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Documento BOE-A-2011-19751

Resolución de 30 de noviembre de 2011, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto Supresión del paso a nivel del punto kilométrico 127/617, línea Madrid-Hendaya en el Pedrosillo, término municipal de Ávila.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 19 de diciembre de 2011, páginas 138902 a 138907 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2011-19751

TEXTO ORIGINAL

El texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, prevé que los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Natura 2000, deben ser evaluados por el órgano ambiental a los efectos de determinar con claridad las posibles afecciones y medidas correctoras aplicables al mismo, o, en su caso, el sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental regulado en la sección 1.ª del capítulo II de dicha Ley.

El proyecto Supresión del paso a nivel del p.k. 127/617 línea Madrid-Hendaya, en el Pedrosillo, término municipal de Ávila, se encuentra encuadrado en el artículo 3.2.b) del referido Real Decreto Legislativo.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo

El proyecto tiene como objeto la eliminación del paso a nivel actual para sustituirlo por un paso superior que elimine el riesgo que conlleva el cruce actual del camino con la vía ferroviaria.

El paso a nivel a eliminar está situado en el p.k. 127/617 de la línea ferroviaria de Madrid a Hendaya, en el tramo comprendido entre la estación de Ávila y el apartadero cargadero de Mingorría, supliéndolo por un paso elevado sobre las vías del ferrocarril en el p.k. 127/447, con las condiciones geométricas necesarias que permita la permeabilidad del tránsito de vehículos agrarios. La estructura del paso superior formará parte de un nuevo vial que comunicará los dos ramales libres del camino cortado por el cierre del paso a nivel.

La solución adoptada consta de un único vial compuesto de un carril por sentido y una longitud total de 410 metros. La sección va a ser de dos carriles de 3,5 metros, dos arcenes de 0,50 metros, y dos bermas de 0,50 metros.

La ejecución de este vial se completa con la reposición de los caminos agrarios existentes; que tendrán una sección de 6 metros de anchura.

La construcción del paso superior se plantea a una distancia aproximada de 170 metros del paso a nivel en sentido Madrid, lo que permitirá el paso temporal de vehículos y peatones durante la ejecución de la obra.

El paso a nivel se encuentra en la Dehesa del Pedrosillo, en la zona norte del término municipal de Ávila y cercano al embalse de Cogotas-Mingorría. Se encuentra en la zona denominada LIC ES4110103 y ZEPA ES0000190 Encinares de los ríos Adaja y Voltoya y perteneciente a Red Natura 2000.

El promotor y órgano sustantivo de la actuación es el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) adscrito a la Secretaría General de Infraestructuras del Ministerio de Fomento.

2. Tramitación y consultas

Con fecha 26 de mayo de 2011 se recibe en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el documento ambiental del proyecto, con el objetivo de determinar la necesidad de su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

A continuación la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental estableció un periodo de consultas a personas, instituciones y administraciones previsiblemente afectadas, sobre las implicaciones ambientales del proyecto. En la tabla adjunta se recogen los organismos que fueron consultados, señalando con una «X» aquellos que emitieron informe:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal (MARM)

X

Confederación Hidrográfica del Duero (MARM)

X

Diputación Provincial de Ávila

Subdelegación del Gobierno en Ávila

Dirección General de Transportes de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León

X

Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León

Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León

X

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León

Ayuntamiento de Ávila

Ayuntamiento de Mingorría (Ávila)

Fundación del Patrimonio Natural de Castilla y León (Valladolid)

WWF/ADENA (Madrid)

SEO/Birdlife (Madrid)

Ecologistas en Acción de Castilla y León (Valladolid)

El contenido ambiental más significativo de las respuestas a las consultas realizadas es el siguiente:

La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal informa de que las obras afectan directamente al hábitat de interés comunitario 9340 Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia, a una tesela de dehesa de encinas. Destaca que no se prevén impactos potenciales de relevancia sobre la Red Natura 2000.

