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Documento BOE-A-2011-918

Orden JUS/3533/2010, de 23 de diciembre, por la que se acuerda la pérdida de la condición de funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia de don Gabriel Ferrer Salgado.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 18 de enero de 2011, páginas 5626 a 5626 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2011-918

TEXTO ORIGINAL

Este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 491.2, en relación con el artículo 443.2.a) de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, ha dispuesto aceptar la renuncia expresa formulada por don Gabriel Ferrer Salgado, con DNI 46.518.195, a su condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, con pérdida de la condición de funcionario del citado Cuerpo.

Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 23 de diciembre de 2010.–El Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez.

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