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Documento BOE-A-2012-11227

Resolución CLT/1329/2012, de 11 de junio, por la que se declara la caducidad del expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto histórico, de la villa de Vic.

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 30 de agosto de 2012, páginas 61397 a 61397 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2012-11227

TEXTO ORIGINAL

Dado que por la Resolución de 19 de abril de 1977 de la Dirección General del Patrimonio Artístico y Cultural («BOE» núm. 11841, de 28-5-1977) se incoó expediente de declaración de conjunto histórico-artístico la villa de Vic.

Visto que el 18 de abril de 2012, el alcalde del Ayuntamiento de Vic solicitó el archivo del expediente de declaración de conjunto histórico de la villa de Vic.

Visto el informe del Servicio de Patrimonio Arquitectónico de la Dirección General del Patrimonio Cultural de 7 de mayo de 2012.

De acuerdo con la disposición transitoria primera de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán, según la cual los efectos de los expedientes sobre declaración de bienes de interés cultural iniciados antes de la entrada en vigor de esta Ley son los que esta establece para los bienes culturales de interés nacional, y la tramitación de los expedientes continuará según el nuevo régimen jurídico.

Considerando el artículo 10.2 de la Ley 9/1993, del Patrimonio Cultural Catalán, que prevé que el acuerdo de declaración de bienes culturales de interés nacional se adoptará en el plazo de dieciocho meses a contar desde la fecha en la que se ha incoado el expediente;

Considerando el artículo 44.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que dispone que en los procedimientos iniciados de oficio en los que la Administración ejerce potestades de intervención, el vencimiento del plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa produce la caducidad del procedimiento;

Considerando el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que obliga a la Administración a dictar resolución expresa en todos los procedimientos, incluido el supuesto de caducidad del procedimiento, resuelvo:

1. Declarar la caducidad del expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de conjunto histórico, a favor de la villa de Vic (Osona), y en consecuencia dejar sin efectos la Resolución de 19 de abril de 1977 de la Dirección General del Patrimonio Artístico y Cultural, por la que se incoa el expediente mencionado.

2. Notificar la presente Resolución a los interesados, dar traslado de la misma al Ayuntamiento de Vic y hacerle saber que se levanta la suspensión de las licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en la zona afectada y los efectos de las licencias ya otorgadas.

Barcelona, 11 de junio de 2012.–El Consejero de Cultura, Ferran Mascarell i Canalda.

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