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Documento BOE-A-2011-5768

Orden JUS/689/2011, de 1 de marzo, por la que se acuerda la pérdida de la condición de funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia de doña Ana Amaya López Alaez.

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 2011, páginas 33382 a 33382 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2011-5768

TEXTO ORIGINAL

Mediante Orden JUS/44/2011, de 10 de enero, por la que se nombran funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, acceso libre, en el proceso selectivo convocado por Orden JUS/3339/2008, de 10 de noviembre, y Resolución de 10 de enero de 2011, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, figurando entres los mismos doña Ana Amaya López Alaez, con DNI 15.388.458, que fue destinada al Juzgado de lo Penal número 3 de Las Palmas de Gran Canaria.

Transcurrido el plazo concedido sin haber prestado juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo ni haber tomado posesión del mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 443 por remisión del artículo 491.1 de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se acuerda la pérdida de la condición de funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia de doña Ana Amaya López Alaez.

Contra esta Orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 1 de marzo de 2011.–El Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez.

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