Está Vd. en

Documento BOE-A-2011-540

Resolución de 17 de diciembre de 2010, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Conexión de la desaladora de Águilas con las instalaciones de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 10 de enero de 2011, páginas 2498 a 2512 (15 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-540

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el en el artículo 3.2 del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, habiéndose decidido su sometimiento a evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en la sección 1.ª del capítulo II de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos por decisión de la Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fecha 28 de enero de 2009, procediendo formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 de la citada Ley.

Según el Real Decreto 1443/2010, de 5 de noviembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, corresponde a la Secretaría de Estado de Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto. Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas.–El promotor y el órgano sustantivo del proyecto es la Mancomunidad de Los Canales del Taibilla (MCT) del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

La MCT abastece de agua potable a 77 municipios de las provincias de Murcia, Alicante y Albacete, entre los que se ubica la comarca del Alto Guadalentín, compuesta por los municipios de Águilas, Lorca y Puerto Lumbreras.

En la actualidad se encuentran en ejecución las obras de la desaladora de Águilas, promovidas por la empresa pública Acuamed, habiendo adquirido la MCT el derecho sobre un volumen de 10 Hm³ anuales de dicha instalación. Los consumos actuales de la MCT en el municipio de Águilas son del orden de 4 Hm3, por lo que es necesario el transporte del agua sobrante, 6 Hm3, al valle del Guadalentín, concretamente a Puerto Lumbreras y Lorca.

La configuración actual de las instalaciones de la MCT no permite ese transporte ya que solo pueden funcionar en el sentido de Lorca a Águilas, por lo que se hace necesario una reforma de estas instalaciones con el fin de posibilitar el transporte también en sentido inverso.

Por tanto, el objetivo de la actuación consiste en el aprovechamiento de las instalaciones actuales y la ejecución de obras precisas para que puedan ser aprovechadas para la nueva funcionalidad: transporte de Águilas a Lorca.

Las obras se desarrollan en los términos municipales de Águilas, Lorca y Puerto Lumbreras, todos ellos pertenecientes a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Las actuaciones proyectadas, al ser una adecuación de instalaciones existentes, son muy variadas y se han diferenciado en:

Nuevas Actuaciones: instalaciones de nueva planta que incluye el proyecto:

Estación de Impulsión n.º 1, emplazada en el recinto actual de Los Miñarros y con una capacidad de 225 l/sg a 239 mca.

Actuación en estación de impulsión nº 2, emplazada al pie del Collado del Agua y con una capacidad de 225 l/sg a 180 mca.

Nuevo depósito de regulación, emplazado en el paraje Cerro Colorado, a la cota 370 y de 20.000 m3 de capacidad. Se incluye estación de cloración.

Conducciones: donde se han incluido las actuaciones lineales que se incluyen en el presente proyecto, pudiendo ser sustituciones, variantes o nuevas trazas:

Remodelación del tramo de tuberías en el paraje de los Pozos del Noble.

Nuevas conducciones de subida y bajada al nuevo depósito.

Modificaciones en las conducciones que formarán la impulsión n.º 1.

Modificaciones en las conducciones que formarán la impulsión n.º 2.

Conexiones: estas conexiones son pequeñas obras que se han proyectado en las instalaciones existentes con el fin de dotar al sistema de la operatividad necesaria para los nuevos fines. Constan de valvulería, tuberías y arquetas, emplazadas en:

Conexión a los depósitos de Lorca.

Conexión a la Torrecilla.

Conexión en Pozos del Noble.

Conexión en el Partidor de Puerto Lumbreras.

Conexión con la chimenea.

Conexión derivación y by-pass al ramal al nuevo depósito.

Conexión en el depósito regulador.

Conexión y by-pass de la reductora n.º 2.

Conexión toma de los Palacios.

Instalaciones eléctricas: consistentes en línea eléctricas de acometida, centros de transformación e instalaciones en baja tensión para la estación de impulsión n.º 1, la estación de impulsión n.º 2 y el nuevo depósito.

Acometida para la estación de impulsión nº 1: tendrá origen en el poste fin de línea existente en el recinto de los depósitos de Águilas propiedad de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla y final en el centro de transformación a construir junto a la nueva estación de bombeo. Será una línea trifásica con una tensión de servicio 20 kV y una longitud total de 0,221 Km.

Acometida para la estación de impulsión n.º 2: tendrá origen en un nuevo apoyo a intercalar en la línea Almendricos de la STR Águilas y final en centro de transformación a construir junto a la nueva estación de bombeo. Será una línea de 2,014 Km con una tensión de servicio 20 kV.

Acometida para el nuevo depósito: tendrá origen en la línea de media tensión Almendricos de la STR Águilas en el apoyo n.º 0292 y final en el centro de transformación a la intemperie junto al nuevo depósito Será una línea trifásica con una tensión de servicio 20 kV y una longitud total de 2,010 Km.

Sustitución de algunas válvulas en conducciones existentes: algunas de las conducciones actuales con su nueva funcionalidad aumentarán su presión de trabajo. A priori, al ser de fundición la tubería es suficiente, pero parte de la valvulería y algunos anclajes deberán ser sustituidos por otros de mayor timbraje.

Instalaciones de telemando: consistentes en la colocación de elementos de instrumentación, transporte de señales por GSM e Internet a dos centros de control en instalaciones de autómatas para el gobierno de la explotación.

Obras de revegetación: en las zonas naturales afectadas por las obras, fundamentalmente en la estación de bombeo n.º 2 y en el depósito de regulación.

El promotor ha realizado un estudio de alternativas, estudiando 3 posibles emplazamientos para el depósito de regulación, elemento básico del sistema, junto distintas opciones para los trazados de las nuevas conducciones que llegan y parten de él. Después de analizar los distintos emplazamientos el promotor opta por situar el depósito de regulación en la zona denominada Cerro Colorao (junto a la balsa de regulación de Acuamed), ya que se ubica fuera del LIC Sierra de la Almenara, dispone de la cota suficiente y no se encuentra excesivamente alejado de la traza de las conducciones que llevaran el agua hasta Lorca.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.–El ámbito geográfico en el que se desarrolla el presente proyecto se enmarca dentro de varios términos municipales, repartiéndose las diferentes actuaciones que lo forman (estaciones de impulsión, nuevo depósito y conducciones) entre Águilas, Lorca y Puerto Lumbreras.

Algunas de las actuaciones descritas se ubican, cercanas o incluidas en los lugares de importancia comunitaria (LIC) ES6200035 Sierra de la Almenara y LIC ES6110012 Sierras Almagrera, de los Pinos y el Aguilón, zona de especial protección de aves (ZEPA) ES0000261 Sierra de Almenara, Moreras y cabo Cope y con el área de importancia para las aves (IBA) n.º 174 Sierra de la Torrecilla y el Gigante, estas últimas designadas como tales por la presencia en la zona de las especies águila perdicera («Hieraaetus fasciatus»), búho real («Bubo bubo») y camachuelo trompetero («Bucanetes githagineus»).

Otras especies de fauna de relevancia que están presenten en el área del proyecto son la tortuga mora («Testudo graeca»), especie incluida en el Anexo II de la Directiva 92/43/CEE y catalogada como especie vulnerable por el catálogo regional de especies amenazadas, así como el halcón peregrino («Falco peregrinus»), incluida en el anexo IV de la Ley 42/2007 de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

En cuanto a la vegetación de la zona, cabe destacar la presencia de hábitats naturales de interés comunitario incluidos en el anexo I de la Ley 42/2007 de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad:

5330 Matorrales termomediterráneos y preestéticos.

5220* Matorrales arborescentes con Ziziphus. Clasificado como Prioritario.

Además está presente el palmito («Chamaerops humilis»), especie de flora incluida en el Catálogo Regional de Flora Silvestre Protegida de la Región de Murcia, en la categoría de interés especial.

En la zona de actuación y formando parte de la hidrología superficial, cabe destacar la presencia en los alrededores de la zona de actuación del río Guadalentín, perteneciente a la cuenca hidrográfica del Segura. Además, se encuentran varias ramblas en los términos municipales de Lorca y de Águilas, las más importantes son: la rambla Cañarete (Lorca), la rambla de los Charcones (Lorca) y la rambla Cabezo Colorado (Águilas).

3. Resumen del proceso de evaluación.

a. Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto:

a) Entrada documentación inicial.–Con fecha 11 de enero de 2008 se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación ambiental relativa al proyecto.

b) Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones.–La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental estableció, con fecha 14 de octubre de 2008, un periodo de consultas a instituciones y administraciones previsiblemente afectadas.

En la tabla adjunta se recogen los organismos que fueron consultados, señalando con una «X» aquellos que emitieron informe:

Organismos consultados

Respuestas recibidas

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

X

Confederación Hidrográfica del Segura

X

Delegación del Gobierno en Murcia

X

Dirección General del Agua de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia

Dirección General de Ordenación del Territorio de la Consejería de Desarrollo Sostenible y Ordenación del Territorio de la región de Murcia (actual Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio. Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Región de Murcia)

X

Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Desarrollo Sostenible y Ordenación del Territorio de la Región de Murcia (actual Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad. Consejería de Agricultura y Agua. Región de Murcia)

X

Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Desarrollo Sostenible y Ordenación del Territorio de la Región de Murcia (actual Dirección General de Calidad Ambiental. Consejería de Agricultura y Agua. Región de Murcia)

Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales de la Consejería de Cultura, Juventud y Deportes de la Región de Murcia (actual Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales. Consejería de Cultura y Turismo. Región de Murcia)

X

Departamento de Ecología e Hidrología de la Universidad de Murcia

Ayuntamiento de Águilas (Murcia)

X

Ecologistas en Acción

SEO/Birdlife

Los aspectos más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

Descripción del proyecto. Tanto la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, como la Dirección General de de Patrimonio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia y el Ayuntamiento de Águilas señalan que la documentación aportada no es suficientemente concreta en lo que a las afecciones medioambientales del proyecto se refiere.

La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo de la Región de Murcia indica que en la documentación aportada no se incorpora un inventario del Patrimonio Cultural, ni se evalúan los posibles impactos sobre el mismo.

Espacios protegidos. La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino señala que el proyecto puede tener repercusiones significativas sobre dos lugares de importancia comunitaria LIC ES6200035 Sierra de la Almenara y LIC ES6110012 Sierras Almagrera, de los Pinos y el Aguilón y sobre la zona de especial protección para las aves ZEPA ES0000261 Sierra de Almenara, Moreras y cabo Cope. Asimismo, indica que las obras se encuentran relativamente próximas al área importante para las aves IBA n.º 174 Sierra de la Torrecilla y del Gigante, también de gran interés para las rapaces rupícolas. Igualmente, los actuaciones pueden afectar a dos hábitats incluidos en el anexo 1 de la Ley 42/2007, de Patrimonio Natural y Biodiversidad, concretamente los siguientes: matorrales termomediterráneos y pre-estépicos (código 5330), y matorrales arborescentes con Ziziphus (código 5220).

La Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia también señala la posible afección a los LIC y a la ZEPA citados anteriormente y además la potencial afección a los siguientes hábitats:

433316. «Chamaerops humili-Rhamnetum Iycioidis». Matorrales termomediterráneos y preestépicos. Espinares, palmitares y lentiscares.

433425. «Teucrio lanigeri-Sideritetum ibanyezii». Matorrales y tomillares termófilos, principalmente semiáridos.

433527. «Rhamno lycioidis-Genistetum murcicae». Retamares de Genista valentina subsp. murcica y Calicotorne intermedia, propios de suelos coluviales y zonas afectadas por incendios.

522224. «Lapiedro rnartinezii-Stipetum tenacissimae». Pastizal de esparto, con otras herbáceas (gramíneas y bulbosas). Hábitat clasificado como Prioritario.

Fauna.–La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino señala que el proyecto puede tener repercusiones significativas sobre la población de la tortuga mora (Testudo graeca) debido a la destrucción de manchas de vegetación natural compuestas de matorrales más o menos dispersos que son su hábitat natural. Además la zona de proyecto es un importante territorio de caza de distintas rapaces incluidas en el anexo 1 de la Directiva 79/409/CEE, como por ejemplo, el águila perdicera («Hieraaetus fasciatus»), que cuenta con 2 parejas reproductoras en la sierra de Almenara, el águila real («Aquila chrysaetos»), que suma una pareja, el halcón peregrino («Falco peregrinus»), que alcanza las 4 parejas, y el búho real («Bubo bubo»), que cuenta con 5. Estos datos se corresponden con información recogida en el año 2005.

La Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia también destaca la presencia de tortuga mora en la zona de actuación.

Hidrología.–La Confederación Hidrográfica del Segura señala la necesidad de tomar las medidas necesarias para preservar el estado natural de los cauces afectados y evitar cualquier tipo de vertido a los mismos sin la correspondiente autorización de la propia Confederación. Asimismo requiere que se incluya en el Estudio de Impacto Ambiental un inventario de los cauces e infraestructuras afectados por la actuación y que se identifiquen los trabajos que afectarán a cada uno de ellos.

Además indica que será de obligado cumplimiento la normativa vigente en materia de aguas y dominio público hidráulico; Real Decreto Legislativo 1/2001, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, y el Real Decreto 849/86, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

Usos de suelo.–La Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Región de Murcia informa que parte de la actuación propuesta está incluida en dentro del ámbito de las Directrices y Plan de Ordenación Territorial del Litoral de la Región de Murcia. Las infraestructuras proyectadas se encuentran afectadas de forma puntual por suelos protegidos con la categoría de suelo de protección ambiental, paisajística y cauces.

Patrimonio cultural.–La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo de la Región de Murcia, considera que el estudio de impacto ambiental deberá señalar el impacto que el proyecto pueda generar sobre el patrimonio histórico. Asimismo, considera que para una real y efectiva estimación del mismo debe realizarse un estudio arqueológico de evaluación y valoración del patrimonio histórico y arqueológico afectado por el proyecto, cuyos resultados se deberán integrar en el estudio ambiental, de manera que sean tenidos en cuenta en el planteamiento de alternativas y para la señalización de las medidas correctoras y las acciones preventivas necesarias.

Aspectos sociales.–El Ayuntamiento de Águilas señala que las actuaciones podrían producir afecciones sobre espacios naturales de diversa consideración, sobre propiedades de terceros que actualmente están en cultivo y sobre bienes de dominio público; por lo que requiere que las actuaciones queden bien definidas en el Estudio de Impacto Ambiental.

c) Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental y traslado de los informes de las administraciones afectadas.–La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental remitió las consultas al promotor con fecha 28 de enero de 2009, incluyendo una copia de las contestaciones recibidas y los aspectos más relevantes que debería incluir el estudio de impacto ambiental, destacando el análisis de las potenciales afecciones sobre los espacios de la Red Natura 2000 como aspecto más relevante.

b. Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental:

a) Información pública.–La Mancomunidad de los Canales del Taibilla sometió el estudio de impacto ambiental al trámite de información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial del Estado, de 13 de julio de 2009, número 168 y en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, de 20 de julio de 2009, número 165.

Durante este proceso no se han recibido alegaciones al proyecto según remitió el promotor a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 16 de septiembre de 2009.

b) Consultas a administraciones ambientales afectadas.–En cumplimiento del artículo 9.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, la Mancomunidad de los Canales del Taibilla remitió el estudio de impacto ambiental a las mismas instituciones y organismos que se consultaron en la fase previa, con el fin de que alegasen lo que considerasen oportuno.

Se recibió contestación del Ayuntamiento de Águilas indicando que no existía motivación alguna a nivel técnico para considerar la existencia de efectos significativos sobre el medio ambiente.

También se recibió informe del Ayuntamiento de Lorca que consideraba que en la documentación aportada no se contemplaba la clasificación del suelo donde están proyectadas las actuaciones, que según el Plan General Municipal de Lorca, corresponde a Suelo Urbanizable Especial (SUZE Huerta), Suelo Inadecuado para el Desarrollo Urbano (SIDU-2) y Suelo No Urbanizable con Valor Ambiental de Protección Media (G), no aportando ningún plano al respecto. Tampoco se contemplaba la proximidad de una de las actuaciones al Sector 1-R La Campana y a la Modificación puntual del Plan General Municipal de Ordenación de Lorca en Almendricos, aprobada inicialmente el 29 de mayo de 2006. Asimismo el ayuntamiento indica que existen dos vías pecuarias que podrían verse afectadas por dos de las actuaciones previstas en el proyecto, la Vereda Real de los Charcones y la Vereda de Lorca a Huércal-Overa y que no se ha tenido en cuenta la proximidad de una de las actuaciones proyectadas a la zona arqueológica denominada Casa de Las Ventanas.

Por otro lado la Dirección General de Territorio y Vivienda de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Región de Murcia indica que respecto a la normativa aplicable relativa a la Ordenación del territorio, las conexiones de la desaladora de Águilas con el sistema de abastecimiento a Lorca, Puerto Lumbreras y Águilas no quedan incluidas dentro del ámbito sectorial de las Directrices y Plan de Ordenación Territorial del suelo industrial de la Región de Murcia, aprobadas por Decreto 102/2006, de 8 de julio. Además añade que la zona objeto de proyecto se encuentra parcialmente incluida dentro del ámbito de las Directrices y Plan de Ordenación Territorial del litoral de la Región de Murcia, aprobadas por Decreto 57/2004, de 18 de junio. Por otro lado informa que las infraestructuras proyectadas se encuentran afectadas de forma puntual por suelos protegidos por el Plan de Ordenación Territorial con las categorías de suelo de protección ambiental, paisajística y de cauces. El régimen de usos del suelo regulado en el anejo V de la normativa de las Directrices y Plan de Ordenación Territorial del litoral de la Región de Murcia contempla que en suelo de protección ambiental el uso de infraestructuras se regulará mediante el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, el Plan Rector de Uso y Gestión y la normativa sectorial aplicable. En suelos de protección paisajística y de cauces dicho uso está permitido quedando condicionado a la ordenación territorial y sectorial y planificación municipal.

El Servicio de Patrimonio Histórico de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo de la Región de Murcia informa que las actuaciones podrían afectar al yacimiento denominado Casa de las Ventanas, catalogado con grado de protección C en la Carta Arqueológica Regional lo que implica la necesidad de efectuar la supervisión arqueológica de los movimientos de tierras en ese sector. Además, indica que la supervisión arqueológica de la apertura de zanja y los movimientos de tierra ya quedó establecida por esa Dirección General en la Resolución de fecha 24 de junio de 2009 y que por tanto no se considera necesario establecer medidas de protección suplementarias a las establecidas en dicha Resolución.

La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino en su informe no detecta nuevos impactos ni aporta nuevas medidas, haciendo hincapié en los aspectos señalados en su informe de consultas previas.

El Servicio de Información e Integración Ambiental de la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia aporta una serie de consideraciones al estudio de impacto ambiental y enumera algunas carencias del mismo. Además, propone una serie de medidas de mejora ambiental, encaminadas a minimizar la afección sobre la flora y la fauna del área del proyecto y fundamentalmente define las características que deberían tener las actuaciones de restauración y revegetación de los terrenos afectados por las obras. Todas estas medidas han sido incorporadas al condicionado de esta DIA.

4. Integración de la evaluación.

a. Análisis ambiental para selección de alternativas.–El estudio de impacto ambiental incluye un estudio de alternativas, estudiando 3 posibles emplazamientos para el depósito de regulación:

Emplazamiento 1. Se localiza en el Cerro Colorado, colindante con la balsa existente de Acuamed, receptora de los caudales para riego de su desaladora, ubicado fuera de la Red Natura 2000 y a cota compatible con la entrada al mismo.

Emplazamiento 2. Se localiza cerca del anterior a una cota más alta, lo que posibilitaría una mayor capacidad de trasporte de agua hacia Lorca, pero se emplaza ya dentro del LIC Sierra de la Almenara y ZEPA Sierra de Almenara, Moreras y cabo Cope.

Emplazamiento 3. Se localiza más al sur, en una ladera del Cabezo del Rayo y es la ubicación encontrada más cercana a la segunda elevación, aunque se localiza dentro del LIC Sierra de la Almenara.

Junto a estas alternativas se han estudiado dos variantes en cuanto a los trazados de las nuevas conducciones que llegarían y partirían del depósito, encaminadas a posibilitar un incremento de los caudales a bombear y aumentar la flexibilidad de la instalación.

Respecto al funcionamiento no se detectan diferencias significativas, ya que aunque el trazado de las conducciones tiene algo menos de longitud en una de ellas, los efectos sobre el comportamiento hidráulico son inapreciables y no condicionantes.

Después de analizar los emplazamientos del depósito y las dos variantes de trazado, se opta por situar el depósito de regulación en el Cerro Colorao (que corresponde a la número 1), ya que se ubica fuera del LIC Sierra de Almenara, dispone de la cota suficiente, estimada en una solera a la 370 m, no se encuentra excesivamente alejado de la traza de las conducciones que llevaran el agua hasta Lorca y estará junto a la balsa de regulación de Acuamed.

b. Impactos potencialmente significativos de la alternativa elegida y medidas preventivas y correctoras propuestas.–A continuación se exponen, para los elementos del medio más relevantes, los impactos potencialmente significativos y las medidas preventivas y correctoras recogidas en el estudio de impacto ambiental:

Impacto sobre la vegetación.–El impacto que principalmente afectará a la vegetación será la excavación de la zanja en los tramos de las nuevas conducciones y el desbroce en la zona de ocupación del nuevo depósito y la estación de impulsión nº 2.

Se deberá evitar afectar a las formaciones vegetales de zonas protegidas. El promotor indica que se procederá a la revegetación de todas las zonas naturales afectadas por las obras con el fin de integrar las obras con el medio. Asimismo, indica que se procederá al trasplante de las unidades de vegetación más importantes que sean arrancadas (principalmente los pies de Chamaerops humilis y Ziziphus lotus) y, si el trasplante no es viable, se reforestará la zona con vegetación autóctona. En la ejecución de los despejes y desbroces, se evacuarán pronto los restos de tierra, plantas y productos de los trabajos y no se verterán residuos procedentes de la obra en lugares que pueda afectar a la flora silvestre.

