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Documento BOE-A-2012-11089

Resolución de 7 de agosto de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales del XIII Convenio colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 202, de 23 de agosto de 2012, páginas 60067 a 60071 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2012-11089
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2012/08/07/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta en la que se contienen las tablas salariales del XIII Convenio Colectivo general de centros y servicios de atención a personas con discapacidad, (código de convenio n.º 99000985011981), que fue suscrito con fecha 16 de julio de 2012, de un parte por las asociaciones empresariales AEDIS y FEACEM, en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos FE-CC.OO. y FETE-UGT, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 7 de agosto de 2012.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE FIRMA DE LA REVISIÓN SALARIAL PARA EL AÑO 2011

XIII Convenio Colectivo General de Centros y Servicios de Atención a Personas con Discapacidad

Asistentes:

AEDIS:

Don Ismael Carrillo.

FEACEM:

Doña Josefa Torres.

FE-CC.OO.:

Doña Luisa Staatsmann.

FETE-UGT:

Don Jesús Gualix.

Se reúnen en Madrid, siendo las diez horas y treinta minutos del día 16 de julio de 2012, en la sede de CC.OO., plaza Cristino Martos, 4, de Madrid, las personas reseñadas anteriormente en representación de sus respectivas organizaciones con el objeto de firmar las tablas salariales para el año 2011 del XIII Convenio Colectivo General de Centros y Servicios de Atención a Personas con Discapacidad.

Se acuerda proceder a la firma de las tablas salariales de los centros asistenciales, los centros especiales de empleo y los centros educativos para el año 2011 con la misma cuantía retributiva para cada categoría profesional que la establecida para el año 2010. Se adjuntan a continuación del presente Acta.

Se mandata a la Secretaria de la Comisión negociadora, representante de la Federación de Enseñanza de CC.OO. para que proceda al registro en la Dirección General de Trabajo y solicite su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», así como para todas las diligencias y trámites necesarios.

TABLAS SALARIALES PARA EL AÑO 2011

Centros asistenciales

 

Tablas salariales 2011

 

Salario base

Trienio

GRUPO I

 

 

1. Personal titulado de grado superior

1.641,84

61,37

2. Psicólogo/a

1.641,84

61,37

3. Pedagogo/a

1.641,84

61,37

4. Psicopedagogo/a

1.641,84

61,37

5. Médico/a

1.641,84

61,37

GRUPO II

 

 

1. Personal titulado de grado medio

1.209,26

44,19

2. Logopeda

1.209,26

44,19

3. Fisioterapeuta

1.209,26

44,19

4. Trabajador/a social

1.209,26

44,19

5. Diplomado universitario de enfermería

1.209,26

44,19

6. Terapeuta ocupacional

1.209,26

44,19

7. Psicomotricista

1.209,26

44,19

8. Jefe/a de administración

1.313,45

49,11

9. Jefe/a de 1.ª de administración

1.231,20

45,41

11. Profesor/a de taller

1.134,49

38,26

GRUPO III

 

 

1. Técnico/a en integración social

1.134,49

38,26

2. Preparador/a laboral

1.134,49

38,26

3. Adjunto/a de taller

1.119,52

37,04

4. Educador/a

1.134,49

38,26

5. Jefe/a de producción

1.306,31

47,67

6. Adjunto/a de producción

1.224,64

43,59

7. Ayudante/a

1.051,84

39,02

8. Jefe/a de 2.ª de administración

1.174,95

42,97

9. Encargado de taller o apoyo

1.122,05

39,27

GRUPO IV

 

 

1. Auxiliar técnico educativo

917,72

34,87

2. Gobernante/a

974,01

39,29

3. Cuidador/a

893,53

33,25

4. Oficial/a de 1.ª de administración

882,09

33,47

5. Jefe/a de cocina

974,01

39,29

6. Cocinero/a

836,44

32,46

7. Auxiliar de enfermería

893,53

33,25

GRUPO V

 

 

1. Auxiliar administrativo

789,18

28,87

2. Oficial/a de 2.ª de administración

843,74

30,94

3. Oficial/a de 1.ª de oficios

888,33

35,27

4. Oficial/a de 2.ª de oficios

836,44

32,46

5. Conductor/a

836,44

32,46

6. Conserje

792,66

31,04

7. Ordenanza

763,68

29,64

8. Telefonista

727,34

28,21

9. Ayudante de cocina

729,98

28,21

10. Personal de servicios domésticos

709,13

27,51

11. Personal no cualificado

709,13

27,51

12. Portero/a-vigilante

734,12

28,21

Centros especiales de empleo

 

Tablas salariales 2011

 

Salario base

Trienio

GRUPO I

 

 

1. Personal titulado de grado superior

1.641,84

61,37

2. Técnicos/as superiores

1.641,84

61,37

GRUPO II

 

 

1. Trabajador/a social

1.209,26

44,19

2. Terapeuta ocupacional

1.209,26

44,19

3. Jefe/a de administración

1.313,45

49,11

4. Jefe/a de 1.ª de administración

1.231,20

45,41

5. Personal titulado de grado medio

1.209,26

44,19

6. Técnicos/as de grado medio

1.209,26

44,19

GRUPO III

 

