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Documento BOE-A-2011-20310

Resolución de 15 de diciembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, por la que se adjudican los Premios a la Calidad e Innovación en Orientación y en Formación Profesional, correspondientes a la convocatoria del año 2011.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 27 de diciembre de 2011, páginas 142683 a 142689 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2011-20310

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de reconocer y valorar actuaciones ejemplares de innovación y experimentación en orientación y en formación profesional, de manera que estas buenas prácticas, consecuencia del esfuerzo compartido en la búsqueda de la mejora en la acción educativa y profesional, sirvan de modelo e inspiración a otros profesionales y centros educativos y de estimular la iniciativa del profesorado y del alumnado, reconociendo y promoviendo el trabajo colaborativo, la iniciativa y el espíritu emprendedor a través de proyectos de innovación e investigación que supongan un incremento en la calidad del proceso educativo y de la orientación profesional, por Resolución de 23 de agosto de 2011, de la Secretaría de Estado de Educación y Formación Profesional, se convocaron premios a la calidad e innovación en orientación y en formación profesional, destinados a profesores a título individual o a equipos de trabajo de profesores o a equipos de profesores y alumnos de centros docentes españoles sostenidos con fondos públicos en los que se impartan enseñanzas de Formación Profesional de grado superior, de grado medio o Programas de Cualificación Profesional Inicial, regulados en la Ley Orgánica de Educación. Asimismo, para el caso de la innovación en orientación profesional también se incluyó a los orientadores de los centros de Educación Secundaria y Formación Profesional, Centros de Educación de Personas Adultas y Centros Integrados de Formación Profesional.

De acuerdo con lo establecido en la base octava de la referida resolución de convocatoria, se constituyó un Jurado de Selección que ha elevado la propuesta de concesión de los premios y menciones. Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por el Jurado de Selección, he resuelto:

Primero.

Conceder, para cada una de las modalidades convocadas los siguientes premios, cuyos adjudicatarios figuran en el anexo I de la presente Resolución:

1. Modalidad 1: Calidad e innovación en Formación Profesional: tres primeros premios de 20.000 euros, cuatro segundos premios de 15.000 euros y ocho terceros premios de 10.000 euros.

2. Modalidad 2: Calidad e innovación en Orientación Profesional: tres primeros premios de 20.000 euros, cuatro segundos premios de 15.000 euros y ocho terceros premios de 10.000 euros.

Segundo.

Conceder ocho menciones honoríficas a la modalidad de calidad e innovación en Formación Profesional y cuatro menciones honoríficas a la modalidad de calidad e innovación en Orientación Profesional, cuyos adjudicatarios figuran, asimismo, en el anexo II de la presente Resolución.

Tercero.

No conceder premio ni mención a todas aquellas solicitudes presentadas y que no se encuentran en el anexo.

Cuarto.

El importe total de los premios concedidos asciende a la cantidad de cuatrocientos mil euros (400.000,00 euros) que se abonarán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias: los premios de la modalidad 1 se otorgarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.322B.486.02 por un importe total de 200.000,00 euros y los premios de la modalidad 2 se otorgarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18.05.322B.486.05 por un importe total de 200.000,00 euros, del corriente presupuesto de gastos del Ministerio de Educación.

Quinto.

La Dirección General de Formación Profesional abonará los gastos que, en su caso, se produzcan con motivo de la entrega de los premios concedidos.

Sexto.

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y podrá ser objeto de recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes, de acuerdo con los artículo 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por le Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 15 de diciembre de 2011.–El Secretario de Estado de Educación y Formación Profesional, Mario Bedera Bravo.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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