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Documento BOE-A-2012-11664

Acuerdo 68/2012, de 16 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se declaran dos tejidos medievales del Monasterio de San Zoilo, en Carrión de los Condes (Palencia), bien de interés cultural con categoría de bien mueble.

Publicado en:
«BOE» núm. 223, de 15 de septiembre de 2012, páginas 65308 a 65309 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2012-11664

TEXTO ORIGINAL

Se trata de dos paños de seda uno de fondo azul y otro de fondo rojo, que comparten la misma técnica textil, el denominado «samito» (del griego hexámitos) debido a los seis hilos que intervienen para crear el efecto escalonado o asargado. Se extrajeron en el año 2003 del interior de una de las arquetas funerarias situadas en uno de los laterales del retablo mayor de la Iglesia del Monasterio de San Zoilo, en Carrión de los Condes (Palencia), que, según la tradición, alojaba las reliquias del mártir cristiano San Zoilo.

Estas dos telas, con una cronología que podría situarse en el siglo XI, tienen un carácter excepcional, por sus dimensiones e integridad y por mantener su configuración y formato original, así como por presentar un valioso contenido iconográfico y epigráfico, que las convierte en piezas únicas sin paralelos exactos ni en textiles ni en otro tipo de materiales.

La Dirección General de Patrimonio Cultural, por Resolución de 14 de junio de 2010, acordó incoar procedimiento de declaración, de dos tejidos medievales del Monasterio de San Zoilo, en Carrión de los Condes (Palencia), como Bien de Interés Cultural con categoría de bien mueble.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León y en el artículo 42 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, la Universidad IE con sede en Segovia informó favorablemente la pretendida declaración.

Habiéndose solicitado informe a la Universidad de Burgos, transcurridos tres meses desde la solicitud sin que este haya sido emitido, se entiende dicho informe favorable a la declaración en aplicación del mencionado artículo del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León.

Cumplidos los trámites preceptivos de información pública y de audiencia, dentro del plazo concedido al efecto, no se presentan alegaciones al expediente.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto declarar dos tejidos medievales del monasterio de San Zoilo en Carrión de los Condes (Palencia) como bien de interés cultural con categoría de bien mueble y, a tal efecto, se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 16 de agosto de 2012, adopta el siguiente acuerdo:

Declarar dos tejidos medievales del Monasterio de San Zoilo en Carrión de los Condes (Palencia), bien de interés cultural con categoría de bien mueble.

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses.

Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, 16 de agosto de 2012.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.–La Consejera de Cultura y Turismo, Alicia García Rodríguez.

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