Impacto sobre la fauna.–Las afecciones sobre la fauna son consecuencia de la producción de ruidos y la presencia humana y de maquinaria ajena al entorno natural. La emisión e inmisión de ruido y vibraciones por la maquinaria podría causar perturbaciones en el comportamiento natural en la población de diversas especies, sobretodo en las aves presentes en la zona. Por otro lado, los movimientos de tierras en la fase de construcción causarán una alteración del hábitat, eliminando la vegetación existente, nicho de varios taxones de invertebrados, reptiles y mamíferos.

Para minimizar el impacto sobre la fauna el promotor indica que no se alargarán los trabajos excesivamente y se evitarán vibraciones y ruidos durante la época de reproducción de los animales y durante la época de nidificación de las aves. Asimismo, se controlará la velocidad en vías y accesos y se ubicarán pasos y señalizaciones adecuados. En la creación de nuevos accesos se evitará construirlos en zonas de nidificación.

Para evitar el impacto de los movimientos de tierras que, en la fase de construcción, se pudieran causar sobre la vegetación existente y sobre las especies a ella asociadas, como la tortuga mora («Testudo graeca»), se procederá antes del inicio de los trabajos y en el ámbito de actuación de las obras, a realizar batidas de ejemplares de esta especie para proceder a su recogida y posterior traslado a zonas de los alrededores del entorno en el que se encontraban. Los ejemplares se trasladarán a zonas con características similares al nicho en el que se encontraban inicialmente. El plan de trabajo se realizará conjuntamente con la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia.

Por otro lado, el promotor indica que no se mantendrán las zanjas abiertas en más de 500 metros de longitud sin introducir la tubería, con el fin de minimizar el efecto barrera que se puede generar debido a las obras sobre la tortuga mora y otros animales de escasa movilidad.

La principal afección que se producirá sobre la avifauna será la construcción de las dos líneas eléctricas aéreas, la acometida al nuevo depósito y la acometida a la estación de bombeo n.º 2, ambas ubicadas en el límite con la zona de especial protección para las aves de Sierra de Almenara, Moreras y Cabo Cope, los principales impactos de estas líneas eléctricas sobre las aves son el peligro de colisión, el riesgo de electrocución y la nidificación en los tendidos eléctricos. El promotor propone como medidas para la protección de las aves a la hora de llevar a cabo las obras y una vez que éstas han concluido, el evitar la colocación de tendidos eléctricos o torretas con diseños peligrosos para las aves (electrocución y colisión), balizar los cables, no construir pistas o caminos de acceso en las zonas de nidificación e identificar y vigilar los nidos presentes y cercanos en la zona de las obras.

Asimismo el promotor propone como medidas adicionales, que deberán coordinarse con la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia, la mejora de poblaciones de presas mediante programas de recuperación y medidas de gestión del hábitat donde sea preciso, la colocación de majanos para conejo en la zona de actuación y en un radio de 2 km, y las repoblaciones con aves presa.

Impacto sobre la hidrología.–Las acciones del proyecto susceptibles de repercutir en los cursos de agua durante la fase de construcción son el movimiento de tierras (generación de polvo) y los posibles vertidos que de manera incontrolada o accidental se produzcan sobre el río Guadalentín, así como sobre las ramblas que se encuentran en las inmediaciones de las obras. Para minimizar dichas afecciones el promotor indica que los cruces con cauces o ramblas se realizarán de forma subterránea procediéndose a una protección de la tubería con hormigón y escollera y dejando el cauce restituido a su forma original, manteniendo la rasante del terreno original de manera que no se influya en la dinámica fluvial.

Impacto sobre la geomorfología.–La apertura de accesos y viales, movimientos de tierra, creación de nuevas infraestructuras, el acopio de materiales y la construcción del nuevo depósito y las estaciones de impulsión, producirán diferentes impactos sobre el suelo que puede suponer la compactación del terreno y la afección a sus características de lixiviación e infiltración, además de poder generar impactos por posibles vertidos de aceites y combustibles procedentes del tránsito de maquinaria y de la circulación de vehículos. Las operaciones de movimiento de tierras también pueden producir procesos erosivos y alteración de los horizontes del suelo, además de ocasionar pérdida de tierra vegetal.

Para evitar estos impactos, el promotor indica que se aprovecharán los caminos existentes como vías de acceso. Los movimientos de tierra irán acompañados de un trabajo de conservación paralelo: se eliminará cualquier señal de las obras, se recogerán los escombros o vertidos de la obras y se gestionarán los residuos generados por un gestor autorizado.

El promotor indica que el material procedente de las excavaciones a realizar en las obras se reutilizará como relleno tanto para la formación del terraplén del depósito, como para las distintos tipos de relleno de la zanja de las conducciones. Solamente en zonas puntuales es previsible que el material de relleno tenga que ser enteramente de aportación. El material sobrante de la excavación será transportado a vertederos autorizados próximos a la zona de trabajo. Se han localizado varios puntos autorizados para el vertido de escombros e inertes en general:

Cantera abandonada junto a la carretera de los Arejos.

Vertedero situado en la carretera de Caravaca en Lorca.

El promotor señala que se evitarán acopios de materiales durante largos periodos de tiempo para evitar modificar las propiedades del suelo. De forma previa a las excavaciones se retirará la tierra vegetal y se acopiará para su reposición una vez finalizadas las obras.