 

1. Educador/a

1.134,49

38,26

2. Profesor/a de taller

1.134,49

37,95

3. Preparador/a laboral

1.134,49

38,26

4. Técnico/a en integración laboral

1.134,49

38,26

5. Encargado/a de taller o apoyo

1.122,05

39,27

6. Adjunto/a de taller

1.119,52

37,04

7. Adjunto/a de producción

1.224,64

43,59

8. Jefe/a de producción

1.306,31

47,67

9. Jefe/a de 2.ª de administración

1.174,95

42,97

GRUPO IV

 

 

1. Oficial/a de 1.ª de administración

882,09

33,47

2. Ayudante/a

1.051,84

39,02

3. Jefe/a de cocina

974,01

39,29

4. Cocinero/a

836,45

32,46

5. Gobernante/a

974,01

39,29

6. Auxiliar técnico educativo

917,72

34,87

7. Cuidador/a

893,53

33,25

8. Grupo técnico ayudante

1.051,84

39,03

9. Mando intermedio

1.122,06

39,28

GRUPO V

 

 

Subgrupo 1

 

 

1. Oficial/a de 2.ª de administración

843,74

30,94

2. Oficial/a de 2.ª de oficios

836,45

32,46

3. Auxiliar administrativo/a

789,18

28,87

4. Conserje

792,66

31,04

5. Ordenanza

763,68

29,63

6. Portero/a-vigilante

734,12

28,21

7. Ayudante/a de cocina

729,98

28,21

8. Personal de servicios domésticos

709,13

27,51

9. Telefonista

727,32

28,21

10. Grupo técnico no cualificado

709,13

27,51

11. Grupo administrativo

789,18

28,87

12. Oficial/a de 1.ª de oficios

888,33

35,26

13. Conductor/a

836,45

32,46

Subgrupo 2

 

 

14. Operario/a

641,40

27,72

Centros educativos sin concierto

 

Tablas salariales 2011

 

Salario base

Trienio

I. PERSONAL DOCENTE

 

 

1. Profesor/a titular

1.341,95

43,35

2. Profesor de taller

1.134,50

37,93

3. Profesor/a de apoyo

1.209,25

44,19

4. Profesor/a de audición y lenguaje

1.209,25

44,19

5. Otros profesores/as de grado medio

1.209,25

44,19

II. PERSONAL COMPLEMENTARIO TITULADO NO DOCENTE

 

 

1. Psicólogo/a

1.641,83

61,36

2. Pedagogo/a

1.641,83

61,36

3. Psicopedagogo/a

1.641,83

61,36

4. Logopeda

1.209,25

44,19

5. Fisioterapeuta

1.209,25

44,19

6. Trabajador/a social

1.209,25

44,19

7. Otros titulados de grado medio

1.209,25

44,19

III. PERSONAL COMPLEMENTARIO AUXILIAR

 

 

1. Auxiliar técnico educativo

922,22

35,02

Complementos por cargo directivo-pedagógico

 

Sueldo mes

Trienio

a) Director/a pedagógico/a

345,17

12,89

b) Subdirector/a pedagógico/a

248,39

11,45

c) Jefe/a de estudios

223,49

10,73

d) Secretario/a

139,90

 

e) Encargado/a de residencia

121,26

 

Centros educativos con concierto

 

Tablas salariales 2011

 

Salario base

Trienio

I. PERSONAL DOCENTE

 

 

1. Profesor/a titular

1.570,08

37,57

2. Profesor de taller

1.570,08

37,57

3. Profesor/a de apoyo

1.570,08

37,57

4. Profesor/a de audición y lenguaje

1.570,08

37,57

5. Otros profesores/as de grado medio

1.570,08

37,57

II. PERSONAL COMPLEMENTARIO TITULADO NO DOCENTE

 

 

1. Psicólogo/a

1.730,17

62,66

2. Pedagogo/a

1.730,17

62,66

3. Psicopedagogo/a

1.730,17

62,66

4. Logopeda

1.583,54

41,83

5. Fisioterapeuta

1.583,54

41,83

6. Trabajador/a social

1.583,54

41,83

7. Otros titulados de grado medio

1.583,54

41,83

III. PERSONAL COMPLEMENTARIO AUXILIAR

 

 

1. Auxiliar técnico educativo

899,92

34,19

Complementos por cargo directivo-pedagógico

 

Sueldo mes

Trienio

a) Director/a pedagógico/a

346,14

12,92

b) Subdirector/a pedagógico/a

249,09

11,48

c) Jefe/a de estudios

224,11

10,77

d) Secretario/a

140,29

e) Encargado/a de residencia

121,60

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 07/08/2012
  • Fecha de publicación: 23/08/2012
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 28 de julio de 2010 (Ref. BOE-A-2010-13197).
Materias
  • Asistencia social
  • Convenios colectivos
  • Discapacidad
  • Educación Especial

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