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Documento BOE-A-2011-2818

Resolución de 3 de enero de 2011, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Aragón, para el Plan de apoyo a la implantación de la LOE. Año 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 14 de febrero de 2011, páginas 15817 a 15834 (18 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-2818

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma de Aragón, han suscrito un Convenio de colaboración para el Plan de apoyo a la implantación de la LOE. Año 2010, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado», de dicho Convenio.

Madrid, 3 de enero de 2011.–La Directora General de Evaluación y Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN PARA EL PLAN DE APOYO A LA IMPLANTACIÓN DE LA LOE. AÑO 2010

En Madrid, a 22 de diciembre de 2010.

REUNIDOS

De una parte, don Ángel Gabilondo Pujol, como Ministro de Educación, en virtud del Real Decreto 556/2009, de 7 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, la señora doña María Victoria Broto Cosculluela, Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud del acuerdo de Consejo de Gobierno de 14 de diciembre de 2010.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto

EXPONEN

Primero.–Que el artículo 27 de la Constitución Española establece el derecho de todos a la educación y asigna a los poderes públicos la obligación de garantizar este derecho. Actualmente este derecho a la educación solo puede entenderse en el sentido de que la educación que reciben los niños y jóvenes ha de alcanzar unos niveles altos de calidad, independientemente de las condiciones sociales, culturales y económicas de la familia y del entorno.

Segundo.–Que el Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, dispone en su artículo 73, que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, en todo caso, incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación; el establecimiento de criterios de admisión a los centros sostenidos con fondos públicos para asegurar una red educativa equilibrada y de carácter compensatorio; la promoción y apoyo al estudio; la formación y el perfeccionamiento del personal docente; la garantía de la calidad del sistema educativo, y la ordenación, coordinación y descentralización del sistema universitario de Aragón con respeto al principio de autonomía universitaria.

Tercero.–Que el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (en adelante LOE) establece que el Estado promoverá programas de cooperación territorial, con el fin de alcanzar los objetivos educativos de carácter general y reforzar las competencias básicas, mediante convenios o acuerdos con las Comunidades Autónomas.

Cuarto.–Que la Memoria Económica de la LOE prevé que a lo largo del período de implantación de la Ley se dispondrá de asignaciones específicas para el apoyo a actuaciones directamente derivadas de las nuevas previsiones normativas.

Quinto.–Que en los Presupuestos Generales del Estado para 2006, 2007, 2008 y 2009 se recogen partidas presupuestarias específicas para la suscripción de convenios con las administraciones educativas autonómicas. En el año 2006 esta partida, de 14.834.000 euros, se destinó a la puesta en marcha del programa PALE, para el apoyo al aprendizaje de lenguas extranjeras. En el año 2007, año en el que comienza la implantación de las previsiones contempladas en la Ley, se puso en marcha el Plan de Apoyo a la implantación de la LOE con una partida presupuestaria de 56.963.800 euros para cuatro ámbitos de actuación: la formación, el aprendizaje de las lenguas extranjeras, la mejora del éxito y la lucha contra el abandono escolar prematuro. Y en los años 2008 y 2009, las partidas presupuestarias fueron de 95.094.000 y de 106.866.630 euros, respectivamente, para cinco ámbitos de actuación: la formación, el aprendizaje de las lenguas extranjeras, la mejora del éxito escolar, la reducción del abandono escolar temprano del sistema educativo y la extensión o modificación del tiempo escolar.

Sexto.–Que el Consejo de Ministros celebrado el día 4 de junio de 2010 adopta el acuerdo por el que se formalizan los criterios de distribución a las Comunidades Autónomas así como la distribución resultante para el año 2010, acordados en el seno de la Comisión General de Educación de la Conferencia Sectorial de Educación, de un crédito de 106.866.630 euros para programas del plan de apoyo a la implantación de la LOE.

Séptimo.–Que la fórmula general contemplada en el ordenamiento jurídico para articular las actuaciones de cooperación entre la Administración General del Estado y los órganos correspondientes de las Administraciones de las Comunidades Autónomas es el convenio de colaboración regulado en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Consecuentemente, el Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma de Aragón, previa aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, suscriben el presente Convenio conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.–Constituye el objeto del presente Convenio el establecimiento de los mecanismos de colaboración necesarios entre el Ministerio de Educación y la Comunidad Autónoma de Aragón, a través del Departamento de Educación, Cultura y Deporte para apoyar actuaciones de la Comunidad Autónoma que tengan por objeto:

Aplicar las nuevas disposiciones que contiene la LOE y que requieren acciones que no necesariamente se llevaban a cabo con anterioridad.

Preparar el sistema para hacer frente a las nuevas necesidades, derivadas de la nueva normativa básica.

Apoyar la puesta en marcha de programas tendentes al logro de los principio y fines del sistema educativo establecidos por la LOE y para cuya consecución se requiere un decidido impulso a partir de la situación actual.

Segunda. Descripción de las actuaciones.–Las actuaciones acogidas al presente Convenio se llevarán a cabo durante los años 2010 y 2011, de acuerdo con la descripción de los programas que se incluye en el anexo del mismo.

Tercera. Programas para el conjunto de las comunidades autónomas.–Los materiales para alumnos, profesores y familias, las plataformas en la red para orientación y refuerzo, la difusión de buenas prácticas y, en general, cualquier tipo de actuación que se realice para el conjunto de las comunidades autónomas con fines asociados a los diferentes programas de este Plan se realizará en colaboración con el Ministerio de Educación.

