes de las administraciones públicas, y de estos a otras entidades públicas o privadas y a particulares, y viceversa, todas ellas sin contrapartida directa por parte de los beneficiarios destinándose a un fin, propósito, actividad o proyecto específico, con la obligación por parte del beneficiario de cumplir las condiciones y requisitos que se hubieran establecido o, en caso contrario, proceder a su reintegro.

En aplicación de lo anterior y de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado se establece que el Estado a través de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado garantiza a los socios y beneficiarios de las Mutualidades, Asociaciones y Montepíos integrados en la misma, las prestaciones existentes en cada Mutualidad, Asociación o Montepío a 31 de diciembre de 1973 y a 31 de diciembre de 1978, con las cuantías en vigor en tales fechas. Asimismo, en la citada norma se dispone que los gastos imputables a las Mutualidades, Asociaciones y Montepíos integrados se financiarán con los recursos del propio Fondo Especial, cuyo déficit, en su caso, será cubierto mediante subvención del Estado.

Asimismo, el Real Decreto Legislativo 4/2000 en su artículo 12 establece que entre las prestaciones a las que tienen derecho los mutualistas o sus beneficiarios se encuentran las prestaciones familiares por hijo a cargo minusválido. En su artículo 35.3, dispone que estas prestaciones se financiarán exclusivamente con la subvención consignada en los Presupuestos Generales del Estado.

El reconocimiento del derecho al presupuesto de ingresos del organismo derivado de la percepción de estas subvenciones y por tanto su imputación a resultados, se realiza en el ejercicio en el que se tiene constancia del reconocimiento de la correlativa obligación en el presupuesto de gastos del Ministerio de Economía y Hacienda del que proceden estos fondos.

Por último, MUFACE percibe del Instituto Nacional de Administración Pública una subvención para la financiación de Planes de Formación por la que resulta obligada a ejecutar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda antes del 31 de diciembre del año en que se concede dicha subvención. Una vez percibida la cuantía concedida, se solicita por MUFACE la autorización de un expediente de modificación presupuestaria de generación de crédito por ingreso en los conceptos presupuestarios por los que se satisfacen los gastos en los cursos de formación correspondientes, de forma que la subvención recibida genera crédito en el presupuesto del año en el que se percibe y los gastos en formación se realizan en este mismo ejercicio.

A 31 de diciembre de 2011 quedó pendiente de aprobación la cuenta justificativa de dos expedientes tramitados a justificar para la dotación del pago de los reintegros de gasto de la Tarjeta Sanitaria Europea correspondientes a Alemania, Finlandia y Suiza, por tanto, se capturó un asiento directo que recoge el gasto en su cuenta por naturaleza (6511 «Subvenciones del resto de entidades»), con abono a la cuenta 5586 «Gastos realizados con provisiones de fondos para pagos a justificar pendientes de aprobación» que estable el Nuevo Plan General de Contabilidad Pública para estos casos. En el ejercicio 2012, una vez contabilizada la aprobación de la cuenta se procederá a la anulación del asiento directo anterior.

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8. Arrendamientos financieros y otras operaciones de naturaleza similar

11. Coberturas contables.

12. Activos construidos o adquiridos para otras entidades y otras existencias.

13. Moneda extranjera.

16. Información sobre medio ambiente.

17. Activos en estado de venta.

27. Hechos posteriores al cierre.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

VI.11 ACONTECIMIENTOS POSTERIORES AL CIERRE

Sin contenido.

MUTUALIDAD GENERAL DE FUNCIONARIOS CIVILES DEL ESTADO

Información adicional a la Memoria

A continuación se relacionan los apartados de la Memoria de MUFACE que carecen de contenido:

8. Arrendamientos financieros y otras operaciones de naturaleza similar.

11. Coberturas contables.

12. Activos construidos o adquiridos para otras entidades y otras existencias.

13. Moneda extranjera.

16. Información sobre medio ambiente.

17. Activos en estado de venta.

18. Presentación por actividades de la cuenta del resultado económico patrimonial.

19. Operaciones por administración de recursos por cuenta de otros entes públicos.

22. Valores recibidos en depósito.

25. Información sobre el coste de las actividades.

27. Hechos posteriores al cierre.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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