Por otro lado, el promotor indica que si se llevan a cabo los trabajos de limpieza de maquinaria, cambios de aceite y repostaje en el parque de maquinaria, en lugar de en talleres habilitados para ello, se colocará bajo los vehículos una losa de hormigón o una lona impermeable, con el fin de proteger el suelo si se produjera de forma accidental algún derrame de productos que pudieran contaminarlo.

Asimismo, el cerramiento de la zanja se llevará a cabo conforme se vaya avanzando en el trabajo y las plantaciones propuestas se realizarán inmediatamente después de la finalización de las obras.

Impactos sobre el medioambiente atmosférico.–El tráfico de vehículos y de maquinaria pesada va a producir ruidos, polvo y partículas en suspensión y un aumento de los gases emitidos a la atmósfera. Asimismo, la iluminación del nuevo depósito puede generar un impacto negativo sobre el entorno.

El promotor propone como medidas para reducir dichos impactos el riego periódico de la zona en donde se va a realizar la excavación y movimiento de tierras, además se evitará trabajar en días de fuertes vientos y se regarán o taparán las tierras depositadas en los camiones de transporte. También se reducirá la velocidad de los camiones y se acumularán los materiales en lugares protegidos.

Para la mitigación del impacto del ruido, el promotor indica que se realizará una revisión de la maquinaria y se realizarán los trabajos que más ruido produzcan fuera de las horas de descanso. Para ello el promotor ha elaborado un estudio acústico como anexo al estudio de impacto ambiental identificando las fuentes de ruido y proponiendo las medidas mitigadoras necesarias para su adecuación a la normativa correspondiente.

Para minimizar el impacto del alumbrado del nuevo depósito, el promotor indica que se dispondrán las fuentes de luz a baja altura (menos de 2 metros de altura) y se proyectarán éstas mirando hacia el suelo.

Impactos sobre el paisaje.–El acopio de materiales, la introducción de maquinaria, la construcción de la conducción propiamente dicha y del nuevo depósito, supondrán un cambio en la estructura paisajística.

Con el fin de minimizar este impacto la zanja que se realizará para la instalación de las conducciones será rellenada con los mismos materiales obtenidos de la excavación a cielo abierto, únicamente el nuevo depósito, dada su ubicación en una cota más alta se encontrará presente en el entorno y producirá un impacto visual permanente, para minimizar este impacto se llevará a cabo una revegetación, en los alrededores del depósito, con vegetación autóctona, o con vegetación extraída durante la fase de construcción. Asimismo, se utilizarán materiales formas y colores adaptadas lo máximo posible a las características del entorno.

Impactos sobre el patrimonio.–Se ha llevado a cabo una prospección arqueológica de toda la zona de actuación del proyecto por un técnico competente adscrito a la Dirección General de Cultura de Murcia.

El promotor indica que, a la hora de realizar la apertura de accesos y las zanjas para la colocación de la conducción de agua, se vigilará la aparición de restos arqueológicos. En el caso de detectarse la existencia de algún resto arqueológico, el promotor procederá a la paralización de la obra e informará a la autoridad competente, en este caso la Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia, para que se puedan definir y caracterizar las afecciones y proponer las medidas que minimicen el impacto.

Infraestructuras.–Las infraestructuras en la fase de construcción soportarán diversos impactos, como son el paso de maquinaria pesada y una mayor intensidad en su circulación. Para minimizar estas afecciones, el promotor indica que se señalizarán correctamente las obras y los tramos afectados. Asimismo, se adecuarán los viales que durante la fase de obras puedan ver mermada su anchura.

c. Cuadro sintético de relación entre estos impactos y las medidas correctoras que a continuación se detallarán:

Impactos ambientales

Medidas correctoras

Vegetación

Pérdida de la cobertera vegetal.
Alteración de hábitats de interés

Trasplante de unidades de vegetación más importantes.
Revegetación de las zonas naturales afectadas.
Retirada de restos de desbroce y tala.

Fauna

Alteración de hábitats.
Daños en madrigueras y nidos.
Caída de vertebrados en zanjas.
Aumento del riesgo de colisión y electrocución de aves.

Batidas previas al inicio de las obras para localizar y trasladar ejemplares de tortuga mora.
Creación de rampas de escape.
No realización de trabajos fuera del horario diurno.
Obras fuera del período de nidificación o cría.
Evitar vibraciones y ruidos en época de reproducción y nidificación.
Medidas anticolisión, antielectrocución y antinidificación de aves en las líneas eléctricas proyectadas.

Hidrología

Vertidos sobre los cauces.
Incremento de sólidos en suspensión en los cauces.
Afecciones a las características físicas de los cauces.

Los cruces con cauces y ramblas serán subterráneos.
Reposición de los cruces con cauces o ramblas manteniendo la rasante del terreno original.
Evitar derrames de sustancias contaminantes.

Suelo

Modificación de la topografía.
Alteración de las características físicas y químicas del suelo.

Planificación previa de la red de caminos y vías de acceso.
Separación del horizonte edáfico del resto de tierras.
Recogida de escombros y traslado a vertedero autorizado.
Evitar acopios de materiales durante largos períodos de tiempo.

Medioambiente atmosférico

Ruidos y contaminación atmosférica.

Riegos para evitar el levantamiento de polvo.
Evitar trabajar en días de fuertes vientos.
Control de los niveles de emisión de gases y de ruidos.
Limitación de velocidad.
Revisión periódica de la maquinaria.
Alumbrado del depósito a baja altura.

Paisaje

Cambios en morfología del terreno.
Intrusismo de elementos ajenos al medio preoperacional.

Eliminación de los residuos y materiales sobrantes.
Adaptación de las características de las obras al entorno.
Plantación de vegetación autóctona o con vegetación procedente del desbroce inicial.