Serán concebidos para la utilización de los miembros de la comunidad educativa de todas las Comunidades Autónomas y puestos a disposición de las administraciones e instituciones del resto de las Comunidades Autónomas.

Cuarta. Aportaciones económicas.–El Ministerio de Educación aportará en el año 2010 a la Comunidad Autónoma de Aragón la cantidad total de 2.835.135 euros para el Plan de apoyo a la implantación de la LOE en dicha Comunidad, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.04.322B.458 del vigente presupuesto del Ministerio de Educación.

La Comunidad Autónoma de Aragón aportará la cantidad total de 3.802.701 euros para el Plan de apoyo a la implantación de la LOE, del ejercicio de 2010 con cargo a las aplicaciones presupuestarias que, para cada Programa, se detallan en el Anexo del presente Convenio y que en síntesis se expresan a continuación:

Aplicación presupuestaria

Importe

18020 G 4225 1 multiaplicación 91002

440.000,00

18020 G 4227 1 multiaplicación 91002

769.237,00

18030 G 4221 1 multiaplicación 91002

520.000,00

18030 G 4222 1 multiaplicación 91002

1.798.101,00

18030 G 4222 480088 91002

275.363,00

Total

3.802.701,00

Quinta. Destino y distribución de los fondos económicos.–La Comunidad Autónoma de Aragón destinará los fondos económicos de este Plan desglosados según los siguientes Programas:

300.627,50 euros para programas de formación del profesorado en aspectos generales de la LOE, de los cuales el Ministerio de Educación aportará 120.251 euros.

1.098.987,50 euros para programas de apoyo a la implantación de la enseñanza y el aprendizaje de lenguas extranjeras (PALE), de los cuales el Ministerio de Educación aportará 439.595 euros.

2.046.836 euros para programas de mejora del éxito escolar, de los cuales el Ministerio de Educación aportará 818.735 euros.

2.375.605 euros para programas dirigidos a disminuir las bolsas de abandono temprano de la escolarización, de los cuales el Ministerio de Educación aportará 950.242 euros.

515.780 euros para programas dirigidos para la extensión y modificación del tiempo escolar, de los cuales el Ministerio de Educación aportará 206.312 euros.

300.000 euros para la organización de un Congreso sobre «La construcción, diseño y uso de los espacios escolares al servicio de la calidad de la educación». El Ministerio de Educación financia este programa en su totalidad.

Sexta. Instrumentación del pago y justificación del gasto.–El Ministerio de Educación procederá a transferir a la Comunidad Autónoma de Aragón la aportación económica señalada en la cláusula cuarta, a la firma del presente Convenio.

A los efectos de la justificación del libramiento, la Comunidad Autónoma de Aragón acopiará la documentación correspondiente al desarrollo de las actuaciones objeto de este Convenio y a la justificación del gasto. En todo caso, de acuerdo con lo establecido para las comunidades autónomas en la regla sexta del apartado 2 del artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, finalizado cada ejercicio económico, y no más tarde del 31 de marzo del ejercicio siguiente, la Comunidad Autónoma de Aragón remitirá al Ministerio de Educación un estado de ejecución del ejercicio, indicando las cuantías totales de compromisos de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados en el año detallado por cada una de las partidas presupuestarias del Presupuesto de Gastos del Estado desde las que se realizaron las transferencias de crédito.

Séptima. Financiación por el Fondo Social Europeo.–Dado que los programas de mejora del éxito escolar y los dirigidos a disminuir las bolsas de abandono temprano de la escolarización, dirigidos al alumnado de la Educación secundaria obligatoria, se inscriben en las actuaciones del programa operativo del Fondo Social Europeo que el Ministerio de Educación desarrolla, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la Diputación General de Aragón deberá aportar un certificado en el que se justifique que ha sido cumplida la finalidad para la cual se suscribió el Convenio en los programas dirigidos al alumnado de Educación secundaria obligatoria, así como la elaboración de un dossier que contenga los oportunos documentos justificativos del gasto. Asimismo deberá incluir el logotipo del Fondo Social Europeo y la constancia explícita de dicha cofinanciación en los documentos, folletos y publicaciones que se realicen en el cumplimiento de los objetivos del mismo.

De acuerdo con el Reglamento (CE) Nº 1083/2006, del Consejo, de 11 de julio de 2006, y el Reglamento N.º 1828/2006, de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, deberá conservarse in situ la documentación referida al desarrollo de los programas dirigidos al alumnado de Educación secundaria obligatoria objeto de este Convenio (relación de actuaciones, listados de alumnos, de profesores y de otros profesionales que han participado en el desarrollo de los programas, etc.), con el fin de que se encuentren a disposición de las autoridades de gestión, certificación o auditoría del Fondo Social Europeo.

Octava. Información y difusión.–La Comunidad Autónoma de Aragón hará constar la aportación del Estado en todas las manifestaciones públicas relacionadas con estos programas. En particular, las publicaciones impresas o electrónicas y notificaciones hechas por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación y la mención expresa: «Programa cofinanciado por el Ministerio de Educación».

