Está Vd. en

Documento BOE-A-2011-2069

Resolución de 19 de enero de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Repsol Petróleo, SA.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 3 de febrero de 2011, páginas 11910 a 11911 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2011-2069
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2011/01/19/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de la Comisión Negociadora del VIII Convenio Colectivo de Repsol Petróleo, S.A., en la que se contiene el acuerdo de prorrogar en sus propios términos, el plan de acceso a la jubilación parcial pactado en la Disposición Transitoria octava de dicho Convenio (código de Convenio número 90006751011991), Acta que fue suscrita con fecha 30 de diciembre de 2010, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra por las secciones sindicales de CC.OO., UGT, STR, USO y CIG en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.–Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.–Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de enero de 2011.–El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

COMISIÓN NEGOCIADORA DEL VIII CONVENIO COLECTIVO DE REPSOL PETRÓLEO, S.A.

Representación sindical:

CC.OO.: Eugenio García Gómez, José Soutullo Mato, Francisco García González, José Solano Gallego.

UGT: Antonio Tocado Felipe, Agustín Pérez Expósito.

STR: José M.ª Jiménez Mozos, Abel Tabuenca Ramos, José Alonso Pica, José A. Martínez Sánchez.

USO: Francisco Luci López.

CIG: Alberto Ferreiro Vázquez.

Delegados sindicales:

CC.OO.: Eugenio Nielfa Garrido.

UGT: José Antonio Nieto García.

STR: José Ant. Fernandez Cancio.

USO: Pedro J. Martínez Rubio.

Invitados/asesores: Ignacio Selma Luna (STR), Andrés Cruzado Rivera (CC.OO.).

Representación de la Dirección: Jaime Martínez López, Ángel Alcubierre Bergés, Luis Botas Díaz, Jaime López-Cózar Navarro.

En Madrid, siendo las 13:30 del día 30 de diciembre de 2010, se reúnen las personas al margen referenciadas, en la representación que ostentan, al objeto de prorrogar la vigencia de los compromisos adoptados en el Convenio Colectivo en materia de jubilación parcial y contrato de relevo, acuerdan:

Primero: Incorporar al convenio colectivo en vigor los acuerdos contenidos en el Acta del 21 de diciembre de 2010 de la Comisión Negociadora del Acuerdo Marco del Grupo Repsol YPF y en consecuencia prorrogar en sus propios términos, el Plan de acceso a la jubilación parcial pactado en la Disposición Transitoria Octava del VIII Convenio Colectivo de Repsol Petróleo, S.A., desde el día 1 de enero de 2011 y durante el actual proceso de negociación del VI Acuerdo Marco, en tanto no se produzca la ruptura de las negociaciones, sin perjuicio de los acuerdos que puedan adoptarse en el nuevo Acuerdo Marco.

Segundo: Esta comisión negociadora, compuesta por las personas referenciadas al margen, delega el registro de la presente Acta a don Jaime López-Cózar Navarro, con DNI: 05285604C a efectos de su correspondiente presentación y registro ante la autoridad laboral competente.

En prueba de conformidad con lo anteriormente expuesto y en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, se firma la presente acta en el lugar y fecha arriba indicados.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/01/2011
  • Fecha de publicación: 03/02/2011
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN y se publica un nuevo Convenio, por Resolución de 26 de mayo de 2015 (Ref. BOE-A-2015-6484).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 31 de 5 de febrero de 2011 (Ref. BOE-A-2011-2269).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 9 de octubre de 2009 (Ref. BOE-A-2009-16822).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Energía
  • Productos petrolíferos

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid