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Documento BOE-A-2011-995

Resolución de 24 de noviembre de 2010, de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2009.

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 19 de enero de 2011, páginas 6209 a 6227 (19 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-995

TEXTO ORIGINAL

La Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo, por la que se regula la obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales para las entidades estatales de derecho público a las que sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, en su apartado tercero, dispone que en el plazo de un mes, contado desde la fecha en que la Intervención General de la Administración del Estado presente las respectivas cuentas anuales ante el Tribunal de Cuentas, se publicará en el Boletín Oficial del Estado el resumen de dichas cuentas, a que se refiere el punto 1.2 del apartado segundo de la citada Orden.

De conformidad con lo establecido, y una vez aprobadas las cuentas anuales del Organismo, ejercicio 2009, se dispone la publicación de las mismas, para general conocimiento.

Badajoz, 24 de noviembre de 2010.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, Eduardo José Alvarado Corrales.

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IV. Memoria

Organización y actividad

Mediante Real Decreto 928/1989 de 21 de julio de 1989 se constituyó el Organismo de cuenca Confederación Hidrográfica del Guadiana de acuerdo con lo regulado en el artículo 22.1 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, como entidad de Derecho público con personalidad jurídica propia y distinta de la del Estado, adscrito a efectos administrativos al Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo (en la actualidad al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino).

Son funciones de los Organismos de cuenca según el art.22.1 del citado Real Decreto Legislativo:

a) La elaboración del plan hidrológico de cuenca, así como su seguimiento y revisión.

b) La administración y control del dominio público hidráulico.

c) La administración y control de los aprovechamientos de interés general o que afecten a más de una comunidad autónoma.

d) El proyecto, la construcción de las obras realizadas con cargo a los fondos propios del Organismo y las que le sean encomendadas por el Estado.

e) Las que se deriven de los convenios con comunidades autónomas, corporaciones locales, y otras entidades públicas o privadas o de los suscritos con los particulares.

Sobre la gestión del Programa 452 A «Gestión e infraestructura del Agua» poner de manifiesto que el desarrollo de la totalidad del mismo se lleva a cabo por la Dirección General del Agua y por la Confederaciones Hidrográficas en sus actividades de apoyo a ese Centro Directivo.

Entre los objetivos y líneas de actuación del programa 452 A para el 2009 destacan:

1. Nuevas infraestructuras y modernización:

Nuevas infraestructuras de abastecimiento a poblaciones.

Obras de regulación y generación de recursos.

Mejoras y modernización de infraestructuras hidráulicas.

Actuaciones de ahorro de agua y mejora de la eficiencia.

2. Seguridad y mantenimiento de infraestructuras:

Seguridad de presas e infraestructuras en general.

Conservación y mantenimiento.

3. Actuaciones de prevención y gestión de sequías e inundaciones:

Estudios hidrológicos.

Actuaciones de protección.

Nueva infraestructura en sequías.

Plan de sequías.

Prevención de inundaciones.

4. Estudios, alta tecnología y actuaciones complementarias.–Las fuentes de ingresos del Organismo son fundamentalmente de dos tipos. La primera la constituyen los recursos propios o ingresos generados por la actividad propia del organismo de cuenca (tasas y precios públicos, etc), entre los más importantes tanto por el importe facturado como por el volumen de recaudación figuran, el canon de regulación y la tarifa de utilización del agua.

La segunda fuente la constituyen las transferencias corrientes y de capital que proceden del Estado, y del exterior (Fondos FEDER).

El Organismo está exento del Impuesto sobre Sociedades y durante el ejercicio 2009 ninguna de sus operaciones se encuentran sujetas al IVA.

Para el cumplimiento de sus objetivos, conforme al art. 2º del Real Decreto 984/1989 de 28 de julio, por el que se determina la estructura orgánica de la Presidencia de las Confederaciones Hidrográficas existen en la Confederación Hidrográfica del Guadiana, cuatro unidades administrativas directamente dependientes del Presidente del Organismo:

a) La Comisaría de Aguas.

b) La Dirección Técnica.

c) La Secretaría General.

d) La Oficina de Planificación Hidrológica.