En el ámbito de actuación se encuentran el águila imperial ibérica (Aquila adlberti) y el milano real (Milvus milvus) ambos en peligro de extinción según el Catálogo Español de Especies Amenazadas. Esta Dirección General también analiza los impactos potenciales detectados y propone una serie de recomendaciones.

No se prevén afecciones relevantes siempre que se tomen las medidas adecuadas, entre ellas destacan: se deben extremar las precauciones y evitar las actividades que generen más ruido durante el período de cría del águila imperial ibérica, entre marzo y junio, se realizarán los riegos precisos; en la construcción del paso superior se tendrán en cuenta las Prescripciones técnicas para el diseño de pasos de fauna y vallados perimetrales del Ministerio de Medio Ambiente (2006) y las Prescripciones Técnicas para el seguimiento y la evaluación de la efectividad de las medidas correctoras del efecto barrera en las infraestructuras de transporte del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (2008), se impermeabilizarán las zonas destinadas a instalaciones auxiliares, se llevará a cabo una restauración ambiental al finalizar las obras, se controlarán las vibraciones y emisiones sonoras de la maquinaria en fase de obras, se tomarán medidas para evitar la generación de incendios y el Programa de Vigilancia Ambiental incluirá las medidas de control precisas para garantizar que no se afecte a la fauna catalogada.

La Confederación Hidrográfica del Duero informa que siempre y cuando se lleven a cabo las medidas preventivas y correctoras propuestas en la documentación ambiental no es preciso someter al proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Por otro lado indica que toda actuación no prevista en la documentación ambiental se pondrá en conocimiento de la CH del Duero y se solicitarán las autorizaciones o concesiones pertinentes.

La Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León informa que no se prevén afecciones sobre Red Natura y que el proyecto no coincide con ningún espacio incluido en el Plan de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León, y tampoco afecta a especies incluidas en el Catálogo de Flora Protegida de Castilla y León ni a ejemplares incluidos en el Catálogo de Especimenes Vegetales de Singular Relevancia de Castilla y León. El proyecto no se encuentra incluido en los anexos III y IV de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León. Esta Dirección General también destaca que las actuaciones proyectadas son compatibles con el Plan de Recuperación del águila imperial ibérica.

Como condición, impone que se debe evitar la proliferación de especies invasoras y de especies y variedades alóctonas y para ello el material forestal de reproducción a emplear en la restauración vegetal procederá de las áreas establecidas en la Resolución de 26 de julio de 2006 y obtenidas en un proveedor autorizado según establece el Decreto 54/2007.

La Dirección General de Transportes de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León ha dado traslado a la consulta realizada y no se manifiesta al respecto.

3. Análisis según los criterios del anexo III

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento previsto en la sección 1.ª del capítulo II del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, según los criterios del anexo III.

Características del proyecto. El objetivo del proyecto es la eliminación del paso a nivel situado en el p.k. 127/617, que se va a sustituir por un paso elevado en el p.k. 127/447. Se ha optado por un trazado en planta en S.

La solución adoptada consta de un único vial compuesto de un carril por sentido y una longitud total de 410 metros. La sección va a ser de dos carriles de 3,5 metros, dos arcenes de 0,50 metros, y dos bermas de 0,50 metros. La ejecución de este vial se completa con la reposición de los caminos agrarios existentes, que tendrán una sección de 6 metros de anchura.

La construcción del paso superior se plantea a una distancia aproximada de 170 metros del paso a nivel en sentido Madrid de esta forma se permitirá el paso temporal de vehículos y peatones durante la ejecución de la obra.

Ubicación del proyecto. El proyecto se encuentra en el p.k. 127/617 de la línea ferroviaria de Madrid a Hendaya, en el tramo comprendido entre la estación de Ávila y apartadero cargadero de Mingorría. El paso a nivel se encuentra en la Dehesa de Pedrosillo y cercano al embalse de Cogotas-Mingorría, en la zona norte del término municipal de Ávila.

El ámbito de actuación del proyecto se encuentra en un Espacio Natural Protegido el LIC ES4110103 y ZEPA ES0000190 Encinares de los ríos Adaja y Voltoya pertenecientes a Red Natura 2000.

Características del potencial impacto. Los principales impactos se producirán durante la fase de obras como consecuencia del movimiento de tierras, del transporte y acopio de materiales y del desmantelamiento de las instalaciones actuales. Las obras se realizarán únicamente en horario diurno para evitar el incremento del ruido en horario nocturno.

El paisaje se verá afectado tanto en fase de obras como posteriormente. Tras la fase de obras se recuperará, con especies autóctonas, la zona que haya sido afectada por los trabajos y las zonas de instalaciones auxiliares.

El nuevo vial además se sitúa en el límite del área crítica de importancia por la presencia del Águila Imperial Ibérica. Para evitar la afección sobre estas aves se evitará realizar las obras durante las épocas de su reproducción, incubación o cría, es decir, entre los meses de marzo y junio, ambos incluidos. Se deberán cumplir en todo momento las medidas y prescripciones que se indican en el Decreto 114/2003, de 2 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Recuperación del Águila Imperial ibérica y se dictan las medidas para su protección en la Comunidad de Castilla y León.

Otras medidas correctoras que se proponen en el documento ambiental son:

Zonas de instalaciones auxiliares y gestión vertidos: se impermeabilizará parte de la superficie, se evitarán taludes mayores al 40% para prevenir la inestabilidad de los mismos, se designará una zona específica para depositar los residuos, las zonas de instalaciones auxiliares y vertidos se ubicarán junto al camino existente y cerca de la ubicación del nuevo paso superior.

Calidad del aire y ruido: durante el transporte se realizarán los riegos precisos para evitar la emisión de polvo y se cubrirán los materiales, para prevenir el ruido se utilizará exclusivamente maquinaria con el marcado CE, y se limitará la circulación de maquinaria a la zona jalonada.

Hidrología: se tomarán todas las medidas oportunas para evitar vertidos y se elaborará un plan de emergencia. El repostaje y los cambios de aceite se realizarán en zonas de retención especialmente diseñadas para ello y debidamente impermeabilizadas.

Suelo y vegetación: destacar que no se talará ningún pie de encina en la zona de la actuación y si fuera necesario se pedirá consentimiento a la Junta de Castilla y León. Las zonas que se vean alteradas por las obras deberán ser recuperadas a sus condiciones originales y se recuperarán los hábitats de interés comunitario que se vean alterados. Antes de que los suelos se ocupen se reservará la capa de tierra vegetal (20 o 25 cm superficiales).

Patrimonio cultural: durante los movimientos de tierras por debajo de la rasante del terreno se llevará a cabo seguimiento arqueológico por un arqueólogo autorizado; si se localizase algún hallazgo se paralizarán las obras y se comunicará el mismo a la Unidad Técnica del Servicio Territorial de Cultura de Ávila.

Se ha previsto un Plan de Vigilancia Ambiental para verificar el cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras y controlar su aplicación y eficacia y se propondrán nuevas medidas si fuera preciso. Se realizará un informe previo a las obras, un informe mensual durante la ejecución de los trabajos y un informe final antes de la recepción de las obras. Durante tres años a partir del Acta de Recepción de las obras, se realizarán informes anuales en los que se reflejen el estado y progreso de las áreas de recuperación incluidas en el proyecto.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, resuelve de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental practicada según la sección 2.ª del capítulo II, artículos 16 y 17, y el análisis realizado con los criterios del anexo III del texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2008, no es previsible que el proyecto Supresión del paso a nivel del punto kilométrico 127/617, línea Madrid-Hendaya, en el Pedrosillo, término municipal de Ávila, cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden de la presente resolución, vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera necesaria la tramitación prevista en la sección 1.ª de dicha Ley.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través del «Boletín Oficial del Estado» y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (www.marm.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la notificación de esta resolución ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 30 de noviembre de 2011.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

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