Novena. Comisión mixta de Seguimiento.–A fin de realizar el seguimiento y evaluación de los resultados del Programa de apoyo a la implantación de la LOE derivados de las aportaciones del Estado en el año 2010, así como la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, ambas partes convienen la constitución de una Comisión mixta paritaria, compuesta por seis miembros, dos de los cuales serán designados por el Ministerio de Educación, uno por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Aragón y tres por la Comunidad Autónoma de Aragón.

En el seno de la Comisión de Seguimiento, la Comunidad Autónoma de Aragón informará de la puesta en marcha de las actuaciones recogidas en el presente Convenio en dicha Comunidad Autónoma y proporcionará al Ministerio de Educación documentación que justifique el destino de los fondos y los criterios de su distribución, la relación de actuaciones que han sido financiadas con las aportaciones económicas señaladas en la cláusula cuarta de este Convenio, los indicadores señalados en cada uno de los Programas que se describen en el anexo y todo lo relacionado sobre el cumplimiento del resto de las cláusulas de este Convenio.

Décima. Vigencia y resolución.–El presente Convenio tendrá vigencia desde el día de la firma hasta que haya sido acreditado el cumplimiento de los compromisos adquiridos por cada una de las partes, y en todo caso no antes del 31 de marzo de 2012, pudiendo ser renovado o modificado, con carácter expreso, mediante documento al efecto.

No obstante, a los efectos de las aportaciones económicas de la Comunidad Autónoma de Aragón previstas para el ejercicio 2010 en la cláusula cuarta, y de las actuaciones que de las mismas se deriven entre las descritas en el Anexo al Convenio, éstas se podrán ejecutar desde el día 1 de julio de 2010.

Además de la expiración de su plazo de vigencia, serán causas de extinción del Convenio:

a) El mutuo acuerdo de las partes.

b) La denuncia del Convenio por cualquiera de las partes como consecuencia del incumplimiento de sus cláusulas por la otra parte.

En el caso de extinción del Convenio por las causas indicadas anteriormente se deberá garantizar por ambas partes la finalización de las actuaciones en curso, sin que suponga agravio para los participantes en las mismas.

Undécima. Naturaleza y jurisdicción.–El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico aplicable al mismo el establecido en el título I de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y efectos del presente Convenio, que no queden solventadas por la Comisión mixta de Seguimiento prevista en la cláusula novena, serán resueltas por los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio por duplicado, quedando un ejemplar en poder de cada una de las partes firmantes, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Educación, el Ministro, Ángel Gabilondo Puyol.–Por la Comunidad Autónoma de Aragón, la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, María Victoria Broto Cosculluela.

ANEXO ADENDA 2010

1. Formación del profesorado.

2. Aprendizaje de lenguas extranjeras.

3. Mejora del éxito escolar.

4. Disminución del abandono temprano de la escolarización.

5. Extensión del tiempo escolar.

6. Organización de un congreso sobre «Construcción, diseño y uso de los espacios escolares al servicio de la calidad de la educación».

Convenio aplicación LOE 2010

Programas

Ejercicio 2010

MEDU

DGA

Total

1. Formación profesorado

120.251,00

180.376,50

300.627,50

2. Aprendizaje lenguas extranjeras

439.595,00

659.392,50

1.098.987,50

3. Mejora éxito escolar

818.735,00

1.228.101,00

2.046.836,00

4. Disminución abandono escolar

950.242,00

1.425.363,00

2.375.605,00

5. Extensión tiempo escolar

206.312,00

309.468,00

515.780,00

6. Organización del congreso

300.000,00

Total programas

2.835.135,00

3.802.701,00

6.637.836,00

Programa 1: Formación del profesorado

Descripción de las actuaciones:

Las actuaciones irán encaminadas a desarrollar los siguientes ámbitos de actuación:

1. La puesta en marcha de las enseñanzas derivadas del nuevo currículo de Aragón para las enseñanzas que se apliquen en el curso 2010-11.

2. La preparación didáctica y metodológica del profesorado que impartirá nuevas materias en el curso 2010-11.

3. La preparación de asesores, inspectores y profesorado que deba aplicar las Evaluaciones de diagnóstico en el 2º ciclo de Primaria y en el 2º curso de la ESO y Planes de mejora.

4. La preparación del profesorado de los nuevos Programas de Cualificación Profesional Inicial y, en su caso, de los módulos voluntarios.

5. Formación continua para profesionales de escuelas infantiles y preparación de cursos on-line.

6. Formación de tutores para prácticas de alumnos de estudios de maestro y de master de secundaria.

Objetivos que se pretenden alcanzar:

Suministrar formación inicial al personal docente que deba realizar tareas de supervisión, asesoramiento, intervención o aplicación de los nuevos aspectos curriculares derivados de la aplicación de la LOE:

Áreas y materias nuevas o con modificaciones significativas en los nuevos currículos.

Competencias básicas.

Evaluación de diagnóstico y planes de mejora.

Módulos de los PCPI.

Marco común europeo de referencia de las lenguas y enseñanzas especializadas de Idiomas.

Enseñanzas Artísticas.

Enseñanzas del primer ciclo de Educación infantil.

Tutores de prácticas de los estudios universitarios de maestro y de profesor de secundaria y formación profesional.

Actividades que se han de desarrollar:

Un curso de formación para Inspectores de Educación y Asesores de la Unidad de Programas Educativos de los Servicios Provinciales de Educación en materia de Evaluación de diagnóstico y Planes de mejora.