Patrimonio

Afección a yacimientos arqueológicos catalogados y montes de utilidad pública.

Paralización de la obra en caso de detección de restos arqueológicos.
Solicitud administrativa para la ocupación de montes de utilidad pública

Infraestructuras

Aumento del paso de maquinaria pesada.
Mayor intensidad de circulación de vehículos.

Señalización de las obras.
Adecuación de los viales que durante la fase de obra puedan ver mermada su anchura.

5. Condiciones al proyecto.–Para la realización del proyecto, tanto el promotor como el contratista, deberán cumplir todas las medidas preventivas y correctoras contempladas en el estudio de impacto ambiental y en el plan de vigilancia ambiental, así como las siguientes condiciones de protección ambiental específicas:

En relación a las líneas eléctricas necesarias tanto para la estación de impulsión n.º 2 como para el nuevo depósito de regulación, considerando su ubicación dentro o colindante a los espacios incluidos en la Red Natura 2.000 LIC ES6200035 Sierra de la Almenara y ZEPA ES0000261 Sierra de Almenara, Moreras y cabo Cope, considerando los informes de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino y de la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia, que señalan que ambas ubicaciones son un importante territorio de caza de distintas rapaces incluidas en el anexo 1 de la Directiva 79/409/CEE, constatando la presencia de estas especies durante la visita de campo realizada el día 7 de octubre de 2010 y considerando el potencial efecto sinérgico que dichas instalaciones aéreas supondrían en la zona, se considera necesario que las dos líneas eléctricas previstas discurran soterradas y coincidiendo en su trazado con los caminos existentes, como ya estaba previsto para el caso del tendido aéreo.

Siguiendo las indicaciones del Servicio de Información e Integración Ambiental de la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia, las plantaciones en cauces y riberas de ramblas se realizarán con taray («Tamarix africana»), azufaifo («Zyziphus lotus») y adelfa («Nerium oleander»). Dado que se realizarán 5 cruces de tubería con ramblas, como mejora ambiental se restaurará un tramo de rambla de 100 m en cada uno de los 5 cruces y en el punto de desagüe del colector del nuevo depósito. La plantación se distribuirá en 4 filas (2 filas a cada lado del cauce), disponiendo las plantas al tresbolillo, con un marco de plantación de 2x2 m, de forma que para cada tramo de 100 m se utilizarán 200 plantas.

Se restaurarán los terrenos afectados por las obras de la estación de impulsión n.º 2 y del nuevo depósito, la banda afectada por la instalación de tuberías sobre terreno forestal y por la instalación del colector del nuevo depósito y los terrenos afectados por la posible apertura de nuevos accesos. Estas restauraciónes consistirán en la remodelación del perfil del terreno, asemejándolo a su perfil original, la plantación con al menos las siguientes especies: pino carrasco («Pinus halepensis»), palmito («Chamaerops humilis»), lentisco («Pistacea lentiscus»), espino negro («Rhamnus Iycioides») y con una densidad mínima de plantación de 2.000 plantas/ha, siendo el 50% del total de la especie pino carrasco. Las plantas serán de 1 ó 2 savias, con cepellón en contenedor de 330 cm3 y con estrías antiespiralización de raíces. La plantación se realizará inmediatamente después de la primera lluvia copiosa de otoño y se realizarán tres riegos: uno de implantación y dos durante el primer verano tras la plantación; además de labores de mantenimiento y reposición de marras durante los tres años siguientes a la plantación. Se prestará especial atención a la correcta conservación de los pies arrancados en la fase de obras para su utilización en las labores de restauración.

El proyecto constructivo deberá adjuntar un anejo específico de integración ambiental y restauración paisajística incluyendo las indicaciones anteriormente expuestas, que se realizará en colaboración con la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia y que deberá contar con informe favorable de dicho organismo antes del inicio de los trabajos. Del mismo modo, la propuesta de mejora de poblaciones de presas para favorecer la recuperación de la fauna presente en el área del proyecto, deberá contar con la coordinación y el visto bueno de la citada Dirección General.

Para las instalaciones situadas en áreas forestales, se contará con medidas de prevención y detección de incendios, así como medidas para, en su caso, su posterior extinción. En este sentido, durante la época de mayor peligro de incendio se prescindirá del uso de maquinaria susceptible de provocar incendios forestales y durante la ejecución de las obras se eliminarán del monte los restos procedentes de cortas y desbroces.

Se establecerá un calendario de obras adaptando los periodos de ejecución de los trabajos fuera del periodo crítico de reproducción de la fauna presente en el ámbito de estudio. En concreto, para no afectar negativamente a las rapaces rupícolas, como el águila perdidera («Aquila fasciata»), búho real («Bubo bubo») o halcón peregrino («Falco peregrinus»), los trabajos a desarrollar en las actuaciones ubicadas dentro, colindantes o en las proximidades de los espacios incluidos en la Red Natura 2.000 deberán realizarse entre los meses de agosto y diciembre, evitando la época de nidificación y cría de estas aves.

