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Documento BOE-A-2011-3147

Orden ARM/313/2011, de 9 de febrero, por la que se deroga la Orden ARM/2067/2009, de 29 de julio, por la que se reconoce y regula la Indicación Geográfica "Viñedos de España" para los vinos con derecho a la mención tradicional "Vino de la Tierra" producidos en la zona geográfica que se delimita.

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 2011, páginas 18167 a 18168 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-3147

TEXTO ORIGINAL

Mediante Orden ARM/2067/2009, de 29 de julio, se reconoció y reguló la indicación geográfica «Viñedos de España» para los vinos con derecho a la mención tradicional «vino de la tierra» producidos en la zona geográfica delimitada por la propia orden.

Por el Reglamento (CE) n.º 479/2008 del Consejo, de 29 de abril, se estableció la organización común del mercado vitivinícola, que posteriormente fue incorporada al Reglamento (CE) n.º 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas, por el Reglamento 491/2009 del Consejo, de 25 de mayo de 2009.

La diferente forma de entender las posibilidades de aplicación del citado Reglamento (CE) 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, y del Reglamento (CE) 607/2009 de la Comisión, de 14 de julio de 2009, por el que se establecen determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 479/2008 del Consejo, en lo que atañe a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas, a los términos tradicionales, al etiquetado y a la presentación de determinados productos vitivinícolas, ha originado un expediente ante la Comisión Europea relativo al grado de cumplimiento de lo establecido en dichos reglamentos por parte de la orden reguladora de la indicación geográfica «Viñedos de España».

En el curso del referido expediente, la Administración española se ha comprometido a derogar la orden en cuestión, habida cuenta de las nuevas posibilidades que ofrece el Reglamento (CE) 1234/2007 una vez incorporada al mismo la nueva OCM vitivinícola.

Por ello, mediante la presente Orden se procede a derogar la Orden ARM/2067/2009, de 29 de julio.

En la tramitación de esta disposición han sido consultadas las Comunidades Autónomas y las entidades representativas de los sectores afectados.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Derogación normativa.

Se deroga la Orden ARM/2067/2009, de 29 de julio, por la que se reconoce y regula la indicación geográfica «Viñedos de España» para los vinos con derecho a la mención tradicional «vino de la tierra» producidos en la zona geográfica que se delimita.

Disposición transitoria única. Comercialización de existencias.

Los vinos comercializados o etiquetados antes de la entrada en vigor de esta Orden y que satisfagan los requisitos establecidos en la Orden ARM/2067/2009, de 29 de julio, podrán comercializarse hasta el agotamiento de las existencias.

Los vinos que dispongan del documento de certificación en vigor al que se refiere el artículo 10.4 de la Orden ARM/2067/2009, de 29 de julio, se podrán comercializar con la indicación geográfica «Viñedos de España» hasta el 31 de mayo de 2011.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 9 de febrero de 2011.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Rosa Aguilar Rivero.

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