Tres cursos/seminarios de formación para Directores y Asesores de Centros de Profesores y Recursos y Equipos de orientación educativa y psicopedagógica en materia de Evaluación de diagnóstico y Planes de mejora.

Elaboración de materiales para cursos de formación on-line para profesionales del primer ciclo de la Educación infantil.

Cursos/seminarios de formación para maestros de Educación infantil en materia de iniciación a las competencias básicas y nuevo currículo.

Cursos/seminarios de formación para maestros y profesores de Educación primaria y Educación secundaria obligatoria en materia de Competencias básicas, Evaluación de diagnóstico y Planes de mejora.

Cursos/seminarios de formación para profesores de Secundaria en las nuevas materias de Bachillerato

Curso/seminarios de formación para profesorado de Bachillerato, vía artes escénicas y música.

Cursos/seminarios de formación en materia de módulos de los PCPI.

Cursos/seminarios de formación para profesorado de enseñanzas de Régimen Especial.

Cursos/seminarios para tutores de prácticas de los estudios de maestro y de profesor de secundaria y formación profesional.

Población a la que se dirige:

Inspectores, asesores, profesorado y profesionales de Educación Infantil, Primaria, Secundaria, FP, Bachillerato, Educación Permanente y Enseñanzas de Régimen Especial que ejerzan en centros públicos o centros privados concertados, dependientes del ámbito de gestión del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón.

Distribución territorial: El ámbito de gestión del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón. Cursos regionales o provinciales y cursos de ámbito de los 17 Centros de Profesores y Recursos, CAREI y CATEDU de la red de formación del profesorado de Aragón.

Horizonte temporal de ejecución: Curso 2010-11.

Coste: 300.627,50 euros.

Financiación:

Entidad

Aplicación cofinanciación

Importe 2010

MEDU

18.04.322B.458

120.251,00

DGA

18020/G/4227/1multiaplicación/91002

180.376,50

Total

300.627,50

Entidad ejecutora (unidad administrativa, universidad, organización privada, etc): Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente.

Unidad administrativa responsable: Unidad de Formación del Profesorado.

Indicadores cuantitativos: Entre otros, se pueden considerar los siguientes:

Número de actividades de formación planificadas por cada uno de los ámbitos o materias propuestas:

Actividades

Número

Elaboración materiales curso on-line profesionales primer ciclo Educación infantil

1

Competencias básicas, Evaluación de diagnóstico y Planes de mejora

30

Nuevas materias Bachillerato

6

Bachillerato Artes escénicas y música

1

Módulos PCPI

6

Enseñanzas de Régimen Especial

6

Formación tutores cursos enseñanzas de maestro y de profesorado de secundaria y formación profesional

3

Total

53

Número de solicitudes de formación de cada uno de los ámbitos o materias propuestas:

Solicitudes

Número

Elaboración materiales curso on-line profesionales primer ciclo Educación infantil

50

Competencias básicas, Evaluación de diagnóstico y Planes de mejora

750

Nuevas materias Bachillerato

150

Bachillerato Artes escénicas y música

25

Módulos PCPI

150

Enseñanzas de Régimen Especial

150

Formación tutores cursos enseñanzas de maestro y de profesorado de secundaria y formación profesional

75

Total

1.350

Número de horas de formación ofrecidas para cada uno de los ámbitos o materias propuestas:

Horas formación

Número

Elaboración materiales curso on-line profesionales primer ciclo Educación infantil

50

Competencias básicas, Evaluación de diagnóstico y Planes de mejora

600

Nuevas materias Bachillerato

120

Bachillerato Artes escénicas y música

20

Módulos PCPI

120

Enseñanzas de Régimen Especial

120

Formación tutores cursos enseñanzas de maestro y de profesorado de secundaria y formación profesional

60

Total

1.090

Número de profesores de educación infantil y primaria formados en cada una de las materias propuestas:

Profesorado infantil y primaria

Número

Primer ciclo Educación Infantil

50

Competencias básicas, Evaluación de Diagnóstico y Planes de mejora

375

Total

425

Número de profesores de educación secundaria formados en cada una de las materias propuestas:

Profesorado secundaria y FP

Número

Competencias básicas y Evaluación de Diagnóstico

375

Nuevas materias Bachillerato

150

Bachillerato Artes escénicas y música

25

Módulos PCPI

150

Enseñanzas de Régimen Especial

150

Formación tutores cursos enseñanzas de maestro y de profesorado de secundaria y formación profesional

75

Total

925

Número de profesionales formados en cada uno de los ámbitos propuestos (previsión):

Profesionales

Número

Elaboración materiales curso on-line profesionales primer ciclo Educación infantil

50

Competencias básicas, Evaluación de diagnóstico y Planes de mejora

750

Nuevas materias Bachillerato

150

Bachillerato Artes escénicas y música

25

Módulos PCPI

150

Enseñanzas de Régimen Especial

150

Formación tutores cursos enseñanzas de maestro y de profesorado de secundaria y formación profesional

75

Total

1.350

Programa 2: Aprendizaje de lenguas extranjeras (PALE)

Descripción de las actuaciones:

Formación del profesorado especialista o que va a impartir lengua extranjera o materias en lengua extranjera.

Objetivos que se pretenden alcanzar:

Mejora de la competencia lingüística.

Actualización metodológica de la enseñanza de y en lengua extranjera: AICLE, TIC, trabajo por proyectos, etc.