Los principales responsables de la Entidad son, conforme al organigrama funcional actual de la Presidencia:

Organigrama funcional de Presidencia

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Correspondiendo a la Secretaría General en virtud del art.6º c) del Real Decreto, la gestión de la actividad económica y financiera, la contabilidad interna del Organismo, la habilitación y la pagaduría.

El número medio de empleados públicos durante el ejercicio al que se refieren las cuentas, así como el número de empleados a 31 de diciembre de 2009, fue:

Categoría

Efectivos año 2009

Media

Diciembre

Alto Cargo

1

1

Total

 

1

Funcionarios grupo A1

40

41

Funcionarios grupo A2

57

59

Funcionarios grupo C1

73

76

Funcionarios grupo C2

48

45

Total

 

221

Laborales grupo 1

1

0

Laborales grupo 2

4

4

Laborales grupo 3

147

142

Laborales grupo 4

144

144

Laborales grupo 5

122

125

Total

 

415

Actualmente la gestión de la contabilidad, es función del Servicio de Presupuestos y Contabilidad (grupo A1-A2, n.º 26) dentro del área económica de la Secretaría General. A su vez existe dentro del citado Servicio, la Sección de Contabilidad encargada de la elaboración de la documentación contable del Organismo y su captura en el SIC-II, así como de la llevanza de libros auxiliares y la elaboración de los estados económico-financieros que establece la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado aprobada por la Orden de 01/02/96, y constituida por el siguiente personal: El Jefe de Sección (funcionario de grupo A2, nivel 24), un funcionario del cuerpo de Gestión (A2), un administrativo (C1) y dos auxiliares administrativos (C2), los cuales cuentan con el apoyo puntual del personal del Servicio dedicado a otras funciones.

Gestión indirecta de los servicios públicos y convenios: Sin contenido.

Bases de presentación de las cuentas. Principios contables.–Las cuentas anuales se han preparado a partir de los registros contables de la entidad; se expresan en euros, y se presentan de acuerdo con el contenido establecido en el artículo 128 de la Ley General Presupuestaria y en la Instrucción de Contabilidad de la Administración Institucional del Estado y con los principios contables públicos establecidos en la Ley General Presupuestaria y en el Plan General de Contabilidad Pública, con el objeto de mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, del resultado económico patrimonial y de la ejecución de su presupuesto.

Normas de valoración:

a) Inmovilizado Inmaterial: Las inmovilizaciones inmateriales figuran contabilizadas por su precio de adquisición.

b) Inmovilizado material, inversiones destinadas al uso general e inversiones gestionadas: Las inversiones materiales se registran al coste de adquisición.

c) Inversiones financieras: Sin contenido.

d) Existencias: Sin contenido.

e) Provisiones para riesgos y gastos: Sin contenido

f) Deudas: Las deudas a largo y corto plazo figuran contabilizadas a su valor de reembolso.

g) Provisión dudoso cobro: El importe de la provisión se realiza al final del ejercicio mediante una estimación global del riesgo de fallidos existente en los saldos deudores en vía de apremio a dicha fecha. Dicha estimación se hace en función del porcentaje histórico (4 años) de los créditos cancelados por incobrables sobre los saldos deudores existentes en vía de apremio.

h) Ingresos y gastos: Los ingresos y gastos se imputan a la cuenta del resultado económico patrimonial siguiendo el criterio de devengo, es decir, en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan y con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos o se reconozcan las obligaciones presupuestarias.

Las subvenciones y transferencias tanto corrientes como de capital, tanto recibidas como entregadas se imputan a la cuenta del resultado económico patrimonial del ejercicio en el que se reconocen los derechos y obligaciones que de ellas se derivan.

i) Transacciones en moneda distintas del euro: Las transacciones en moneda distinta del euro se reflejan en la cuenta del resultado económico patrimonial de la entidad al tipo de cambio aplicable en el momento de su realización.

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