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Documento BOE-A-2011-8844

Orden SPI/1286/2011, de 5 de mayo, por la que se clasifica la Fundación del Perro de Ayuda Social Aguacan y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 120, de 20 de mayo de 2011, páginas 50792 a 50793 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2011-8844

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación del Perro de Ayuda Social Aguacan resultan los siguientes

Hechos

Primero.–Por el Patronato de la Fundación fue solicitada la inscripción de la Institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

Segundo.–Las circunstancias constitutivas de la Fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación. Fundación del Perro de Ayuda Social Aguacán.

Fines:

1. Mejorar la calidad de vida y potenciar la autonomía de las personas con diversidad funcional o discapacidad a través del perro de ayuda social.

2. Conseguir la inserción laboral y la integración social y educativa de las personas con diversidad funcional y de las personas en procesos de exclusión social o migratorios, siendo el perro de ayuda social un instrumento para conseguir tal fin.

3. Dar respuesta a la demanda existente y creciente del servicio que prestan los perros de asistencia y de terapia.

4. Fomento y promoción del voluntariado social.

Domicilio y ámbito de actuación: Calle Voluntarios Realistas, 1, 6.º C, código postal 11100, San Fernando (Cádiz), con ámbito de actuación en todo el territorio del Estado y se podrá ampliar a nivel internacional, si así lo requiera la demanda de los servicios prestados por la Fundación.

Fundadores: Don Francisco José Galán Leiva, don Martín Maldonado Valenzuela, Don Joaquín Rodríguez Coronilla y don Antonio Lizana Pinilla.

Dotación inicial: 54.000 €, aportados por los fundadores mediante bienes semovientes (animales domésticos) valorados por experto independiente.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante el notario de Granada, don Alfonso Carlos Orantes Rodríguez, el 30 de noviembre de 2010, con el número 2.339 de su protocolo, incorpora el texto integro de los Estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidente: Don Joaquín Rodríguez Coronilla.

Vicepresidente: Don D. Francisco José Galán Leiva.

Secretaria no Patrona: Don Doña María Victoria Linares Durán.

Vocales: Don Martín Maldonado Valenzuela y Don Antonio Lizana Pinilla.

Fundamentos de Derecho

Primero.–Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud del artículo segundo, apartado 4, de la Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre, por la que se delega y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad y Política Social y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.–Resulta de aplicación la Disposición Transitoria Cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, y Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal.

Por cuanto antecede, y previo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.–Clasificar la Fundación del Perro de Ayuda Social Aguacan, cuyos fines de interés general son, entre otros, de asistencia e inclusión social y promoción del voluntariado, adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

Segundo.–Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, bajo el número 11-0287.

Tercero.–Inscribir la constitución inicial del patronato así como la aceptación de sus cargos, tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Notificar a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 5 de mayo de 2011.–La Ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, P. D. (Orden SAS/3547/2009, de 28 de diciembre), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, Luis Pedro Villameriel Presencio.

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