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Documento BOE-A-2011-8251

Real Decreto 579/2011, de 20 de abril, por el que se indulta a don Doudou Ndiaye.

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 11 de mayo de 2011, páginas 48008 a 48008 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2011-8251

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de indulto de don Doudou Ndiaye, condenado por el Juzgado de lo Penal número 15 de Valencia, con sede en Alcira/Alzira, en sentencia de 25 de septiembre de 2007, como autor de un delito contra la propiedad intelectual, a la pena de seis meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena y multa de doce meses con una cuota diaria de cinco euros. Se acuerda la sustitución de la pena impuesta por la expulsión del territorio nacional al que no podrá regresar durante un periodo de diez años computados desde la materialización de la orden de expulsión acordada, por hechos cometidos en el año 2006 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de abril de 2011,

Vengo en conmutar a don Doudou Ndiaye las penas privativa de libertad y multa pendientes de cumplimiento por 30 días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 20 de abril de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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