En coordinación y con la aprobación de la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia, se realizarán batidas para localizar ejemplares de tortuga mora (Testudo graeca) que se encontrasen en el ámbito de actuación del proyecto. Además, se deberán revisar las zanjas con anterioridad a su relleno para rescatar a individuos que pudieran haber quedado atrapados. Asimismo, no se mantendrán las zanjas abiertas en una longitud superior a 500 metros lineales sin introducir la tubería, para reducir el efecto barrera sobre esta especie y otros animales de escasa movilidad. Las formaciones naturales serán restauradas inmediatamente en cuanto se hayan rellenado las zanjas para asegurar su rápida y adecuada recuperación. Para restaurar el hábitat de la tortuga mora, siguiendo las indicaciones del Servicio de Información e Integración Ambiental de la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia, se realizará una plantación de herbáceas y matorral bajo esparto («Stipa tenaccisima»), albaida («Anthyllis cytisoides»), tomillo («Thymus sp.»), romero («Rosmarinus officinalis») sobre la traza de la tubería cuando ésta se realice sobre terreno forestal y/o dentro o en colindancia con terrenos incluidos en Red Natura 2000. Esta plantación se integrará en el anejo específico de integración ambiental y restauración paisajística del proyecto constructivo indicado en párrafos anteriores.

En relación a los informes aportados en las consultas a las administraciones afectadas sobre el estudio de impacto ambiental del proyecto (reflejadas en el punto 3), el promotor adecuará el diseño final del mismo en orden al cumplimiento de las indicaciones sobre el planeamiento territorial aportadas tanto por el ayuntamiento de Lorca como por Dirección General de Territorio y Vivienda de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Región de Murcia.

En cuanto a las zonas propuestas en el estudio de impacto ambiental como zonas susceptibles de albergar los materiales sobrantes de la excavación, así como el resto de los residuos que se generen en la ejecución del proyecto, se deberá evaluar la disponibilidad de las mismas y se deberá solicitar la autorización pertinente a la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia.

Deberá justificarse la apertura de nuevos accesos y garantizar un adecuado diseño y restauración de estas infraestructuras para minimizar el riesgo de erosión hídrica.

Una vez construidos la estación de impulsión n° 2 y el nuevo depósito, se reducirán en lo posible la anchura de los viales perimetrales, ajustando el vallado a los mismos, de forma que la superficie total afectada finalmente de forma permanente por ambas actuaciones sea lo más pequeña posible.

Para minimizar el impacto del alumbrado del nuevo depósito, se dispondrán las fuentes de luz a baja altura (menos de 2 metros) y proyectando hacia el suelo, y se estudiarán medidas acordes con el Real Decreto 1890/2008, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior. En la estación de impulsión n° 2 se utilizará, para su iluminación, alumbrado similar al proyectado para el nuevo depósito.

De conformidad con lo indicado por el Servicio de Patrimonio Histórico de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo de la Región de Murcia y, sin perjuicio de las autorizaciones necesarias, se efectuará la supervisión arqueológica de los movimientos de tierra en el sector que incluye el yacimiento denominado Casa de las Ventanas, catalogado con grado de protección C en la Carta Arqueológica Regional, para evitar cualquier tipo de afección sobre el mismo.

Cuando se determine el cese del uso de las instalaciones proyectadas, se procederá al desmantelamiento de las mismas de acuerdo con la normativa vigente en ese momento, de forma que el terreno quede en las mismas condiciones que antes de iniciar la actividad y no se produzca daño alguno sobre el suelo o el entorno.

6. Especificaciones para el seguimiento ambiental.–El Plan de Vigilancia Ambiental, que tiene prevista una dotación presupuestaria, servirá para asegurar la aplicación de las medidas preventivas y correctoras, realizar el seguimiento de la eficacia de las mismas, controlar la magnitud de los impactos y definir nuevas medidas correctoras, en el caso de que las ya aplicadas no sean suficientes. Incluirá el modo de seguimiento de las actuaciones tanto en la fase de construcción como en la de operación, mantenimiento y desmantelamiento de las infraestructuras, así como la descripción del tipo de informes, su frecuencia y su periodo de emisión.

El promotor ha previsto que los informes mensuales que se elaboren en el marco de dicho plan serán remitidos tanto a la Dirección de Obra como a la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad de la Región de Murcia.

En el seguimiento previsto se destacan las siguientes acciones:

Fase de construcción: se realizará un control permanente de las obras. El control se realizará sobre la zona afectada por las obras, comprobando su correcta zonificación y señalización, la protección de comunidades faunísticas, la protección y restauración de la vegetación, el almacenamiento y trasiego de sustancias peligrosas, el mantenimiento de maquinaria, la gestión de residuos, la preservación del patrimonio arqueológico, los accesos, la retirada y acopio de tierra vegetal, emisión de polvo y partículas, la instalación de las conducciones de agua, de la líneas eléctricas y la construcción del depósito y demás actuaciones proyectadas.

Fase de operación y mantenimiento: Se comprobará la eficacia de las medidas preventivas y correctoras llevadas a cabo. Contemplará como mínimo la supervisión del acabado de estructuras y parámetros así como de las superficies de tierra, las operaciones de limpieza final de las obras y despeje de márgenes y la regeneración natural de los suelos afectados por las excavaciones, caminos de acceso y zonas de acopio de materiales.

Además, el programa de vigilancia ambiental contempla la realización, por el equipo técnico designado para llevar a cabo el Plan de Vigilancia Ambiental, de una serie de informes mensuales donde se describirán el estado de las obras, las medidas preventivas y correctoras llevadas a cabo y el grado de cumplimiento de las mismas con lo establecido en el proyecto, las posibles incidencias ambientales detectadas, los residuos generados y los traslados a vertedero, y las afecciones a la vegetación y a la fauna.

El promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el «Boletín Oficial del Estado», en el que se publica la Declaración de Impacto Ambiental.

Conclusión.–En consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la propuesta de resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Conexión de la desaladora de Águilas con las instalaciones de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla concluyendo que siempre y cuando se autorice con las características y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a Mancomunidad de los Canales del Taibilla para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 17 de diciembre de 2010.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid