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Documento BOE-A-2011-20433

Resolución de 7 de diciembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se resuelve la concesión de ayudas de la Modalidad "C" destinadas a promover Agrupaciones de Centros Educativos para la realización y puesta en práctica de proyectos comunes (Programa ARCE).

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 28 de diciembre de 2011, páginas 144013 a 144018 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-20433

TEXTO ORIGINAL

Mediante Resolución de 16 de marzo de 2011, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional (Boletín Oficial del Estado de 30 de marzo), se convocan ayudas destinadas a promover Agrupaciones de Centros Educativos para la realización y puesta en práctica de proyectos comunes (Programa ARCE).

Constituido el equipo técnico de evaluación previsto en la base sexta de la convocatoria y realizada la valoración y selección de los proyectos presentados, aplicando estrictamente los criterios de selección establecidos en la base trigésimo tercera de la convocatoria, y vista la propuesta presentada por la Comisión de Selección de concesión y denegación de ayudas, he resuelto:

Primero.

Conceder ayudas, por un importe total de 773.513 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.04.324N.48905, para la realización de los proyectos presentados en la Modalidad C, a los centros educativos que se relacionan en el Anexo de la presente Resolución. En el citado Anexo se indica asimismo la cuantía de la ayuda concedida a cada centro, que corresponde a las actividades previstas en el correspondiente proyecto.

Segundo.
Excluir a las siguientes agrupaciones:

«Aprendizaje y servicio: una oportunidad educativa» al no cumplir los requisitos de la base segunda de la convocatoria.

«Represión, deportación y exilio: la recuperación de la memoria histórica como instrumento para una educación crítica y plural» al no cumplir la base segunda de la convocatoria.

Tercero.

Excluir o denegar las solicitudes de ayuda al resto de los centros participantes en la convocatoria.

Cuarto.

Los centros educativos seleccionados recibirán directamente la dotación económica mediante transferencia bancaria o a través de la administración educativa de la comunidad autónoma de la que dependen. Para el cobro de las ayudas, los centros educativos que reciban directamente la dotación económica, deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Quinto.

Una vez recibida la cantidad correspondiente a la ayuda, notificarán su recepción por escrito a la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial, Subdirección General de Cooperación Territorial, calle Los Madrazo, 15-17, 2ª planta, 28014 Madrid.

Sexto.

Las ayudas quedan afectas a los fines para los que se otorgan. De su correcta utilización responderán los centros educativos perceptores, que en el plazo de un mes a partir de la finalización del proyecto deberán justificar el uso de la ayuda recibida, como se indica en la base décima de la Resolución de convocatoria.

Séptimo.

La Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial establecerá cuantas acciones considere oportunas para asegurar el correcto cumplimiento de todas las obligaciones asumidas por los centros educativos beneficiarios de estas ayudas, como se establece en la base décima de la Resolución de convocatoria.

Octavo.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 1999.

Madrid, 7 de diciembre de 2011.–El Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, Mario Bedera Bravo.

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