Búsqueda de recursos y elaboración de materiales para la enseñanza en lengua extranjera.

Actividades que se han de desarrollar:

Convocatoria de 250 plazas en cursos de 200 horas de duración del Programa de Aprendizaje de Lenguas Extranjeras mediante itinerario formativo organizado en dos fases:

1.ª fase: Formación lingüística (80 horas en EOI).

Impartida en Escuelas de Idiomas, por profesorado de EOI con un duración de 8 horas semanales.

2.ª fase: Formación lingüística y metodológica (120 horas).

Dos semanas en el extranjero (80 horas). Actividad lingüística, metodológica, inmersión en clases y a ser posible destinados en distintos lugares. (Gran Bretaña/Francia/ Alemania).

Seminario en los CPR de adscripción (40 horas). Formación metodológica, puesta en común, elaboración de materiales.

Población a la que se dirige:

El programa se dirige prioritariamente a:

Profesorado con un nivel intermedio-alto (B-1) de la lengua extranjera (inglés, francés, alemán) Su participación deberá estar distribuida por este orden:

1.º Maestros especialistas de lengua extranjera en primaria (priorizando a los que estén impartiendo clase o con compromiso expreso de hacerlo a corto plazo en centros bilingües).

2.º Profesorado de materias no lingüísticas en lengua extranjera (inglés, francés, alemán) en Secundaria y Bachillerato (priorizando los que estén impartiendo clase o con compromiso expreso de hacerlo a corto plazo en un IES bilingüe y en un segundo lugar profesorado de centros no bilingües cuyo nivel de idioma sea ampliamente el requerido).

3.º Tutores/as de infantil.

Distribución territorial:

17 Centros de Profesores y Recursos de Aragón, red de Escuelas de Idiomas de Aragón y Centros docentes de Aragón.

Horizonte temporal de ejecución:

Curso 2010-11.

Coste: 1.098.987,50 euros.

Financiación:

Entidad

Aplicaciones cofinanciación

Importe

MEDU

18.04.322B.458

439.595,00

DGA

18020/G/4227/1multiaplicación/91002

309.392,50

DGA

18030/G/4222/1multiaplicación/91002

350.000,00

Total

1.098.987,50

Entidad ejecutora (unidad administrativa, universidad, organización privada, etc):

Dirección General de Administración Educativa.

Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente.

Dirección General de Política Educativa.

Unidad administrativa responsable:

Unidad de Enseñanzas de Centros Docentes.

Unidad de Formación del Profesorado.

Unidad de Proyectos y Programas con el Exterior.

Indicadores cuantitativos.

Entre otros, se pueden considerar:

Indicadores

Número

Actividades de formación planificadas

17 grupos

Horas de formación ofrecidas PALE

200 por grupo

Profesores de primaria PALE

125

Profesores de infantil PALE formados

50

Profesores de Secundaria PALE formados

75

Programa 3: Mejora del éxito escolar

Descripción de las actuaciones:

a) Programas dirigidos a alumnos de los dos primeros cursos de la Educación secundaria obligatoria con desfase curricular.

b) Programas dirigidos a alumnos de los cursos 3.º y 4.º de la Educación secundaria obligatoria con desfase curricular.

c) Programas de desarrollo de capacidades para alumnos de la Educación Primaria con la finalidad de ampliar la atención educativa del alumnado con altas capacidades intelectuales o con un rendimiento académico muy satisfactorio en una o varias de las áreas curriculares.

Objetivos que se pretenden alcanzar:

Este programa tiene por objeto apoyar algunas de las medidlas recogidas en la LOE y orientadas a incrementar el número de alumnos que progresan adecuadamente a lo largo de la escolarización obligatoria, mediante la financiación de programas específicos, diseñados por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

Actividades que se han de desarrollar:

a) Programas para alumnos de los dos primeros cursos de la Educación secundaria obligatoria:

Estos programas tendrán como finalidad que los alumnos que tienen fuerte retraso escolar o dificultades generalizadas de aprendizaje, mediante una metodología apropiada y una disposición de los contenidos adaptada a sus características y necesidades, desarrollen las competencias básicas necesarias para proseguir con garantía de éxito, en régimen ordinario, el resto de las enseñanzas de la etapa y obtengan la titulación correspondiente.

Uno de los principios en que se basa la estructura de estos programas es la agrupación de materias en ámbitos y, como consecuencia, que el número de profesores que intervienen sea lo más reducido posible.

Las características de este programa implican una programación de los contenidos que se vayan a desarrollar tomando como referencia las competencias básicas, las enseñanzas mínimas de cada una de las materias en los cursos correspondientes y la relación entre ellas.

Recursos humanos y materiales: 20 profesores para 61 centros.

b) Programas para alumnos de los cursos 3.º y 4.º de la Educación secundaria obligatoria:

Estos programas tendrán como finalidad que los alumnos que tienen retraso escolar o materias pendientes en 3.º o 4.º de la ESO dispongan de un mayor apoyo escolar mediante:

Tutorías especializadas para alumnos específicos.

Talleres de materias instrumentales: lengua castellana y matemáticas.

Ampliación a dos cursos de todos los programas de diversificación curricular con mayor número de horas de desdoble y ampliación de ámbitos de conocimiento.

Recursos humanos y materiales: Medidas en 100 centros escolares (pública y concertada).

c) Programas de desarrollo de capacidades:

La atención educativa específica a este tipo de alumnado consistirá en prestar un apoyo más individualizado en pequeños grupos de trabajo, con materiales adecuados y una metodología que facilite el enriquecimiento curricular y extracurricular en determinados períodos de la jornada escolar.

El programa se desarrollará a través de Proyectos de Desarrollo de Capacidades que realicen los centros autorizados dirigidos al alumnado que presente las características señaladas.

Los Proyectos de Desarrollo de Capacidades que realicen los centros deben facilitar el enriquecimiento de las experiencias de aprendizaje de los alumnos mediante materiales, recursos y contenidos que podrán estar o no relacionados con el currículo.

Para facilitar el desarrollo del programa cada centro autorizado establecerá un aula específica de Desarrollo de Capacidades.

Recursos humanos y materiales:

Mediante agrupamiento flexible, en horario de mañana y tarde, se trabaja en un aula específica el desarrollo de capacidades de algunos alumnos propuestos por el profesor-tutor, a través de talleres o proyectos. Posteriormente esas experiencias son compartidas con el resto del grupo ordinario, dentro del modelo metodológico de carácter inclusivo.

Hay asignado un profesor a tiempo completo para el desarrollo del programa (25 horas lectivas) en cada centro.

Tutorías específicas de alumnos para el desarrollo de capacidades.

Hasta 12 centros docentes y 9 EOEPs.

Población a la que se dirige:

Alumnos de 1.º y/o 2.º de la ESO con fuerte retraso escolar o dificultades generalizadas de aprendizaje.

Alumnado de 3.º y 4.º de la ESO con retraso escolar y materias no superadas.

Programa de desarrollo de capacidades, alumnos de Primaria.

Apoyo con formación del profesorado en Seminarios provinciales y Grupos de trabajo

Distribución territorial: Comunidad Autónoma de Aragón.

Horizonte temporal de ejecución: Curso 2010-2011.

Coste: 2.046.836,00 euros.

Financiación:

Entidad

Aplicaciones cofinanciación

Importe

MEDU

18.04.322B.458

818.735,00

DGA

18020/G/4227/1multiaplicación/91002

100.000,00

DGA

18030/G/4221/1multiaplicación/91002

340.000,00

DGA

18030/G/4222/1multiaplicación/91002

588.101,00

DGA

18030/G/4222/480088/91002

200.000,00

Total

2.046.836,00

Entidad ejecutora:

Dirección General de Administración Educativa.

Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente.

Dirección General de Política Educativa.

Unidad administrativa responsable:

Unidad de Formación del Profesorado.

Sección de Ordenación de la enseñanza concertada.

Unidad de Orientación.

Indicadores cuantitativos:

Número de centros de educación primaria y secundaria en los que se desarrollan actuaciones:

Centros

Número

Programa retraso escolar 1.º y 2.º de ESO (pública y concertada)

61

Programa retraso escolar 3.º y 4.º de ESO (pública y concertada)

124

Programa desarrollo de capacidades 5.º y 6.º de Primaria

12 (+ 9 EOEP)

Número de alumnos beneficiarios de educación primaria:

Alumnos

Número

Programa desarrollo de capacidades 1.º y 6.º de Primaria

682

Número de alumnos beneficiarios de educación secundaria:

Alumnos

Número

Programa retraso escolar 1.º y 2.º de ESO (pública y concertada)

1.003

Programa retraso escolar 3.º y 4.º de ESO (pública y concertada)

2.157

Número de acciones planificadas para el refuerzo de las capacidades básicas (artículo 24.8 LOE): 3 acciones en 173 centros.

Número de acciones planificadas para el refuerzo a los alumnos que promocionen en educación primaria o secundaria sin haber superado todas las áreas o materias (artículos 20.3 y 28.5 LOE): 2 acciones en 161 centros.

Número de acciones dirigidas a la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten las dificultades o necesidades en el aprendizaje en educación primaria: 1 acción en 12 centros, con apoyo de 9 EOEPs.

Número de acciones dirigidas al apoyo a actuaciones en las áreas y materias de primaria y secundaria con menores índices de éxito: 2 acciones en 161 centros de secundaria.

Programa 4: Disminución del abandono temprano de la escolarización

Descripción de las actuaciones:

a) Unidades de intervención educativa específica (UIEE) y aulas externas en centros de secundaria para jóvenes con riesgo de abandono escolar.

b) Actuaciones de sensibilización e información con Planes de orientación educativa y profesional en centros y aulas de educación permanente, y centros sociolaborales, dirigidos a jóvenes desescolarizados entre 16 y 24 años con cursos preparatorios que faciliten el acceso a la Educación Secundaria Obligatoria y a la formación profesional a colectivos de jóvenes entre 16 y 24 años con especiales dificultades, como inmigrantes, jóvenes con abandono temprano, etc.

c) Actividades de reinserción educativa dirigidas a jóvenes procedentes del fracaso escolar y medidas que favorezcan a los jóvenes entre 16 y 24 años la continuidad de los estudios básicos y posobligatorios (preparación acceso a ESPA, preparación acceso a Ciclos de grado medio y superior o reincorporación a estudios nocturnos o a distancia).

d) Otras medidas que favorezcan la reincorporación de los jóvenes al sistema educativo.

Objetivos que se pretenden alcanzar:

Detectar dificultades específicas de aprendizaje en los primeros cursos de Secundaria obligatoria con ayuda de la información recibida en las evaluaciones de diagnóstico.

Prevenir el abandono temprano de los centros educativos para jóvenes de 14 y 15 años hasta completar su escolaridad en centros educativos.

Reducir el abandono temprano del sistema educativo de los colectivos de jóvenes de entre 16 y 24 años.

Articular medidas de integración educativa de los colectivos de jóvenes entre 16 y 24 años.

Actividades que se han de desarrollar:

a) Programa de aulas taller para alumnos de 14 y 15 años con riesgo evidente de abandono escolar sin completar la escolaridad en centros educativos.

b) Elaboración de itinerarios educativos y profesionales en los CEPAS e IES de la Comunidad Autónoma, dirigidos a jóvenes desescolarizados entre 16 y 24 años.

c) Cursos de preparación para el acceso a la ESPA y a Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior, enseñanzas posobligatorias y formación laboral contando con las modalidades presencial, nocturno y a distancia para jóvenes ente 16 y 24 años.

d) Actividades de integración en los centros escolares.

Población a la que se dirige: Primeros cursos de la ESO y población joven entre 14 y 24 años, con apoyo de formación del profesorado.

Distribución territorial:

La totalidad de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Horizonte temporal de ejecución: Curso 2010-2011.

Coste: 2.375.605,00 euros.

Financiación:

Entidad

Aplicaciones cofinanciación

Importe

MEDU

18.04.322B.458

950.242,00

DGA

18020/G/4225/1multiaplicación/91002

440.000,00

DGA

18020/G/4227/1multiaplicación/91002

100.000,00

DGA

18030/G/4222/1multiaplicación/91002

660.000,00

DGA

18030/G/4222/480088/91002

225.363,00

Total . . . . . .

2.375.605,00

Entidad ejecutora:

Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente.

Dirección General de Administración Educativa.

Dirección General de Política Educativa.

Unidad administrativa responsable:

Unidad de Formación del Profesorado.

Unidad de Educación Permanente.

Unidad de Formación Profesional.

Sección de Ordenación de la enseñanza concertada.

Unidad de Orientación.

Unidad de Participación Educativa.

Indicadores cuantitativos:

Entre otros, se pueden considerar los siguientes:

Número de acciones planificadas: 4.

Número de alumnos apoyados o que han participado en el programa:

Alumnos

Número

UIEE

200

Centros sociolaborales y red educación permanente

500

Planes de Orientación

600

Información y difusión web y centros escolares

4.000

Preparación acceso a ESPA

1.260

Preparación acceso a Ciclos formativos

840

Otras actuaciones de integración educativa

3.000

Número de centros donde se desarrollan las actuaciones:

Centros

Número

Secundaria UIEE

20

Centros sociolaborales y red educación permanente

15

Planes de Orientación

35

Información y difusión web y centros escolares

190

Preparación acceso a ESPA

47

Preparación acceso a Ciclos formativos

31

Otras actuaciones de integración educativa

75

Número de acuerdos o Convenios de colaboración con otras instituciones:

Ayuntamiento de Zaragoza.

Quince centros sociolaborales.

Convenio con las Diputaciones Provinciales de Huesca, Teruel y Zaragoza (250 aulas) y Entidades de iniciativa social y ciudadana sin fines de lucro: 30 entidades.

Material específico de apoyo distribuido o elaborado por los centros:

Materiales y recursos didácticos para las UIIE.

Materiales apoyo ESO.

Página web Educación permanente.

Materiales de preparación de Educación Secundaria para Personas Adultas (incluido telemáticos).

Materiales de preparación de jóvenes entre 18 y 24 años para el acceso a ciclos de Grado medio.

Materiales de orientación educativa y profesional.

Programa 5: Extensión del tiempo escolar

Descripción de las actuaciones:

a) Programas de refuerzo educativo fuera del horario escolar para el alumnado de 5.º y 6.º de Primaria. Los profesores atenderán estas necesidades dentro de su horario de trabajo lectivo y uno de ellos realizará tareas de tutoría individualizada.

b) Programas de fomento de la lectura en tiempo añadido al horario escolar en educación primaria.

c) Proyecto «envejecimiento activo» para colaboración voluntaria en centros escolares.

Objetivos que se pretenden alcanzar:

Estos programas tienen por objeto apoyar algunas de las medidlas recogidas en la LOE y orientadas a incrementar para determinados alumnos el tiempo escolar en las enseñanzas básicas y obligatorias, mediante el desarrollo de programas específicos, diseñados por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

Actividades que se han de desarrollar:

a) Programas de refuerzo educativo:

Destinados a los alumnos que han promocionado con áreas o materias pendientes de cursos anteriores, así como planes específicos personalizados orientados a la superación de las dificultades detectadas en alumnos que deben repetir curso.

Disponen de un tutor de enlace personalizado entre alumnos, equipo educativo y familia para organizar el plan específico de aprendizaje.

Los alumnos tendrán refuerzo educativo de las áreas o materias pendientes fuera de su horario lectivo.

Los profesores realizarán el refuerzo educativo en su horario lectivo.

Recursos humanos y materiales:

Mediante ampliación horaria de mañana o tarde se podrían impartir clases de áreas o materias instrumentales o de aquellas que los alumnos tengan pendientes de cursos anteriores y presenten mayor dificultad para su superación.

Profesorado para impartir áreas o materias instrumentales o pendientes, 4 grupos por centro a 4 horas semana.

Tutorías específicas de alumnos con materias pendientes, hasta 3 horas semana.

Diecinueve centros docentes.

b) Programas de fomento de la lectura.

Destinados a los alumnos de educación primaria o secundaria en los grupos de apertura de centros.

Puede realizarse con la orientación docente a grupos de lectura en familia.

En desarrollo del programa Saber Leer.

Recursos humanos y materiales:

Apertura de las bibliotecas escolares como salas de lectura.

Dotación de libros de lectura seleccionados.

Elaboración de guías y orientaciones para la lectura.

Constitución de grupos de lectura en familia.

Ampliación del programa Saber Leer en horario añadido al lectivo.

Cincuenta centros escolares.

c) Programa «envejecimiento activo».

Destinado a maestros y profesores jubilados con participación educativa voluntaria.

Elaboración de un primer censo de la situación en centros escolares.

Impulso de asociacionismo.

Colaboración en proyectos y actividades educativas de todo tipo.

Recursos humanos y materiales: Coordinación de actividades y proyectos de centros escolares.

Población a la que se dirige:

Refuerzo de alumnado de 5.º y 6.º de Primaria con áreas o materias no superadas.

Programas de fomento de la lectura para alumnado de educación primaria y secundaria.

«Envejecimiento activo» en todos los niveles educativos.

Apoyo formación del profesorado.

Distribución territorial:

Comunidad Autónoma de Aragón.

Horizonte temporal de ejecución.

Curso 2010-11.

Coste: 515.780,00 euros.

Financiación:

Entidad

Aplicaciones cofinanciación

Importe

MEDU

18.04.322B.458

206.312,00

DGA

18020/G/4227/1multiaplicación/91002

79.468,00

DGA

18030/G/4221/1multiaplicación/91002

180.000,00

DGA

18030/G/4222/1multiaplicación/91002

50.000,00

Total

515.780,00

Entidad ejecutora:

Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente.

Dirección General de Política Educativa.

Unidad administrativa responsable:

Unidad de Formación del Profesorado.

Unidad de Orientación.

Unidad de Proyectos e Innovación.

Unidad de Planificación Educativa.

Indicadores cuantitativos:

Número de centros de educación primaria en los que se desarrollan actuaciones:

Centros

Número

Refuerzo educativo educación primaria

19

Fomento de la lectura en Primaria

50

Envejecimiento activo

15

Número de alumnos beneficiarios de las actuaciones:

Alumnos

Número

Refuerzo educativo educación primaria

760

Fomento de la lectura en Primaria

1.000

Envejecimiento activo

150

Número de acciones planificadas para el refuerzo de las capacidades básicas en tiempo añadido (artículo 24.8 LOE): 1 acción en 19 centros.

Número de acciones planificadas de fomento de la lectura en tiempo añadido: 1 acción en 50 centros.

Número de acciones planificadas de envejecimiento activo en tiempo añadido: 1 acción en 15 centros.

Programa 6: Organización de un congreso sobre «Construcción, diseño y uso de los espacios escolares al servicio de la calidad de la educación»

Descripción de las actuaciones:

Organización y desarrollo de un Congreso sobre «La construcción, diseño y uso de los espacios escolares al servicio de la calidad de la educación».

Objetivos que se pretenden alcanzar:

1. Analizar las relaciones que existen entre el espacio escolar y el curriculum, entre la arquitectura y la pedagogía.

2. Estudiar las características que deben tener los espacios escolares específicos según el alumnado al que va dirigido o según el área de trabajo.

3. Examinar la relación que existe entre los espacios y las formas de encuentro de la comunidad educativa y su entorno.

4. Conocer propuestas de espacios escolares de las distintas Comunidades Autónomas así como de otros países europeos.

5. Reflexionar sobre el impacto que tienen los espacios escolares en la calidad de la educación.

Actividades que se han de desarrollar:

Constitución del Comité mixto de organización (Ministerio de Educación-Consejería de Educación de) cuya función será el diseño de los contenidos del Congreso, la difusión del mismo, la concesión de 300 becas para los participantes, la preparación de la documentación que se distribuya, la evaluación, etc.

Población a la que se dirige:

Responsables de las Administración educativas.

Equipos directivos y profesorado de centros educativos.

Profesionales y expertos del sector: Arquitectos, diseñadores de espacios escolares y mobiliario escolar.

Profesores universitarios y expertos en organización escolar.

Distribución territorial: La distribución de plazas en el ámbito territorial se ajustará a los criterios de proporcionalidad de alumnado y centros educativos de cada comunidad autónoma, según indicaciones del Ministerio de Educación.

Horizonte temporal de ejecución: Otoño del año 2011.

Coste: 300.000 euros.

Financiación: Ministerio de Educación: 300.000 euros. Aplicación presupuestaria:18.04.322B.458.

Entidad ejecutora (unidad administrativa, Universidad, Ayuntamiento, organización privada, etc.): Dirección General de Administración Educativa de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de Aragón.

Unidad administrativa responsable: Consejería de Educación, Cultura y Deporte.

Indicadores cuantitativos. Entre otros, se pueden considerar los siguientes:

Número de participantes:

Número de Comunidades Autónomas implicadas.

Número de actividades desarrolladas (conferencias, ponencias, mesas redondas, talleres, documentación distribuida, etc.).

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